Patria Potestad - Nota: 10 PDF

Title Patria Potestad - Nota: 10
Course Metodología de la Investigación
Institution Universidad Popular Autonóma del Estado de Puebla
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IntroducciónEn esta investigación se discutirán temas sobre la Patria Potestad y sus consecuencias jurídicas cuando se presenta la necesidad de que un padre requiera adquirí la totalidad de los derechos de la misma después de que se haya sufrido un abandono familiar.La razón por la cual yo estoy int...


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Introducción En esta investigación se discutirán temas sobre la Patria Potestad y sus consecuencias jurídicas cuando se presenta la necesidad de que un padre requiera adquirí la totalidad de los derechos de la misma después de que se haya sufrido un abandono familiar. La razón por la cual yo estoy interesado en investigar y averiguar mas sobre este tema es por que he visto casos muy cercanos a mi persona en los que un padre al no haber tomado las medidas propias y necesarias en casos en los que la pareja los abandonado por mucho tiempo y no a apoyado de ninguna de las formas en las que un padre esta obligado a proveer a su hijo no solo económicamente si no también en otros ámbitos como la alimentación, la salud, la educación y la seguridad. Este problema en los que un padre ya sea la madre o el padre deja a su pareja con su hijo es un problema que yo veo muy grande y que tiene muchos daños no solo directos si no también tiene que ver mucho con la formas en las que el hijo vaya a crecer , ya que no siempre queda solo en el abandono si no que el padre lo ve como algo que puede hacer muy fácilmente y sin tener consecuencias de cualquier tipo abandona, pero al tener un hijo se generan tanto derechos como también ciertas obligaciones y al abandonar no se pierde esta obligación para y con su hijo. Mediante esta investigación se busca encontrar una forma en la cual los padres puedan sentirse mas cómodos y seguros después de estar en una situación tan incomoda como lo es tener que adquirir toda la responsabilidad de los cuidados que un hijo debe de tener, también busco y aclarar los derechos, obligaciones, acciones y consecuencias de la Patria Potestad.

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Mis objetivos en esta investigación son lograr aclarar los requerimientos jurídicos de la patria potestad y precisar las obligaciones, derechos y acciones que un padre debe de cumplir para no perder la patria potestad sobre su hijo, como de la misma manera explicar las consecuencias jurídicas al haber abandonado a un hijo. El abandono es una de las razones mas frecuentes o mas importante por la cual se puede requerir adquirir por el otro padre la adquisición de la totalidad de la Patria Potestad. Aun que muchos padres después de haber sufrido el abandono por su pareja dejan esta situación pasar, se esperan y creen que nada va a pasar pero en muchas ocasiones el otro padre llega a regresar después de mucho tiempo de haber abandonado a su hijo y llegan a generar conflictos ya que ahora si ya desean adquirir los derechos de la patria potestad sin ellos haber cumplido por un largo tiempo o de manera nula con sus obligaciones de padre, y el otro padre al no haber actuado a tiempo y empezado el proceso de la adquisición total de la Patria Potestad no tendría o tiene en ese momento una forma de proteger al hijo en cuestión y defenderse de los actos que desee el otro padre que abandono a su hijo. En los casos en los que el padre abandona a su hijo desde una edad muy temprana puede generarle problemas psicológicos graves al haberlo hecho crecer sin una parte de sus figuras paternas, que son grandes o los pilares mas importantes durante el crecimiento del menor ya que los padres son los que forman, orientan, apoyan, cuidan, protegen y le generan un ambiente sano para su crianza. Aun que no por esto quiero decir que un padre soltero no pueda cumplir con este proceso solo pero por esto mismo el hecho de saber que el padre soltero esta cumpliendo con todo este proceso solo necesita un soporte legal para que el otro padre no pueda interferir en la crianza que lleva haciendo el padre soltero.

