Caso practico paso a paso aplicación de la NIA 250 PDF

Title Caso practico paso a paso aplicación de la NIA 250
Author JUAN FRANCISCO MORALES
Course Auditoria
Institution Universidad de San Carlos de Guatemala
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3. Caso práctico (NIA 250) Enunciado La empresa YYY S.A., es fabricante de productos químicos, lo cual la sitúa en un plano de especial relevancia en cuanto al cumplimiento de la normatividad que sobre su actividad recae. La auditoría del ejercicio 2015 está siendo realizada por la firma AIA. Se determina la materialidad en 900 millones de pesos colombianos Sin ánimo de ser exhaustivos y a modo de ejemplo, supongamos que sobre esta empresa aplican tres bloques normativos de especial relevancia: • Normas de carácter fiscal. Cumplimiento con la declaración de los impuestos de carácter directo e indirecto, así como las tasas y otra serie de aspectos impositivos formales. A la industria química se le aplica un impuesto especial de carácter directo, que supone un aumento del precio de venta del 5%. El devengo del impuesto se produce en el momento mismo de la venta. • Normas de carácter mercantil. Relacionadas con el cumplimiento y reporte de los libros contables y designaciones de los responsables del gobierno de la entidad en el organismo gubernamental designado para ello y así rendir cuentas públicamente. Las sanciones por incumplimiento con los requisitos son pequeñas; sin embargo, las empresas que conceden seguros de crédito, por normativa interna, no suelen asegurar a aquellas empresas que no reporten anualmente, o dentro de la period • Normas propias de la actividad. A la empresa YYY S.A. le aplica la Ley de Control de Industrias Químicas, la cual requiere el establecimiento de un exigente protocolo en cuanto a las medidas de seguridad, y auditoría de los sistemas de control de la empresa. Las sanciones por incumplimiento son elevadas, y en el caso de vertidos podría darse el cierre de la empresa. El equipo de auditoría está revisando los cumplimientos normativos de acuerdo con la NIA 250, y se percata de lo siguiente: 1. La empresa contabiliza y emite sus facturas semanalmente, de forma que los ingresos devengados en la última semana de diciembre de 2015 se han contabilizado en enero de 2016. El importe de la cifra de negocios correspondiente a dicha semana asciende a 500 millones de pesos colombianos. 2. Los estados financieros del año 2015 no han sido reportados a las entidades de supervisión, vigilancia y control correspondientes, a pesar de haber sido formulados debidamente y aprobados por la junta general de accionistas.

3. La empresa declara que cumple con la legislación aplicable; sin embargo, unos extractos del periódico local aseguran que XXX, S.A., declaran que dicha empresa no extiende las correspondientes facturas de ventas, Se ha solicitado información al abogado de la empresa sobre tales señalamientos, pero no se ha recibido respuesta por escrito, ni ha sido posible contactarlo vía telefónica. La empresa informa sobre dicha cuestión de forma amplia en las notas explicativas de los estados financieros.

Cuestiones a resolver Analizar si la empresa tiene incumplimientos normativos importantes, clasificar los incumplimientos según la NIA 250 y, en su caso, analizar su posible efecto en el informe de auditoría.

Solución 1. Incumplimientos relacionados con el reconocimiento de ingresos. Como se observa, hay incumplimiento del principio de devengo desde el punto de vista de la norma técnica de información financiera contenida, y aunque el importe no es materialmente significativo, se debe proponer un ajuste en los estados financieros. Sin embargo, el reconocimiento de ingresos no solo afecta al incumplimiento de la norma contable, sino también el adecuado cálculo del impuesto a las ganancias, pues se tributaría menos de lo debido en el ejercicio 2015; suponiendo un tipo de gravamen del 25%, se devengaría un ingreso menor para la administración tributaria. Finalmente, también se incumple con la norma fiscal del impuesto especial, dejando de ingresar en el momento de su devengo un total de millones 25 millones de pesos colombianos de impuestos especiales. (500 millones de pesos colombianos registrados en enero 2016 X la tarifa del impuesto especial del 5%). Estos dos últimos casos se podrían catalogar dentro del incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que tienen un efecto directo en la determinación de las cantidades e información material a revelar en los estados financieros (NIA 250, párr. 6.a). Dado el efecto en los estados financieros de este hecho, no parece que derive en un riesgo de incorrección material (materialidad: 900 millones de pesos colombianos), que diera lugar a una opinión con salvedades. 2. No reportar los estados financieros. Inicialmente, el no reportar los estados financieros ante las entidades de supervisión, vigilancia y control que corresponden, puede acarrear cuantiosas sanciones. Adicionalmente, el hecho de no obtener aseguramiento contra posibles créditos morosos hace que este suceso se vuelva aún más relevante. En este caso, se hablaría de un incumplimiento normativo sin efecto directo sobre los estados financieros, cuyo cumplimiento evitaría sanciones y

podría ser fundamental para los aspectos operativos del negocio, sobre que la responsabilidad del auditor se limita a la aplicación procedimientos de auditoría específicos que ayuden a identificar posibles incumplimientos que puedan tener un efecto material sobre estados financieros (NIA 250, párr. 6.b).

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En caso de un incumplimiento normativo que pudiera tener un impacto elevado en los estados financieros, el auditor debería sopesar la inclusión de un “párrafo de otras cuestiones” en su informe de auditoría (ver NIA 706). 3. Incumplimiento de la legislación propia de la industria. Nuevamente estamos ante un incumplimiento normativo de los estipulados en el párrafo 6.b de la NIA 250. La cuestión en este caso, desde el punto de vista del auditor, no es fácil de resolver. Por un lado se tiene una limitación al alcance, puesto que si el abogado de la empresa no remite comunicación alguna, no se tendrá un conocimiento completo de los pleitos de la firma. Ello daría pie a emitir una opinión modificada por una limitación al alcance (ya se verá si se trata de una opinión con salvedades o denegada) (NIA 705). Por otro lado, el hecho de que la empresa exponga en sus estados financieros información referente a los vertidos resulta importante, y partiendo de esto, el auditor puede incluir en su informe un párrafo de énfasis sobre la información expuesta, haciendo eco de la incertidumbre que genera este tema sobre el futuro de la entidad....


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