La Reconquista de la Península Ibérica PDF

Title La Reconquista de la Península Ibérica
Course Historia del derecho
Institution Universidad de Alicante
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Apuntes de clase...


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LA RECONQUISTA 1. CONTEXTUALIZACIÓN: RECONQUISTA Y REPOBLACIÓN Intrusión militar musulmana que se dio en España que fue consecuencia del vacío de poder que había entre los hijos del rey visigodo. Ante ese vacío entran los musulmanes y se hacen con el territorio. Como consecuencia: establecimiento del derecho musulmán en toda la península a excepción de pequeñas cotas del norte donde se intentan mantener características del derecho visigodo. Gracias a esto cotos se reiniciará la reconquista del territorio peninsular

Podemos definir el acto de reconquista como aquel esfuerzo que desarrolla de forma discontinua los núcleos cristianos que aún quedan en la península con el objetivo de arrebatar el dominio a los musulmanes. También: proceso o periodos de casi 8 siglos que transcurre desde el primer esfuerzo de resistencia hasta finalmente la conquista en 1942 del ultimo resquicio musulmán con los Reyes Católicas. En un primer momento es el reino astur leones el que aparece como encargado de llevar a cabo la reconquista porque se eligen herederos del estado visigodo y asumen la competencia para reconquistar el territorio en manos de los musulmanes, porque consideran que la conquista es ilícita y no es una situación de derecho sino, de hecho, con usurpadores del territorio peninsular. Aquí es cuando se da el efecto fundamental de la reconquista, la derrota del ejército musulmán. Esto se hace a través de la cautividad, se van sobreponiendo sobre el pueblo y los van capturando a través de la dediticio (por oportunidad política) y por motivos políticos se van concediendo libertades y otorgando propiedades. Sin embargo, no se configura esto último como una situación estricta jurídica sino como un intercambio de contraprestaciones; los cautivados a través de tasas y tributos podían estar bajo la protección de los capturadores. Se restauran los estados cristianos a través de la reconquista territorial y más tarde la conquista de la población (repoblación). España se encontraba fragmentada en diferentes núcleos como vemos en el mapa que hay más arriba. La Reconquista se desarrolla a través de diferentes etapas: 1. Reconquista empieza con las hazañas de Alfonso I de Asturias: logra una cierta barrera desértica estratégica gracias al límite que deja el Duero. (frontera) 2. Estas acciones serán continuadas por Alfonso II que ya establece la existencia de una verdadera monarquía asturiana, pero es con Alfonso III con quienes están preparados para bajar más allá del Duero y establecer la capital de este reino cristiano en León. 3. Aquella que se caracteriza fundamentalmente por dos elementos: 1: predominio de ciudadanos mozárabes que habían inmigrado de un territorio a otro que son personal necesario para conquistar y repoblar lo que reconquistan.

2: También porque empieza a desarrollarse en el extremo occidental con características fuertes e incontenibles, es Castilla la que empieza este desarrollo que al final se hará con toda España. 4. Fernando I es quien inaugurará una monarquía castellano leonesa y una política de protectorado de núcleo musulmanes que aun quedaban mediante una exención de parias o tributos: los musulmanes pagaban a los cristianos y se garantizaba su protección. 5. Una vez se anula por completo el poder musulmán que había en la península, es Alfonso II de Portugal y de Jaume I de Aragón quienes terminan de realizar la reconquista peninsular de sus estados. Mientras que en Castilla tendrá que enfrentarse todavía a una milicia africana que va viniendo a la península contando con el apoyo de algunas pequeñas agrupaciones que resistían en la Península. 6. Ahora falta repoblar el territorio reconquistado. Toda reconquista lleva anexa la necesidad de repoblar el territorio para poder ir fijando y construyendo de manera definitiva las estructuras político-sociales necesarias para desarrollar una sociedad. Parece que estos dos actos circulen de forma paralela, pero son diferentes Reconquista: militar siempre

