GUIA DE Procedimientos DE LA Divabl Dirrehum PDF

Title GUIA DE Procedimientos DE LA Divabl Dirrehum
Author Anonymous User
Course Derecho del Trabajo I (Derecho Individual)
Institution Universidad Inca Garcilaso de la Vega
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GUIA DE Procedimientos DE LA Divabl Dirrehum, DIRECCCION DE RECURSOS HUMANOS DE LA POLICIA NACIONAL DE PERU, OBJETO
Establecer los requisitos para los procedimientos administrativos, que se
desarrollan en la División de Altas, Bajas y Licencias de la Dirección de
Recursos Humanos...


Description

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Lucha contra la Corrupción e Impunidad”

GUÍA DE REQUISITOS PAR PARA A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATI ADMINISTRATIV VOS QUE SE DESARROLLAN EN LA DI DIV VISIÓN DE ALTAS, BAJAS Y LICENCIAS DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LLA A POLIC POLICÍA ÍA NACION NACIONAL AL DEL PERÚ (R' Nº 2019-DIRREHUM313 de 129) I.

OBJETO Establecer los requisitos para los procedimientos administrativos, que se desarrollan en la División de Altas, Bajas y Licencias de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú.

II.

III.

FINALIDAD 2.1.

Contar con un único instrumento administrativo que permita compilar los requisitos para los procedimientos administrativos, que se desarrollan en la División de Altas, Bajas y Licencias de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú.

2.2.

Actualizar los requisitos existentes ajustándolos a los parámetros normativos vigentes para los procedimientos administrativos, que se desarrollan en la División de Altas, Bajas y Licencias de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú.

2.3.

Garantizar la aplicación de los requisitos regulados en la presente Guía en los procedimientos realizados en la División de Altas, Bajas y Licencias de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú.

ALCANCE La presente Guía alcanza a todos los servidores de la Policía Nacional del Perú, así como a las diferentes Direcciones, Órganos o Unidades Orgánicas de la Policía Nacional del Perú que participen de los procedimientos administrativos que se desarrollan en la División de Altas, Bajas y Licencias de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú.

IV.

RESPONSABILIDADES Son responsables del cumplimiento de la presente Guía, el personal policial y civil que conforman los Departamentos de la División de Altas, Bajas y Licencias de la Dirección de Recursos Humanos de la PNP.

V.

BASE LEGAL 5.1.

Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y su Texto Único Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-201 9-JUS, y sus modificatorias.

5.2.

Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado.

5.3.

Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modificatorias.

5.4.

Ley N° 26644 – Ley que precisa el goce del Derecho de descanso pre natal y post natal de la trabajadora gestante, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2011-TR.

5.5.

Ley N° 30367, Ley que protege a la madre trabajadora contra el despido arbitrario y prolonga su periodo de descanso.

5.6.

Ley N° 29409. Ley que concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la actividad pública y privada, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2010-TR y sus modificatorias.

5.7.

Ley N° 30012, Ley que concede el derecho de licencia a trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedades en estado grave o terminal o sufran accidente grave, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 08-2017TR y sus modificatorias.

5.8.

Ley N° 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico (SINAREME), su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 07-2017- SA y sus modificatorias.

5.9.

Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2018PCM y sus modificatorias.

5.10.

Ley N° 29849 que establece la eliminación progresiva del régimen especial del decreto legislativo 1057 y otorga derechos laborales.

5.11.

Ley Nº 28308, Ley que regula el uso de descanso pre y postnatal del Personal Femenino de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2005-DE-SG.

5.12.

Ley N° 31005 - Ley que modifica El Artículo 2 e Incorpora el Artículo 4-A a La Ley N° 28308, Ley que Regula el Uso de Descanso Pre y Postnatal del Personal Femenino de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.

5.13.

Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90PCM.

5.14.

Decreto Legislativo N° 1057 que Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 075-2008-PCM.

5.15.

Decreto Legislativo Nº 1267 - Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0262017-IN y su modificatoria por Decreto Legislativo N° 1318.

5.16.

Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2013-IN.