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Es por esto que con mi investigación busco explicar de una manera mas clara todo el proceso legal acerca de la patria potestad como también hablar de sus legislaciones, derechos de los padres, obligaciones de los mismos y las consecuencias al no cumplir con los derechos y obligaciones que las leyes “Si hablamos de obligaciones de crianza estamos hablando de la protección física, psicológica, emotiva incluso, de un niño y eso es muy importante por que también, tenemos que tomar en cuenta que como obligación de crianza es crear lazos afectivos, que los niño se siente queridos y no sientan incertidumbre ante las problemáticas entre sus padres”.(Vázquez María Luisa,2014)

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Capitulado 1.

Patria Potestad

1.1 Concepto 1.2 Derechos, obligaciones y respectivas legislaciones

2.

Casos de la Patria Potestad

2.1 Suspensión 2.2 Perdida 2.3 Terminación

3.

Abandono Familiar

3.1 Causas 3.2 Consecuencias legales

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1. Patria Potestad

1.1 Concepto La patria potestad se define como: Patria viene del latín patrius, patria, patrium, que se refieren al padre, y potestas, que significa potestad . El Código Civil del Estado de Jalisco define a la patria potestad como: “la relación de derechos y obligaciones que recíprocamente tienen, por una parte el padre y la madre, y por otra, los hijos menores no emancipados, cuyo objetos es la custodia de la persona y los bienes de esos menores, entendida esta en función del amparo de los hijos”. Por otra parte el Código Civil de Oaxaca lo define como; “el conjunto de deberes que la sociedad impone a las progenitores para atender la crianza, la protección y la educación de sus hijos e hijas menores de edad y favorecen el peno desarrollo de sus potenciales. Es de orden publico y se ejerce atendiendo al interés superior de la infancia e implica un respeto mutuo entre progenitores e hijos. Los hijos, cualquiera que sea su estado, edad y condición, deben honrar y respetar a sus padres y demás ascendientes”.

Para definir con mayor claridad es mejor descomponer en los siguientes elementos, los cuales constituyen atributos esenciales de la patria potestad. Se constituye por un conjunto de derechos, facultades y obligaciones atribuidos, entre otros, a los progenitores: La patria potestad conlleva no solo derechos y facultades, sino también

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obligaciones y deberes, y toda vez que tanto aquellos como estos recaen en las personas es que se habla de derechos-deberes.

Tiene su origen principalmente en la filmación: La patria potestad encuentra su fundamento principalmente en la filiación, pues se trata de una institución derivada del vinculo paterno-materno filial. Luego, es en atención a dicho vinculo que se imponen a los padres ciertos deberes para con sus hijos como los de protegerlos y cuidarlos, y ciertos derechos como los de administrar sus bienes y corregirlos, derechos y deberes que, ante la falta o impedimento de los padres, pueden rehacer en los abuelos o, excepcionalmente, en los parientes consanguíneos colaterales o adoptados del menor. Se ejerce sobre la persona y bienes del menor sujeto a ella: Los derechos-deberes inherentes a la patria potestad producen efectos tanto en la persona como en los bienes que el menor tenga en propiedad, pues tanto aquella como estos son materia de custodia. Así, quien ejerce la patria potestad es el legitimo representante de los que están bajo ella y la tienen la administración legal de los bienes que les pertenecen. Son sujetos pasivos de ella los menores de edad no emancipado: La patria potestad es una institución destinada a la guarda y protección de menores de edad no emancipados, por lo que sólo los sujetos que reúnan dichas condiciones pueden estar sujetos a ella.

Su objeto es que los ascendientes puedan cumplir los deberes que tienen para con sus descendientes: La patria potestad tiene como objetivo primordial la educación, asistencia y protección de los niños y niñas, y es precisamente para que pueda alcanzare dicho objetivo que se atribuyen a los ascendientes algunos derechos y facultades. Luego, la autoridad concedida a los ascendientes en un medio para que puedan

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cumplir con sus deberes, de modo que no se trata en realidad de una potestad o de un poder, sino mas bien de una función.

