Ensayo Modelos DE Contratación DE Salud EN Colombia PDF

Title Ensayo Modelos DE Contratación DE Salud EN Colombia
Author Xime Castillo
Course Derecho Administrativo
Institution Politécnico Internacional
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MODELOS DE CONTRATACIÓN DE SALUD EN COLOMBIA

PRESENTADO POR SUANY JIMENA CASTILLO LEDESMA

PROGRAMA AUXILIAR ADMINISTRATIVO EN SALUD

DOCENTE JUAN CARLOS CRUZ

POLITECNICO INTERNACIONAL DE OCCDENTE- PIO

SANTIAGO DE CALI 09 DE ABRIL DEL 2021

MODELOS DE CONTRATACIÓN DE SALUD EN COLOMBIA Un contrato es un acuerdo legal, oral o escrito, manifestado en común entre dos o más personas con capacidad jurídica (partes del contrato), que se vinculan en virtud del mismo, regulando sus relaciones a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra si el contrato es unilateral. Es el contrato, en suma un acuerdo de voluntades que puede generar derechos obligaciones y otro tipo de situaciones jurídicas relativas; es decir, que solo vinculan a las partes contratantes y eventualmente, a sus causavientes.Pero además del acuerdo de voluntades algunos contratos exigen para su perfección, otros hechos o actos de alcance jurídico tales como efectuar una determinada entrega (contratos reales) o exigen ser formalizados en documento especial contratos formales de modo que, en esos casos especiales, no basta con la sola voluntad. De todos modos, el contrato en general tiene una connotación patrimonial incluso parcialmente en aquellos celebrados en el marco del derecho de familia, y es parte de la categoría más amplia de los negocios jurídicos. Es función elemental del contrato originar efectos jurídicos, es decir, obligaciones exigibles de modo que a aquella relación de sujetos que no derive en efectos jurídicos no se le puede atribuir cualidad contractual. La contratación en el servicio de la salud tiene una implicación en el funcionamiento del sistema de salud; lo que se puede observar claramente en la implementación de la ley 100 de 1993, ya que trasciende de Sistema Nacional de Salud a Sistema General de Seguridad Social en Salud, este cambio pretende la cobertura global a través de un Sistema de aseguramiento Nacional y obligatorio, buscando el aumento de eficiencia del Sistema de Salud; por lo anterior, es esencial conocer el sistema de pago y los modelos de contratación de los servicios de salud en Colombia, debido al impacto que tiene en la prestación y en calidad de los servicio. Las EPS que son Entidades Promotoras de Salud y las IPS Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud vemos que se relacionan entre sí a través del contrato de prestación de servicios de salud, que se entiende como un acuerdo entre dos partes donde hay una obligación de cumplir con las condiciones pactadas ya que el objetivo de este estudio es conocer los modelos de pago por párate de la( ERP) la cual es la entidad responsable de pago delos servicios de salud en el marco dela política según el artículo 15 1122 de 2007 las ERP tienen la autonomía de decidir el tipo de contratación, el modo de pago incentivos, tarifas y precios ya que Buscando generar un servicio de mayor calidad pero controlando costos por esto las EPS buscan conseguir los servicios por parte de

las IPS mediante los contratos, que permitan brindar servicios con calidad y eficiencia.

El proceso de contratación en salud es una herramienta fundamental para fortalecer los sistemas de salud; aunque es claro que existen varios tipos de contratación, es elemental comprender que la contratación no se limita solo a la compra de servicios, se debe fortalecer y tratar de conservar relaciones entre los agentes interesados; por lo cual se deben tener adecuadas herramientas de comunicación, para facilitar el proceso de negociación y contratación. MODELOS DE CONTRATACIÓN EN SALUD DE COLOMBIA Los modelos de pago son herramientas de gestión ya que permiten operar sobre el gasto y sobre las conductas de las personas. Las entidades responsables de pago y los prestadores de servicios de salud podrán recurrir a las siguientes modalidades de contratación y de pago.

 Modelos de contratación en salud para el cliente externo 

Pago por capitación



Pago por episodio de atención



Pago integral por grupo de riesgo



Pago global prospectivo



Pago por servicio

 MODALIDADES PROSPECTIVAS DE PAGOS EN SALUD  Pagos sin transferencia de riesgo primario de incidencia : 

Pago por episodio



Pago integral por grupo de riesgo

 Otras modalidades de pagos prospectivos sin transferencia de riesgo primario de incidencia: •

Pago por contacto por especialidad:



Pago por escenario de atención



Pago por tipo de servicios

 Pagos con transferencia de riesgo primario de incidencia 

Pago global prospectivo por episodio



Pago global prospectivo por grupo de riesgo



Otras modalidades de pagos prospectivos con transferencias de riesgo primario de incidencia



Pago global prospectivo por especialidad



Pago global prospectivo por nivel de complejidad

Es de suma importancia tener en cuenta que dependiendo de la realidad de cada entorno las condiciones a su vez cambian, por lo tanto es fundamental que tanto EPS como IPS trabajen unidos, manteniendo una comunicación permanente y abierta que incluya comités de seguimiento y retroalimentación para ambas partes para así lograr conocer el perfil epidemiológico de la población y factores externos que puedan influir en el uso y en la frecuencia de los servicios (ejemplo el clima, la ubicación geográfica, entre otros) para de esta forma estar enfocados en un mismo fin y lograr compartir los riesgos.

MARCO LEGAL En Colombia la Ley 100 de 1993 crea el Sistema de Seguridad Social Integral (SSSI) el cual se entiende como el conjunto de instituciones, normas y procedimientos de que disponen las personas y la comunidad para garantizar una adecuada calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias con el fin de lograr bienestar individual y la integración de la comunidad.debe pasar una propuesta para ser apoyada. La ley 1122 del año 2007 en el artículo 13 numeral d, establece de acuerdo a la contratación, que las EPS de ambos regímenes pagaran los servicios a los prestadores de servicios de salud habilitados, mes anticipado en un 100% si los contratos son por capitación. Si fuesen por otra modalidad, como pago por evento global prospectivo o grupo diagnostico se hará como mínimo un pago anticipado del 50% del valor de la factura dentro de los cinco días posteriores a su presentación. En caso de no presentarse objeción o glosa alguna, el saldo se pagará dentro de los treinta días siguientes a la presentación de la factura, siempre y cuando haya recibido los recursos del ente territorial en el caso del régimen subsidiado. De lo contrario, pagará dentro de los quince días posteriores a la recepción del pago. En materia de trabajadores del área de la salud es imperativo resaltar que según la Ley Estatutaria o Ley 1751 del año 2015, se garantiza la autonomía de los profesionales de la salud para adoptar decisiones sobre el diagnóstico y

tratamiento de los pacientes que tienen a su cargo. Esta autonomía será ejercida en el marco de esquemas de autorregulación, la ética, la racionalidad y la evidencia científica y a su vez se prohíbe toda presión o restricción del ejercicio profesional que atente contra la seguridad del paciente....


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