Recurso DE Inconformidad PDF

Title Recurso DE Inconformidad
Author Itzanami Santiago García
Course Contabilidad
Institution Universidad Autónoma del Estado de México
Pages 5
File Size 89.8 KB
File Type PDF
Total Downloads 270
Total Views 1,028

Summary

CONSTRUCTORA SANTIAGO, S. DE C.REGISTRO PATRONAL. CSA0211014J2.ASUNTO: SE INTERPONE RECURSODE INCONFORMIDADINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL,H. CONSEJO CONSULTIVO DELEGACIONALEN EL ESTADO DE MÉXICOP R E S E N T&n...


Description

CONSTRUCTORA SANTIAGO, S.A. DE C.V. REGISTRO PATRONAL. CSA0211014J2. ASUNTO: SE INTERPONE RECURSO DE INCONFORMIDAD INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, H. CONSEJO CONSULTIVO DELEGACIONAL EN EL ESTADO DE MÉXICO P R E S E N T E. ALEJANDRA SANTIAGO GARCÍA mayor de edad, trabajador y derechohabiente con Número de Seguridad Social 1613-98-22239, indicando como domicilio procesal para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en Av. Adolfo López Mateos, #126 en el Municipio de Toluca de Lerdo, Estado de México con Código Postal 50360, autorizando para oír y recibir toda clase de notificaciones al Lic. Alejandro de los Santos Ocegueda, ante este Consejo Consultivo Delegacional comparezco para EXPONER Con fundamento en los Artículos 44 y 294 de la Ley del Seguro Social y Artículos 1, 2, 3 y 6 del Reglamento del Recurso de Inconformidad, el cual desprende del citado artículo 294 de la Ley del Seguro Social, mediante el presente escrito vengo a interponer el RECURSO DE INCONFORMIDAD en contra del Dictamen de Alta por Riesgo de Trabajo expedido por la Dirección de Prestaciones Médicas de la Unidad de Medicina Familiar Número 003 perteneciente a la Subdelegación de Toluca, Estado de México el día 25 de Nov del 2020. ACTO QUE SE IMPUGNA El Dictamen de Alta por Riesgo de Trabajo expedido por el Dr. Juan García, con número de matrícula156988 perteneciente a la Dirección de Prestaciones Médicas de la Unidad de Medicina Familiar Número 003 de la Subdelegación de Toluca, Estado de México el día 28 de Nov del 2020 la cual niega que mi accidente de trabajo genera una incapacidad permanente y considera que estoy en condiciones aptas para laborar cuando queda demostrado en las pruebas que se anexan en el presente escrito de inconformidad que no estoy en condiciones para efectuar una labor derivado de la lesión sufrida el día 25 de noviembre del 2020 mientras me encontraba prestando mis labores dentro de las instalaciones del patrón. .

HECHOS QUE ORIGINAN LA IMPUGNACIÓN

PRIMERO. La mañana del día 25 de noviembre del 2020 mientras me encontraba laborando dentro de las instalaciones donde prestaba mis servicios empleada de almacén de la empresa Constructora S.A. de C.V., y con registro patronal CSA0211014J2, sufrí un accidente cuando el carrito que se utiliza para colocar la mercancía dentro del camión repartidor de materiales chocó con un objeto metálico, ocasionando que me volteara junto con el carrito el cual cayó en mi región glútea y al mismo tiempo lesionó mi mano al apoyarme con ella al momento de la caída. SEGUNDO. –. El 25 de noviembre del 2020 el médico en turno, la Dra. Tania Serrano, con número de matrícula 1546897, perteneciente a la Unidad de Medicina Familiar número 226 en la ciudad de Toluca, Estado de México expide un Certificado de Incapacidad para el Trabajo por un periodo de 7 días con número de Serie y Folio: 2154 al determinar mi accidente como Riesgo de Trabajo. Durante los meses subsecuentes me fueron expedidas otros certificados de incapacidad por determinado número de días hasta llegar la fecha del 4 de diciembre de 2020 donde se me dio de alta y cuya resolución es la que me encuentro impugnando a través del presente escrito de inconformidad. Bajo protesta de decir verdad, confirmo que no cuento con todos los certificados de incapacidad en mi poder desde el día del accidente hasta el alta, ya que se encuentran en los registros del Instituto Mexicano del Seguro Social. A continuación, encontrarán una lista detallada de aquellos certificados que tengo en mi poder: 1. Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo con Serie y Folio: 2154 expedido el médico Juan García, con número de matrícula156988 perteneciente a la Unidad Médica Familiar Número 003 el día 25 de nov del 2020 por un periodo de seis días. 2. Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo con Serie y Folio: 2156 expedido el médico Tania Serrano, con cédula profesional 1546897, perteneciente a la Unidad Médica Familiar Número 226 el día 27 de nov del 2020 por un periodo de seis días. 3. Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo con Serie y Folio: 5694 expedido el médico Gabriela Valdez, con cédula profesional 964587, perteneciente a la Unidad Médica Familiar Número 226 el día 28 de nov del 2020 por un periodo de seis días.

