Title | EJERCICIOS RESUELTOS SOBRE LOS SUJETOS DEL DERECHO |
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Author | NAYELLY aquino blas |
Course | TEORíA GENERAL DEL PROCESO |
Institution | Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión |
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LOS SUJETOS DEL DERECHO EN EL PROCESO...
UNIVERSIDAD NACIONAL “JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN”
"AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E IMPUNIDAD"
FACULTAD: DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS. ESCUELA : DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS. CÁTEDRA : TEORIA GENERAL DEL PROCESO. TEMA
: PREGUNTAS RESUELTAS POR EL TALLER DE LECTURA N° 4.
DOCENTE : CONDE SALINAS CARLOS HUMBERTO. ALUMNOS : AQUINO BLAS NAYELLY. CHERO RAMIREZ YURIKO. HUANES BARDALES MANUEL SALVADOR DE LOS SANTOS LINCOL. CICLO
: IV
HUACHO-2019
DEDICATORIA Dedicamos este trabajo principalmente a Dios, por habernos dado la vida y permitirnos el haber llegado hasta este momento tan importante de nuestra formación académica profesional. A nuestras madres, por ser el pilar más importante y por demostraros siempre su cariño y apoyo incondicional.
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AGRADECIMIENTO En primer lugar a Dios por habernos guiado por el camino de la felicidad hasta ahora, en segundo lugar a cada uno de los que son parte de nuestras familias a nuestro padre, nuestra madre, a nuestras segundas madres nuestras abuelas; a nuestros hermanos y a todos nuestros tíos; por siempre habernos dado su fuerza y apoyo incondicional que nos han llevado hasta donde estamos ahora. Por último a nuestros compañeros porque en esta armonía grupal hemos logrado aprender y compartir ideas sobre los temas que continuación presentamos.
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PREGUNTAS RESUELTAS POR EL TALLER DE LECTURA
PREGUNTAS PARA EL AFIANZAMIENTO DE CONOCIMIENTO, TALLER DE LECTURA N° 4 1.- Según las lecturas, de acuerdo a la evolución histórica del Poder Judicial, cual es el enfoque crítico del taller de lectura, en el caso de la realidad peruana, respecto UNJFSC- FDCC.PP.
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a la situación que experimenta el Poder Judicial del Perú en la actualidad, teniéndose presente los últimos acontecimientos que se vienen produciendo. Pueden apelar a los juicios de expertos (abogados, fiscales, jueces, sociedad civil). A lo largo de la historia el poder judicial ha ido evolucionando de una manera considerable. También en este periodo existieron puntos de vista con respecto al poder judicial caben resaltar dos el positivismo y el clásico. En la teoría clásica nos indica al poder judicial como un poder auténtico equiparado a los otros. Mientras que en la teoría positiva nos da a entender sobre las creencias de la ausencia de lagunas del ordenamiento. Ahora yendo a la actualidad el poder judicial ha pasado hacer un conjunto de funciones de mucha importancia que comprenden desde el control de la actuación administrativa hasta la fiscalización de los actos del poder legislativo
Poder Judicial
Perspectiva positivista
Perspectiva Clásica
Ausencia de lagunas del Poder autentico
ordenamiento
COMENTARIO DEL EXPERTO NOMBRE: WILMER MAGNO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA: 37631 MAESTRO EN CIENCIAS PENALES Y CRIMINOLÓGICAS
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Para nadie es un secreto que la mayoría de los peruanos no confían en el sistema judicial y están decepcionados de la administración de justicia. Casos como los "Cuellos Blancos" no hacen más que devaluar la percepción social que se tiene hacia este poder del Estado. Tal percepción se complementa con la afirmación de los justiciables que del personal que labora en la función judicial es corrupto o no apto profesionalmente para desempeñar dicha labor (o ambas cosas). Lo grave es que este tema no es nuevo, ni tampoco lo son ya la propuesta o la ejecución de una “reforma judicial”, frase que, pese a los esfuerzos que se buscan, a día de hoy no tiene credibilidad alguna, generando más que desconfianza en las personas y poniendo en tela de juicio la autonomía del poder judicial. El Poder Judicial o sistema de administración de justicia es parte muy importante de la institucionalidad política y jurídica del Estado, siendo u nivel de autonomía, eficiencia y prestigio social un importante (y objetivo) “termómetro” para medir el grado de desarrollo y solidez de las instituciones democráticas alcanzadas en una sociedad. De allí que no deba llamar a demasiada sorpresa que, en el Perú, el descrédito del sistema judicial sea el correlato histórico de procesos políticos caracterizados por el autoritarismo o la injerencia de los gobiernos de turno, así como por la incapacidad del órgano jurisdiccional para hacer prevalecer la supremacía constitucional, su autonomía funcional y la vigencia del Estado de Derecho. Actualmente el Poder Judicial se encuentra en una etapa de cambios, de reorganización, de "limpieza"; cambios que son necesarios en la búsqueda de un sistema judicial autónomo, moderno y eficiente, que sea beneficioso para el estado y la sociedad en general, siendo el tiempo el principal juez para determinar si se logran los objetivos.
