Bases Legales de una Investigación Venezuela PDF

Title Bases Legales de una Investigación Venezuela
Author Isabella R
Course Microbiología
Institution Universidad de Carabobo
Pages 2
File Size 76 KB
File Type PDF
Total Downloads 38
Total Views 141

Summary

Las bases legales de una investigación son de gran importancia para poder llevar a cabo un trabajo metodológico o tesis a la hora de graduarse de bachiller o en la universidad....


Description

http://tesisdeinvestig.blogspot.com/2013/06/bases-legales-ejemplo.html

La Asamblea Nacional de la República de Venezuela DECRETA la siguiente, Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: Artículo 1. Objeto. La presente Ley tiene por objeto garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa democrática, participativa, paritaria y protagónica. Artículo 3. Derechos protegidos. Esta Ley abarca la protección de los siguientes derechos : 1.- El derecho a la vida. 2.- La protección a la dignidad e integridad física, psicológica, sexual, patrimonial y jurídica de las mujeres víctimas de violencia, en los ámbitos público y privado. 3.- La igualdad de derechos entre el hombre y la mujer. 4.- La protección de las mujeres particularmente vulnerables a la violencia basada en género. 5.- El derecho de las mujeres víctimas de violencia a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios, organismos u oficinas que están obligadas a crear la Administración Pública, Nacional, Estadal y Municipal. Dicha información comprenderá las medidas contempladas en esta Ley relativas a su protección y seguridad, y los derechos y ayudas previstos en la misma, así como lo referente al lugar de prestación de los servicios de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral . 6.- Los demás consagrados en la Constitución de la Repúbli- (( 18 )) ca Bolivariana de Venezuela y en todos los convenios y tratados internacionales en la materia, suscritos por la República Bolivariana de Venezuela, tales como la Ley Aprobatoria de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará).

Ley de Igualdad de Oportunidades Articulo 4°: El Estado garantizará la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres ante esta Ley, a través de políticas, planes y programas, sobre las bases de un sistema integral de seguridad social donde se asuman los aspectos de salud, educación, alimentación, recreación, trabajo y estabilidad laboral. Artículo 6°: A los efectos de esta Ley, se entenderá como "Discriminación contra la Mujer": a) La existencia de leyes, reglamentos, resoluciones cualquier otro acto jurídico, cuyo espíritu, contenido o efectos, contengan preeminencia de ventajas o privilegios del hombre sobre la mujer. b) La existencia de circunstancias o situaciones fácticas que desmejoren la condición de la mujer y,

aunque amparadas por el derecho, sean producto del medio, la tradición o la idiosincrasia individual o colectiva. c) El vacío o deficiencia legal y reglamentaria, de un determinado sector donde intervenga la mujer, que obstruya o niegue sus derechos. Artículo 12: Las instituciones del Estado y cualquier otro ente dedicado a la investigación y a la producción; están obligados a auspiciar la participación de la mujer en posiciones de nivel profesional, empresarial y docente en el campo de la ciencia y la tecnología, garantizando la igualdad de, oportunidades en el empleo, ingresos y ascenso. Artículo 19: Los partidos políticos incluirán en sus Estatutos, mecanismos eficaces que promuevan la efectiva participación de la mujer en los procesos eleccionarios internos y en los órganos de dirección, con plena garantía de igualdad de oportunidades en el ejercicio de este derecho para militantes de uno u otro sexo Artículo 25: El Estado salvaguardará y promoverá la participación de la mujer en el sector productivo, a nivel de la economía informal y estructural en las zonas urbanas y rurales, con acciones de emergencia y políticas a mediano y largo plazo a objeto de diversificar y democratizar la economía....


Similar Free PDFs