Teoria derecho - Preguntas y respuestas de examen y ejercicios PDF

Title Teoria derecho - Preguntas y respuestas de examen y ejercicios
Course Teoría del Derecho
Institution UNED
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TEMA 1. Normas reguladoras de la conducta humana. Pregunta: Explique el concepto de norma. El Derecho es una norma, ordena y manda. Las normas se sitúan en el plano del deber ser (ideal). Se diferencian de las leyes físicas o de la naturaleza, que estas son la relación de causa efecto. Las normas es...


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TEMA 1. Normas reguladoras de la conducta humana. Pregunta: Explique el concepto de norma. El Derecho es una norma, ordena y manda. Las normas se sitúan en el plano del deber ser (ideal). Se diferencian de las leyes físicas o de la naturaleza, que estas son la relación de causa efecto. Las normas están en todos los ámbitos diarios: son comportamientos morales, religiosos, actividades jurídicas, usos de cortesía, etc. Pregunta: Explique la dimensión social de la vida humana. Las personas, conviven en una sociedad. Aristóteles, decia que el hombre es un ser social por naturaleza, y el que no necesita a la sociedad no es humano sino bestia. Los humanos se necesitán unos a los otros, para su supervivencia. Es Necesitar y ser necesitado. Para que funcione el grupo es necesario que los comportamientos estén regidos por normas, para un orden. Pregunta: Qué entendemos por normas morales. Las normas morales regulan conductas internas, de la persona. Las El sujeto es quien las establece como norma y es libre de aceptarla o no, en cambio la jurídicas es una norma impuesta y coecitiva. Pregunta: Explica los diferentes significados de moral. La Moral son hábitos y actos del ser humano y la Ética es el fundamento de esos actos. Moral como actitud indica fuerza o ánimo. Se dice de una persona que tiene mucha moral, es que tiene el coraje, el ánimo, para afrontar la vida, y desmoralizado, es la falta de ese ánimo. Moral como estructura. El hombre, necesita justificar sus actos, es el comportamiento seguido por el individuo. Moral como contenido. Es la Justificación como justicia, alude a la ética. El hombre es un ser moral. Pregunta: Explique las diferencias entre las normas morales y las normas jurídicas. Las normas morales regulan conductas internas, mientras que las jurídicas regulan conductas externas. Las normas morales es el sujeto quien las establece como norma, las normas jurídicas las estableces el legislador. La norma moral el sujeto es libre de aceptarla o no, en cambio la jurídicas es una norma impuesta y coecitiva. Pregunta: ¿Cómo definirías las reglas de trato social? (Usos Sociales). Las reglas de trato social, son pautas de comportamiento, para la convivencia del grupo social, como, dar la mano, vestir de una manera determinada, etc. Son reglas de urbanidad, buenos modales. Pregunta: ¿Cuáles son los caracteres diferenciadores de las reglas de trato social?. Socialidad o alteridad: porque son con otro (alter en latín) u otros. Generalidad: porque son habitos practicados por la mayoría del grupo. Si alguno no sigue la regla, suele ser rechazado por el grupo. Impersonalidad: no son para una persona en concreto, sino para el grupo. Irracionalidad: No nacen de un proceso racional. Sectorialidad: Actúan en sectores como en una profesión, etc... Diferente grado de presión: no todos vinculan con la misma intensidad. Pregunta: Explica las diferencias entre las normas jurídicas y las reglas de trato social. Las leyes son Coercitivas y la norma de trato social no lo es, en las normas de Trato Social si alguno no las sigue, es rechazado por el grupo, pero no tiene otra consecuencia, mientras que la ley obliga a sus destinatarios y su infracción dispone una sanción. Las reglas de trato social son pautas de comportamiento, como, dar la mano, vestir de una manera determinada, etc. Son reglas de urbanidad, buenos modales. Explique las diferencias entre las leyes de la naturaleza y las leyes que regulan las conductas humanas. Las leyes de la naturaleza son las leyes de la física, que describen hechos, son fundamentalmente expresión de una relación causa-efecto que se produce en el orden natural de forma inexorable. Las Leyes Jurìdicas regulan la conducta impuestas por un legislador.