2.-Siguiendo el contenido de las lecturas, cual creen ustedes que debe ser la misión del abogado contemporáneo, en el contexto de la problemática que experimenta la administración de justicia. Explique razonadamente. En el contexto en que nos encontramos donde nuestro sistema jurídico está saliendo de una caída abrupta en la corrupción cometida en su mayoría por jueces quienes en el afán de aumentar su riqueza se olvidaron de su principal deber que es hacer cumplir la ley de manera UNJFSC- FDCC.PP.
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justa e imparcial teniendo en cuenta el bien común y personal según sea el caso , en cuanto a los abogados es común ver que también están involucrados en actos de corrupcion , olvidando que su deber es defender a los civiles en los tribunales haciendo prevalecer sus derechos y obtener justicia.
ABOGADO
con el cumplimiento de las reglas del Estado confianza del público constitucional de derecho sticia puede alcanzarse
CORRUPCION
NO DEBEN OLVIDAR SU DEFENDER LOS DERECHOS
DEFENDER EL INTERÉS DE SU CLIENTE
3.- ¿Cómo explican ustedes la capacidad procesal de las partes en sus diversas formas, dentro del proceso? En primer lugar, nosotros consideramos que parte son aquellos que tienen una relación directa en el proceso, ya sea como actor (demandante) o como demandado, todo esto dentro del ámbito civil; en lo penal podemos decir que las partes son tanto la persona agraviada como el imputado, que en sí vendría a ser lo mismo solo que se le cambia la denominación. Puede ser parte dentro de un proceso todo sujeto de derecho ya que tiene la capacidad de UNJFSC- FDCC.PP.
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goce, pero una cosa muy distinta es tener capacidad procesal, ya que esto implica ejercer sus derechos y a su vez cumplir con sus obligaciones, la capacidad procesal también es conocida como capacidad para obrar o como capacidad de ejercicio, según nuestra normativa civil esta es adquirida a los 18 años.
PROCESO CAPACIDAD PARA SER PARTE
NO TODO SUJETO DE DERECHO
TODO SUJETO DE DERECHO
CAPACIDAD PROCESAL
CAPACIDAD ADQUIRIDA ALOS 18 AÑOS
LOS QUE TIENEN PLENO DERECHO DE EJERCICIO
4. DEBATE GRUPAL: Comenten razonadamente los cambios que se proponen en el proyecto de reforma del Código Procesal Penal contrastándolos y comentándolos con el actual Código Procesal Penal El 18 de octubre del 2016, se constituyó un grupo de trabajo encargado de revisar y proponer mejoras sobre el código procesal civil, la revisión que hizo la Comisión Revisora de esta parte fue profunda. Los cambios que se formularon fueron varios, en orden de establecer esencialmente que el sistema de justicia debe ser visto como un servicio de modo integral, que en el centro del sistema de justicia se ponga la dignidad de la persona. Además, que el proceso sea llevado más rápido e eficaz. Así mismo se incorporaron otras instituciones.
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El proyecto de reforma del Código Procesal Civil contempla la modificación de más de 500 artículos que fue vigente y la derogación de otros 59. Así mismo esto sería algunas de las modificaciones dentro del proceso. PROPUESTA DE LAMODIFICACIÓN TEXTO VIGENTE SECCION SEGUNDA SUJETOS DEL PROCESO TITULO I ORGANOS JUDICIALES Y SUS AUXILIARES Capítulo I Juzgados y Cortes Capacidad para ser parte de un proceso. Capacidad para ser parte material en un Artículo 57.- El concebido, toda persona proceso. natural y jurídica, el Estado, los órganos Artículo 57.- Toda persona natural o jurídica, constitucionales autónomos; la sociedad los órganos constitucionales autónomos y la conyugal, la sucesión indivisa y cualquier otro sociedad conyugal, la sucesión indivisa y patrimonio
autónomo
y;
en
general, otras formas de patrimonio autónomo,
cualquier sujeto de derecho, pueden ser pueden ser parte material en un proceso. parte en un proceso. Art. 51.- Facultades genéricas.
