003 Preguntero Contratos 1º Parcial Marye-Ailu PDF

Title 003 Preguntero Contratos 1º Parcial Marye-Ailu
Author Play De Montevideo
Course Privado III
Institution Universidad Siglo 21
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Primer parcial Privado III – Unidades 1 a 9 - Marye 1.1.1 En la clasificación de los contratos de acuerdo al nuevo CCyC se excluye a: Los contractos reales y consensuales 1.1.1 la definición del contrato establecida en el código civil y comercial es recibida favorablemente por la doctrina, porque: HACE REFERENCIA A LAS PARTES Y NO A LAS PERSONAS. 1.1.1 la definición de contrato establecida por el art 957 del nuevo c.c.c lo encuadra como: UNA ESPECIE DE ACTO JURIDICO. 1.1.1 Al decir Lopez Zavalia, que los negocios jurídicos, son bilaterales porque requiere el consentimiento de: dos o más de centro de intereses. 1.1.1 el contrato supone varias partes: EN EL SENTIDO DE DOS CENTROS DE INTERESES, AUNQUE NO HAYA DOS INDIVIDUOS FISICOS. 1.1.1 Para que haya contrato debe existir: una voluntad objetiva de los efectos jurídicos (intentio juris). 1.1.1 Para que haya contrato, la declaración de voluntad común debe tener como fin establecer entre las partes relaciones jurídicas, las que deben ser de carácter: patrimonial y entre vivos. 1.1.1 Al decir que el contrato necesita como requisito la pluralidad de partes, nos estamos refiriendo a la existencia de: MÚLTIPLES INTERESES ECONÓMICOS. 1.1.1 El contrato supone Varias Partes: En el sentido de varios contratos de intereses, aunque no hay multiplicidad de individuos físicos. 1.1.2 El contrato necesita para configurarse que las partes exterioricen la voluntad común que tenga por fin establecer una relación jurídica: Entre vivos y patrimonial. 1.1.2 Según nuestro código la oferta es: LA MANIFESTACIÓN DIRIGIDA A PERSONA DETERMINADA O DETERMINABLE, con la intención de obligarse y con las precisiones necesarias para establecer los efectos que debe producir de ser aceptada. 1.1.2 La naturaleza juridica del contrato, se establece como: Un acto juridico, bilateral, patrimonial y entre vivos. 1.1.2 López de Zavalia realiza una comparación entre contrato y ley, por lo que: LA LEY TIENDE A SATISFACER INTERESES GENERALES Y EL CONTRATO A INTERESES PRIVADOS. 1.1.2 el contrato en cuanto a su naturaleza jurídica es una especie de acto jurídico y debe comprender: PLURALIDAD DE INTERESES, PATRIMONIAL Y SER ENTRE VIVOS. 1.1.2 según nuestro código civil el consentimiento se forma con: LA RECEPCIÓN DE LA ACEPTACION DE UNA OFERTA O POR UNA CONDUCTA DE LAS PARTES QUE SEA SUFICIENTE PARA DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DE UN ACUERDO 1.1.2 El acta de celebración del matrimonio ¿ es un contrato? En el matrimonio existe pluralidad de partes por eso de puede confundir con el contrato , pero al no tener objeto patrimonial no lo es. 1.1.2 Al decir que el contrato necesita como requisito la pluralidad de partes, nos estamos refiriendo a la existencia de: Son los intereses de las partes que llevan a la celebración del contrato, y no lo caracteriza la cantidad de personas. DE allí que existe el autocontrato, el contrato consigo mismo, por medio de la representación. 1.1.2 La definición del contrato establecida en el Código Civil es criticada, fundamentalmente, porque: Si bien el art. 1137 del C. Civil se refiere a personas, la doctrina ha determinado que se tiene en cuenta la pluralidad de intereses, independientemente de la cantidad de personas que actúen 1.1.3 Lopez de Zavalia distingue dentro de los actos jurídicos bilaterales a la convención del contrato, concluyendo que el contrato solamente comprende: LO ACTOS JURÍDICOS BILATERALES PATRIMONIALES. Controlado con fotos