Pregunta: ¿Cuáles son los caracteres diferenciadores de las normas jurídicas? Exterioridad: Las normas jurídicas, regulan conductas externas del grupo social. Socialidad o alteridad: porque son con otro (alter en latín) u otros. Heteronomía: Son impuestas por otros. Y obligan a sus destinatarios. Coercitividad: Se imponen incondicionalmente. Su cumplimiento es obligatorio, estes o no de acuerdo. Racionalidad: nacen de un proceso racional, pensadas para regular. TEMA 2. Carácter pluridimensional de derecho. Pregunta: Explique las razones de la dificultad de la definición del Derecho. Carácter pluridimensional del derecho. Concepto de derecho. El término Derecho, es polisémico porque tiene varios significados, tambien hay varias perspectivas filosóficas, para definirlo. Todo esto hace que sea difícil definirlo. Pregunta: Explique la presencia del Derecho en la vida social: El Derecho regula todas las acciones que tienen una relevancia social, y hay veces que no somos conscientes de ello: por ejemplo, si al salir de casa tomamos el autobús o el metro, estamos realizando un contrato de transporte, si compramos un periódico, o la cesta de la compra estamos realizando un contrato de compraventa. Pregunta: El sentimiento de lo jurídico: El sentimiento de lo jurídico, es una intuición, ante situaciones que nos parecen injustas, es la intuición de justicia, vemos las cosas como justas o injustas y reaccionamos con un sentimiento de aprobación si consideramos que son justas, o de rechazo si consideramos que son injustas. Pregunta: Ponga en relación el Derecho, la sociedad y la necesidad de orden. Donde hay sociedad hay Derecho y está presente en casi todos los actos de la vida, sin apenas darnos cuenta. Al salir de casa tomamos el autobús o el metro, estamos realizando un contrato de transporte, si compramos un periódico estamos realizando un contrato de compraventa. El derecho regula la organización en una sociedad y resuelve conflictos. La sociedad necesita resolver sus conflictos y establecer un orden, y por eso surge el Derecho. Pregunta: Caracteres del término derecho: Las características son: ambigüedad, vaguedad y emotivismo. La Ambigüedad; Es porque tiene diferentes significados, es un término ambiguo: Derecho como Norma o conjunto de normas jurídicas. Son las normas vigentes de un país. Derecho como Facultad o poder, tener derecho a... Es el derecho subjetivo, una situación de poder. Derecho como Ciencia y conocimiento. Derecho como Valor, sinonoimo de Justicia. Vaguedad del término Derecho: es vago por la falta de acuerdo sobre lo que determina que una norma pueda ser considerada jurídica: Los iusnaturalistas exigen el carácter justo de las normas para que sean jurídicas, y los positivistas no, los positivistas dicen que tiene que ser coactivo. Emotivismo del término Derecho: Es por la carga emotiva que tiene. Cuando empleamos un término emotivo provocamos, reacciones. Como cuando se utiliza como sinónimo de justicia. Pregunta: Principales concepciones del derecho. Iusnaturalismo y positivismo jurídico El lusnaturalismo Las doctrinas iusnaturalistas dicen que junto a las leyes positivas, que provienen del legislador, hay otras leyes naturales, que provienen de Dios o de la racionalidad del hombre. Estas leyes naturales son el fundamento de la justicia, y en ellas se basan las leyes positivas. El derecho positivo es justo o injusto, verdadero derecho, o no, por las leyes naturales. Es una doctrina dualista, hay dos Derechos; el derecho natural y el derecho positivo. Positivismo Juridico, Iuspositivismo; Ve el derecho, como la ciencia, niega el derecho natural y sólo se considera Derecho al emanado del legislador. El Positivismo legalista, por la Escuela de la Exégesis, conduce a la codificación y al normativismo. Las leyes son las creadas por el legislador y con los órganos formalmente establecidos. Esta teoría la Representa Hans Kelsen.

