democracia participativa y protagonica PDF

Title democracia participativa y protagonica
Author Dorelys Silva
Course Sociocritica II
Institution Universidad Nacional Experimental de la Gran Caracas
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democracia participativa y protagonica...


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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA GRAN CARACAS PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN ADMINISTRACIÓN SOCIO CRITICO II SECCIÓN 302 - TRAYECTO 2 - TRIMESTRE 1

DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y PROTAGÓNICA

Profesor:

Estudiante:

Zoed Eligon

Dorelys Silva

Caracas, noviembre de 2020.

C.I 21.103.367

ÍNDICE pp INTRODUCCIÓN

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Democracia Participativa y Protagónica

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Principios fundamentales de la Democracia Protagónica y Participativa Principios Constitucionales en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

4 4

Características de la Democracia Participativa y Protagónica

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Democracia Representativa

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Características

6

Diferencia entre la democracia participativa y la democracia representativa Democracia Popular y Democracia Protagónica y Participativa es hablar de la misma filosofía Rol de los consejos comunales en la retroalimentación del concepto de democracia protagónica y participativa ¿Qué democracia se ejerce en Venezuela? Rol de los medios de información y comunicación en la democracia protagónica y participativa

6 7 7 8 8

CONCLUSIÓN

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REFERENCIAS

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INTRODUCCIÓN

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Actualmente la democracia es el régimen político predominante en las sociedades (mayoritariamente capitalistas), con variaciones que se adecuan a la interpretación y aplicación política que direccione la clase dominante de cada país. En consecuencia, la aplicación de la democracia en el siglo XX generó una concepción polisémica de sí misma, variante, amplia y flexible en cuanto a la diversidad de tendencias políticas, teóricas e ideológicas que buscan conceptualizar, caracterizar y hasta idealizar al término. Ese aspecto es analizado a detalle en el Capítulo I de esta investigación. La democracia, como régimen político, es y ha sido a través de los últimos tiempos objeto de estudio de investigadores sociales en la búsqueda de la comprensión del proceso dialéctico que implica el concepto griego de la Democracia con el desarrollo de los modos de producción y acompañados de paradigmas Democráticos Liberales y Representativos en casi todo el mundo. En Venezuela, la propuesta democrática de 1.999 como un nuevo modelo plantea, bajo un proyecto político, económico y de carácter social, la transformación de las relaciones humanas a nivel constitucional, partiendo de un proceso popular constituyente, lo que marcó gran diferencia respecto a los

modelos

anteriores,

una

decisión

jurídica

que

históricamente

representaba los intereses políticos de la clase dominante pasó a ser una elección popular, lo que se tradujo en la toma de decisión política ejercida por el pueblo, estableciendo un nuevo régimen político democrático en la ahora República Bolivariana de Venezuela.

DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y PROTAGÓNICA

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La democracia participativa es un sistema de organización política que otorga a los ciudadanos una mayor, más activa y más directa capacidad de intervención e influencia en la toma de decisiones de carácter público. En este sentido, podemos entender la democracia participativa como una evolución moderna de la democracia directa de la Antigua Grecia, donde los ciudadanos, su voz y voto, tenían una influencia y un peso específico real en todas las decisiones de carácter público de las ciudades-Estado. Principios fundamentales de la Democracia Protagónica y Participativa Según el Reglamento General De La Ley Orgánica De Procesos Electorales, en su artículo 2, establece lo siguiente: “Los actos y actuaciones de los procesos electorales se regirán por los principios de democracia, soberanía, responsabilidad social, colaboración, cooperación, confiabilidad, transparencia, imparcialidad, equidad, igualdad, participación popular, celeridad,

eficiencia,

personalización

del

sufragio

y

representación

proporcional.” Con base en los principios establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; para de esta manera hacer cumplir con el rol de un pueblo libre y participativo. Principios Constitucionales en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se encuentran consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y expresan: Artículo

1.

“La

República

Bolivariana

de

Venezuela

es

irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador. (…)” Artículo 2.” Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en

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general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.” Artículo 3. “El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular (…)” Artículo 4.” La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.” Artículo 5.” La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.” Artículo 6. “El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.” Artículo 7.” La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.” Artículo 8.” La bandera nacional con los colores amarillo, azul y rojo; el himno nacional Gloria al bravo pueblo y el escudo de armas de la República son los símbolos de la patria. (…)” Artículo 9. “El idioma oficial es el castellano.” Características de la Democracia Participativa y Protagónica a. Aprovecha las experiencias y la capacidad de todos. b. Promueve la legitimidad. c. Desarrolla nuevas capacidades.

