Diferencias Entre Bienes Inmuebles POR Adherencia Y POR Destinación PDF

Title Diferencias Entre Bienes Inmuebles POR Adherencia Y POR Destinación
Author CARLA MILENA CALDERÓN MONTES
Course Bienes
Institution Universidad Surcolombiana
Pages 4
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Summary

el presente documento contiene una serie de diferencias entre Bienes Inmuebles por adherencia y bienes inmuebles por Destinación....


Description

DIFERENCIAS ENTRE BIENES INMUEBLES POR ADHERENCIA Y POR DESTINACIÓN

Por: Carla Milena Calderon Montes Código: 20201188336

UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA PROGRAMA DE DERECHO PITALITO-HUILA 2021

DIFERENCIAS ENTRE BIENES INMUEBLES POR ADHERENCIA Y POR DESTINACIÓN

Por: Carla Milena Calderon Montes Código: 20201188336

Entregado a: Lenin Eduardo Rojas

UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA PROGRAMA DE DERECHO PITALITO-HUILA 2021

DIFERENCIAS ENTRE BIENES INMUEBLES POR ADHERENCIA Y POR DESTINACIÓN Antes de conocer las diferencias entre cada una de ellas, debemos tener claro dos conceptos

esenciales para la comprensión de las diferencias. En primer lugar, que es un bien

mueble y un bien inmueble, y, en segundo lugar, cuando un bien inmueble es por adherencia y cuando es un bien inmueble por destinación. En este orden de ideas, cuando se habla de un bien mueble nos referimos a cosas corporales que se pueden transportar de un sitio a otro, pero los bienes inmuebles se les conoce así porque no se pueden movilizar (inmovilidad). Posteriormente, se hace referencia a bien inmueble por adhesión (Arts.656 y 657 C.C) a aquellos muebles por naturaleza, adheridos permanentemente y materialmente a un bien inmueble (tierra, agua y minas) que por medio de una ficción jurídica del legislador se transforman en inmuebles. Seguidamente, cuando se hace alusión a un bien inmueble por destinación (artículo 658 C.C) se hace alusión a bienes muebles por naturaleza que por medio de una ficción jurídica del legislador se transforman en bienes inmuebles, por estar destinados permanentemente al uso, cultivo o beneficio de un bien inmueble. Sus principales diferencias son: 1) En los inmuebles por adherencia se realiza una incorporación de manera material o física; En la incorporación por destinación se realiza en forma ideal, jurídica o intelectual ya que los bienes pueden individualizarse y conservan su fisonomía. 2) Los inmuebles por adhesión pueden ser adheridos por un tercero o por el mismo propietario, a diferencia de los inmuebles por destinación, ya que su propietario es el

único que puede incorporarlo de manera real puesto que es el único interesado en que el bien preste un determinado servicio al inmueble 3) Siempre que se hable de un bien inmueble por adherencia, se hablará de un bien unificado o un “todo”, en cuanto a los bienes por destinación, se pueden individualizar. 4) Los bienes por adherencia necesitan permanecer anclados o fijos en un sitio, no puede cambiar de lugar deben permanecer de forma estable y fija, con excepción de los edificios y las plantas que, aunque no estén adheridos a perpetuidad son inmuebles por adherencia; los bienes por destinación pueden ser móviles sin perder su calidad de inmueble, tal es el caso del tractor, los utensilios de labranza, o los animales destinados al cultivo o beneficio de una finca. 5) Los bienes por adhesión serán inmuebles siempre y cuando cumpla con el requisito de incorporación material del suelo y de permanencia; Los bienes por destinación pueden llegar a ser muebles dependiendo del uso que se le dé al mismo. (Caso de un vehículo que no está destinado a un trabajo, sino a alguna actividad diferente que no sea laboral). 6) Los bienes inmuebles por adherencia requieren que el bien mueble por naturaleza este fijado al bien inmueble a perpetuidad (a excepción de los edificios y las plantas), a diferencia de los bienes inmuebles por destinación que, aunque debe tener cierta permanencia o fijeza al servicio de otro inmueble no es necesaria la perpetuidad....


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