Tarea 4 exposición oral, texto argumentativo, Alvarez Alexis,386 PDF

Title Tarea 4 exposición oral, texto argumentativo, Alvarez Alexis,386
Author Älexîş Álvarez
Course competencias comunicativas
Institution Universidad Nacional Abierta y a Distancia
Pages 4
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Tarea 4 Exposición oral- texto argumentativoAlexis Fernando Alvarez TamayoUniversidad Nacional Abierta y a Distancia UNADEnero,IntroducciónEn la tarea 4, se estudiará el texto argumentativo y la expresión oral, se iniciará con la estructura del texto argumentativo, dado que, el presente trabajo tien...


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Tarea 4 Exposición oral- texto argumentativo Alexis Fernando Alvarez Tamayo Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD Enero,2022 Introducción En la tarea 4, se estudiará el texto argumentativo y la expresión oral, se iniciará con la estructura del texto argumentativo, dado que, el presente trabajo tiene como objetivo, evidenciar la apropiación de la tesis y plantear los argumentos que den soporte a una postura del tema “La interrupción voluntaria del embarazo en Colombia”, el cual es un asunto de bastante controversia en el país, pero lo que realmente se debe de tener en cuenta, es la cantidad de mujeres que sufren consecuencias graves e incluso llegan a la muerte, por la práctica de abortos clandestinos, ya que no cuentan con las personas y lugares idóneos para la realización de dicho procedimiento; posteriormente se realizará un video en el cual se expondrá de forma oral con base a todo el conocimiento adquirido en la elaboración del texto argumentativo. 1. Texto argumentativo La interrupción voluntaria del embarazo en Colombia. “La prohibición no termina con el aborto, la convierte en un riesgo” En Colombia, a comienzos del año 2006, la Corte Constitucional declaró condicionalmente exequible el Artículo 122 del Código penal, mediante Sentencia C-35506, en el cual, se permitió la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) sin incurrir en delito de aborto: “en el entendido que no, se incurre en delito de aborto, cuando con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produzca en los siguientes casos: (i) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer (…); (ii) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, (…); y, (iii) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas , o de incesto” (Corte Constitucional, 2006). Es importante hacer énfasis en el hecho que, antes de dicha sentencia, el aborto era sancionado con cárcel, para los que hicieran parte de ello (tanto la mujer como quien realice el procedimiento), en ese sentido se abren las puertas para que, en los casos contemplados por la ley, que se entienden como lesivos hacia la mujer y, que pueden comprometer la vida del neonato, se pueda realizar la IVE. La despenalización parcial del aborto, no implica que caprichosamente se de uso a lo conceptuado por la Corte Suprema, sino que, por el contrario, habla de una responsabilidad mayor que debemos tener como sociedad, en el cuidado de la mujer y de la familia, como eje central de la sociedad. Históricamente ha estado prohibido, pero esto no ha dejado de ocurrir, por el contrario, durante el periodo de 2010 a 2014, según el comunicado de prensa conjunto de la OMS y el Instituto Guttmacher (2017), en el mundo se produjeron 25 millones de abortos peligrosos (45% de todos los abortos) por