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d. Mejora la convivencia y calidad de vida. Democracia Representativa Se trata de una forma de gobierno en la cual los ciudadanos con derecho a voto ejercen su poder escogiendo a unos representantes, ya sean personas en concreto o partidos políticos. Estos representantes son elegidos cada cierto tiempo por medio de elecciones libres en las cuales, por medio del sufragio internacional, hombres y mujeres escogen a aquellas personas que consideran que mejor los representan ideológicamente o cuyas propuestas les son beneficiosas. Características La principal característica de este sistema de gobierno es la representatividad. Las democracias representativas tienden a presentarse en formato de repúblicas, aunque no necesariamente. Algunos países que son monarquías constitucionales como es el caso de España y el Reino Unido tienen sistemas de gobierno democráticos representativos. En estas monarquías el jefe de Estado es el rey, y este no es escogido democráticamente, pero sí lo es el gobierno o el poder ejecutivo, quien recae en la figura del presidente o el primer ministro. Es el poder ejecutivo el que ejerce el poder político que emana del pueblo, por muy monarquía o república que sea el estado. Diferencia entre la democracia participativa y la democracia representativa En la democracia participativa básicamente, se persigue que el ciudadano se involucre en las decisiones que le afectan, proponiendo iniciativas, promoviendo asambleas y debates, pronunciándose a favor o en contra de una u otra medida, así como vigilando y verificando su implementación. La democracia participativa se considera una forma directa de otorgar a los ciudadanos los mecanismos para ejercer poder político. En

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cambio, las democracias representativas o indirectas se caracterizan por otorgar mediante el voto, el poder político a representantes electos. Democracia Popular y Democracia Protagónica y Participativa es hablar de la misma filosofía. Cuando se habla de la democracia popular se refiere a un tipo de régimen político. Donde en ocasiones solo se permite la existencia de un único partido político, en otras pueden coexistir dos, uno urbano y otro agrario, unidos por el Estado y sin competir entre ellos; además los medios de comunicación forman parte del gobierno. Mientras que la democracia participativa es aquella en donde se tienen en cuenta la voz y el voto. Es una forma de democracia en la que tienen mayor participación en la toma de las decisiones políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa; en ella existe la posibilidad de elegir entre diferentes partidos los cuales no se encuentran unidos; dándole la oportunidad al pueblo de hacer la elección de su preferencia. Rol de los consejos comunales en la retroalimentación del concepto de democracia protagónica y participativa. Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social.

¿Qué democracia se ejerce en Venezuela?

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Según el Artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada en referéndum constitucional el 15 de diciembre de 1999 y promulgada cinco días después, establece que la República Bolivariana de Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de derecho y de Justicia que, "propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político". Por ende se puede decir que en Venezuela se ejerce una democracia protagónica y participativa, motivado a que el pueblo es libre de elegir e involucrarse en las decisiones que afectan a la nación de manera política. Cumpliendo así el objetivo de la democracia el cual es atribuir la titularidad del poder al conjunto de la ciudadanía. Rol de los medios de información y comunicación en la democracia protagónica y participativa. La comunicación es una herramienta para ejercer el liderazgo, para la organización ciudadana y la práctica democrática en la familia, el sitio de estudio, el trabajo, la comunidad. La comunicación es tan antigua como la humanidad y siempre está presente donde hay un ser, es una herramienta para la práctica democrática. Es primordial que la gente entienda y se identifique con su derecho fundamental a la comunicación y a la información y con la pertinencia de un paradigma democrático donde la comunicación sea la clave para lograr la promoción de nuestros valores culturales, nuestra estética con sentido y responsabilidad ética y el desarrollo integral de nuestras sociedades, a través del modelo de democracia participativa.

CONCLUSIÓN

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La democracia y su sistema representativo encuentran en la participación un elemento clave para su fortalecimiento por las oportunidades que la misma ofrece, ya que esta legitima la labor estatal, maximiza recursos en la elaboración de proyectos sociales cuando sus ejecutores son sus beneficiarios, además de generar confianza en la ciudadanía. Nuestra Constitución de 1999 prevé la participación ciudadana como un eje transversal, abarcando innumerables artículos considerándola no solo un derecho, sino que también es un deber que tenemos los ciudadanos de intervenir en la vida política, civil y comunitaria del país. El principio participativo acogido por el constituyente del 99 había sido adoptado ya por el legislador en la Ley Orgánica de Régimen Municipal y en el Código Orgánico Procesal Penal, previendo la participación ciudadana de manera directa y de forma indirecta. El soporte jurídico a la institucionalidad de la participación ciudadana, está concebido en el proyecto de ley de participación ciudadana, la cual prevé los mecanismos a fin de hacerla efectiva. La sociedad civil juega un papel protagónico en el fortalecimiento de esta nueva cultura democrática y participativa. Las organizaciones de la sociedad civil son instrumentos de participación de acuerdo con los valores y principios que las guíen, trabajan sin fines de lucro en una forma independiente del gobierno en la búsqueda de soluciones a problemas de diversa índole.

BIBLIOGRAFÍA

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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Recuperado de https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_venezuela.pdf.

[Consulta:

2020, noviembre 19] REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGÁNICA DE PROCESOS ELECTORALES.

Recuperado

de

http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/reglamentos/Reglament o_General_LOPRE.pdf /. [Consulta: 2020, noviembre 19] LEY ORGÁNICA DE LOS CONSEJOS COMUNALES. Recuperado de http://www.minci.gob.ve/wp-content/uploads/downloads/2012/11/LEYCONSEJOS-COMUNALES-6-11-2012-WEB.pdf.

[Consulta:

2020,

noviembre 20] Plan

de

la

Patria

2019-2025

de

Venezuela.

Recuperado

https://observatorioplanificacion.cepal.org/es/planes/plan-de-la-patria2019-2025-de-venezuela

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de...


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