Primer parcial Privado III – Unidades 1 a 9 - Marye 1.1.3 Si nos encontramos en una situación en la que varios vecinos se ponen de acuerdo para la realización de una reunión mensual para tratar temas beneficiosos para ellos y lo colocan en un documento y lo firma Esta situación puede ser identificada como: CONVENCION. 1.1.3 Si nos encontramos en una situación en la que, varios vecinos se ponen de acuerdo sobre la realización de una reunión mensual, para tratar temas beneficiosos para ellos y lo colocan en un documento y lo firma. Esta situación puede ser identificada como: Exteriorizaciones constitutivas de una convención. 1.1.3 Para precisar la relación existente entre convención y contrato, decimos que todo contrato implica una convención, pero no así lo contrario, ya que en el caso del contrato es necesario que el objeto previsto sea: Susceptible de apreciación económica. 1.1.3 Para distinguir la relación que existe entre convención y contrato, decimos que, ambos pueden generar una relación jurídica, en el caso del contrato es necesario que ella recaiga sobre un objeto: Susceptible de apreciación económica. 1.1.3 El acta de celebración del matrimonio ¿es un contrato? No, porque carece de contenido patrimonial. 1.1.3 La doctrina moderna cuando se refiere a: "Las finalidades económicas y sociales que las partes persiguen", se identifican con: Las finalidades económicas y sociales se identifican con la causa fin, el porqué del contrato y se analizan cuando el contrato está celebrado, por ello se llaman elementos. 1.2 en el contrato la declaración de la voluntad común es: UN REQUISITO DE EXISTENCIA. 1.2.1 Cuando hablamos de requisitos del contrato hacemos referencia a: Todo aquello de lo que depende que haya un contrato valido y éste alcance a regular determinado intereses. 1.2.1 La postura moderna cuando estudia la validez del contrato y específicamente a la idoneidad del objeto se refiere a: PRESUPUESTOS 1.2.2 Los elementos esenciales (doctrina clásica) se identifican con aquellos elementos que: esenciales naturales y accidentales. 1.2.2 así encontramos como elementos esenciales de los contratos a: SUJETO, OBJETO, CAUSA Y FORMA. 1.2.2 entre los elementos esenciales del contrato tenemos al consentimiento el que se define como: COINCIDENCIAS DE MANIFESTACIONES VOLUNTARIAS QUE QUIEREN SOMETERSE A UNA MISMA RELACION JURIDICA. 1.2.2 Los elementos esenciales de los contratos son: Consentimiento, capacidad, objeto, forma y causa. 1.2.3 es elemento natural de un contrato: LA GARANTÍA DE EVICCIÓN. 1.2.3 todo aquello que la ley prevé implícitamente en el contrato, salvo que las partes se manifiesten en contrario se identifica con los elementos: NATURALES. 1.2.3 Los elementos naturales del contrato se identifican con aquellos que: Ya se encuentran en el contrato así están dispuestos por la ley y que pueden ser dejados de lado por disposición expresa de los contratantes. (1.2.3) Los elementos naturales del contrato se identifican con aquellos que: Son incluidos tácita-mente en algunas especies de contrato. 1.2.3 La supresión de un elemento natural: No influye sobre la validez del contrato ni afecta el tipo fundamental. (1.2.3) Los elementos naturales del contrato : son Aquellos que ya se encuentran en el contrato porque así están dispuestos por la ley y pueden ser dejados de lado por disposición expresa de los contratantes. Controlado con fotos

Primer parcial Privado III – Unidades 1 a 9 - Marye 1.2.4 Son aquellos que naturalmente no se encuentran en el contrato, pero que pueden ser incorporados por disposición expresa de los contratantes, a que corresponde esta definición: LOS ELEMENTOS ACCIDENTALES. 1.2.4 si en un contrato se regula que: PAGARE LOS $100 PESOS SI COSECHAS TODA LA SOJA, SE REFIERE AL elemento: accidental del contrato. 1.2.4 Siguiendo la doctrina clásica en relación a los elementos accidentales del contrato decimos que: son los que la ley no prevé, pero las partes pueden incorporarlos al contrato. 1.3 el principio de autonomía de la voluntad definido por el Dr. Zavalia como poder que compete a los particulares para crear normas jurídicas, el cual no es común a los contratos sino a todos los negocios jurídicos, nos referimos al ámbito de los contratos al: ORDEN PUBLICO, MORAL Y BUENAS COSTUMBRES. (1.3) El principio de autonomía de la voluntad, definido por el Dr. Zabalía, como poder que com-pete a los particulares para crear normas jurídicas , el cual no es común a los contratados, sino a todos los negocios jurídicos, refiere en el ámbito de los contratos al: Principio de la libertad de con-tratación y efecto vinculante. (1.3.1) El nuevo Código regula sobre las facultades de los jueces en materia contractual, estableciendo que: No tienen facultades para modificar las estipulaciones de los contratos, salvo los casos expresados. 