M15 U1 S1 CHTH - Apuntes 1-2-3 PDF

Title M15 U1 S1 CHTH - Apuntes 1-2-3
Course Derecho Internacional
Institution Universidad Abierta y a Distancia de México
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derecho internacional...


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Módulo 15. Internacionalización del derecho en su amito privado. Unidad 1. Aspectos generales. Sesión 1. Introducción al estudio del derecho internacional privado Alumna. Chanel Torres Hernandez Correo. Actividad 1. Derecho interno y derecho internacional privado. Profesor. Joaquín Rodríguez Martínez

Introducción. El derecho internacional privado con su conjunto de normas, establece la forma en que deben resolverse los problemas de aplicación de las legislaciones que intervienen en casos concretos, en materia privada. El derecho interno regula las relaciones entre personas como ciudadanos, también se le conoce como derecho nacional. En esta primera actividad del módulo 15 se identificaran los sujetos, los objetos y lugares que interviene n en el derecho interno y el derecho internacional privado

Desarrollo. Derecho interno. Sujeto. El estado y sus gobernados. Objeto. Se encarga de las relaciones ciudadano- ciudadano y ciudadanos- estado Lugar. Dentro del estado

Derecho internacional privado Sujeto. Estados y organismos internacionales Objeto. Se encarga de conflictos a nivel internacional. Lugar.

Coadyuvar a la consolidación de la paz internacional. Los estados internacionales

Conclusión. En términos generales, los elementos que componen al Derecho Internacional Privado son los siguientes: 1) Los sujetos: Pueden tratarse de personas naturales o jurídicas de distintos Estados, las cuales poseen derechos u obligaciones. 2) El objeto: Es el presupuesto indispensable para la aplicación del Derecho Internacional Privado, porque en la relación jurídica tiene que estar presente al menos un elemento extranjero para que sea posible la aplicación de leyes distintas. 3) El lugar: Consiste en el espacio en el que surgen los conflictos de leyes en cuanto a la aplicación de la norma por el ámbito de validez de la misma.

Referencias. Ximena Fuentes Torrijo . (2020). El derecho internacional y el derecho interno: definitivamente una pareja dispareja. . 2020, de documento en la web Sitio web: https://www.upg.mx/wpcontent/uploads/2015/10/LIBRO-24-Derecho-Internacional-y-Derecho-Interno.pdf

Módulo 15. Internacionalización del derecho en su amito privado. Unidad 1. Aspectos generales. Sesión 1. Introducción al estudio del derecho internacional privado Alumna. Chanel Torres Hernandez Correo. Actividad 2. Los componentes del derecho internacional privado. Profesor. Joaquín Rodríguez Martínez

Introducción. Las personas morales extranjeras son fundadas en otro país e introducen una sucursal, agencia o filial en territorio mexicano. Es dirigida y/o constituida desde su cede en el extranjero, pero esta inscrita en el registro mercantil correspondiente. En la presente sesión Nuestro caso de estudio será= UBER, una empresa digital (extranjera) constituida en San Francisco California con capital extranjero. Y que Basándonos en la escuela francesa que México adopto desarrollaremos el derecho de nacionalidad, conflicto de leyes y la forma de establecerse como empresa extranjera en territorio mexicano.

Desarrollo. a) Derecho de la nacionalidad, que refiere al conjunto de normas que regulan a una persona física o moral, en razón del nexo existente, para vincularla con un estado determinado y establecerle derechos y obligaciones. UBER. Con cede en San francisco California, en México ofrece servicios en diversos estados como la C de México, Tijuana, Guadalajara, Monterrey, Puebla, Querétaro, León y Toluca. Es una persona moral de nacionalidad extranjera, pues no esta constituida conforme a las leyes de la republica Mexicana y su domicilio legal tampoco es en México, si no que están constituidas en el extranjero con una ley extranjera. Pero dentro de México si se rige por leyes mexicanas y sus actos y hechos ocurridos en su territorio y jurisdicción y los sometidos a dichas leyes, salvo cuando estas prevén la aplicación de un derecho extranjero e incluso lo previsto en los tratados y convenciones de que México sea parte y estén sujetos tanto México como extranjeros, en este caso la empresa extranjera esta obligada a obedecer y respetar las instituciones, leyes y autoridades del país en todo lo que implica, excepto en los casos en que pueda apear por la vía diplomática. UBER esta constituido en el extranjero y es reconocida en México con pleno derecho, previa comprobación de su existencia legal por la autoridad correspondiente y según las formalidades establecidas por la ley del lugar de su constitución, en cuanto a su existencia, capacidad, funcionamiento y disolución es regida por las leyes del lugar de su constitución, pero su operación y actividad local esta sujeta a las leyes mexicanas.

