Tema 1.1 Derecho Tributario. Concepto y contenido PDF

Title Tema 1.1 Derecho Tributario. Concepto y contenido
Author Raúl García
Course Derecho Financiero y Tributario
Institution Universitat de Barcelona
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Apuntes de derecho financiero y tributario bloque 1 del profesor Jose Enrique Rebes Félix....


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BLOQUE TEM TEMÁTICO ÁTICO 1 TEMA 1.1. ACTIVIDA ACTIVIDAD D FINANCIERA Y DERECHO FINANCIERO

Dep. Der Derecho echo Financiero y T Tributario ributario Curso 2020-21

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1.

ACTIVIDAD FINANCIERA Y HAC HACIENDA IENDA PÚBLICA

- Definición de actividad ffinancier inancier inanciera a Actividad efectuada por el Estado y otros entes públicos dirigida a la obtención de ingresos que van a destinarse a financiar los diversos gastos públicos existentes (gastos sociales, intereses de la Deuda pública, gastos corrientes, etc). - Car Características acterísticas de la ac actividad tividad financier financiera: a: o Elemento subjetiv subjetivo o  Quién la hace? El Estado y otras administraciones públicas en función del reparto de competencias previsto en cada constitución. o Elemento objetivo  Sobre qué recae? Sobre los medios dinerarios (=fondos, dinero), que es en lo que se materializa lo que el Estado recauda, y con lo que luego paga los gastos públicos. o Elemento medial o instrumen instrumental tal  Cuál es su finalidad finalidad?? La actividad financiera se caracteriza por ser una actividad instrumental=por sí misma no satisface ninguna necesidad social (más bien al contrario, normalmente a nadie le gusta pagar impuestos). Si no que es una 2

actividad que es un instrumento para sufragar/pagar el gasto de las administraciones.  Cada administración es la responsable de pagar prestar determinados servicios y los paga gracias a la actividad financiera.  Ministerio de Fomento paga las autovías, carreter carreteras… as…  Ministerio de Empleo paga las prestaciones por desempleo…  Ministerio de Sanidad paga los hospitales (en Esp: CC.AA). A la relación e entre ntre ingres ingresos os y gastos se la denomina - Ciclo presupuestario: período para el que cada Administración fija cuáles van a ser sus ingresos y cuáles los gastos que va a pagar con tales ingresos. - Cuadrará ingresos con gastos: si no, puede haber déficit o superhabit. - Actualmente déficit, que se cuadra con la emisión de deuda… lo que ocurre en la actualidad. La existencia de relaciones de tipo jurídico entre la obtención de ingresos y la aplicación de los mismos al gasto de las administr administraciones, aciones, ha supuesto la aparición del concepto de Hacienda Pública

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- Hacienda Pública Definiciones o Desde el punto de vista obje objetivo tivo  “La Hacienda Pública Estatal está constituida por el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico cuya titularidad corresponde a la Administración General del Estado y a sus organismos autónomos”.  - art. 5 Ley 47/200 47/2003, 3, de 26 de noviem noviembre, bre, Gener General al Presu Presupuestaria puestaria o Desde el punto de vista sub subjetivo jetivo  Definición: conjunto de órganos y personas del Estado y de las Administraciones públicas que tienen como función la obtención de ingresos públicos a través de diversos procedimientos de gestión, administración y ordenación de los mismos, con vistas a que sean destinados a realizar gastos públicos.  Ejemplos:  Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).  Agència Tributària de Catalunya.  Organisme de Gestió Tributària de la Diputació de Barcelona.  Institut Municipal d’Hisenda de Barcelona.  Etc.

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2.

FORMAS DE ANALIZ ANALIZAR AR LLA A ACTIVIDAD FIN FINANCIERA ANCIERA

- ¿Cuáles son las fformas ormas de analizar la a actividad ctividad finan financiera ciera ciera?? o Se puede analizar desde perspectiv perspectiva a económica económica:: Economía Financier Financiera a o política: P Política olítica Financier Financiera a o sociológica: Socio Sociología logía Financier Financiera a o jurídica: Der Derecho echo Financiero o Economía Financier Financiera a  En sentido positiv positivo: o:  Definición: descripción del sistema tributario vigente en un determinado momento desde la perspectiva de conocer su nivel de recaudación y sus efectos económicos.  Se intenta contestar a la pregunta de cómo es el sistema tributario desde el punto de vista de los hechos económicos. Cuestiones como:  ¿Cuál es el nivel de ingresos públicos de un Estado en relación con su PIB?  ¿Cuál es la presión fiscal?: año 2019: media OCDE: 33,8%; España: 34,6% (puesto 19). 5

 ¿Qué parte de estos ingresos representa los tributos? La AEAT recaudó en 2019 214.431 millones de euros. El PIB de España en 2019 es 1.244.757 millones de euros (puesto 13). La AEAT recauda el equivalente al 17,22 % del PIB. o Cifras de 2017: 193.951 mill €; 1.166.119 mill €; 16,63%.  ¿En qué relación (ranking) se encuentra un Estado en relación con los demás por su nivel de ingresos?  ¿Cuáles son los factores productivos que generan una mayor recaudación tributaria? Factor trabajo…

 ¿Cómo evoluciona el gasto público? 2019 alcanzó el 42,1% del PIB, una subida de 0,4 puntos respecto a 2018, en el que el gasto público fue el 41,7% del PIB.

