Ejercicio 2 auditoria PDF

Title Ejercicio 2 auditoria
Author Anonymous User
Course Auditoría interna
Institution Universidad de Salamanca
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practica...


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SESIÓN 2_ INDEPENDENCIA DEL AUDITOR DE CUENTAS.

SUPUESTO 1 CORTESA S.A. posee el 100% de la empresa MARUCA S.A. La sociedad de auditoría AUDITORES S.A. ha sido nombrada auditor de las cuentas consolidadas del grupo y de las individuales de la empresa CORTESA así como de MARUCA correspondientes a los ejercicios 2018 y 2019. La empresa AUDITORES ha prestado asesoramiento contable sobre el borrador de cuentas anuales individuales de CORTESA y de las cuentas consolidadas de los ejercicios 2017 y 2018. Dicho servicio quedó explicitado en el correspondiente contrato donde constaban la responsabilidad por parte de las empresas respecto a la adopción de las decisiones finales respecto a los estados financieros formulados. Ninguna empresa tiene la consideración de Entidad de Interés Público. Asimismo, AUDITORES ha prestado servicio de auditoría interna relativo a la gestión de los procesos internos de CORTESA, asumiéndose la responsabilidad del sistema global de control interno de la entidad CORTESA, así como de cualquier cuestión relacionada con la auditoría interna por ella misma. Determinar si existe incompatibilidad para realizar auditoría y por qué causas, RAZONANDO LA RESPUESTA EN BASE EN LA LEGISLACIÓN, para: -

Auditar las cuentas individuales de CORTESA. Auditar las cuentas consolidadas de CORTESA. Auditar las cuentas individuales de MARUCA.

SUPUESTO 2 Una sociedad de auditoría formado por dos socios, HERNANDEZ y FERNÁNDEZ ha sido nombrada como auditor de cuentas de la empresa ESCAS S.A. para los ejercicios 2017 a 2019. El auditor firmante de la auditoría de las cuentas anuales del 2017 y 2018 ha sido HERNÁNDEZ. Además, se sabe que FERNÁNDEZ posee el 60% del capital social de la empresa ZANDIA S.A. que se dedica al asesoramiento contable y fiscal. Indicar en cuál o cuáles de las siguientes circunstancias la sociedad de auditoría habría incurrido en incompatibilidades de independencia: 1. Un hermano de HERNÁNDEZ fue directivo de ESCAS S.A. en el ejercicio 2016 cesando de dicho cargo antes de finalizar el ejercicio. 2. Una cuñada de HERNÁNDEZ (cónyuge del hermano del auditor) ha prestado servicios de contabilidad, consistentes en la llevanza de la contabilidad, en los ejercicios 2015 y 2016 a una entidad vinculada por una relación de control de las enumeradas en el artículo 42 del Código de Comercio, si bien dicha entidad vinculada no es significativa en términos de importancia relativa para ESCAS S.A. 3. El padre de HERNÁNDEZ ha ocupado un cargo de administrador de la entidad auditada cesando del cargo en el 2016, en el momento de nombramiento de la sociedad de auditoría.

4. Un cuñado de HERNÁNDEZ (hermano de su cónyuge) ha tenido participación en el capital social de ESCAS S.A. del 10% hasta enero del 2019, momento en que vendió la participación. 5. El hijo de FERNÁNDEZ ha sido administrador de ESCAS S.A. en el ejercicio 2016. 6. El hijo de FERNÁNDEZ ocupa dese 2016 el cargo de director financiero de la empresa VINTET S.A. vinculada a ESCAS S.A. por una relación de control, al poseer el 51% del capital de VINTET S.A. 7. ZANDIA S.A. viene prestando desde el ejercicio 2016 ininterrumpidamente diferentes servicios de asesoramiento contable a la empresa ESCAS S.A. limitándose dicho servicio exclusivamente a la elaboración de determinados datos a incluir en la memoria de las cuentas anuales. 8. ZANDIA S.A. ha venido prestando servicios de valoración desde el ejercicio 2016 a la empresa VINTET S.A. vinculada con ESCAS S.A. por la relación de control. Dichos servicios consisten en la determinación del valor de los instrumentos financieros propiedad de la entidad, consistentes en valores que cotizan en los mercados secundarios de valores. 9. HERNÁNDEZ obtiene un préstamo en el año 2018 de una entidad de crédito FINANCIERA S.A. vinculada a ESCAS S.A. por 10.000 euros para adquirir un automóvil en condiciones normales de mercado. La vinculación entre ESCAS S.A. y FINANCIERA S.A. se produce por la existencia de una relación de control de las contempladas en el artículo 42.1 del Código de Comercio. 10. FERNÁNDEZ recibe por herencia en el mes de diciembre de 2017 acciones de ESCAS S.A. por un importe significativo para su patrimonio personal. Dichas acciones no pueden ser vendidas en el mercado por diversas decisiones tomadas por el órgano regulador del citado mercado, hasta marzo del 2018, antes de que se emita el informe de auditoría. SE PIDE: Determinar en qué situaciones existe incompatibilidades para la realización de la auditoría, argumentando dicha situación con referencia a la normativa de auditoría....


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