Repoblación: más compleja, todo un despliegue de instituciones políticas jurídicas sociales y económicas. Consiste en: aquella empresa de dominación del territorio en el que un jefe de la misma contrata con sus colaboradores las condiciones de participación en el asentamiento en el territorio ganados militarmente o conquistados. Se realizó a través de 4 etapas fundamentales: 1. Fue lenta de repoblación sobre todo centrada en el Valle del Duero. Se aunaron esfuerzos cristianos desde el siglo 9 y hasta mediados del 10. 2. Cierto estancamiento a mediados del Siglo 10, no se salió de él hasta el nuevo impulso que se da en el siglo 11 cuando se conquista Toledo. 3. Desde el siglo 12 hasta el 13 se realiza la repoblación de todo el valle del Tajo 4. A lo largo del siglo 13 se llega a la frontera del Guadalquivir. Cada una de las etapas tiene diferentes modalidades -

Repoblaciones que se llevaron a cabo de forma OFICIAL: dirigidas por el rey directamente

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SEÑORIALES: llevadas a cabo de forma monacal, por el monarca, de forma eclesiástica, por el clero, o de forma laica, por nobles con poder. Estuvo motivada por el encargo que el rey hacía en un momento determinado para un terrario concreto a través de una institución determinada.

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PRIVADA: aquella que era llevada a cabo por los hombres libres de cualquier clase social o religión.

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CONCEJIL: llevada a cabo por los concejos, llevada a cabo por el marco legal que les daban sus fueros (fuente del derecho)

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ORDENES MILITARES: a cuyo auxilio tenían que recurrir los monarcas para poder repoblar las grandes extensiones de tierra que tiene la Península.

REPOBLACIÓN se lleva a cabo a través de 3 instrumentos: 1. Capitulaciones: Acuerdo o pactos locales con las poblaciones sometidas 2. Presura, aprisio o escalido: institución que conforma a cualquier hombre libre y le otorga la posibilidad de ser propietario de tierra que sea capaz de cultivar. Tiene simplemente una pequeña dependencia administrativa sobre todo en caso de que esa tierra se tenga que donar o transmitir. 3. Repartimiento: instrumento jurídico que ordena la población en aquellas zonas en las que los reconquistadores cristianos iban repoblando terrenos donde había población musulmana. Consistía en una repartición de tierras, casas, bienes… que el rey hacía en condición de las condiciones sociales de los reconquistadores.

2. ORGANIZACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL Economía: agrícola y ganadera. Tiene un alcance vecinal y escaso desarrollo monetario, porque no había comercio. No obstante, a partir del siglo 11 que se empiezan a abrir nuevas rutas comerciales y mapas de intercambio, empiezan a desarrollarse las corrientes comerciales. En los primeros pueblos repoblados, se dan de forma espontánea la unión de mercaderes a través de los que se denomina comunidades de aldea: estructuras económicas y sociales basadas en lazos familiares mediante agrupamiento de familias entre las que compartían de forma común la administración, gestión y explotación de bienes. Junto estas comunidades también tienen cierta importancia los núcleos de intercambio que se van generando: 1. las ferias: grandes reuniones de mercaderes que se celebraban una o dos veces al año que duraba una o dos semanas. 2. los mercados: reuniones diarias o semanales. Acudía sobre todo el comercio ambulante de las zonas más próximas. ORGANIZACIÓN SOCIAL: La sociedad de esta época es una sociedad EMINENTEMENTE ESTAMENTAL. 2 estamentos: 1. el Privilegiado: aquel que reunía a la nobleza y al clero 2. En no privilegiado: reunía al pueblo llano. Esta estructura se caracterizaba por los siguientes elementos: 1. Supremacía absoluta del estamento privilegiado, que se fundamentaba sobre todo en razones de linaje y en la dedicación que realizaban a las armas.

2. Estado de sujeción de unos hombres a otros, derivado del sometimiento a vínculos de diferente naturaleza que ligaban al a mayor parte de la población, sobre todo a determinados servicios o cuestiones bélicas. 3. Enorme vocación de jerarquía. Se ordena estrictamente de arriba abajo dando a cada grupo una categoría social y determinadas condiciones. Componentes de esta estructura, tres grandes grupos de población: 1. Hombres libres 2. Hombres semilibres 3. Hombres no libres (esclavos) La mayor población provenía de los visigodos, que había estado bajo el dominio de los musulmanes y ahora vuelven a incorporarse al reino cristiano, llamados mozárabes. También se les van incorporando grupos llamados francos, de corrientes migratorias, igualmente se les une árabes y bereberes, que ahora se les denomina “moros” y por último los judíos que no han llegado a desaparecer que vivían con los musulmanes y ahora vuelven a aparecer manteniendo su ideología hebraica. Toda esta estructura tiene particularidades en algunos territorios: En Aragón hay 3 estamentos: 1. Los mayores (majors) integra a los varones, obispos, priores, superiores de ordenes militares… 2. Mitjans o medianos, que reúne en su seno a juristas, oficiales de administración, médicos, comerciantes… 3. Menors o menores, el pueblo menudo, los más humildes ya fuera población rural o urbana. 3.FUENTES