Facultades genéricas.
Los jueces están facultados para: 1.
Conducir
la
demanda
Artículo 51.- Los Jueces están facultados a
la
vía para:
procedimental de cognición que resulte 1.
Adaptar
la
demanda
a
la
vía
adecuada, teniendo en cuenta la complejidad
procedimental que considere apropiada,
de la controversia y la urgencia del pedido de
siempre que sea factible su adaptación;
tutela, debiendo motivar su decisión, de conformidad con el artículo 475-A;
2. Ordenar los actos procesales necesarios al
esclarecimiento
de
los
hechos
2. Ordenar los actos procesales necesarios controvertidos, respetando el derecho de para el esclarecimiento de los hechos
defensa de las partes;
controvertidos, respetando el derecho de 3. Ordenar en cualquier instancia la defensa de las partes; 3.
Ordenar
en
cualquier
comparecencia personal de las partes, a fin instancia
la de interrogarlas sobre los hechos discutidos.
comparecencia personal de las partes, a fin de
Las
partes podrán concurrir con sus
interrogarlas sobre los hechos discutidos. Las Abogados; partes podrán concurrir con sus Abogados; UNJFSC- FDCC.PP.
4. Rechazar laminarmente el pedido que
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4. Rechazar liminalmente el pedido que
reitere otro propuesto por cualquier litigante
reitere otro propuesto por cualquier litigante y
y por la misma razón, o cuando a pesar de
por la misma razón, o cuando a pesar de fundarse en razón distinta, éste pudo ser fundarse en razón distinta, este pudo ser alegado al promoverse el anterior; 5. alegado al promoverse el anterior;
Ordenar, si lo estiman procedente, a pedido
5. Ejercer la libertad de expresión prevista en
de parte y a costa del vencido, la
el Artículo 2, inciso 4., de la Constitución
publicación de la parte resolutiva de la
Política
del
Perú,
con
sujeción
lo decisión final en un medio de comunicación
a
establecido en la Ley Orgánica del Poder
por él designado, si con ello se puede
Judicial; y
contribuir a reparar el agravio derivado de la
6. Ejercer las demás atribuciones
que publicidad que se le hubiere dado al
establecen este Código y la Ley Orgánica del
proceso; 6. Ejercer la libertad de expresión prevista
Poder Judicial. 7. Utilizar, acceder y solicitar información a
en el Artículo 2, inciso 4., de la Constitución
bases de datos públicas o privadas, páginas Política del Perú, con sujeción a lo web, redes sociales, medios de comunicación establecido en la Ley y
en
general
cualquier
mecanismo
tecnológico existente o por crearse, con la finalidad de poder obtener el domicilio de las partes o comunicar a las partes el inicio del proceso o cualquier acto procesal relevante.
Capítulo VIII Deberes y responsabilidades de las partes, de sus Abogados y de sus apoderados en el proceso Artículo 109.- Son deberes de las partes, Artículo 109.- Son deberes de las partes, abogados y representantes:
Abogados y apoderados:
1. Proceder con veracidad, probidad, lealtad y
1. Proceder con veracidad, probidad, lealtad
buena fe en todos sus actos e intervenciones;
y
2. No actuar temerariamente;
intervenciones en el proceso;
3. Guardar respeto al juez, a las partes y a los
2. No actuar temerariamente en el ejercicio
auxiliares de justicia. Está prohibido
de sus derechos procesales;
usar
expresiones
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verbales
o
escritas 3.
buena
fe
Abstenerse
en
todos
de
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usar
sus
actos
e
expresiones
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afirmaciones descomedidas
agraviantes,
insultantes
o
tendenciosas
contra las
partes,
o
agraviantes
en
sus
terceros intervenciones;
legitimados, juez y auxiliares jurisdiccionales;
4. Guardar el debido respeto al Juez, a las
4. Concurrir ante el juez cuando este los cite y
partes y
acatar sus
órdenes
actuaciones a los auxiliares de justicia;
en las
judiciales; y 5. Prestar al juez su diligente
5. Concurrir ante el Juez cuando este los cite
colaboración para las actuaciones procesales,
y
bajo apercibimiento de ser sancionados por acatar sus órdenes en las actuaciones inconducta con una multa no menor de tres ni judiciales; y mayor de cinco Unidades de Referencia 6. Prestar al Juez su diligente colaboración para
Procesal.