El Historicismo jurídico, Que dice que el Derecho que proviene de la evolución social de cada pueblo del derecho consetudinario. Escuela Histórica del Derecho, que aparece poe el proceso codificador sistematico, esta representada en Savigny. Y La Sociología del Derecho, Es una corriente que intenta de armonizarn las dos anteriores. Pregunta: Doctrinas iusnaturalistas y doctrinas iuspositivistas. Concepciones renovadoras del iusnaturalismo y el positivismo jurídico en la actualidad. En la actualidad, estas doctrinas se han superado por la multívoca o pluridimensional del Derecho. Según esta doctrina, hay que estudiar el Derecho, como un fenómeno que va desde la realidad normativa hasta la vida social, la interacción con la sociedad. Una de las teorías multívocas en nuestro tiempo, es la Teoría tridimensional del Derecho, por el profesor Miguel Reale. Miguel Reale elaboró una teoría pluridimensional, la teoría tridimensional del Derecho, dice que el Derecho debe ser considerado como, hecho, valor y norma, y no existen separados unos de otros, son una unidad. Una norma jurídica es valida si forma parte de un sistema jurídico. Es eficaz si es cumplida, aceptada y aplicada por jueces. Y es justa, si es la legítima. Pregunta: ¿Qué entiende por validez, eficacia y justicia del Derecho? Ponerlas en relación con las tres dimensiones básicas del Derecho. La validez. Una norma jurídica es valida si forma parte de un sistema jurídico. La eficacia. Es eficaz si es cumplida por la sociedad, aceptada y aplicada por jueces. La justicia. La norma justa, es la legítima. Pregunta: Derecho objetivo y derecho subjetivo: concepto y relación entre el derecho objetivo y el derecho subjetivo. El derecho objetivo, es el conjunto de normas jurídicas, y el derecho subjetivo es el poder que te permite exigir o realizar determinadas conductas. Un derecho subjetivo depende de que haya una norma de Derecho objetivo que diga que se tiene ese derecho. El derecho subjetivo, te faculta para poner una acción procesal, y a reclamar en juicio tus pretensiones. El derecho subjetivo es el «poder o facultad atribuido por la norma al sujeto, que le permite realizar determinados actos o exigir a otros sujetos una conducta de hacer o no hacer algo, o de abstención y no impedimento.» Pregunta: Derecho público y derecho privado. Una norma se considera de Derecho público cuando regula una relación que interviene un sujeto público, como el Estado de interés general. Suele haber una situación de superioridad del sujeto público sobre el particular. Derecho privado es cuando regula relaciones entre particulares, presidida por posiciones de igualdad. Son casi todas relaciones dispositivas. TEMA 3. El derecho objetivo. Pregunta: Las fuentes materiales del Derecho. Las fuentes materiales del Derecho son los sujetos o agentes que tienen, la facultad de crear normas jurídicas. Son los sujetos que tienen capacidad de crear Derecho. Actualmente es el Estado, a través de sus organismos facultados constitucionalmente, es el principal agente creador, pero esto no implica exclusividad, hay otos agentes menores. Pregunta: Las Fuentes formales. Son las formas o modelos normativos. En el código civil estan las fuentes del ordenamiento jurídico español, son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. Pregunta: Señale las dos cuestiones particulares en que se plasma la pregunta por la identificación de las fuentes formales del Derecho. La identificación de las principales formas o normas. Y la posición jerárquica que tienen cada una dentro del ordenamiento jurídico. Pregunta: Jerarquía de las fuentes, Es la posición jerárquica que le corresponde ocupar a cada una de esas 'fuentes' dentro de los ordenamientos jurídicos.