1.3.1 SIGUIENDO LO QUE ESTABLECE EL ART 960 DEL CC.LOS JUECES PUEDEN MODIFICAR LAS ESTIPULACIONES DE LOS CONTRATOS: NO, SALVO que sea a pedido de partes cuando lo autoriza la ley, o de oficio cuando se afecta, de modo manifiesto, el orden público”. 1.3.1 el nuevo código regula sobre las facultades de los jueces en materia contractual, estableciendo que: NO TIENEN FACULTADES PARA MODIFICAR LAS ESTIPULACIONES DE LOS CONTRATOS, SALVO LOS CASOS EXPRESADOS. ( 1.4.3 ) La clasificación de bilateral dada a un contrato tiene importancia para la aplicación de ¿cuál de las siguientes instituciones? Importantes consecuencias de la clasificación de los contratos, según las obligaciones de las partes. 2.1.1 dadas las obligaciones que surgen al momento de celebrar los contratos, se pueden clasificar a esto últimos en: BILATERALES Y UNILATERALES. 2.1.1 para que un contrato sea considerado bilateral es necesario que: LAS PARTES SE OBLIGUEN RECIPROCAMENTE LA UNA HACIA LA OTRA. 2.1.1 Según nuestro cc un contrato es unilateral cuando: UNA DE LAS PARTES SE OBLIGA HACIA LA OTRA SIN QUE ESTA QUEDE OBLIGADA. (2.1.1) Dadas las obligaciones que surgen al momento de celebrar los contratos, si estas obligaciones son recíprocas, el contrato es: bilateral. 2.1.2 Cuando en un contrato se aseguran a uno o a otro de los contratantes alguna ventaja, independiente de toda prestación a su cargo, estamos hablando de un contrato: Contrato gratuito. 2.1.2 Un contrato es oneroso: Cuando las ventajas que procuran a una de las partes le son concedidas por una prestación que ella ha hecho o se obliga a hacer a la otra 2.1.2-la aplicación de la garantía de evicción y vicios redhibitorios, es una consecuencia de la clasificación de los contratos, por ello se aplica específicamente a los negocios: Onerosos. 2.1.3 Un contrato es aleatorio cuando: LAS VENTAJAS O LAS PERDIDAS PARA UNO DE ELLOS O PARA TODOS, DEPENDEN DE UN ACONTECIMIENTO INCIERTO. 2.1.5 Conforme las lecturas de la cátedra, se destaca la importancia de la existencia de contratos innominados desde el punto de vista social, ya que: Presuponen la libertad contractual y de configuración de contenido reconocido por la ley a las partes. Controlado con fotos

Primer parcial Privado III – Unidades 1 a 9 - Marye 2.1.5 Según nuestro Código civil los contratos innominados están regidos, en el siguiente orden, por: -La voluntad de las partes; las normas generales sobre contratos y obligaciones; los usos y prácticas del lugar de celebración; las disposiciones correspondientes a los contratos nominados afines que son compatibles y se adecuan a su finalidad. 2.2.1 según la finalidad los contratos pueden ser: de cambio o asociativos. 2.2.1 son aquellos que suponen una atribución de ventajas o prestaciones que hacen las partes entre si, a que corresponde esta definición: CONTRATOS DE CAMBIO. 2.2.1 son aquellos en los que las partes convergen, unen sus esfuerzos y prestaciones para el desarrollo de una actividad conjunta en vistas a un fin común, a que corresponde esta definición: LOS CONTRATOS ASOCIATIVOS. ( 2.2.1 ) La oferta consiste en una manifestación voluntaria de carácter vinculante, pero sin embargo el oferente puede dejarla sin efecto por: Como es revocable la oferta, se caracteriza por ser frágil. 2.2.7 La aceptación caduca por muerte o incapacidad del aceptante, siempre que acontezca cuando: constituye uno de los supuestos de retractación en la modalidad entre ausentes. ( 2.3.1 ) En relación a los contratos celebrados por correspondencia, para nuestro código, la regla dominante es el sistema de: de la expedición, pero en ciertos supuestos se complementa con el del conocimiento. ( 2.4.3 ) Las cláusulas generales de contratación, se incorporan al contrato por medio de: cláusulas de adhesión ( 2.6.1 ) En la responsabilidad precontractual, la antijuridicidad consiste en el/la: La buena fe impone, en la etapa precontractual, no apartarse en forma arbitraria e intempestiva de las tratativas ni retractarse de la oferta sin permitir a la otra parte su diligente consideración. 