Reporte 3 segunda unidad Pamela Gomez Maldonado PDF

Title Reporte 3 segunda unidad Pamela Gomez Maldonado
Author Pamela Estefania Gomez Maldonado
Course Matemática Discreta
Institution Universidad Nacional de Loja
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Summary

INFORMES resumnenes y gias de trabajos los cuales serviran de apoyo dentro de la formacion estudiante y a la realizcion de tareas que contribuiran con el nivela academico del mismo...


Description

FACULTAD JURÍDICA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA CONTABILIDAD Y AUDITORÍA Asignatura: CONTABILIDAD DE PRESUPUESTO EN EL SECTOR PUBLICO Tema: REALICE UN INFORME SOBRE LA ETAPA DE LA PROBACION PRESUPUESTARIA

Alumna : Pamela Gomez Maldonado Docente: Dra. Mary Maldonado Ciclo: Quinto

Paralelo: “C”

Fecha: 12/06/2021

Periodo: Abril 2021– Agosto 2021

Loja - Ecuador

2021

Introducción: En la etapa de aprobación presupuestaria, se elabora una pre forma presupuestaria la cual va de la mano del Ministerio De Finanzas Publicas, las entidades del Sector Público deben determinar, bajo responsabilidad, los resultados de la gestión presupuestaria del Pliego mediante el análisis y medición de la función ejecutiva. Los ingresos, gastos y metas presupuestarias así como de las variaciones observadas, señalando sus causas, en relación con los programas, proyectos y actividades aprobados en el correspondiente Presupuesto. La evaluación presupuestaria debe realizarse considerando el logro de los objetivos institucionales y la ejecución de los ingresos, gastos y metas presupuestarias. La Ley establece la obligatoriedad de informar. En este sentido, los pliegos presupuestarios se encuentran

obligados

a

remitir

la Dirección Nacional

del

Presupuesto

Público,

la información presupuestaria, de conformidad con los procedimientos establecidos en las directivas que normen las fases del proceso presupuestario del Sector Público. Desarrollo ETAPA DE LA APROBACIÓN PRESUPUESTARIA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO La aprobación del Presupuesto General del Estado se someterá a lo dispuesto en las disposiciones constitucionales. Una vez emitida la resolución legislativa de aprobación, la Subsecretaría de Presupuesto procederá a incluir las modificaciones incorporadas en la proforma inicialmente remitida, sobre lo cual emitirá un informe al Titular del MEF, junto con el documento ajustado que se enviará a la Presidencia de la República para que se ordene su promulgación en el Registro Oficial. El Presupuesto General del Estado y el conjunto de los presupuestos institucionales que los conforman entrarán en vigencia el 1 de enero del correspondiente ejercicio fiscal sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Hasta que se apruebe el PGE en el año en que se posesiona el Presidente o Presidenta de la República, regirá el presupuesto inicial del año anterior. En el resto de presupuestos del sector público se aplicará esta misma norma. Los presupuestos del resto de instituciones del sector público no financiero entrarán en vigencia el 1 de enero de cada año, con apego a lo dispuesto en las leyes pertinentes.

Aprobación de los presupuestos de las empresas públicas La Subsecretaría de Presupuesto, en coordinación con las unidades administrativas del MEF responsables de la programación macroeconómica, el tratamiento de las inversiones y del financiamiento público, analizará las proformas presupuestarias de las empresas públicas que no correspondan al régimen autónomo descentralizado, las que deberán guardar consistencia con las directrices, supuestos y variables consideradas para la elaboración del Presupuesto General del Estado. Las proformas analizadas y validadas se presentarán al Titular del MEF con un informe para su correspondiente aprobación. Los presupuestos aprobados de las empresas se remitirán a la Asamblea Nacional para su conocimiento. Aprobación de los presupuestos de las Entidades de Régimen Autónomo Descentralizado Los presupuestos de las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado y de las empresas que forman parte de ese ámbito se aprobarán según lo dispuesto para el efecto en sus leyes orgánicas. (finanzas, 2018)

Conclusión: La aprobación presupuestaria es de las terceras etapas del ciclo presupuestario la cual es de vital importancia, ya que permite realizar un análisis dentro del presupuesto y el adecuado manejo del mismo. Bibliografía finanzas, M. d. (2018). Ministerio de Economia y Finanzas. Obtenido https://www.finanzas.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/04/NormativaPresupuestaria-Codificaci%C3%B3n-5-de-abril-de-2018-OK-ilovepdfcompressed.pdf

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