Ha sido una lucha por situar una norma en la cúspide, una lucha de los distintos sujetos productores de estas normas. Hoy la ley, ocupa la primera posición tras la Constitución. En el ordenamiento español las fuentes formales del derecho son la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho. Pregunta: Dando por supuesto que existe, ¿cuál es el rasgo histórico permanente de la atribución de supremacía a los diversos sujetos sociales con capacidad para crear Derecho? Es, la legitimidad. El único elemento permanente a lo largo de la historia es la atribución a un sujeto elegido o aceptado por el grupo social para crear el derecho. Pregunta: Los caracteres de las normas jurídicas: La exterioridad del Derecho, regula las conductas externas. Pero como las acciones humanas no sólo son externas, se valora también las internas, como la intención, y la buena fe. La alteridad, El Derecho delimita los actos de una persona, con los de otra u otras. Si se sobrepasan los límites de un derecho, puede haber daños para terceros, por la extralimitación del límite del derecho. La validez, Si no tiene validez, no es Derecho. La eficacia, existen normas jurídicas que, son válidas, pero no son eficaces. La legalidad El Derecho objetivo, está sustentado por un entramado de leyes jerárquicamente encadenadas teoría piramidal de KELSEN. Donde la la cúspide de la pirámide se encuentra la Constitución. La legitimidad Algunos siguen invocando los principios de la Ley Divina, del Derecho Natural, otros a la legitimación de los órganos que lo crean y a los procedimientos, y al principio de la jerarquía normativa. La vinculatoriedad La norma del Derecho es vinculante. Es efectiva por la imperatividad y la obligatoriedad. La coercibilidad Es la posibilidad de recurrir a la coación en caso de necesidad. Existe la posibilidad de imponer el cumplimiento de la norma de forma coactiva a los sujetos obligados. TEMA 4. Pregunta: El derecho subjetivo y el deber jurídico. El derecho subjetivo Elementos y contenido; El derecho objetivo, es el conjunto de normas jurídicas, y el subjetivo es la facultad o poder que le pertenecen al sujeto y que le permiten exigir o realizar determinadas conductas, es la facultad o poder que las Normas dan a los sujetos. El derecho subjetivo, faculta al sujeto a poner una acción procesal, y a reclamar en juicio sus pretensiones. El derecho subjetivo es el «poder o facultad atribuido por la norma, que le permite realizar determinados actos o exigir a otros sujetos una conducta de hacer o no hacer algo, o de abstención y no impedimento.» Los Derechos subjetivos pueden ser. Simples, Ejemplo, el derecho del vendedor, a que el comprador le pague el precio. Y complejos, Ejemplo, el derecho de propiedad, da a su titular una gran cantidad de facultades, como el uso, la transmisión, el arrendamiento etc. Pueden ser derechos subjetivos públicos y derechos subjetivos privados. Los públicos son los que interviene el Estado. Los privados son los que se ejercitan entre particulares. Hay derechos Absolutos, son los derechos personalisimos, como el derecho a la vida y derechos relativos son por ejemplo el derecho que tiene el acreedor a que el deudor le pague la deuda. Pregunta: ¿Qué significa que el alcance de la regulación jurídica del derecho subjetivo es atributiva? Quiere decir que el derecho subjetivo es una consecuencia de lo que las normas del derecho objetivo conceden. El derecho subjetivo es el poder o facultad atribuido por la norma al sujeto. Pregunta: El derecho de propiedad, ¿es un derecho simple o complejo? ¿Por qué? Este es el ejemplo de derecho complejo, porque atribuye a su titular una gran cantidad derechos simples, como el uso, la transmisión, el arriendo, la donación, etc. Pregunta: El deber jurídico: Caracterización, fundamento y contenido. El contenido del deber jurídico es la obligación establecida por la norma.