TERCERO. - El día 30 de nov del 2020 el Cirujano Ortopedista, el Dr. Luis García, con número de cédula profesional 5497 y Cédula de Especialidad 15498 perteneciente a la Clínica Venecia de esta ciudad de Toluca, Estado de México expide una Orden de Solicitud de Traslado solicitando se me realizara una “Resonancia Magnética Columna Lumbar” en la Unidad de Medicina Familiar Número 226 perteneciente a la ciudad de Toluca, Estado de México derivado de que no presentaba mejoría en mi recuperación al tener un dolor intenso en mi coxis, y que bajo protesta de decir verdad, hoy en día continúo presentando.

CUARTO. – El 3 de dic del 2020, la Dirección de Prestaciones Médicas de la Unidad Médica Número 006 de la Subdelegación de Toluca expide un dictamen el cual me dan de alta al considerar el Médico Juan García, con número de matrícula 159784, que me encuentro en condiciones aptas para regresar a mis labores derivado de los resultados de los estudios realizados en la fecha descrita en el hecho tercero del presente ocurso, dictamen del cual no me encuentro de acuerdo. AGRAVIOS PRIMERO. –Causa agravio el Dictamen de Alta por Riesgo de Trabajo expedido por el Dr. Juan García, con número de matrícula 159784, perteneciente a la Dirección de Prestaciones Médicas de la Unidad Médica Número 003 de la Subdelegación de Toluca, Estado de México el día 25 de Nov del 2020, el cual determina que me encuentro en condiciones aptas para regresar a mis labores, lo cual es totalmente incorrecto ya que aún me encuentro imposibilitada para realizar cualquier trabajo físico derivado de mi lesión sufrida el día 25 de nov del 2020. Por lo cual existe una clara vulneración al Derecho Humano de recibir la debida atención médica y prestaciones de Seguridad Social, como lo son la incapacidad e invalidez temporal y/o permanente, el cual se encuentra consagrado en los Artículos 23.3 y 25.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, Artículos 7 y 12.2 incisos c) y d) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Artículos 4 párrafo cuarto, 123 Fracción XXIX y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Artículos 2, 7, 55 Fracción I y 58 de la Ley del Seguro Social. SEGUNDO. - Causa agravio el Dictamen de Alta por Riesgo de Trabajo expedido por el Dra. Tania Serrano, con cédula profesional 1546897, perteneciente a la Unidad Médica Familiar Número 226 el día 27 de nov del 2020, al no cumplir con su obligación de respetar y garantizar los derechos humanos de los pacientes emitiendo un alta definitiva sin antes haber valorado los estudios clínicos. Los actos de los servidores públicos que forman parte de este Instituto lo obligan igualmente a su obligación que tiene como autoridad la cual es el promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos de sus derechohabientes, así como realizar las respectivas acciones correctivas para investigar, sancionar y reparar las violaciones a los Derechos Humanos. Por lo cual existe una clara vulneración a los Derechos consagrados en los Artículos 2 y 3 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Artículo 1 de la Convención Americana de Derechos Humanos y Artículos 1 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Respectivamente. PRUEBAS I.- DOCUMENTAL PUBLICA consistente en copia simple de la Credencial de Elector expedida por el Instituto Nacional Electoral con la cual acredito mi personalidad.