CCF. Artículo 2736.- La existencia, capacidad para ser titular de derechos y obligaciones, funcionamiento, transformación, disolución, liquidación y fusión de las personas morales extranjeras de naturaleza privada se regirán por el derecho de su constitución, entendiéndose por tal, aquél del estado en que se cumplan los requisitos de forma y fondo requeridos para la creación de dichas personas. En ningún caso el reconocimiento de la capacidad de una persona moral extranjera excederá a la que le otorgue el derecho conforme al cual se constituyó.

3. Identifica lo siguiente: a) Conflicto de leyes que se identifican de acuerdo con los ámbitos de validez que se cuestionan. La prestación del servicio de transporte de personas es facultad de las autoridades gubernamentales de cada entidad federativa quienes regulan los requisitos del vehículo, su conductor, reglas de operación y tarifa aplicable tratándose de vías primarias y secundarias locales sin inferencia en vías federales b) Como es que pueden establecerse en los territorios nacionales y cuáles son los derechos y obligaciones que adquieren al realizarlo. La prestación del servicio de transporte de personas es facultad de las autoridades gubernamentales de cada entidad federativa quienes regulan los requisitos del vehículo, su conductor, reglas de operación y tarifa aplicable tratándose de vías primarias y secundarias locales sin inferencia en vías federales Según la ley de transporte del estado de Yucatán. El Artículo 40 bis.- menciona que las empresas de redes de transporte deben contar con una constancia expedida por el titular del instituto de movilidad y desarrollo urbano territorial previo procedimiento establecido en la ley. La vigencia de dicha constancia es anual y podrá ser renovada bajo los mismos requisitos de expedición. Artículo 40 ter.- requisitos para la constancia de personas morales según el articulo 40 ter.- son : copia certificada de acta constitutiva de la empresa que acredite que está legalmente constituida e inscrita para operar en el país y que tiene por objeto social, promover o desarrollar plataformas tecnológicas o prestar servicios informáticos que permitan la intermediación con particulares para la contratación del servicio de transporte de pasajeros o de carga a través de dichas plataformas o

servicios de asistencia técnica, consultoría, administración y promoción a sociedades titulares de estas; el número y las fechas de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones; y los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Comprobante de domicilio en el estado para oír y recibir notificaciones, Clave del Registro Federal de Contribuyentes, Nombre de la plataforma tecnológica, su abreviatura, y la descripción general de su funcionamiento, Nombre, identificación oficial vigente y datos de contacto del representante legal, así como copia certificada del documento que lo acredite como tal, Correo electrónico, Copia de la declaración fiscal correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior, Documento que acredite a la persona como propietaria, subsidiaria o licenciataria de plataformas tecnológicas que le permitan promover, administrar u operar redes de transporte, y Comprobante de pago anual del derecho correspondiente, en términos de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán. c) Menciona las normas que ahora regulan a esta empresa y similares. En la ciudad de México se implementó el Acuerdo por el que se crea el Registro de Personas Morales que Operen, Utilicen y/o Administren Aplicaciones para el Control, Programación y/o Geolocalización en Dispositivos Fijos o Móviles, a través de las cuales los Particulares pueden Contratar el Servicio Público de Taxi en el Distrito Federal y el Acuerdo por el que se crea el Registro de Personas Morales que Operen y/o Administren Aplicaciones y Plataformas Informáticas para el Control, Programación y/o Geolocalización en Dispositivos Fijos o Móviles, a través de las cuales los Particulares pueden Contratar el Servicio Privado de Transporte con Chofer en el Distrito Federal

