Taller-X-RIF11 MOD - Reglamento interno de funciones de un restaurante PDF

Title Taller-X-RIF11 MOD - Reglamento interno de funciones de un restaurante
Author Jean Edgar Rodriguez
Course Taller X: Instrumentos De Gestión Administrativa
Institution Universidad Peruana Los Andes
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Reglamento interno de funciones de un restaurante...


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Reglamento

interno 1

GOOD FOOD RESTAURANT REGLAMENTO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL DE “Good Food Restaurant”

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO CONTENIDO Y BASE LEGAL ARTÍCULO 1.- (Objeto) El presente reglamento interno tiene por objeto establecer normas, procedimientos y lineamientos generales de administración de recursos humanos de la empresa Good Food Restaurant E.I.R.L, que permitan un trabajo eficaz, eficiente y oportuno para el cumplimiento de la misión y los fines de la Empresa. ARTÍCULO 2.- (Contenido) El presente Reglamento Interno, contiene normas que regulan las relaciones de trabajo de la Empresa y los empleados que prestan servicios en sus instalaciones. Se establecen derechos, deberes, prohibiciones, responsabilidades y el régimen disciplinario. ARTÍCULO 3.- (Ámbito de aplicación) El presente reglamento Interno se aplica a todos los

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Empleados contratados por la Empresa independientemente de la posición que ocupen dentro de la estructura jerárquica de la misma y se hallan sujetos a las disposiciones legales en vigencia y al presente reglamento. ARTÍCULO 4.- (Base legal) El presente reglamento tiene como sustento legal, La Constitución Política del Estado, la Ley General del Trabajo, Ley General de Aduanas, Contrato de Concesión suscrito entre la Aduana Nacional y la Empresa, sus Reglamentos y otras disposiciones legales correspondientes. ARTÍCULO 5.- (Contrato y Reglamento de Concesión) En el marco de sus respectivas competencias, todos los Empleados de la Empresa, están obligados a conocer y cumplir el Contrato de Concesión con la Aduana Nacional, el Reglamento de Concesión y normas complementarias. ARTÍCULO 6.- (Conocimiento) En todos los casos de aplicación del presente Reglamento, se presume que sus disposiciones son conocidas por las partes, sin que nadie pueda argumentar desconocimiento de sus normas, como excusa o justificación en casos de omisión, infracción o violación de cualquiera de sus preceptos, motivo por el cual se entregarán ejemplares del presente reglamento a todas las Gerencias Nacionales y de Recinto para su divulgación, conocimiento y cumplimiento entre los Empleados. ARTÍCULO 7.- (Excepción) Los casos no contemplados en el presente reglamento se regirán por las normas de la Empresa salvo los de carácter legal que quedan sometidos a la Ley General del Trabajo y demás disposiciones legales en materia laboral. ARTÍCULO 8.- (Cumplimiento) El cumplimiento del presente reglamento es de carácter obligatorio, para los Empleados de la Empresa y forma parte del Contrato de Trabajo por lo que es obligación del Empleado informarse de su contenido. TÍTULO II CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO I EMPLEADOS DE LA EMPRESA ARTÍCULO 9.- (Requisitos) Sólo serán contratados por la Empresa como Empleados, los postulantes que reúnan las condiciones mínimas siguientes:  3

No ser menor de 18 años.



No tener las incompatibilidades señaladas en el Pliego de Condiciones y Reglamento de



Concesión.



No haber sido condenado por delitos comunes.

De acuerdo a las funciones que desempeñe el Empleado, la Empresa exigirá la garantía más conveniente a sus intereses, la misma que podrá ser personal o patrimonial, según la naturaleza de la responsabilidad del cargo. A efectos de su contratación, los Empleados deberán presentar los documentos establecidos en el Manual de Recursos Humanos. ARTÍCULO 10.- (Organización) La empresa se encuentra integrada por la Alta Dirección, Personal Ejecutivo, Personal Operativo y Administrativo, estableciendo los siguientes niveles: 

Alta Dirección.- Comprende la categoría de Vicepresidencia Ejecutiva.



