Title | Supuestos prácticos resueltos.pdf |
---|---|
Author | esther montserrat mas cabrera |
Course | Derecho Civil |
Institution | UNED |
Pages | 1 |
File Size | 38.8 KB |
File Type | |
Total Downloads | 17 |
Total Views | 125 |
Supuestos prácticos resueltos...
FIJESE EN EL ACTA DE CONSTITUCION DE LA ASOCIACION ¿ESTA SEGURO DE QUE ES SUFICIENTE EL NUMERO DE PERSONAS QUE FIGURAN PARA CONSTITUIR DICHA ASOCIACION? ARGUMENTE JURIDICAMENTE SU RESPUESTA (DOCUMENTO ESTATUTOS DE ASOCIACION) El presupuesto fundamental de la asociación viene representado por la unión o agrupación de un número plural de personas, las cuales precisamente se asocian entre sí para conseguir alguna finalidad, que por separado, sería imposible o inoportuna. La constitución no precisa nada al respecto del número mínimo de asociados. Por tanto, bajo su vigencia, según la opinión mayoritaria, habría de considerarse bastante la existencia de dos o más personas. No obstante, la Ley orgánica 1/2002 establece que se necesitan como mínimo tres personas, físicas o jurídicas, como socios iniciales o fundadores. Resulta, pues, indiscutible que en la actualidad incluso las entidades públicas con carácter general son titulares del derecho de asociación. Quienes deseen constituir una asociación (o incorporarse a una ya existente) deben tener capacidad de obrar. Conforme a ello, los menores de edad no podrían formar parte de asociación alguna, por carecer de tal capacidad. Sin embargo, dicha conclusión es dudosa si pensamos en la cantidad de asociaciones deportivas, culturales, etc, constituidas a propósito para la juventud y los estudiantes....