Abstenerse de actuar en procesos sin estar las
actuaciones
procesales,
bajo
apersonados o de procurar que sujetos que no apercibimiento se encuentren apersonados al proceso, actúen de ser sancionados por inconducta con una para convencer o influenciar de cualquier multa no menor de tres ni mayor de cinco forma
al
juez
o
a
sus
auxiliares Unidades de Referencia Procesal.
jurisdiccionales. Artículo
111.-
Responsabilidad
de
los Responsabilidad de los Abogados.
abogados
Artículo 111.- Además de lo dispuesto en el
Además de lo dispuesto en el artículo 110,
Artículo 110, cuando el Juez considere que
cuando el juez considere que el abogado
el
actuó o actúa con temeridad o mala fe,
Abogado actúa o ha actuado con temeridad
remitirá
copia
de
la
decisión
judicial
motivada y con calidad de firme a la Presidencia de la Corte Superior, al Ministerio Público, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
y
al
Colegio
de
Abogados
correspondiente, para las sanciones a que
o mala fe, remitirá copia de las actuaciones respectivas a la Presidencia de la Corte Superior, al Ministerio Público y al Colegio de Abogados correspondiente, para las sanciones a que pudiera haber lugar.
pudiera haber lugar.
TITULO III Oportunidad.
MINISTERIO PUBLICO Oportunidad.
Articulo 116.- El dictamen del Ministerio
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Artículo 116.- El dictamen del Ministerio
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Público, en los casos en que proceda, será Público, en los casos en que proceda, será emitido después de actuados los medios emitido después de actuados los medios probatorios y antes que se expida sentencia. probatorios y antes que se expida sentencia. El plazo máximo para la emisión del dictamen es de 15 días. De no emitirse en este plazo, el Ministerio Público debe devolver el expediente
de
inmediato,
bajo
responsabilidad.
COMENTARIO SOBRE LAS MODIFICACIONES QUE SE QUIEREN REALIZAR:
Sujetos del proceso: órganos jurisdiccionales y auxiliares.
Las modificaciones propuestas esencialmente inciden en los deberes de los magistrados, poniendo especial énfasis en el deber de dar tutela específica a los derechos y evitar declarar la nulidad de los actos procesales.
Capacidad para ser parte en el proceso
Aquí hay una medicación que salta a la vista, es decir en el texto vigente del código procesal civil, dice que puede tener capacidad para ser parte del proceso la persona natural y la persona jurídica, la modificación hizo que se añada al concebido tenga propiamente la capacidad para ser parte.
Intervención de terceros
Esta propuesta dada aclara la regulación de la intervención de terceros, procurando coherencia entre los tipos de litisconsorcio existentes y las formas de intervención de terceros. De esta manera, se propone la modificación de los artículos que regulan la intervención litisconsorcial y la denuncia civil disponiendo que ambas modalidades de intervención, constituyen formas sobrevenidas de creación de litisconsorcios, con ello se evita el uso de dichas modalidades de intervención para la conformación sobrevenida de litisconsorcios necesarios de manera indistinta. En tal sentido, podrá realizarse a partir de la intervención voluntaria del tercero o de manera provocada a instancia de parte.
Deberes de las partes
Se ha establecido un elenco de conductas precisas en las que pueden incurrir las partes y sus abogados frente a las cuales se les puede imponer sanciones, además de hacerlos patrimonialmente responsables por los daños que esas conductas puedan generar.
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LA REFORMA DEL CODIGO PROCESAL son Modificaciones al código Procesal civil
El cambio en la Busca
práctica judicial, y
Estas
garantizar una justicia efectiva al ciudadano
Son las modificaciones y novedades del CPC
Eliminatoriedad conciliación Incorporación del naciturus La incorporación a nuestro ordenamiento del “proceso monitorio” Los procesos colectivos
PREGUNTAS RESUELTAS DE FORMA INDIVIDUAL
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PREGUNTAS PARA EL AFIANZAMIENTO DE CONOCIMIENTO, TALLER DE LECTURA N° 4 ALUMNO: SALVADOR DE LOS SANTOS LINCOL JOSE 1.- Según las lecturas, de acuerdo a la evolución histórica del Poder Judicial, cual es el enfoque crítico del Taller de Lectura, en el caso de la realidad peruana, respecto a la situación que ...