Cuadro Acción Pauliana Y Simulacion PDF

Title Cuadro Acción Pauliana Y Simulacion
Course Derecho Civil Iv: Contratos
Institution Universidad Externado de Colombia
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Cuadro comparativo entre la acciónela paulina y la simulación...


Description

SANTIAGO CARLOS RUIZ BUSTAMANTE CUADRO COMPARATIVO ENTRE LA ACCION PAULIANA OBLIGACIONES Y LA DE SIMULACION

DEFINICIÓN

SEMINARIO DE

ACCIÓN PAULIANA

ACCIÓN DE SIMULACIÓN

La acción pauliana es la que se otorga a los titulares de un derecho de crédito para obtener la revocatoria de un negocio jurídico que les perjudica, realizado por sus deudores, con el fin de reconstruir el patrimonio de estos.

La acción de simulación es aquella que busca mostrar la realización de un negocio jurídico, pero que en la vida real no se ha llevado a cabo o es otro diferente al que se dice haberse realizado.

QUE SE DEBE PROBAR A. Negocios Jurídicos de contenido Onerosos: 1.- Evento damni (daño sufrido) 2.- Consilium fraudi (concierto fraudulento) B. Negocios Jurídicos de contenido Gratuitos: 1.- Prueba del daño fraude del deudor. 2.- Daño sufrido por el acreedor.

Se debe probar la simulación a través de indicios, ya que, como lo afirma la Corte, “no existe prueba directa de la simulación, sino por vía de los denominados indicios”. Algunos ejemplos de indicios que ayudan al juicio de simulación: “la relación de parentesco o amistad íntima entre los contratantes, el móvil para simular, el tiempo sospechoso del negocio, el precio bajo, la permanencia del enajenante en la posesión de los bienes, la falta de necesidad de disponer de ellos, la orfandad probatoria del pago del precio y de su destino”

TÍTULAR

Puede ejercerla quien ostente la calidad de acreedor con interés jurídico actual, ya sea porque sus derechos son exigibles o, de estar pendientes, porque son claros y concretos, tal como lo establece la Corte en sentencia del 26 de agosto de 1938.

La Corte y la doctrina afirma que “La legitimación para ejercerla es estricta, porque sólo la pueden ejercitar los cónyuges, los herederos y los terceros con interés jurídico en ello, siempre y cuando este sea serio y actual”

REQUISITOS

1.- Que con anterioridad al acto tachado de ineficacia, haya nacido y exista un crédito a favor del actor aun cuando éste no esté provisto de título ejecutivo o que haya sido declarado por vía judicial. 2.- Que haya claridad sobre en qué consiste el derecho personal pregonado. 3.- Que se haya generado un perjuicio al actor.

1.- Que con anterioridad al acto tachado de ineficacia, haya nacido y exista un crédito a favor del actor aun cuando éste no esté provisto de título ejecutivo o que haya sido declarado por vía judicial. 2.- Que haya claridad sobre en qué consiste el derecho personal pregonado. 3.- Que se haya generado un perjuicio al actor.

FUENTE NORMATIVA

ARTICULO 2491. . En ARTICULO 1766. . Las escrituras cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de privadas, hechas por los contratantes para alterar lo

SANTIAGO CARLOS RUIZ BUSTAMANTE CUADRO COMPARATIVO ENTRE LA ACCION PAULIANA OBLIGACIONES Y LA DE SIMULACION

ORIGEN

TIPO DE MEDIDA

SEMINARIO DE

bienes o a la apertura del concurso, se observarán las disposiciones siguientes: 1. Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas, prendas y anticresis que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, siendo de mala fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero. 2. Los actos y contratos no comprendidos en el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a título gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores. 3. Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores, expiran en un año, contado desde la fecha del acto o contrato.

pactado en escritura pública, no producirán efecto contra terceros. Tampoco lo producirán las contraescrituras públicas, cuando no se ha tomado razón de su contenido al margen de la escritura matriz, cuyas disposiciones se alteran en la contraescritura, y del traslado en cuya virtud ha obrado el tercero.

Nace del artículo 2488 del Código Civil por el cual el patrimonio se entiende como la “prenda general de los acreedores”

Nace del artículo 2488 del Código Civil por el cual el patrimonio se entiende como la “prenda general de los acreedores”

Es una medida para reconstruir el patrimonio del Es una medida para reconstruir el patrimonio del deudor. deudor...


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