Práctica 3 DIP.... .... PDF

Title Práctica 3 DIP.... ....
Author Lis Del Carmen Morales Hernández
Course Microeconomia 3
Institution Universidad Complutense de Madrid
Pages 2
File Size 146.9 KB
File Type PDF
Total Downloads 101
Total Views 116

Summary

dpnqwpqw wwefepofneof ewfpowenfeow fewipfnfwpeo fwie eef wef wdw...


Description

Lis Morales Hernández Caso Pinochet: ¿qué opinas al respecto? ¿Deberían tener los tribunales de un Estado competencia para conocer de los crímenes internacionales que se cometieran en otros?

Tal y como nos muestra el programa de TVE Pinochet es arrestado en Inglaterra porque se había interpuesto una orden de arresto por un juez español por crímenes de genocidio y terrorismo. Supuestamente la controversia en este momento surgió porque Pinochet gozaba de inmunidad diplomática al estar en Inglaterra, la cámara de los Lores por una mayoría justa declara que no existe inmunidad diplomática porque considera que si ha cometido crímenes que deben ser juzgados. Siguiendo la doctrina del tribunal internacional de lo penal. También se paso a extraditar a Pinochet. España no fue la única en solicitar la extradición, sino que también el fiscal Cantón de Ginebra lo hizo. Aquí surge la pregunta de si los tribunales de un Estado tienen la competencia para juzgar los crímenes que se cometieron en otro Estado. Según varios jueces y principalmente el juez que pidió la extradición de Pinochet, España podía juzgar al dictador por los crímenes cometidos, sin embargo, otros jueces del mismo país no se encontraban de acuerdo con esto, creían que debía ser juzgado en su país que no era competencia española este caso. También se dudaba con los términos de genocidio y terrorismo. Mi opinión es que quizás no debía juzgarlo únicamente España o un estado en concreto, creo que en casos como este se debe convocar el tribunal internacional de lo penal y que se juzgue desde diferentes países tanto los involucrados en la controversia como otros que no, para lograr sacar una resolución con fundamento y lo más justa posible, tal y como pasó con los juicios de Tokio, por ejemplo. Considero que se debió haber celebrado un juicio contra Pinochet y sus aliados militares que participaron en los genocidios y atentados, pero juzgándolos para que se haga justicia no para crear venganza, ya que esto fue de los mayores retos en juicios anteriores parecidos a este. Por eso creo que es importante que participen diversos países y no que se juzgue únicamente por países que se hayan visto afectados, como considero que es esencial su participación y una deliberación amplia entre las diferentes doctrinas llegando a un punto donde coincidan para juzgar estos actos, y basándose en cómo se juzgaron los anteriores casos parecidos a este . Creo que no cabe duda de que existía un genocidio porque se perseguía a personas por sus pensamientos políticos en este caso. Como mismo se produjeron torturas y asesinatos en masas, también existieron actos terroristas en otros países. El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, aprobado el 17 de julio de 1998 por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una corte penal internacional recoge en su artículo 5 los tipos de crímenes que pueden ser juzgados: a) El crimen

de genocidio; b) Los crímenes de lesa humanidad; c) Los crímenes de guerra; d) El crimen de agresión. De los cuales Pinochet y sus aliados cometieron múltiples.

Esta imagen es de su llegada a Chile, después de estar detenido en Londres durante dos años. Pudo llegar a Chile y se paró el proceso de extradición ya que un grupo de médicos consideró que no estaba bien de salud como para soportar un juicio y le diagnosticaron un tipo de demencia ....


Similar Free PDFs