Tema 1. Comentario de texto sobre el Código de Hammurabi PDF

Title Tema 1. Comentario de texto sobre el Código de Hammurabi
Course Historia antigua universal
Institution Universidad de Burgos
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Comentario de texto sobre el Código de Hammurabi. Consta de unas determinadas leyes que se proponen y sobre las cuales se realiza el comentario....


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Iván López Agenjo. Tema 1. Historia Antigua Universal

Tema 1. Comentario de texto sobre el Código de Hammurabi Palabras clave: restituir, propietario, GUR, GAN, prestado, negociante, interés, trigo, plata. El presente texto tiene naturaleza jurídica pues forma parte del famoso Código de Hammurabi, un conjunto de normas y leyes promulgadas por el rey Hammurabi alrededor de 1772 a.C. (aunque podría ser posterior) cuyo destinatario es la población babilónica en general. Aunque la autoría es de Hammurabi, cabe señalar que su contenido es una recopilación de leyes, muchas de las cuales ya existían con anterioridad y en las que se basa para hacer este conjunto de normas (Código de Ur-Nammu, Código de Lipit-Ishtar...). Hammurabi nació en 1810 a.C y fue proclamado sexto rey de la llamada Primera Dinastía de Babilonia en 1792 a.C tras la abdicación de su padre Sin-Muballit. Esta dinastía de origen amorreo se había instalado en Babilonia desde 1894 a.C y duró tres siglos. En poco más de 100 años, Babilonia pasó a convertirse en la potencia hegemónica de la Baja Mesopotamia. Hammurabi no solo ha pasado a la historia como el autor del Código de leyes que lleva su nombre y que es objeto de estudio de este comentario, si no que fue un gran estratega y administrador que desarrolló una intensa actividad política que puede dividirse en tres etapas bien diferenciadas: -

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La primera etapa de aproximadamente 10 años es una etapa diplomática, cuyo objetivo fue el de entablar relaciones de colaboración y amistad con otros soberanos de Assur, Larsa o Mari. La segunda etapa duró 20 años y realizó numerosas reformas internas en el ámbito religioso, militar y económico. La tercera etapa es la etapa bélica en la que Hammurabi se enfrentó con las potencias vecinas y sus aliados anexionándolos a su reino (Larsa en 1763 a.C, Mari en 1759 a.C en 1756 a.C Eshnunna y Assur en 1753 a.C). De esta manera, Hammurabi pudo proclamarse “rey de las cuatro partes” tal y como hicieron sus predecesores Sargón de Akad y III dinastía de Ur.

Es en esta tercera etapa de su reinado, donde escribe el Código legal compuesto por 282 leyes escritas por escribas en doce tabletas en un bloque de basalto de 2,4 metros de altura con escritura cuneiforme. Para poder aumentar el poder y expandir su territorio, un rey necesitaba del beneplácito de sus súbditos, y con este código Hammurabi tenía como objetivo alcanzar una base social estable, indicando a la población como había de comportarse para vivir en paz bajo la ley. Teniendo en cuenta la extensión del territorio que gobernaba este rey y la multietnicidad que existía en todo el imperio babilónico de esta época, era necesario que las leyes se entendiesen como “absolutas”, es decir provenientes de los dioses, tal y como aparece grabado en la parte superior de la estela de piedra en donde se ve al Dios de la justicia Shamash entregando las normas jurídicas a Hammurabi.

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Este código legal es considerado uno de los primeros textos legales de los que se tiene constancia a nivel histórico y de los que emanaba los preceptos que debían cumplir los ciudadanos y también los castigos que conllevarían desobecerlos. (“Si uno ha talado un árbol de un huerto sin saberlo el dueño (precepto), pagará media mina de plata” (castigo). Es la máxima expresión de la aplicación práctica de la Ley del Talión, un principio jurídico de justicia retributiva en el que se imponía un castigo que se igualaba con el crimen cometido, resumida en la famosa frase “ojo por ojo y diente por diente” Hammurabi intentó aglutinar todo el derecho vigente del Imperio, como vemos en los artículos que se nos indican: -

Construcción de casas y de barcos: “Ley 53: Si uno, negligente en reforzar su dique, no ha fortificado el dique y se produce una brecha en él, y la zona se ha inundado de agua, ese restituirá el trigo que ha destruido”. “Ley 54:Si no puede restituir el trigo, se venderán su persona y su patrimonio por dinero y las personas de la zona a las que el agua llevó el trigo, se lo repartirán”.

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Relaciones de posesión de otros propietarios de tierra: “Ley 57: Si un pastor no se puso de acuerdo con el propietario de un campo para apacentar allí sus carneros y sin saberlo el propietario ha hecho pacer su ganado, el propietario cosechará sus campos y el pastor que sin saberlo el propietario ha hecho pacer en el campo sus carneros dará al dueño del campo 20 GUR de trigo por cada 10 GAN de superficie.”

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Negocios monetarios: “Ley 66: Si uno tomó dinero prestado de un comerciante y el comerciante lo apura para pagar y no tiene nada que dar, le dará al negociante su huerto diciendo: "Toma por tu dinero los dátiles de mi huerto". Si el negociante no acepta, el propietario tomará los dátiles que se encuentren en el huerto y pagará al negociante el capital y su interés según el tenor de su tableta. El exceso de dátiles que se encuentren en el huerto, lo conservará el propietario.”. Señalar aquí las medidas que se utilizaban en la epoca, de volumen y superficie como el GUR (29,08 litros) y el GAN (3528 metros cuadrados) o la mina de plata o trigo con los que se realizaba la contraprestación de servicios y bienes, o en este caso para pagar castigos (“Ley 57: Si un pastor no se puso de acuerdo con el propietario de un campo para apacentar allí sus carneros y sin saberlo el propietario ha hecho pacer su ganado, el propietario cosechará sus campos y el pastor que sin saberlo el propietario ha hecho pacer en el campo sus carneros dará al dueño del campo 20 GUR de trigo por cada 10 GAN de superficie”).

Además de estos, también trató otros temas de derecho procesal, de protección a la propiedad, de obligaciones del cargo y feudo, de derecho familiar, temas relacionados con las mujeres del templo y concubinas, adopción, daños corporales, alquiler o sistemas de esclavos. Es destacable señalar que el Código pedía a las generaciones de la epoca y a las venideras el cumplimiento y la no modificación de las leyes bajo ningún concepto, pues se tenía la creencia de que esas leyes habían emanado de los propios dioses, y por tanto saltárselas o modificarlas sería una especie de “atentado” a la divinidad. Sin embargo, a la muerte de este rey, y con la invasión de los “kasitas”, muchas ciudades sometidas reivindican su

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independencia y en pocos años el “imperio de Hammurabi” se desintegró y Babilonia quedó reducida a los límites de su antiguo reino. El código de Hammurabi se instituyó en todo el imperio, haciendo que toda la población se unificase bajo una ley. A diferencia del imperio acadio, que tuvo que instalar cancillerías en las ciudades conquistadas para administrarlas, Hammurabi controló su imperio mediante la ley. Es evidente que el Código de Hammurabi sentó un precedente y sirvió de punto de partida de muchos códigos jurídicos posteriores. Además, es gracias a este código que se conocen muchos aspectos de la sociedad babilónica y por tanto es también una fuente histórica a la que acudir para conocer cómo se vivía en el Imperio Babilónico.

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