5.17.

Resolución Directoral N° 013669-2018-DIRREHUM-PNP/SECUNIPLA que aprueba el Manual de Organización y Funciones de la Policía Nacional del Perú.

5.18.

Resolución de Comandancia General N° 363-2019COMGEN/EMG-PNP, que aprueba la Directiva N° 11-16-2019COMGEN-PNP/SECEJE-DIPLAINS.DIVMDI-B, “Lineamientos Aplicables para la Formulación, Aprobación, Modificación y/o Actualización de Directivas de la Policía Nacional del Perú”.

5.19.

Resolución de Comandancia General de la Policía Nacional del Perú N° 626-2019-CG-PNP/EMG de 03OCT2019, que Aprueba la Directiva N° 0011-2019-COMGEN-PNP/SECEJE-DIRREHUM que “Establece las Normas y Procedimientos para el Uso Adecuado de la Licencia Pre y Post Natal, Paternidad, y Periodo de Lactancia por Parte del Personal Policial”.

5.20.

VI.

Las demás disposiciones relacionadas directamente con las normas anteriormente mencionadas.

DISPOSICIONES GENERALES Los requisitos establecidos en la presente Guía están amparados bajo los principios del Decreto Supremo N° 004-2019- JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

VII.

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 7.1.

REQUISITOS PARA OTORGAR LICENCIA POR MATERNIDAD. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente:

7.2.

7.1.1.

Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP por conducto regular.

7.1.2.

Si es personal policial, deberá presentar informe médico o Acta de Junta médica emitida por la SANIDAD de la Policía Nacional del Perú en original.

7.1.3.

Si es servidora CAS o Empleada Civil, deberá presentar certificado de incapacidad temporal para el trabajo (CITT) por maternidad, expedido por el Seguro Social de Salud – ESSALUD en original.

REQUISITOS PARA OTORGAR PERMISO POR LACTANCIA. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente: 7.2.1.

Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP por conducto regular precisando el horario en que desea hacer uso de ese derecho.

7.2.2.

Copia del Acta de Nacido Vivo.

7.2.3.

Copia de la Resolución Directoral de Licencia por Maternidad (solo en los casos en que la licencia por

maternidad no haya sido DIVABL/DIRREHUM-PNP). 7.3.

otorgada

por

la

REQUISITOS PARA OTORGAR LICENCIA POR PATERNIDAD. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente: 7.3.1.

Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP por conducto regular.

7.3.2.

Copia autenticada del Acta de Nacido Vivo.

7.3.3.

Copia del alta del hospital o clínica en donde se atendió su cónyuge o conviviente.

7.3.4.

Acreditación del vínculo con la madre (cónyuge o conviviente) 7.3.4.1. Copia del acta de matrimonio. 7.3.4.2. La convivencia puede acreditarse mediante la documentación notarial, judicial o registral correspondiente. 7.3.4.3. De aceptarlo el empleador, también puede realizarse la acreditación mediante constatación policial o declaración jurada del trabajador. 7.3.4.4. Los requisitos para la acreditación del vínculo pueden omitirse en casos de haberse declarado ante la PNP el parentesco.

7.4.

REQUISITOS PARA OTORGAR LICENCIA POR ENFERMEDAD DE FAMILIAR DIRECTO. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente: 7.4.1.

Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP por conducto regular.

7.4.2.

Certificado médico (anexo 1 de la Ley N° 30012), suscrito por el profesional de la salud autorizado, con el que se

acredite el estado grave o terminal o el serio riesgo para la vida como consecuencia del accidente sufrido por el familiar directo.

7.5.

7.4.3.

La documentación que acredita el vínculo con el familiar directo que se encuentra enfermo grave o terminal, o que ha sido víctima del accidente grave.

7.4.4.

La convivencia documentación correspondiente.

7.4.5.

De aceptarlo el empleador, también puede realizarse la acreditación mediante constatación policial o declaración jurada del trabajador; salvo en el caso de haberse declarado ante la PNP el parentesco.

puede acreditarse notarial, judicial

mediante la o registral

REQUISITOS PARA OTORGAR LICENCIA REPRESENTACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS.

