Bioética y profesionalismo actividad 12 PDF

Title Bioética y profesionalismo actividad 12
Course Bioética y profesionalismo
Institution Universidad del Valle de México
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UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MÉXICO CAMPUS VERACRUZ BIOÉTICA Y PROFESIONALISMO ACTIVIDAD 12: REFLEXIÓN SOBRE EL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD ANDREA MARGARITA DE ANDA GARZA 31 DE OCTUBRE, 2021

Gracias al material revisado, se pudo concluir que el principio de intimidad y privacidad actúa como una barrera de acceso a los datos íntimos del paciente. A su entender, la intimidad, más que un estado de auto confinamiento supone una determinada calidad de la relación con los otros. Se trata, por tanto, de una condición o calidad social de la persona, que es objeto de tutela constitucional en la medida en que ésta puede tener legítimo derecho a no revelar a los demás determinados aspectos de sus relaciones con otras personas, que el titular del derecho juzga deben permanecer en un plano reservado o privado. Investigando, se llegó a un caso donde todo este concepto de la confidencialidad se ha violado de una manera deplorable en le ámbito de la medicina. El caso dice así: “Todos mis vecinos saben de mi VIH porque la doctora lo contó” En Cuba, Iván es un paciente de VIH y vive en el municipio habanero de San Miguel del Padrón. "Todos mis vecinos saben de mi enfermedad porque la doctora de la familia se lo comentó a una persona que terminó regando la información en el barrio", lamenta. "Lo primero que pensé fue en poner una denuncia, pero mis amigos me convencieron de que no porque ya el daño estaba hecho", agrega Iván. Al parecer no hay motivos para que la doctora hubiera revelado tal información y que no hubo una sanción como tal hacia la doctora. En la entrevista con Iván, él menciona que “Después de mucho averiguar me dijeron que todo iba a quedar en una sanción administrativa pero que nunca iba a llegar a los tribunales”. En cambio, la doctora fue cambiada de consultorio médico, pero se teme que esta siga difundiendo información privada de otros pacientes en un futuro. Hablando de este caso, es indiscutible que la profesional de la salud ha violado el derecho de su paciente por mantener su privacidad y confidencialidad. Como profesionales de la salud, es muy fácil obtener este tipo de información por medio de la historia clínica del paciente. Pero sea cual sea el caso de desempeñar una profesión de la salud no otorga al profesional la capacidad de acceder a cualquier historial médico, ni siquiera el del propio paciente, con fines de develar la información del paciente (s). Revisando el caso, no considero ningún motivo el suficiente como para filtrar este tipo de información a alguien, y menos sabiendo los estereotipos que engloban este tipo de padecimiento. La profesional de la salud violó un punto muy importante y fundamental en lo que la ética médica es, la confianza que su paciente depositó en su médico se ha roto y por lo tanto el principio de confianza también.

REFERENCIAS •

Marcos del Cano, A. M. (Coord.) (2011). Bioética y derechos humanos. Madrid, España: Universidad Nacional de Educación a Distancia. Recuperado de http://site.ebrary.com/lib/vallemexicosp/reader.action?docID=10559958







Sánchez, Y. (2019, 22 enero). «Todos mis vecinos saben de mi VIH porque la doctora lo contó». 14ymedio. https://www.14ymedio.com/reportajes/vecinos-sabenVIH-doctora-conto_0_2588141166.html de Lorenzo, R. (2016, 29 noviembre). Historia clínica: violación de intimidad y acceso indebido a la confidencialidad. Redacción Médica. Recuperado 29 de noviembre de 2016, de https://www.redaccionmedica.com/opinion/ricardo-delorenzo/historia-clinica-violacion-de-intimidad-y-acceso-indebido-a-laconfidencialidad-2323...


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