Conclusión. Existen tratados y acuerdos internacionales que permiten y facilitan el intercambio comercial, esto se lograba extendiendo y mejorando autopistas por donde transitar comercio de entrada y de salida, en la actualidad y debido a la modernidad y uso de tecnologías que permiten el establecimiento de empresas digitales se presento la emergencia de crear acuerdos, leyes y tratados tanto en el derecho internacional privado como en el derecho interno para regular dichas empresas para que estas puedan ingresar y operar en territorio mexicano siendo extranjeras. Los principales instrumentos a nivel nacional entre otras es la ley de inversión extranjera y en el ámbito internacional están los acuerdos internacionales sobre inversiones. Es menester mencionar a la dirección general de consultoría jurídica de negociaciones de la secretaria de economía ya que es la encargada y responsable de defender los casos de controversia entre inversionistas y el estado, estas pueden surgir cuando un inversionista extranjero considera que las autoridades municipales, estatales o federales del estado mexicano no están cumpliendo conforme a lo pactado en acuerdos internacionales sobre inversión

Referencias. Yasmín Hernández Romero y Raúl Vicente Galindo Sosa. (2016). Modelo de gestión del servicio de transporte UBER.. 2020, de espacios públicos Sitio web: https://www.redalyc.org/jatsRepo/676/67650281008/html/index.html Yasmín Hernández Romero. (2018). legitimación de las ERT en ciudad de México: un análisis con el enfoque de la acción pública. 2020, de espacios públicos Sitio web: https://www.redalyc.org/jatsRepo/153/15357169010/html/index.html Francisco Alejandro Olmos de la torre. (2017). La Suprema Corte y su errónea idea de desigualdad entre Uber y taxis. 2020, de nexos, el juego de la suprema corte Sitio web: https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/?p=6609 Ley de inversión extranjera. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/44_150618.pdf Código civil federal. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/2_270320.pdf Constitución política de los estados unidos mexicanos. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf José Guadalupe de la O Soto y Rocío Armienta Barrón (2016): “La personalidad de las empresas extranjeras en México”, (noviembre 2016). En línea: http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/mx/2016/personalidad.html Preguntas Frecuentes. Recuperado de. https://www.economia.gob.mx/files/ProyectoPreguntasfrecuentes.pdf

Módulo 15. Internacionalización del derecho en su amito privado. Unidad 1. Aspectos generales. Sesión 1. Introducción al estudio del derecho internacional privado Alumna. Chanel Torres Hernandez Correo. Actividad integradora. Diferencias del derecho internacional privado y público. Profesor. Joaquín Rodríguez Martínez

introducción. Debido a la globalización que existe en el mundo, los derechos supranacionales cobran una importancia especial en la actualidad, especialmente el derecho internacional publico y derecho internacional privado. En esta actividad de la sesión 1 del modulo 15 estudiare las características básicas de estos modelos de derecho, sus diferencias y formas de aplicación en un caso concreto.

Desarrollo. Presentación. (diapositivas en la última página.) https://docs.google.com/presentation/d/1S5ouQ9m5H88b9wAplQRvXTFjmvSurV8VDX_PZnc054Y/ edit?usp=sharing

Conclusión. Tanto el derecho internacional publico como el derecho internacional privado son derechos de gran importancia hoy en la actualidad, dado a los sistemas de integración del derecho que generan nuevas categorías jurídicas supranacionales y nuevas jerarquías que van modificando las actuales

Referencias. Baripedia. (2018). La relación entre el derecho internacional y el derecho interno. 2020, de Baripedia Sitio web: https://baripedia.org/wiki/La_relaci %C3%B3n_entre_el_derecho_internacional_y_el_derecho_interno Ximena Fuentes Torrijo . (2020). El derecho internacional y el derecho interno: definitivamente una pareja dispareja. . 2020, de documento en la web Sitio web: https://www.upg.mx/wpcontent/uploads/2015/10/LIBRO-24-Derecho-Internacional-y-Derecho-Interno.pdf Anónimo. (2018). ¿cuáles son las diferencias entre derecho internacional y derecho interno? 2020, de la comunidad del conocimiento Sitio web: https://www.c2.org.mx/?p=3784...


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