Title | TEMA 1. EL Empresario |
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Author | rut garcia |
Course | Derecho Mercantil |
Institution | Universitat de Barcelona |
Pages | 3 |
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TEMA 1. EL EMPRESARIO origen histórico: edad media. Aparecen las ciudades y aparecen artesanos desarrollando una actividad económica y estos se organizan en gremios y organizan su propio derecho consuetudinario (se basa en la costumbre) donde crean sus propios tribunales. Solo se le aplicaba a los comerciantes. Con la llegada de la revolución francesa, surgen los derechos y libertades individuales, la iglesia pierde poder y supone el fin de los privilegios. El derecho mercantil se aplica en los actos de comercio. Aparece el código civil y el código de comercio. Y regula todo lo que tiene que ver con el empresario, la actividad empresarial y las operaciones que tiene lugar en el mercado (instrumentos de pago). Marco jurídico del derecho mercantil 1. Constitución art. 38: la libertad de empresa (economía social de mercado con coiniciativa publica, modelo de libre económica oferta y demanda, los derechos y libertades función social expropiar, permite un ejercicio de planificación) y competencia exclusiva del Estado (con regulaciones sectoriales CCAA). 2. Tratados internacionales normativa UE. (directivas y reglamentos) Orden prelación de las fuentes Contrato norma mercantil que lo regule, derecho común- derecho civil (ley, costumbre y principios) Acto de comercio todo lo que no sean contratos. Ley mercantil (ley general y ley especial), usos mercantiles (incoterms) y derecho común. Conflicto -
Jurisdiccional civil. Extrajurisdiccional mediación y arbitraje(TAB).
El empresario Serán comerciantes las personas que teniendo capacidad legal (mayor de edad y libre disposición de bienes, aunque los menores tienen una excepción siempre y cuando fuera un negocio anterior) se dediquen al comercio habitual (es cuando anuncie su actividad comercial o mercantil o cuando tenga un establecimiento abierto al público). Sociedad: A efectos legales el empresario es la sociedad. Y se constituyen con arreglo a la ley (cumplir con la legalidad respecto a su constitución) si no se hace esto se consideran una sociedad irregular. El empresario tiene una serie de obligaciones: -
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Llevar la contabilidad, de cara a terceros. Llevar una serie de libros (diario, inventario + cuentas anuales), seguir unos criterios que están fijados en el plan general contable y se tienen que legalizar ante la institución del registro mercantil. Registro Mercantil Estructura: registro en cada capital de provincia y el registro mercantil central (publicación del BORME y el registro de las denominaciones sociales). Contenido: empresarios y los actos de estos. Principios básicos: publicidad material, legalidad y presunción de validez.
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Régimen de responsabilidad especial. Empresario Individual art. 1911 CC. Empresario casado: se puede ir contra los bienes propios del cónyuge comerciante, se puede ir contra los bienes comunes adquiridos con el resultado de la empresa, otros bienes comunes si se encuentra con el consentimiento expreso o tácito del cónyuge no comerciante. No se puede ir en contra de los bienes privativos no comerciante Empresario social sociedad.
Empresa conjuntos de bienes con distintos elementos: -
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Elementos subjetivos/Personales Auxiliares personas que representan al empresario. Poder de representación. poder general: factor Registro mercantil y factor notorio. poder singular: dependientes (encargados) y mancebos (dependientes). Colaboradores no tienen poder de representación y pueden estar o no dentro de la empresa, hacen actuaciones puntuales para el empresario. Viajantes de comercio. Agentes de comercio. Elementos objetivos Establecimiento no hay regulación específica. LAU Fondo de comercio algo que existe que no se puede comprar. Clientela....