2.Problemas de definicion del termino Derecho PDF

Title 2.Problemas de definicion del termino Derecho
Author Rafa Cabeza Aguila
Course Teoría del derecho y argumentación jurídica
Institution Universidad de Jaén
Pages 2
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Estos son los apuntes, con esto se aprueba...


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2. PROBLEMAS DE DEFINICIÓN DEL TÉRMINO DERECHO. Son varias las causas que dificultan definir lo que sea el Derecho. Por un lado, el concepto de Derecho ha variado a lo largo de la historia. Además, en la definición de Derecho influyen necesariamente las concepciones que los individuos tienen sobre el fenómeno jurídico, pues el Derecho es una de esas materias sobre las que los sujetos tienen ideas preconcebidas, previas al estudio teórico del mismo. Finalmente, el término “Derecho” pertenece al lenguaje natural y por ello sufre los mismos problemas que el resto del lenguaje natural: ambigüedad, vaguedad y emotividad: Ambigüedad: La ambigüedad de un término indica que este puede ser entendido de diferentes maneras, es decir, puede tener diversos significados. En el caso de la palabra “Derecho”, se puede emplear y entender en cuatro sentidos: 1) Derecho entendido como Derecho objetivo (se suele escribir con mayúscula). Es decir, como conjunto de normas jurídicas obligatorias en un determinado territorio. Cuando afirmamos, por ejemplo, “el Derecho español garantiza las libertades de los individuos”, nos referimos al conjunto de las normas jurídicas que integran el ordenamiento jurídico español. 2) Derecho entendido como derecho subjetivo (se suele escribir con minúscula), es decir, como capacidad de actuación respaldada por el ordenamiento, por el Derecho objetivo. Por ejemplo, si decimos “tengo derecho a circular libremente por mi país” o “tengo derecho a que Juan me pague el dinero que me debe”. Estamos haciendo referencia a una posibilidad de actuación que el ordenamiento me reconoce, pudiendo llegar incluso a exigirla ante los tribunales si no se me respeta. 3) Derecho entendido como ciencia jurídica, como conjunto de teorías, reflexiones y propuestas que los juristas elaboran en torno al ordenamiento jurídico. Por ejemplo, cuando decimos “quiero estudiar Derecho”, “tengo un examen de Derecho Penal”. 4) Derecho entendido como sinónimo de justicia, es decir, usado para valorar determinadas situaciones. Por ejemplo, “no hay derecho a que…”.

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Todos estos diferentes significados están relacionados entre sí. Cuando nos referimos al derecho subjetivo estamos pensando en una posibilidad de actuación que nos conceden las normas del Derecho objetivo; la ciencia jurídica se elabora a partir del trabajo de los juristas sobre las normas de Derecho objetivo; la comprensión de “derecho” como sinónimo de justicia muchas veces expresa nuestro desacuerdo (o acuerdo) con el contenido de determinadas normas de Derecho objetivo. Vaguedad: Si la ambigüedad se refiere al problema de la pluralidad de significados de una palabra, la vaguedad alude a la falta de certeza de estos. En este caso, no existe certeza o acuerdo sobre los rasgos que tiene que tener un sistema normativo para poder considerarlo como verdadero Derecho. Por ejemplo, para determinadas posturas iusnaturalistas es necesario que las normas sean justas para poder considerarlas como jurídicas, algo que niega el positivismo. O desde determinadas posiciones se cuestiona que el Derecho internacional sea verdadero Derecho habida cuenta de que buena parte de sus normas carecen del carácter coactivo propio de los sistemas jurídicos. Emotividad: La palabra “Derecho” tiene una fuerte carga emotiva, igual que otros términos como, por ejemplo, “democracia”, “libertad”, “amor”, “pecado”, etc. Son términos con los cuales no nos limitamos a ofrecer definiciones de la realidad, sino que también provocamos, consciente o inconscientemente, reacciones en nuestros interlocutores, al tiempo que podemos estar expresando concepciones o puntos de vista personales. Es decir, se trata de términos que provocan reacciones de adhesión o de rechazo en quienes los escucha, porque ellos también tienen sus propias concepciones personales respecto a los mismos. En el caso del término “Derecho” su carácter emotivo es especialmente evidente cuando se utiliza como sinónimo de justicia.

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