Nivel Ejecutivo.- Abarca a los empleados comprendidos en los niveles 2,3 y 4 de la estructura jerárquica de la Empresa.



Nivel Operativo y Administrativo.- Comprende los demás niveles a partir del nivel 5 al 9 de la estructura jerárquica de la Empresa.

ARTÍCULO 11.- (Manual de Funciones) Las atribuciones, funciones y responsabilidades de cada cargo, no previstas en el Reglamento Interno, se establecerán en el Manual de Funciones. ARTÍCULO 12.- (Registro de personal) Todos los empleados de la Empresa tendrán un registro personal que contendrá la siguiente documentación: a) Currículum Vitae. b) Documentación respiratoria de estudios, cursos y experiencia de trabajo. c) Comunicaciones Internas de designación o contrato de trabajo, instrucciones de trabajo, felicitaciones y amonestaciones. d) Evaluaciones. e) Este registro será actualizado permanentemente, siendo responsable de su custodia el Departamento de Recursos Humanos. ARTÍCULO 13.- (Exclusividad) La Empresa tiene el derecho exclusivo de contratar personal de acuerdo a sus necesidades. La aceptación o no del trabajador queda librada 4

únicamente a la decisión de quienes están a cargo de la selección de personal, sin que la documentación presentada o los exámenes que pudieran exigirse, cualquiera sea su resultado, signifiquen obligación o compromiso de parte de la Empresa para la contratación del postulante. ARTÍCULO 14.- (Selección) Las normas, cuestionarios, exámenes de calificación, factores de ponderación y demás criterios para el reclutamiento y selección serán establecidos en el Manual de Recursos Humanos. ARTÍCULO 15.- (Período de prueba) Toda persona que ingrese a la Empresa estará sujeta al período de prueba de 60 días, durante el cual se efectuarán las evaluaciones del caso para su admisión o no, como Empleado. Durante este periodo, el postulante gozará de la seguridad social respectiva conforme a ley. ARTÍCULO 16.- (Empleado) Una vez vencido satisfactoriamente el período de prueba, cumplidas las formalidades correspondientes y suscritas el contrato de trabajo, el postulante adquiere la calidad de Empleado. ARTÍCULO 17.- (Información verídica y caso de falsedad) Toda información verbal o escrita presentada a la Empresa a efectos de su selección y contratación deberá contener datos reales y fidedignos. En caso de evidenciarse falsedad material o intelectual sobre declaraciones o documentos presentados por el Empleado a la Empresa se determinará la rescisión del contrato y su despido inmediato sin derecho a beneficios sociales, en conformidad al artículo 16 de la Ley General del Trabajo y artículo 9 de su Reglamento, y sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. ARTÍCULO 18.- (Ascensos) Las vacancias y los cargos de nueva creación serán cubiertos preferentemente con ascensos de Empleados de la Empresa que hayan demostrado eficiencia en la realización de sus funciones, o en su defecto mediante reclutamiento externo. ARTÍCULO 19.- (Modificación en el estado civil y familiar) Toda modificación en el estado o en la situación familiar tales como: matrimonio, divorcio, viudez, nacimiento o muerte de los hijos del miembro de la familia a su cargo y reconocimiento de hijos naturales, deberá ser comunicado inmediatamente al departamento de Recursos Humanos y acreditada con la documentación correspondiente. La omisión del Empleado a esta responsabilidad, no obliga a la Empresa. 5