1.2 Derechos, obligaciones y respectivas legislaciones La patria potestad como lo mencionamos anteriormente en el tema concepto, esta conformado básicamente de derechos y obligaciones . Intencionalmente en la Declaración Universal de los Derechos Humanos se estableció en el articulo 25 que:

“1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivencia, la asistencia medica y los servicios sociales; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez ,viudez u otros casos de perdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independencias de su voluntad. 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.” 7

Asimismo podemos notar que desde los tratados internacionales especifica que los niños son acreedores a recibir protección, cuidados y asistencia especial. Dentro de los tratados internacionales no es el Declaración ya que en la Declaración de los Derechos de los Niños la cual especifica que los niños necesitan protección ,cuidados especiales y su debida protección legal, también dice que el niño tiene derecho a gozar de una infancia feliz y gozar de sus derechos y libertades que posee. Los derechos mas importantes son:

“Asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar –teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores y otras personas responsables de el ante la ley- y, con ese fin, tomar las medidas legislativas y administrativas adecuadas. (articulo 3) Respetar las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o, en su caso, de los tutores u otras personas encargadas legalmente del niño, de impartirle dirección y orientación apropiadas(articulo 5)

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Velar por que el niño no sea separado sus padres contra la voluntad de estos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en aras del interés superior del niño. (articulo 9) Respetar el derecho del niño que este separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales

y

contacto

directo

con

ambos

progenitores de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño(articulo 9) Respetar los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los representantes legales, de guiar al niño en el ejercicio de su derecho de cómo

conforme

a

la

evolución

de

sus

facultades(articulo 14) Garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño(articulo 18)” 9

En México en cuanto a este tema se establece en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 4º, párrafo sexto a octavo lo siguiente:

“Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, educación, salid y sano esparcimiento para su desarrollo integral Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio plenos de sus derechos. El estado otorgará facilidades particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.” En México dependiendo de los estados se habla de los artículos encargados de regular la patria potestad: Personas que pueden estar sujeta alcaldes también a ella, personas que pueden ejercerla, los alcaldes y limites de su ejercicio, sus efectos tanto sobre la persona como sobre los bienes de su hijo, las causas que pueden dar lugar a su perdida o suspensión y los motivos por lo que termina.

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Hay que aclarar que la patria potestad actúa sobre los hijos procreados dentro del matrimonio tanto como los que fueron procreados fuera de este mismo o también entendido como natural o extra matrimonial y matrimonial o legitima. Como lo he mencionado antes la patria potestad esta conformada por derechos y deberes, estos son fundamentados con la idea e intención de proteger el bien del hijo. Asimismo hay que mencionar que los derechos y las obligaciones van de la mano no puedes gozar solo de los derechos evadiendo las obligaciones, ambas recaen sobre los padres, son inherentes, entre estos se encuentran los siguientes: •

Guarda y custodia, esta habla de que se debe proteger, cultivar físicamente y

espiritualmente y procurarles la satisfacción de sus necesidades. Básicamente el cuidado del menor y así mantener la seguridad, dirigir su educación ,vigilar sus relaciones, y su conducta.

“La custodia es un derecho y obligación que corresponde a quienes ejercen la patria potestad , ella implica la obligación de cohabitar con el menor,

guardar

y

cuidar

su

persona,

su

educación, su formación y sus bienes” •

Visita y convivencia, se establece que el derecho-deber de vista y

convivencia esta a favor de los que ejerzan la titularidad de la patria potestad , esta se encarga de la procuración de un entorno saludable y favorable para el desarrollo personal y emocional del menor.

