Fuente Formales del Derecho en la Republica reporte PDF

Title Fuente Formales del Derecho en la Republica reporte
Author Juanca Cheverri
Course Derecho Romano
Institution Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo
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recopilacion de libro de martha morinou...


Description

Materia:

Derecho Romano

Tema:

Reporte de Fuentes Formales del Derecho en la Republica. Profesor: José Luis Patlán Chávez

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Educación a Distancia. Sección 54.

FUENTE FORMALES DEL DERECHO EN LA REPUBLICA

Es tan representadas y formadas por: El Senado: pilar de la República, órgano del cual exigía a los cónsules. Capacitado para decidir, daba valides a los acuerdos de las asambleas populares, formado solo por patricios, y posteriormente se incluyó plebeyos. Los comicios: se daban entre curias y centurias tiene la misma función de reunir y está representado por 30 lictores representan a cada curia, en la republica aparece los comicios por tribus divididas en 4 tribus urbanas y 31 rusticas, las tribus con mayoría siempre decidían ganado siempre teniendo la mayor organización cívica. Las funciones políticas se dividían entre esta nueva asamblea y los centurriados, representados por pretores reuniéndose convocados por un magistrado. Los Magistrados: sustituyendo la figura del rey, estando formado por dos magistrados llamados cónsules que eran jefes civiles y militares del estado elegidos por los comicios y su cargo duraba un año. Aun lado aparecen otros llamados cuestores nombrados por los cónsules auxiliaban en sus funciones a los anteriores. Y en esta etapa fue que se crearon verdaderas fuentes formales del derecho en las cuales esta: •

La Costumbre.



La Ley.



Ley de las XII Tablas.



Los Plebiscitos.



Los Senadoconsultos.



Los Edictos de los Magistrados.



La Jurisprudencia.

LA COSTUMBRE Repetición constante de hechos aceptados por la sociedad. La cual sigue existiendo al igual que en el periodo anterior.

LEYES COMICIALES

“votadas por todos los comicios curiadas y centuriadas dispuestas de carácter general”

LA LEY Consta de tres partes •

Praescription: indica el nombre de quien lo propuso y la fecha en que se creó.



Rogatio: es el texto propio de la ley.



Sanctio: lo relacionado con su observancia y la sanción aplicada en caso de ser infringida.

De acuerdo con esta última se pueden dividir en •

Perfecta: cuando consiste en anular el acto violatorio.



Menos que perfectas: cuando el culpable es castigado pero su acto no desaparece.



Imperfectas: cuando es violada no tiene sanción.



Más que perfectas: cuando se castiga al infractor y desaparece los resultados del su acto violatorio.

LOS PLEBISCITOS •

Es todo aquello que la plebe ordena y establece. Los cuales se volvieron ley cuando en el año 287 por disposición de la Ley Hortensia se declaran obligatorias para todos los ciudadanos.

LEY DE LAS XII TABLAS Creadas diez tablas, por diez magistrados después se anexaron dos más para así, quedar completas. Fue la primera ley escrita del Derecho Romano. •

Tabla I y II, trataba la organización y procedimiento judicial.



Tabla III, de los deudores insolventes.



Tabla IV, sobre la potestad.



Tabla V, la tutela y la curatela.



Tabla VI, sobre la propiedad.



Tabla VII, acerca de la servidumbre.



Tabla VIII, derecho penal.



Tabla IX, derecho público y relaciones con el enemigo.



Tabla X, derecho sagrado.



Tabla XI y XII son complemento de las anteriores.

LOS SENADOCONSULTOS •

Podría decirse que es toda resolución del senado, aunque no tenía fuerza de ley era reputada.



En un principio durante la primera etapa su trabajo era dar consejos a diversos magistrados los estimaban y tomaban en cuenta.



Y prestar atención a las leyes comiciales.

LOS EDICTOS DE LOS MAGISTRADOS •

Su labor era administrar justicia; eran los pretores, ediles en la ciudad de roma y los gobernantes en provincia. El edicto era como un mandato que hacia un gobernante (magistrado) que entraba en función cada año y exponía la forma en que llevaría a cabo su magistratura.



Tenía el derecho honorario que consistía en aplicar, completar o corregir el derecho civil partiendo de el, para conformar juntos un todo armónico.

LA JURISPRUDENCIA Era una opinión emitida por los jurisconsultos sobre cualquier tema que se les planteara Por particulares o magistrados, fueron estas los cuales al interpretar el derecho le dieron carácter doctrinal. Los primeros jurisconsultos fueron los sacerdotes y después los pontífices, tenían el monopolio de las formulas procesales, interpretaron fijando el contenido y alcance de la ley de las doce tablas. La función Jurisprudencial se convirtió en laica, su conocimiento se hiso público.

Tenían la función de:

Respondere: daban consultas (consejos ó opinión) verbales de casos prácticos. Cavere: redactar documentos jurídicos. Agere: asistir a las partes durante el litigio. Scribere: elaborar obras doctrinales de derecho y labor docente. En la republica encontramos grandes jurisconsultos: Quito Mucio Esevola, primero en realizar una cooperación del derecho de la época en su obra (ius civile) de 18 libros y Aquileo Galo, alumno del anterior. La lex olgulnia del 300, lo plebeyos tienen acceso al sacerdocio. La lex ovinia del 312, abre el senado a los plebeyos.

CONCLUSIÓN

Las fuentes formales del derecho están creadas por el hombre en la época romana siendo estos los primeros que instituyeron el derecho como lo conocemos el día de hoy. En la época de la república surgió una gran reglamentación y normas y a su vez creación de métodos de organización del gobierno para una mejor observación de las leyes, su creación y cumplimiento, con el fin de tener una convivencia armónica entre la sociedad. Las fuentes principales del derecho fueron la costumbre, la ley, la ley de las XII tablas, los senadoconsultos, los edictos de los magistrados y la jurisprudencia y más leyes que fueron creadas para situaciones o conflictos en específico, como la lex olgulnia con la cual los plebeyos pudieron acceder al sacerdocio, la La lex ovinia en la cual se permite la inclusión de los plebeyos al senado y la ley hortensia por medio de la cual los plebiscitos se vuelven obligatorios para toda la población de roma (patricios y plebeyos). Fue grande la aportación en temas de derecho para la actualidad ya que todos los sistemas jurídicos actuales están basados en los Derecho Romano-Germánico y es por eso la importancia de su aprendizaje, comprensión y estudio....


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