CAPÍTULO II DEL CONTRATO DE TRABAJO ARTÍCULO 20.- (Modalidades) La Empresa podrá contratar personal de acuerdo a las disposiciones legales vigentes en cualquiera de las siguientes modalidades: a) Contrato por Tiempo Indefinido b) Contrato a Plazo Fijo Contrato de Personal Eventual ARTÍCULO 21.- (Contratación definitiva) Una vez que el Empleado cumpla satisfactoriamente el periodo de prueba y sea ratificado por la Empresa, será contratado por tiempo indefinido, sujeto a los derechos y obligaciones de la Ley General del Trabajo, su reglamento y el presente Reglamento Interno. ARTICULO 22.- (Contrato a plazo fijo).- Comprende la contratación de una persona para la realización de un trabajo específico en tareas no permanentes de la empresa o que siéndolo solo requieran de trabajos de especialistas en implementación o control, por un plazo no mayor a un año y bajo las regulaciones específicas estipuladas en el contrato, con supervisión de funciones para fines de pago. A su conclusión no corresponde el pago de desahucio ni indemnización. El contrato no podrá ser renovado por más de una vez ni operará tácita reconducción. ARTÍCULO 23.- (Contrato de Personal Eventual) Mediante esta modalidad la Empresa podrá contratar personal no permanente, en tareas propias de la empresa sujeto a las regulaciones contenidas en el contrato, para el cumplimiento de funciones emergentes de necesidades extraordinarias de la institución durante la vigencia de dichas necesidades. A su conclusión no corresponde el pago de desahucio ni indemnización. Su remuneración será pagada por acumulación de días efectivamente trabajados, no pudiendo exceder al tiempo de 90 días. Este tipo de contrato no podrá ser renovado por más de dos veces consecutivas, ni operará tácita reconducción. ARTÍCULO 24.- (Exclusión) Las diferentes clases de contratos señalados en este capítulo son excluyentes entre sí y no podrán acordarse simultáneamente.

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ARTÍCULO 25.- (Incompatibilidad) No podrán trabajar en la Empresa cónyuges. En caso que el matrimonio se realizara con posterioridad a la contratación de ambos, uno de los cónyuges deberá renunciar. ARTÍCULO 26.- (Constancia) El contrato de trabajo entre la Empresa y el Empleado se pactará por escrito, de conformidad con el artículo 7 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo. Para su validez deberán estar firmados por un apoderado de la Empresa, el Empleado, su garante y la Dirección Departamental de Trabajo. ARTÍCULO 27.- (Cambio de destino) La Empresa tiene la potestad de cambiar al Empleado de puesto, cargo u ocupación, aun cuando modifique el destino geográfico del mismo, cuantas veces sea necesario por razones de mejor rendimiento o servicio, sin que signifique disminución de categoría, ni rebaja de salario. La resistencia a sujetarse a estos cambios será considerada como incumplimiento de contrato. ARTÍCULO 28.- (Disposiciones internas) El presente reglamento así como todas las disposiciones que dicte la Empresa para el mejor desenvolvimiento de sus actividades se considerará como integrante del contrato individual de trabajo, por lo tanto, es obligación del trabajador conocer y cumplir su contenido. TÍTULO III DE LOS DERECHOS DEBERES Y PROHIBICIONES CAPÍTULO I DE LOS DERECHOS DE LOS EMPLEADOS ARTÍCULO 29.- (Derechos) Los Empleados de la Empresa gozan de los siguientes derechos: a) Conservar su empleo conforme a las normas legales vigentes y disposiciones correspondientes. b) Recibir de parte de sus superiores jerárquicos y compañeros de trabajo un trato adecuado dentro de los principios de dignidad, respeto mutuo y ética funcionaria. c) Ser evaluado de acuerdo a su eficiencia y resultados. d) Percibir una remuneración salarial justa, en base a los términos de la estructura salarial definida en la Empresa. 7

e) A ingresar en el régimen de seguridad social establecido por las leyes del país. f) Acceder a cursos de capacitación, de acuerdo a normas internas. g) Disfrutar de los días feriados y vacaciones legalmente establecidas, cuando corresponda. h) Obtener permisos y licencias cuando éstos sean justificados. i) Recibir los bienes asignados a su responsabilidad, bajo inventario. j) Agruparse para fines culturales y prácticas deportivas, siempre que no interfiera en el normal desempeño de su trabajo. k) Proponer mejoras en el desarrollo de las actividades de la Empresa. l)

A los demás derechos y beneficios establecidos en normas y leyes vigentes. CAPÍTULO II DE LOS DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS EMPLEADOS

