Ámbitos de aplicación PDF

Title Ámbitos de aplicación
Course Derecho Internacional Privado. Parte General
Institution Universidad Carlos III de Madrid
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Ámbitos de aplicación...


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Ámbitos de aplicación No podemos revisar los foros sin antes chequear los ámbitos de aplicación del reglamento. Para que se aplique el reglamento se tienen que dar los 4 siguientes:  Espacial/Territorial: o Espacios o territorios en los que se aplica el reglamento. o Será en aquellos territorios que son parte del reglamento. o Problema: estados colonialistas. Solución: solo lo que es territorio continental de los estados de la UE estará sometido al reglamento (Ceuta, Melilla e Islas Canarias sí son territorio reglamento).  Temporal: o 10/01/2013  Cualquier litigio planteado en esta fecha o posterior caería dentro del ámbito de aplicación del reglamento.  Material: o Lo que es materia civil o mercantil. o Problema: qué entiende la UE por materia civil o mercantil. o Hay partes dentro de estas materias que están expresamente excluidas como:  Estado civil y capacidad de las personas.  Derecho de familia.  Sucesiones.  Litigios donde aparecen directa o indirectamente materias de lo fiscal o aduanero.  Arbitraje comercial internacional.  Personal: o Que exista una relación mínima entre la persona o personas (físicas o jurídicas) sobre las que se aplican y el reglamento. o Domicilio del demandado tiene que ser en la UE.  UE entiende por domicilio del demandado, hablando de personas jurídicas, cuando tiene en este estado al menos una de las siguientes 3:  Sede estatutaria (lugar donde se constituye, está en los estatutos).  Administración central.  Lugar o centro principal de actividades.  Hablando de personas físicas  Tiene que ver con el concepto de residencia habitual. o Domus Colere (casa-techo, lugar donde desarrollas tu vida diaria). o Animus Manendi (vocación de permanecer ahí).  Este tiene varias excepciones o Competencias exclusivas (de la pirámide de foros). o Sumisiones tácitas y expresas. o Con estas excepciones se busca flexibilizar.

Pirámide foros (imperativos): Competencias Exclusivas Sumisión Tácita Sumisión Expresa Domicilio del Demandado Competencias Especiales Competencias exclusivas (1ª posición):  De ciertos tribunales.  Es excluyente ya que excluye a todos los demás posibles competentes.  No es necesario que el demandado esté domiciliado en la UE. Aquí está la excepción del ámbito de aplicación personal.  Si se activa este foro, todo lo que está debajo ya no se puede activar (y no hace falta) ya que este es jerárquicamente superior a todos los demás.  Ej. Motivo del litigio son materia de derechos reales inmobiliarios (compraventa internacional de un bien inmueble NO SERÍA, ya que estamos ante un contrato y esto pesa más que el dcho. real inmobiliario), estamos hablando de un litigio al respecto de una reivindicación de propiedad. Litigio entre estadounidense y ruso, si el bien inmueble al que hace referencia el litigio está ubicado dentro de la UE, el juez de ese país de la UE tiene competencia exclusiva y excluyente. Sumisión tácita y expresa (2ª y 3ª posición):  Para que se activen NO es necesario que el demandado esté domiciliado en la UE, es decir, no es imprescindible. Competencias especiales (4ª posición junto con domicilio del demandado):  Son por razón de la materia  Son foros ad hoc.  Materia contractual (art. 7.1) foro de competencia territorial. o Para que sea activado este foro, el demandado tiene que estar domiciliado en la UE....


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