año, de estos el 97% se produjo en países en desarrollo de África, Asia y América Latina. Para la OMS, el aborto inseguro se define “como un procedimiento para la interrupción de un embarazo realizado por una persona que no tiene la capacitación necesaria o en un entorno que no cumple con los estándares médicos mínimos” (Ganatra et al, 2014). Alineado con las estadísticas mundiales, en Colombia, se realizan alrededor de 400.000 abortos al año, la mayoría de forma clandestina, de estos, 132.000 mujeres presentan complicaciones debido a estos abortos inseguros, como consecuencia unas 90.000 mujeres requieren tratamiento médico en instituciones de salud (Instituto Guttmacher, 2020) esto demuestra el riesgo para las mujeres, la ineficiencia del estado y la falla histórica de la penalización del aborto. Ahora bien, analizando las estadísticas, se puede detectar que, esta medida, no logra reducir el número de abortos, lo que hace es obligar a las mujeres a someterse a abortos clandestinos e inseguros. Adicional a esto Ana Cristina González (2005, 2011) pone en consideración, que el gobierno debe poner en primer lugar los derechos humanos de las mujeres, la autonomía reproductiva, el derecho a la igualdad y la salud, para finalmente, situar la interrupción voluntaria del embarazo como un problema de salud pública puesto que, los abortos inseguros se dan bajo la clandestinidad y ocasionan muerte materna. Alineado con lo anteriormente expuesto, la despenalización del aborto traería descensos inmediatos en la mortalidad de las mujeres, disminución de las complicaciones y tratamientos médicos asociados a prácticas inseguras. 2. Enlace (link) de acceso al video de la exposición oral 3. Conclusiones Realizar el texto argumentativo inicialmente fue difícil, dado que en este tipo de textos lo que prevalece es dar datos, estadísticas u opiniones de expertos y no nuestra opinión personal. Con el punto escogido para la elaboración de dicho trabajo, “Interrupción voluntaria del embarazo”, se encontró bastante información, adicional es un tema del cual se ha tratado con magistrados, que han logrado hacer modificaciones al Artículo 122 del Código Penal y así, permitir hoy en día que se tenga una despenalización parcial del aborto; lo cual es formidable ya que, permite a aquellas mujeres victimas de violencia sexual, incesto, o que su feto presenta malformaciones o pone en riesgo su salud, acceder a dicho procedimiento de forma legal. Adicional el instituto Guttmacher, ha logrado recopilar bastante información muy útil para el estudio de este tema, ya que con sus estadísticas, genera cifran significativas, que permitieron de forma concreta analizar y concretar que, la despenalización parcial del aborto, no acaba con el problema de los abortos en Colombia, al contrario al seguir siendo prohibido en los demás aspectos, hace que las mujeres se vean obligadas a recurrir a este procedimiento de forma clandestina, con personas no idóneas o lugares que no cumplen con las medidas de salud para dicho procedimiento. Y queda como pregunta para analizar ¿Es necesario que sigan muriendo mujeres por prácticas clandestinas de abortos, solo porque se quiere respetar la vida de un feto menor de 12 semanas? ¿prevalece y merece más respeto de la vida del feto que el de una mujer que quizás es cabeza de familia y madre de varios hijos más?

4. Bibliografía Corte Constitucional de la República de Colombia (2006). Sentencia C-355 de 2006 (MP Jaime Araujo Rentería y Clara Inés Vargas Hernández). Ganatra B, Tunçalp Ö, Johnston HB, Johnson BR, Gülmezoglu A, Temmerman M, (2014). From concept to measurement: operationalizing WHO’s definition of unsafe abortion. Bull World Health Organ. González, A. (2005). La situación del aborto en Colombia entre la ilegalidad y la realidad. Cadernos de Saúde Pública. 21(2). [624-628]. Marzo - Abril Recuperado de http://www.scielo.br/pdf/csp/v21n2/30.pdf González, A. (2011). Una mirada analítica a la legislación sobre interrupción del embarazo en países de Iberoamérica y el Caribe. Recuperado el 20 de febrero de 2021 del sitio de internet de Comisión Económica para América Latina y el Caribe, Naciones Unidas: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/4/45264/Serie_110_Ana_Cristina_ Gonzalez.pdf Instituto Guttmacher ( 27 de septiembre de 2017 En todo el mundo se producen aproximadamente 25 millones de abortos peligrosos al año, Recuperado el 26 de febrero de 2021 del sitio de internet de Instituto Guttmacherhttps://www.guttmacher.org/es/news-release/2017/en-todo-el-mundo-seproducenaproximadamente-25-millones-de-abortos-peligrosos-al Instituto Guttmacher (julio de 2020. Embarazo no deseado y aborto en todo el mundo. Recuperado el 24 de febrero de 2021 del sitio de internet de Instituto Guttmacherhttps://www.guttmacher.org/factsheet/induced-abortion-worldwide...


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