ARTÍCULO 30.- (Deberes) Están sujetos principalmente a los deberes que particularmente impongan las leyes, decretos y resoluciones espaciales, así como circulares e instructivos de la empresa, además de los siguientes: a) Ejercer en forma correcta, responsable y honesta las funciones y atribuciones propias del cargo asignado, en el lugar, horario y condiciones que determinen las disposiciones reglamentarias. b) Cumplir y ejecutar las, disposiciones y órdenes, verbales o escritas, emanadas de los superiores jerárquicos siempre que las mismas se encuentren dentro del marco legal y en su caso, representarlas cuando sean contrarias. c) Presentar información real y fidedigna a las autoridades competentes de las labores realizadas en el desempeño de su cargo. d) Adoptar oportunamente medidas conducentes para la buena ejecución de las tareas asignadas y supervisar el rendimiento y disciplina del personal bajo su dependencia. e) Coadyuvar en la capacitación del personal dependiente para el desempeño eficiente de sus funciones.

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f) En caso de renuncia o despido, hacer entrega bajo inventario de todo el material y equipo de trabajo que se encuentre a su cargo, así como presentar un informe final de actividades. g) Guardar reserva y confidencialidad de todas las resoluciones de la Empresa y de todo asunto o documentos que deba mantenerse en tal condición. h) Velar por los intereses de la empresa y por la conservación de su patrimonio, responsabilizándose por el extravío o mal uso de documentos, útiles de trabajo, máquinas y equipos que se encuentren a su cargo. El resguardo y conservación de los bienes es una obligación inherente a todo empleado, siendo deber ineludible poner a conocimiento de sus superiores todo acto o procedimiento que pueda causar perjuicio a la institución o implique la comisión de un delito o infracción. i) Mostrar respeto y cortesía en sus relaciones orales y escritas con los superiores, compañeros de trabajos dependientes y públicos en general observando una conducta respetable. j) Acatar disciplinadamente los traslados o movimientos de personal que, por razones de mejor servicio, determine la Empresa, siempre que ello no vaya en contra de normas legales vigentes. k) Todo empleado de la Empresa a excepción de los comprendidos en los niveles 1 al 4 de la estructura jerárquica de la empresa, tiene la obligación de constituirse en el lugar de trabajo puntualmente, marcar o firmar la tarjeta o libro de asistencia, desempeñando ininterrumpidamente sus labores durante la jornada de trabajo. l) Se prohíbe el uso de enseres, maquinarias, materiales, equipos, teléfonos, sistemas informáticos, movilidades y otros de la Empresa para fines particulares o campañas proselitistas ajenas a la Institución. CAPÍTULO III DE LOS DEBERES DE LA EMPRESA ARTÍCULO 31.- (Deberes en general) La Empresa, está sujeta al cumplimiento de los siguientes deberes:

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a) Proteger los derechos personales y profesionales de los empleados dignificando su condición. b) Garantizar el ejercicio de los derechos que les reconocen las leyes y el presente c) Reglamento Interno a los empleados y a los contratados bajo otras modalidades. d) Garantizar la estabilidad laboral de aquellos funcionarios que se desempeñen con eficiencia, dedicación y honestidad, al margen de toda influencia política, racial, cultural, religiosa, de género, sexo o edad. e) Desarrollar una cultura organizacional de servicio y responsabilidad, orientando las actividades hacia el fortalecimiento ético moral de quienes toman decisiones y de quienes cumplen órdenes. f)

Adecuar permanentemente el servicio en función a los acuerdos definidos con los clientes.

g) Proveer los mecanismos de Seguridad Ocupacional, Higiene y Bienestar. Dotar a los empleados de la Empresa del material necesario para el cumplimiento de sus actividades. h) Motivar a los empleados en procura de la constante elevación de la eficiencia en la prestación de servicios. i)

Sancionar a los representantes de la parte patronal por maltrato físico, moral o psicológico a funcionarios que se encuentren bajo su dependencia.

ARTÍCULO 32.- (Irrenunciabilidad de derechos) De acuerdo al artículo 4 de la Ley General del Trabajo, los derechos de los Empleados son irrenunciables. ARTÍCULO 33.- (Ejercicio de los derechos) La Empresa por la vía administrativa desarrollará los sistemas y procedimientos que faciliten el pleno ejercicio de los derechos de los Empleados en el marco de lo dispuesto en la Ley General del Trabajo, otras normas complementarias y el presente reglamento.