Este periodo es especial porque hay una característica especial: esos derechos que habíamos tenido hasta el momento, aquí no ocurre lo mismo, no hay un derecho general transversal que se aplique a todo el territorio, sino que se da el LOCALISMO JURÍDICO, es decir, lo que tiene eficacia y se aplica es el derecho territorial local de cada una de las divisiones territoriales que empiezan a aparecer. Se caracteriza por los siguientes elementos: -

La costumbre: derecho basado en usos sociales, usos morales, y esas costumbres que cada población va a ir transmitiendo habitualmente de forma oral de generación en generación.

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Privilegios: concedidos por el monarca, por el rey.

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Jurisprudencia: todas las soluciones de derecho que se iban dando por los jueces locales que intentaban resolver situaciones cotidianas que se les planteaban

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Derecho territorial: aplicable y válido en un determinado territorio, no se puede extrapolar ese derecho a otro territorio.

Cuando todos estos usos y costumbres empiezan a recogerse por escrito aparecen las dos grandes fuentes de derecho: -

Cartas pueblas: aquello documentos en los que el soberano, ya fuese un rey o conde, o señor laico o eclesiástico, hace uso de esa potestad concebida por el rey y fija las condiciones a las que debe acogerse todo ciudadano que quiera vivir en ese lugar. Se encargan de regular todo aquello que es necesario y relativo al aposentamiento y régimen de las tierras de cada población. Además, también suelen contener una serie de normas elementales para la ordenación de la vida en común de la población, es decir, que no solo regulan el régimen jurídico sino también las normas de convivencia social. Su objetivo, es motivas la repoblación a través de normas y pautas que la estructuren. La más antigua que conservamos es la concedida en el año 804 por Alfonso II a favor del obispo Juan para fundar la Iglesia de Valpuesta.

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Fueros municipales: (hay infinidad de ellas) elementos comunes de estos fueros: qué son: estatutos de las ciudades y de poblaciones medievales, en los que se recogen aquellos privilegios y aquellas exenciones de las que podían disfrutar sus habitantes. Todos esos preceptos del derecho consuetudinario de ámbito local, incluso a veces podían recoger la constitución y estructura político-administrativa de algún municipio. Es en suma el estatuto jurídico privilegiado de los ciudadanos y de los pobladores medievales, redactado ya por escrito y que reúne esos privilegios concedidos por el rey a cada localidad. La mayor o menos autonomía de cada municipio y también recoge ese derecho local aplicable al territorio. Casi todas las ciudades y villas de estos reinos cristianos tuvieron fuero municipal o aquellas que no los tuvieron tenían privilegios reales. Por lo general, no son originales, sino que es frecuente que existan entre ellos relaciones, es decir, que el fuero de un municipio sea similar a otro o que a veces se copien, que tengan mismas instituciones, es decir, se influyen. Podemos encontrar 2 más comunes:

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1. Fueros breves: más antiguos y no muy extensos, alrededor de 50 disposiciones. Entre ellas regulan privilegios, exenciones, autonomía local y régimen local.

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2. Fueros extensos: más largos, aparecen en el siglo 13 y se configuran como amplias redacciones de Derecho local, regulando casi todos los aspectos del Derecho.

Los contenidos no son simples creaciones arbitrarias del legislador, sino que justamente recoge la expresión del derecho local vigente en una determinada época y territorio. Además, presupone la existencia del derecho visigodo que actúa en cierta manera como derecho común del que se van desprendiendo como derecho particular estos fueros y cartas pueblas. Junto a los fueron siempre va a acompañar la costumbre que no va a estar escrita y determinadas actuaciones de privilegio que daba el rey: no todo el derecho aplicable estaba en el fuero.