II.-DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en copia simple del Certificado de Vigencia de Derechos con vigencia del 06 de junio del 2021, el cual me acredita como legítimo derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social III.-. DOCUMENTAL PUBLICA consistente en copia simple del Dictamen de Alta por Riesgo de Trabajo expedido por el Dr. Juan García, con número de matrícula 159784, perteneciente a la Dirección de Prestaciones Médicas de la Unidad Médica Número 003 de la Subdelegación de Toluca, Estado de México el día 25 de Nov del 2020. Obrando una copia del original en mi poder y otra en los archivos de la Dirección de Prestaciones Médicas del citado Instituto Mexicano de Seguridad Social. IV.- DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en copia simple del Aviso de Atención Médica Inicial y Calificación de Probable Accidente de Trabajo ST con número de folio 20154 y con fecha del del 26 de nov del 2020. Obrando una copia del original en mi poder y otra en el Instituto Mexicano del Seguro Social. La cual desahogaré en el momento oportuno. V.- DOCUMENTALES PÚBLICAS consistentes en copias simples de los Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo. Obrando una copia del original en mi poder y otra en los archivos de la Dirección de Prestaciones Médicas del citado Instituto Mexicano de Seguridad Social, las cuales se detallan a continuación: 1. Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo con Serie y Folio: 2154 expedido el médico Juan García, con número de matrícula156988 perteneciente a la Unidad Médica Familiar Número 003 el día 25 de nov del 2020 por un periodo de seis días. 2. Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo con Serie y Folio: 2156 expedido el médico Tania Serrano, con cédula profesional 1546897, perteneciente a la Unidad Médica Familiar Número 226 el día 27 de nov del 2020 por un periodo de seis días. 3. Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo con Serie y Folio: 5694 expedido el médico Gabriela Valdez, con cédula profesional 964587, perteneciente a la Unidad Médica Familiar Número 226 el día 28 de nov del 2020 por un periodo de seis días VI.- DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en copia simple de la Orden de Solicitud de Traslado con fecha del 25 de nov del 2020 expedida por el Cirujano Ortopedista, el Dr. Luis García, con número de cédula profesional 5497 y Cédula de Especialidad 15498 perteneciente a la Clínica Venecia de esta ciudad de Toluca, Estado de México. VII.- DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en copia simple de la “Solicitud de Subrogación de Servicios (28-nov-2020” con fecha del 30 de nov del 2020 expedida por el médico de la Unidad Médica Familiar Número 1154978 del IMSS, el Dr. Juan García, con número de cédula profesional 156988. VIII.- DOCUMENTAL PRIVADA consistente en copia simple de la Descripción y Conclusiones de la “Resonancia Magnética de la Columna Vertebral Diferentes Segmentos” realizado con el proveedor “Médicos Asociados, S.A. de C.V.”, expedido el 30 de nov del 2020.

IX.-DOCUMENTAL PRIVADA EN FORMATO ELECTRÓNICO consistente en un Disco Electrónico externo el cual contiene las radiografías y demás imágenes pertenecientes a la “Resonancia Magnética de la Columna Vertebral Diferentes Segmentos” realizada por el proveedor “Médicos Asociados, S.A. de C.V.”, expedido el 30 de nov del 2020. X.-DOCUMENTAL PRIVADA EN FORMATO ELECTRÓNICO consistente en un Disco Electrónico externo el cual contiene los estudios realizados para determinar la lesión ocasionada por el accidente de trabajo realizados por la Unidad de Medicina Familiar Número 003 en esta ciudad de Toluca, Estado de México con fechas del 25 de nov y 28 de nov del 2020 respectivamente. XI.- DOCUMENTAL PRIVADA consistente en Resumen Médico efectuado por el Médico Ortopedista Luis García, médico perteneciente a la iniciativa privada con número de cédula profesional 25649 que lo avala con la especialidad de Médico Ortopedista y cédula profesional número 26489 como Médico Cirujano, el cual indica que no me encuentro en condiciones aptas para laborar al encontrarse vigente la lesión sufrida en el Coxis y sugiere una segunda valoración médica. Por lo anteriormente expuesto y fundado, A ustedes integrantes del Consejo Consultivo Delegacional, atentamente pido: PRIMERO. - Se me tenga por interpuesto el Recurso de Inconformidad en contra del Dictamen de Alta por Riesgo de Trabajo expedido por la Dirección de Prestaciones Médicas de la Unidad de Medicina Familiar Número 003 perteneciente a la Subdelegación de Toluca, Estado de México el día 26 de Nov del 2020, la cual niega que mi accidente de trabajo genera una incapacidad permanente y considera que estoy en condiciones aptas para laborar cuando queda demostrado en las pruebas que se anexan en el presente escrito de inconformidad que no estoy en condiciones para efectuar una labor derivado de la lesión sufrida el día 25 de nov del 2020 mientras me encontraba prestando mis labores dentro de las instalaciones del patrón. SEGUNDO. -Se me tengan por ofrecidas las diversas probanzas, por lo que solicito se señale fecha y hora para el desahogo de estas. TERCERO. - Se declare procedente el presente Recurso de Inconformidad a fin de que se me otorgue la incapacidad permanente derivado de un riesgo de trabajo. PROTESTO LO NECESARIO

ALEJANDRA SANTIAGO GARCÍA...


Similar Free PDFs