Title | Prácticas T - PRACTICA RESUELTA DERECHO DEL TRABAJO I |
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Author | Pablo Snow |
Course | Derecho del Trabajo |
Institution | Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir |
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PRACTICAS DERECHO DEL TRABAJO II.-GRUPO B-C-2019. 1.- MOVILIDAD FUNCIONAL. 1.- La empresa se plantea cambiar las funciones del trabajador G que pertenece al grupo profesional 1, transfiriéndole a un grupo profesional inferior, grupo 2, con carácter permanente, a través del artículo 39 del ET.¿Es pos...
PRACTICAS DERECHO DEL TRABAJO II.-GRUPO B-C.2018-2019.
1.- MOVILIDAD FUNCIONAL. 1.- La empresa se plantea cambiar las funciones del trabajador G que pertenece al grupo profesional 1, transfiriéndole a un grupo profesional inferior, grupo 2, con carácter permanente, a través del artículo 39 del ET.¿Es posible la actuación del empresario?. RESPUESTA: Las modificaciones de funciones de carácter permanente no se pueden realizar por la vía del artículo 39 del ET si no por la vía del artículo 41 ET, de conformidad con el artículo 39.4 ET y artículo 41.1.f) ET. 2.-MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO.
1.-Maria trabajadora de la empresa Ingeniería Industrial ha sido objeto de una alteración de su jornada de trabajo por aplicación del procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo. No desea impugnar judicialmente la decisión pero el nuevo tiempo de trabajo resulta incompatible con el cuidado de sus hijos. ¿Puede extinguir su contrato?. RESPUESTA : La trabajadora podrá extinguir su contrato de trabajo, con derecho a indemnización de 20 días por año de servicio, con un máximo de 9 mensualidades, pero solo si prueba que la modificación le ha supuesto un perjuicio, de conformidad con el art. 41. 3 ET. 3.-MOVILIDAD GEOGRÁFICA : TRASLADOS Y DESPLAZAMIENTOS TEMPORALES. 1.-Juan trabajador de la empresa Factoría Grande, es uno de los 6 trabajadores de una empresa de 150 trabajadores a los que se les va a movilizar el centro de trabajo de Valencia a Sevilla durante 3 meses, motivado por causas económicas. ¿Puede extinguir su contrato?. RESPUESTA: No tiene derecho a la extinción del contrato de trabajo, dado que se trata de un desplazamiento temporal y en tales casos, no se tiene derecho a la extinción porque la norma no lo prevé, de conformidad con el artículo 40.6 ET. 4.-PACTOS DE PERMANENCIA-COMPETENCIA DESLEAL. 1.- Un trabajador firmó un contrato en el que prestaba servicios de diferentes grupos profesionales, grupo 1 y grupo 2. Las funciones que más desarrolla y durante más
tiempo son las del grupo 2. ¿Es posible este pacto de polivalencia funcional y para el caso de que solicite la clasificación profesional en qué grupo le corresponde estar?. RESPUESTA: Son válidos los pactos de polivalencia funcional, en tales casos, procede la clasificación en el grupo profesional 2, dado que se trata de las funciones que más tiempo desarrolla, de conformidad con el artículo 22.4 ET....