POR

Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente:

7.6.

7.5.1.

Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP por conducto regular.

7.5.2.

Oficio de la Federación Deportiva indicando la disciplina a representar, el nombre del efectivo como miembro de la representación peruana, las fechas y el lugar donde se desarrollará el evento deportivo. (Original) y si es copia legalizada.

7.5.3.

Cuando es a solicitud de parte se solicitará oficialmente a la Federación Deportiva la información referida al evento deportivo.

REQUISITOS PARA SOLICITAR EL USO DE VACACIONES ACUMULADAS DE AÑOS PASADOS A FAVOR DEL PERSONAL CIVIL PNP. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente:

7.7.

7.6.1.

Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP presentada por conducto regular.

7.6.2.

Constancia emitida por la OFAD de su Unidad que acredite que dicho personal civil no hizo uso de vacaciones en el presente año.

7.6.3.

Acta de mutuo acuerdo firmada por el Jefe de la Unidad y el administrado.

REQUISITOS PARA AUTORIZACIÓN DE VACACIONES A CUENTA DEL PRÓXIMO AÑO. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente:

7.8.

7.7.1.

Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP por conducto regular.

7.7.2.

Constancia expedida por el jefe de la respectiva Unidad de Origen, de no haber hecho uso de permisos a cuenta de sus vacaciones del año siguiente.

7.7.3.

Constancia de haber hecho uso de sus vacaciones reglamentarias del presente año.

7.7.4.

Acta de mutuo acuerdo que autoriza el permiso de adelanto de vacaciones firmada por el Jefe de la Unidad Usuaria y el administrado.

REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIAJES AL EXTRANJERO A CUENTA DE VACACIONES DEL PRÓXIMO AÑO. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente: 7.8.1.

Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP por conducto regular.

7.8.2.

Constancia de haber hecho uso de vacaciones completas correspondiente al año en curso.

7.9.

7.8.3.

Constancia de no haber hecho uso de vacaciones a cuenta del próximo año.

7.8.4.

Constancia de internamiento de armamento en caso de Oficiales de Armas PNP, expedida por el Jefe de Departamento de Administración de Armamento, Municiones y explosivos de la División de Logística de la Dirección de Administración de la Policía Nacional del Perú o en su defecto del servicio de armería de la unidad policial donde labora.

7.8.5.

En el caso del Personal de Suboficiales de Armas PNP deberán adjuntar una constancia de no poseer armamento del estado expedida por el Jefe del Departamento de Administración de Armamento, Municiones y explosivos de la División de Logística de la Dirección de Administración Policía Nacional del Perú o en su defecto del servicio de armería de la unidad policial donde labora.

7.8.6.

Copia simple de su pasaporte y/o visa según el país que lo exija.

7.8.7.

Constancia de no contar con impedimento de salida del país, requisitorias nacionales, ni internacionales, expedido por la División de Requisitorias de la DIRINCRI de la Policía Nacional del Perú.

7.8.8.

Presentar Declaración jurada detallando los periodos del uso de permisos a cuenta de vacaciones adelantadas durante los últimos cuatro años.

REQUISITOS PARA VIAJE AL EXTRANJERO EN USO DE VACACIONES DEL PRESENTE AÑO. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente: 7.9.1.

Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP por conducto regular.

7.9.2.

Constancia de contar con vacaciones correspondiente al presente año por el mismo periodo o mayor a la autorización.

7.10.

7.9.3.

Constancia de internamiento de armamento en caso de Oficiales de Armas PNP, expedida por el Jefe del Departamento de Administración de Armamento, Municiones y explosivos de la División de Logística de la Dirección de Administración de la Policía Nacional del Perú o en su defecto del servicio de armería de la unidad policial donde labora.

7.9.4.

En el caso del Personal de Suboficiales de Armas PNP deberán adjuntar una constancia de no poseer armamento del estado expedida por el Jefe de Departamento de Administración de Armamento, Municiones y explosivos de la División de Logística de la Dirección de Administración de la Policía Nacional del Perú o en su defecto del servicio de armería de la unidad policial donde labora.