 Qué efectos económicos tiene el sistema tributario vigente?  Etc.

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 En sentido normativo: conjunto de propuestas de cómo habría de ser el sistema tributario de un Estado para obtener determinados efectos económicos que se consideran positivos para los ciudadanos: como la creación de empleo, la protección del medio ambiente, el desarrollo equilibrado…  Se intenta contestar preguntas como: o Qué medidas fiscales favorecen la creación de empleo? o la protección del medio ambiente? o la inflación?  Política Financiera: intenta describir cuáles son los instrumentos (=las políticas) más adecuadas para favorecer determinados valores como, por ejemplo, la libertad, la justicia o la igualdad. Ejemplo:  En IRPF gravar a los que más ganan.  En IVA someter a un tipo reducido los bienes de primera necesidad.  Favorecer al que paga voluntariamente y sancionar al que sorprenden defraudando.  Etc. 7

 Sociología Financier Financiera a: analiza cuáles son las opiniones de los ciudadanos respecto al sistema tributario; su actitud.  ¿La gente tiene la sensación de que se pagan muchos/pocos impuestos?  ¿Existe mucho/poco fraude fiscal? En España se estima en el 20% del PIB (media europea 15%). La pérdida de recaudación se estima en 70.000 millones de euros, aproximadamente el 6% del PIB nacional (según datos de la Fundación de Cajas de Ahorros, Funcas). o Plan de control trilbutario. o Limitación de pagos en efectivo. o Billetes de 500. o Etc.  ¿Qué sectores/colectivos son los que más defraudan? Grandes fortunas poseen el extranjero 140.900 millones de euros, 12% del PIB (datos AEAT 2016).

3.

DERECHO FINA FINANCIERO: NCIERO:  Definición: Aquella parte del Derecho que regula la actividad financiera del Estado y de los demás entes públicos.  Es la disciplina que estudia el conjunto de normas que reglamentan 8

 la recaudación  la gestión  y la utilización de los medios económicos que necesita el Estado y los demás entes públicos para el desarrollo de sus actividades  y estudia las relaciones jurídicas entre o los poderes y órganos del Estado o entre los ciudadanos y el Estado o y entre los mismos ciudadanos  como consecuencia de la aplicación de estas normas. - El Derecho financier financiero o adopta una metodología y tiene objetiv objetivos os exclus exclusiv iv ivamente amente jurídicos o Utiliza instituciones básicas d del el ordenam ordenamiento iento jurídico como  la obligación (de presentar declaraciones, de practicar retención, de ingresar la deuda, etc).  el derecho (a solicitar a la AEAT la devolución de la cuota del IRPF, a aplicar una exención, una deducción, etc).  la prohibición (de deducir determinados gastos en IVA, IS, IRPF, etc). o Se recurre a técnicas de in interpretación terpretación para entender las normas o O a técnicas de calificación o analogía para aplicarlas a partir de los supuestos que surgen de los casos reales. Ej.: rendimientos de productos financieros complicados: hay que calificar los rendimientos primero para saber qué fiscalidad le aplica. Por eso hay que saber Derecho Civil, Derecho Mercantil, etc.

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o El DF aplica principios básicos como:  Jerarquía normativa  Reserva de Ley  Principio de Legalidad

4.

DERECHO DE LOS INGRESOS PÚBLICOS Y DERECHO DE LOS GAST GASTOS OS PÚBLICOS. EL DERECHO TRIBUT TRIBUTARIO ARIO ARIO.. Dentro del Derecho Financiero se distinguen dos partes: Derecho de los Ingresos Públicos y Derecho del Gasto Público.

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Derecho de los Derecho del Crédito Público o Derecho del Ingresos Endeudamiento Público. Públicos Analiza las relaciones jurídicas derivadas de la obtención de ingresos por préstamos recibidos de los particulares. Ej: Deuda Pública Derecho Patrimonial Público

Rel jur derivadas de los bienes/dchos que integran el patrimonio de las Admones y las diferentes formas de explotación Derecho Tributario D.T.G. Material: estudia qué es un tributo, cómo se regula, quién y cómo se establece. D.T.G. Formal: analiza la aplicación del tributo y los procedimientos. D.T. Especial: analiza cada uno de los tributos: nat, hecho imp, base liq., tipo, deducciones, bonif. y gestión.

Derecho Tributario Parte General material Derecho Tributario formal Parte Especial

Derecho del 11

Gasto Público o Derecho presupuestario:

estudia la asignación del gasto público.

5.

ENCUADRAMIENT ENCUADRAMIENTO O DEL DERECHO FINANCIERO Y A AUT UT UTONOMÍA ONOMÍA C CIENTÍFICA IENTÍFICA

- Derecho Financiero Financiero----- Se encuadr encuadra a dentro del Derecho público (parte del Derecho que regula la actuación de las diversas administr administraciones aciones públicas, que gozan de una serie de privilegios ccomo omo administrac administraciones iones púb públicas. licas. Que ttienen ienen el contrap contrapunto unto en las gar garantías antías de los ciudadanos fren frente te a ellas. - Autonomía finan financiera ciera ciera:: esta disciplina -el Derecho Financiero y Tributario- tiene autonomía científica dentro del Der Derecho echo Público Público,, como pu puede ede tenerla el Derecho Adminis Administra tra trativ tiv tivo. o.

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