4. Organización político-administrativa El hecho de que existiese una pluralidad de Estados no es obstáculo para hablar de instituciones comunes:

1. La monarquía: existencia de una corona, organización abstracta que separa la ubicación del poder soberano de aquellas personas que ostentan ese poder en cada momento determinado como representantes absolutos del poder político. No fue una monarquía absoluta, fue fruto del cumplimiento de diferentes fines: 1. estuvo sujeta a limitaciones impuestas por el deber de ejercer el poder con rectitud en bien de la comunidad y no en provecho propio. 2. sujeta a la limitación impuesta por el Derecho y la costumbre de cada territorio, que protegían esos intereses generales de los súbditos. Por tanto, el monarca era representante, pero no absoluto, siempre estaba sometido a realizar la actividad monárquica en pro del bien común y nunca del interés propio. Para ello el monarca era el jefe del ejército, ejercía la potestad legislativa, administraba justicia y era la cabeza visible de la administración del Estado. Además, también podía tener determinados bienes privativos: regalías Vemos que la realización de esos deberes conocemos con el nombre de pactismo: siempre era un pacto entre el monarca y sus súbditos. En ese vínculo entre el rey y los súbditos se articula en torno a unos derechos y obligaciones recíprocos cuya catalogación responde en atención a las diferentes categorías de súbditos que había. (todos los hombres son súbditos del rey) -

El súbdito natural: persona vinculada a una tierra y a quien gobierna esa tierra. Más privilegios y menos obligaciones

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El súbdito no natural: aquellas personas extranjeras que provisional o permanentemente residen bajo la soberanía de un rey que no es el suyo

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Vasallos: condición de súbdito natural pero más restringida. Más obligaciones y menos derechos

2. Cortes Medievales: origen en la curia regia. Va a actuar como un órgano de asesoramiento del monarca en los asuntos importantes para el reino y su administración. Los miembros que la forman podrían ser los siguientes: - familiares próximos del Rey - Altos funcionarios del palacio - Altos dignatarios nombrados por el rey - nobles - personajes destacados por cualquier razón (altos terratenientes, comerciantes ricos.. )

- prelados o altos dirigentes eclesiásticos Esta curia se podía convocar de dos formas: -

De forma ordinaria: ya tuviese carácter permanente o no, a la que podían asistir lo más próximos al rey.

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De forma extraordinaria, para la cual se hacia la propaganda necesaria con suficiente antelación par que los convocados pudiesen llegar a las cortes. Asistencia obligatoria.

Administración territorial: los primeros esquemas de organización territorial, en los núcleos de la población conquistada, se reducían a pequeños distritos militares, al frente de los cuales quedaban asignados los grandes magnates y señores, respecto a los cuales el monarca era un primus inter pares, un mero mediador. En la zona de Asturias y León, empezaron a aparecer las mandaciones, esas zonas situadas en límites territoriales inseguros y cuyos jefes denominados mandans, actuaban en nombre del rey aunque con títulos diferentes (jueces, potestades,. ..). condes (podía regir a la vez distintos territorios o podía compartir un solo territorio entre dos condes. Supone una dignidad personal superior. Estos eran encargados de la defensa y el orden público, también administraban justicia y recababan tributos. Algunos gobiernos de distrito nombraban a sus propios agentes ejecutivos (Vicarios o administrativos, quienes realmente ejercen esos poderes otorgados a los condes, lo aplicadores, quienes ejecutan las potestades de los condes.

Administración local: el municipio, esa entidad de derecho público con jurisdicción y autonomía constituida justamente en concejos locales y que para la gestión y administración de competencias tienen sus propios magistrados y oficiales. El germen de este municipio se encuentra en el Concilium (los vecinos que se reunían para solventar las situaciones) Dentro del recinto urbano: se divide en: -

Parroquias

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Collaciones

Los cargos eran muy variados, pero hay que destacar esos magistrados más importantes denominados Index: cabeza visible del concejo y cuyas funciones fundamentales eran convocar el concejo y presidir las reuniones. Alcaldes: por debajo de los Index y juzgaban las situaciones ante las que se encontraban. Vigencia de 1 año...


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