7.9.5.

Copia simple de su pasaporte y/o visa según el país que lo exija.

7.9.6.

Constancia de no contar con impedimento de salida del país, requisitorias nacionales, ni internacionales, expedido por la División de Requisitorias de la DIRINCRI de la Policía Nacional del Perú.

REQUISITOS DE LICENCIAS SIN GOCE DE HABER PARA EMPLEADOS CIVILES. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente: 7.10.1. Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP por conducto regular.

7.11.

REQUISITOS PARA EL TÉRMINO DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA POR LA CAUSAL DE CESE DEFINITIVO POR INCAPACIDAD PERMANENTE PARA EL TRABAJO. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente: 7.11.1. Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP, presentado por conducto regular.

7.11.2. Informe o Dictamen de ESSALUD indicando que la enfermedad es irreversible. 7.12.

REQUISITOS PARA EL TÉRMINO DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA POR RENUNCIA AL CARGO DE LOS EMPLEADOS CIVILES PNP. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente: 7.12.1. Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP por conducto regular. 7.12.2. Declaración Jurada Simple, comprometiéndose a seguir laborando hasta ser notificado con la Resolución del Término.

7.13.

REQUISITOS PARA EL TÉRMINO DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA POR FALLECIMIENTO DE EMPLEADO CIVIL PNP. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente: 7.13.1. Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP, presentado por conducto regular. 7.13.2. Acta de Defunción.

7.14.

REQUISITOS PARA EL PASE A LA SITUACIÓN DE RETIRO Y/O DISPONIBILIDAD A SU SOLICITUD DE OFICIALES Y SUBOFICIALES PNP. Ingresado el expediente en la mesa de partes de la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM-PNP, este debe contener lo siguiente: 7.14.1. Solicitud dirigida al Señor General PNP Director de Recursos Humanos de la PNP por conducto regular. 7.14.2. Constancia de internamiento de Armamento expedida por el Departamento de Administración de Armamento, Municiones y explosivos de la División de Logística de la

Dirección de Administración de la PNP), con una vigencia de 30 días como máximo. 7.14.3. Constancia del Servicio de Armamento y Municiones de no tener afectado armamento del Estado. 7.14.4. Declaración jurada comprometiéndose a entregar el CIP una vez notificado de la culminación del procedimiento que otorga el pase a situación a retiro. 7.14.5. Declaración Jurada de haber realizado el servicio compensación por misión de estudios en el país o fuera del país con costo para el Estado, artículo 68° del DL Nº 1149. 7.14.6. Declaración Jurada de haber realizado el servicio compensatorio por comisión de servicio en el extranjero, artículo 67° del DL Nº 1149. Los numerales 7.14.2. y 7.14.3. No son aplicables a los Oficiales de Servicios PNP y Sub Oficiales de Servicios PNP , debido a la naturaleza de sus funciones. 7.15.

REQUISITOS PARA LA ENTREGA DE LA RESOLUCION DE PASE A LA SITUACIÓN DE RETIRO POR LAS CAUSALES DE LÍMITE DE EDAD EN EL GRADO Y TIEMPO DE SERVICIOS DE OFICIALES Y SUBOFICIALES PNP. De Oficio la División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUMPNP iniciará el procedimiento para el Pase a la Situación de Retiro por las causales de Límite de Edad en el Grado y Tiempo de Servicios de Oficiales y Suboficiales PNP, y comunicará al efectivo policial a través de su Unidad de Origen se apersone para la notificación de su Resolución de Pase a la Situación de Retiro, debiendo presentar al momento de la entrega la siguiente documentación: 7.15.1. La constancia de enterado de la comunicación de pase al retiro. 7.15.2. La constancia de internamiento del CIP. 7.15.3. Constancia del Servicio de Armamento y Municiones de no tener afectado armamento del Estado.

El numeral 7.15.3. No es aplicable a los Oficiales de Servicios PNP y Sub Oficiales de Servicios PNP, debido a ...


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