3.1 Indique cuales requisitos deben reunir las clausulas generales predispuestas: COMPRENSIBLES Y AUTOSUFICIENTES, LA REDACCION DEBE SER CLARAS, COMPLETAS Y FACILMENTE LEGIBLES. 3.1 SEGÚN NUESTRO CC CUAL DE LAS SIGUIENTES EXPRESIONES ES CORRECTA RESPECTO DEL CONTRATO POR ADHESION: ES AQUEL MEDIANTE EL CUAL UNO DE LOS CONTRATANTES ADHIERE A CLAUSULAS GENERALES PREDISPUESTAS UNILATERALMETE, POR LA OTRA PARTE O POR UN TERCERO SIN QUE EL ADHERENTE HAYA PARTICIPADO EN SU REDACCION. (3.1) En los contratos celebrados por adhesión a cláusulas generales predispuestas: Se deben tener por no escritas las cláusulas que desnaturalizan las obligaciones del predisponente; las que importan renuncia o restricción a los derechos del adherente, o amplían derechos del predisponente que resultan de normas supletorias; las que por su contenido, redacción o presentación , no son razonablemente previsibles. 3.1 en los contratos por adhesión a cláusulas generales predispuestas, las clausulas particulares: -son aquellas que, negociadas individualmente, amplían, limitan, suprimen o interpretan una clausula general. ( 3.1.1 ) Establezca a cuál de las alternativas siguientes, corresponde el concepto que se expresa a continuación: Es el grado de aptitud que tiene toda clase de persona para obrar por sí en los actos de la vida civil: La capacidad de hecho ( 3.1.2 ) En el caso de dolo en la actuación por parte del incapaz que indujo a la otra parte a contratar, no se podrá reclamar la anulación del contrato, salvo que: el incapaz fuere menor, o el dolo consistiere en la ocultación de la incapacidad. 3.1.3 Según F.Lopez Zavalia, los incapaces con naturaleza jurídica discutida son : religioso profeso (3.1.8) Indique cuáles actos son considerados causa de revocación de la donación aceptada: Por inejecución de cargos y por supernancia de hijos del donante en caso de habérselo estipulado expresamente. Controlado con fotos

Primer parcial Privado III – Unidades 1 a 9 - Marye 3.2.3 Luego de tratativas previas finalmente Juan se encuentra con Pedro y le hace entrega de una oferta para contratar, con la intención de obligarse a un plazo para la misma. Pedro, solo puede aceptarla inmediatamente. (3.2.4) La oferta dirigid a una persona determinada: Puede ser retractada si la comunicación de su retiro es recibida por el destinatario antes o al mismo tiempo que la oferta. (3.2.4) Segun el art 972 del CCCN la oferta debe estar dirigida a una persona determinada o determinable, debe ser completa y contener la intencion de la obligara tanto según las lecturas los requisitos de las ofertas son: Dirrecionalidad, completividad y vinculante. (3.2.4) De conformidad a las lecturas : el nuevo codigo civil y comercial de la nacion, contempla: La caducidad de la oferta y la aceptación. 3.2.5 Indique cuál de las siguientes expresiones es correcta: Muerte o incapacidad de las partes. 3.2.5 Indique cual de las siguientes expresiones es correcta:” NO PUEDEN CONTRATAR EN INTERES PROPIO LOS CONYUGES, BAJO EL REGIMEN DE COMUNIDAD, ENTRE SI” (3.3.1) Para que el contrato se perfeccione: La aceptación debe expresar la plena conformidad con la oferta (3.3.2) La aceptación perfecciona el contrato: Entre presentes, cuando es manifestada y entre ausentes, si es recibida por el proponente durante el plazo de vigencia de la oferta. 3.4.1 Contratos entre presentes. En estos contratos la oferta y la aceptación se producen en forma inmediata, por lo que la formación es instantánea esta comprende: Los contratos formulados a través de medios de comunicación instantáneos 3.5.2 En las tratativas contractuales, la no observancia del deber de buena fe: Genera la responsabilidad de resarcir el daño que sufra el afectado por haber confiado, sin su culpa, en la celebración del contrato. 