“Articulo 440. Los que ejercen la patria potestad, aun cuando no tengan la custodia , tienen derecho

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de convivencia con los descendencias, salvo que exista peligro para estos

No podrán impedirse, sin justa causa, las relaciones personales entre el menor y sus parientes. En caso de oposición a la petición de cualquiera de ellos, el Juez de lo familiar resolverá atención lo conducente en atención al interés superior del menor. Solo

por

mandato

suspenderse

o

judicial

perderse

podrá el

limitarse,

derecho

de

convivencia a que se refiere el párrafo establezca anterior, así como en los casos de suspensión o perdida de la patria potestad, conforme a las modalidades que para su ejercicio se establezca en el convenio o resolución judicial. En cualquier momento en que se presentare alineación parental por parte de alguno de los

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progenitores hacia los hijos, el Juez, de oficio ordenara las medidas terapéuticas necesarias para los menores hijos, con la finalidad de restablecer

la

progenitores.

convivencia

Para

estos

con efectos,

ambos ambos

progenitores tendrán la obligación de colaborar en el cumplimiento de las medidas que sean determinadas, pudiendo el Juez hacer uso de las medidas de apremio que establezca la ley adjetiva civil, con la facultad en caso de ser necesario, de decretar

la

suspensión

de

la

custodia

o

convivencia previamente establecidas” •

Educación, los que posean la patria potestad de un menor tienen la

obligación de educar, como también el derecho

“Articulo 26 1.

Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria.

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La

instrucción

técnica

y

profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivo.

2.

La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la compresión , la tolerancia y a la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá tendrán el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.” •

Crianza, esta implica instruirlos y dirigirlos

“Articulo 414 Bis del Código Civil para el Distrito Federal. 15

i. Procurar la seguridad física, psicológica y sexual. ii. Fomentar

hábitos

adecuados

de

alimentación, de higiene personal y de desarrollo

físico.

habilidades

de

Así

como

desarrollo

impulsar

intelectual

y

escolares; iii. Realizar

demostraciones

afectivas,

con

respetos y aceptaciones de estas por parte del menor, y iv. Determinar

limitaciones

y

normas

de

conducta preservando el interés superior del menor.” •

Corrección, este es del derecho de poder corregir a los menores siempre y

cuando la corrección sea mesurada y con razón

“Articulo 423. Para los efectos del articulo anterior, quienes ejerzan la patria potestad o tengan menores bajo su custodia, tienen la facultada dSe corregirlos y la obligación de observar una conducta que sirva a estos de buen ejemplo.

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La facultad de corregir no implica infligir al menor actos de fuerza que atenten contra su integridad física o psíquica en los termino de lo que esta dispuesto por el articulo 323ter der esta Código.”



Suministros de alimentos, la obligación de proveer alimentos siempre y

cuando estos estén en condiciones de proporcionar alimentos al menor, en la legislación habla de que si se incumple esto se podría llegar a perder la patria potestad. •

Representación legal del menor, ya que los menores tienen restringida su

personalidad y solo pueden ejercer sus derechos y obligaciones por medio de sus representantes.

“Articulo 23. La minoría de edad, el estado de interdicción y demás incapacidades establecidas por la ley, son restricciones a la persona a la personalidad jurídica que no debe menoscabar la dignidad de la persona ni atentar contra la integridad de la familia; pero los incapaces pueden

ejercitar

sus

deberes

o

contraer

obligaciones por medios de sus representantes” •

Administración de los bienes del menor, los bienes que adquieran los hijos ya

sea por trabajo o por cualquier titulo mientras sean menores de edad los papás se

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encargaran de la administración de esos bienes, siempre y cuando los padres den una buena administración de tales bienes.

“Articulo 417. Los que ejercen la patria potestad son legítimos representantes de los que están bajo de ella, y tienen la administración legal de los bienes que les pertenecen, conforme a las prescripciones de este Código.” •

Responder por los daños y perjuicios causados por los menores, como los

padres son los responsables por el cuidado, educación y vigilancia cuando este ocasiona daño a otros, los padres deben de responder por esos daños.

“Articulo 1919. Los que ejerzan la patria potestad tienen obligación de responder de los daños y perjuicios causados por los actos de los menores que estén bajo de su poder y que habiten con ellos.”



Consentir el matrimonio del menor, cuando el menor de edad desee contraer

matrimonio necesitara que los que ejercen la patria potestad sobre ellos le den el consentimiento.
...


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