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TÍTULO IV DEL RÉGIMEN LABORAL CAPÍTULO I JORNADA DE TRABAJO CONDICIONES DE TRABAJO ARTÍCULO 34.- (Concepto) Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el Empleado permanece a disposición de la Empresa, para el cumplimiento de las labores inherentes a su cargo en el sitio de sus funciones, sin poder disponer libremente de su tiempo de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. ARTÍCULO 35.- (Horarios) Los empleados de La Empresa deberán presentarse en sus puestos de trabajo en los horarios de trabajo que serán establecidos por la administración de la Empresa para los diferentes servicios requerimientos y necesidades, pudiendo establecer en su caso turnos rotativos. De conformidad con lo establecido en el Contrato de Concesión, los horarios serán los establecidos por la Aduana Nacional de Bolivia. Asimismo, la jornada de trabajo será establecida de acuerdo al lugar en el que la Empresa preste servicios pudiendo ser éste, continuo o no, de lunes a sábado o por turnos de trabajo de acuerdo al caso que corresponda. Todo cambio de horario se efectuará con conocimiento de la Vicepresidencia Ejecutiva. Los cambios de horario se harán conocer al personal con 48 horas de anticipación. La resistencia a cumplir con el nuevo horario se considerará incumplimiento de contrato. ARTÍCULO 36.- (Obligación) Dada la naturaleza de las actividades de la Empresa, en los días hábiles de trabajo, todos los Empleados tienen la obligación de encontrarse en su sitio de trabajo a la hora señalada para el inicio de labores y de permanecer en el sitio de sus funciones hasta finalizar los trabajos diarios inherentes a su cargo. ARTICULO 37.- (Previsiones) Luego de concluida la jornada de trabajo, todo empleado de la Empresa, deberá dejar en completo orden y en condiciones de plena seguridad los dineros recaudados, valores, libros, registros, sellos y demás materiales confiados a su cargo.

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CAPITULO II DEL RÉGIMEN DE ASISTENCIA ARTÍCULO 38.- (Registro de asistencia) Todos los empleados de la Empresa, con excepción de los comprendidos en los niveles 1 al 4 de la estructura jerárquica de Empresa tienen la obligación de registrar diariamente la hora de su entrada y salida del trabajo en forma personal, para efectos de control de asistencia. La omisión de esta obligación se considerará como inasistencia injustificada y abandono de funciones, dando lugar a las sanciones, descuentos y multas pertinentes. ARTÍCULO 39.- (Irregular registro de asistencia) Está prohibido valerse de otra persona para el registro de asistencia y/o modificar el mismo. La primera infracción dará lugar a una multa equivalente al haber del día. De cometerse esta misma falta por segunda vez se duplicará esta multa y en caso de tercera reincidencia, será causal de consideración por parte de la Vicepresidencia Ejecutiva. Estas sanciones se aplicarán tanto al Empleado a quien pertenezca la tarjeta, como al que registre irregularmente la tarjeta de asistencia de otro empleado. ARTÍCULO 40.- (Atraso en el horario de ingreso a la empresa) Para los horarios de entrada establecidos, se reconocerá hasta un máximo de 45 minutos de atraso durante el mes sin sanción. Se reconoce una tolerancia máxima de 5 minutos en un solo día, sin que ello signifique que se consienta el retraso de 5 minutos cada día, sino que constituye los minutos de retraso máximo aceptables en una sola jornada de trabajo sin lugar a llamada de atención. ARTÍCULO 41.- (Multas por atraso) Los atrasos que superen estos límites de tolerancia, establecidos en el Artículo precedente, serán pasibles de: a) Desde 45 a 60 minutos acumulados en un mes, amonestación oral o escrita y multa de medio (½) día de haber. b) Desde 61 minutos acumulados en adelante durante el mes, amonestación escrita y multa de un (1) día de haber. c) Más de 5 minutos en un solo día, llamada de atención verbal

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d) Si ...


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