3.5.2 Durante las tratativas preliminares las partes deben respetar: LA BUENA FE 3.5.3 En las tratativas contractuales, la no observancia al deber de confidencialidad: GENERA LA OBLIGACION DE REPARAR EL DAÑO SUFRIDO POR LA OTRA. 3.5.3 En las tratativas contractuales, la no observancia del deber de confidencialidad: Genera la obligación de reparar el daño sufrido por la otra. 3.5.4 INDIQUE CUAL DE LAS SIGUIETES EXPRESIONES ES CORRECTA, RESPECTO DE LAS CARTAS DE INTENCION: Sólo tienen fuerza obligatoria de la oferta si cumplen sus requisitos. 4.1.1 Probar un contrato consiste en: probar su existencia, su naturaleza y su contenido 4.1.2 ¿Que debe probar la contraparte capaz para poder recibir lo que pago a un incapaz en un contrato? Que el incapaz se enriqueció a la parte incapaz y en cuanto se haya enriquecido 4.2.1 los requisitos que determinan la idoneidad de un objeto son: Posibilidad material y jurídica, patrimonialidad y determinación. 4.2.3 Los bienes litigiosos, gravados, o sujetos a medidas cautelares: Pueden ser objeto de los con-tratos, sin perjuicio de los derechos de terceros. 4.2.4 El objetos de los contratos: Debe ser determinado en cuanto a su especie, aunque no lo sean en la cantidad, con tal que pueda determinarse. 4.2.4 El objeto de los contratos: DEBE SER LÍCITO POSIBLE DETERMINADO O DETERMINABLE SUCEPTIBLE DE VALORACION ECONOMICA T CORRESPONDER A UN INTERES DE LAS PARTES. 4.2.4 EL OBJETO DE LOS CONTRATOS PUEDE SER DETERMINADO O DETERMINABLE.CONFORME LA NUEVA LEGISLACION EL OBJETO ES DETERMINABLE CUAND: SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS SUFICIENTES PARA SU INDIVIDUALIZACION. Controlado con fotos

Primer parcial Privado III – Unidades 1 a 9 - Marye 4.2.4 Esteban y Ana han efectuado un contrato donde han librado la determinación del objeto del mismo a un tercero. En caso que el tercero no realizase la elección del objeto: Pueden recurrir a la intervención de un juez para que lo determine. 4.2.5 El contrato sobre bienes futuros, está permitido. La promesa de transmitirlos está subordinada a la condición de que lleguen a existir, salvo que: Se trate de contratos aleatorios. 4.2.5 Los bienes futuros, pueden ser objeto de los contratos. Sí, y en ese caso, el contrato funciona como una promesa de transmitirlos. 4.2.5 Los contratos que tienen por objeto la entrega de cosas como existentes, cuando estas en realidad no existen, son considerados: NULOS Y SE DEBE INDEMNIZAR EL DAÑO CAUSADO (4.3) La herencia futura no puede ser objeto de los contratos ni tampoco pueden serlos de derechos hereditarios eventuales sobre objetos particulares, excepto en los casos de Los pactos relativos a una explotación productiva o a participaciones societarias de cualquier tipo, con miras a la conservación de la unidad de la gestión empresarial o a la prevención o solución de conflictos, pueden incluir disposiciones referidas a futuros derechos hereditarios y establecer compensaciones en favor de otros legitimados. 5.1.3 La causa del contrato debe existir en la formación del contrato y durante su celebración y subsistir durante su ejecución. La falta de causa da lugar, según... La nulidad, adecuación o extinción del contrato. 5.1.4 En el caso que ambas partes han concluido el contrato por un motivo ilícito o inmoral co-mún, dicho contrato es: Nulo. 5.1.4 Cuando la causa es ilícita: El contrato es nulo. 5.2.1 Para a un determinado contrato como formal o no formal, corresponde inquirir previamente: Si tiene una forma impuesta, a los efectos de la validez. 5.2.1 AL DECIR EL CONJUNTO DE PRESCRICPIONES QUE ESTAN IMPUESTA PARA LA CELEBRACION DEL CONTRATO, NOS REFERIMOS A LA FORMA: DE VALIDEZ DEL ACTO (5.2.1) Para calificar a un determinado contrato como formal o no formal, corresponde inquirir previamente: Si tiene una forma impuesta, a los efectos de la validez. Para calificar a un determinado contrato como formal o no formal, se debe determinar si la omision de la forma acarrea su invalidez (nulidad) 5.2.2 cuando la forma es requerida para la validez del acto, de tal manera que sin ella el acto seria nulo, estamos en presencia de la forma: SOLEMNE O CONSTITUTIVA 5.2.3-La donación inmobiliaria y la compraventa inmobiliaria están sujetas a forma: Ad solemnitaten absoluta la primera, relativa la segunda. ( 5.2.4 ) En el caso de contratación, en el cual se obliga por un tercero, en...


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