Es posible que las mismas conductas se regulen por diferentes órdenes normativos, moral, usos sociales, y derecho, por ejemplo, el deber de respetar la vida de los demás. Moralmente, se está obligado en conciencia a no matar, socialmente también, porque de lo contrario su consideración social se verá devaluada, y jurídicamente será considerado como asesino u homicida y su conducta será sancionada. El origen de su obligación es distinto, y las consecuencias de su incumplimiento tambien. Pregunta: Relación del deber jurídico con el derecho subjetivo; El derecho subjetivo es la facultad o poder que tiene un sujeto y que le permiten exigir o realizar determinadas conductas. Esa facultad de exigir a otros determinadas conductas, coloca a los sujetos en la situación de obligados, o destinatarios de un deber jurídico. Las normas tambien establecen deberes están los siguientes principios: Principio de inclusión: todo lo que está jurídicamente ordenado está jurídicamente Permitido. Principio de libertad: no todas las con ductas permitidas son obligatorias, están también las conductas potestativas, puede libremente hacerse u omitirse. Principio de contradicción: la conducta jurídicamente regulada no puede estar, prohibida y permitida. Principio de exclusión del término medio: Si una conducta está jurídicamente regulada, o está prohibida, o está permitida. Principio de identidad: lo que está jurídicamente prohibido está jurídicamente prohibido; lo que está jurídicamente permitido está jurídicamente permitido. Pregunta: Derecho subjetivo y deber jurídico, ¿son conceptos correlativos? Sí. El derecho subjetivo puede exigir a otros determinadas conductas, y coloca a estos sujetos en la situación de obligados, o destinatarios de un deber jurídico, por este motivo, son conceptos correlativos. Pregunta: ¿A qué tipo de normas denominamos normas deónticas? A las normas que obligan a realizar o prohíben determinadas conductas. Para que haya un deber jurídico debe haber una norma jurídica deóntica que lo estableca, para exigir una conducta o prohibirla. TEMA 5. Pregunta: Relaciones entre derecho y sociedad. Allí donde hay sociedad hay derecho, donde hay un grupo social, son necesarias normas. El derecho es un conjunto de mandatos dirigido a los ciudadanos, para ser obedecido por estos, pero también es una técnica de organización social. El Derecho es parte de la realidad social, influyendo en el grupo social y viceversa. El Derecho no es aíslado interacciona con factores sociales, históricos, culturales, políticos, económicos, etc. El Derecho regula la convivencia social, y da una estructura al grupo. Gracias al Derecho las relaciones entre los hombres han perdido agresividad; se ha perdido la visión de que triunfa siempre el fuerte sobre el débil. Se han introducido elementos como la dignidad humana, el valor de la vida, la libertad en todas sus manifestaciones. La relación entre el Derecho y sociedad hace que el Derecho cambie constantemente. La sociedad humana cambia, continuamente y el Derecho debe cambiar con la sociedad. Los legisladores deben estar atentos a los cambios si quieren que el Derecho sea eficaz. Pregunta: La función de orientación y de organización; Esta función es una de las más importantes. Se Clasifica los intereses opuestos en dos categorías: los que merecen protección, y los que no la merecen. Y Establece una tabla jerárquica, de los que merecen protección, los que tienen prioridad sobre otros intereses. Define los límites de esos intereses, que deben ser reconocidos y protegidos, con los preceptos jurídicos y establece órganos, para resolver los conflictos. Pregunta: La función de integración y de control. Esta función consiste en orientar y controlar el comportamiento. Para esto hay diferentes tecnias:

Técnicas protectoras y represivas, que imponen obligaciones o prohibiciones, bajo la amenaza de una pena o sanción negativa. Propias del Estado liberal, abstencionista. Técnicas organizativas, directivas, regulativas y de control público en estas el Derecho organiza la estructura social y económica, propias del Estado social e intervensionista. Técnicas promocionales o de alentamiento, que son las que pretenden que los individuos realicen un comportamiento socialmente necesario. Se utilizan las leyes incentivo, sanciones positivas, que puede consistir en la concesión de un premio o compensación por una determinada acción, por ejemplo las ayudas para las empresas que contraten a personas con discapacidad. Pregunta: La función de pacificación y resolución de conflictos; Las relaciones sociales son conflictivas. Hay dos procedimientos para zanjar los conflictos: por la fuerza, o por medio de una regulación, las normas jurídicas evitan que la fuerza sea la que decida en los conflictos. Pregunta: La función de limitación y legitimación de los poderes sociales. El Derecho busca la legitimación a través del consenso, de la ciudadanía. El poder político esta limitado, se limita el poder, con el Derecho, para que sea un poder arbitrario y legitimo. Pregunta: La función promocional de la justicia y del bienestar de los ciudadanos. el Estado debe ser i...


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