Tema 2 - EL Estado Constitucional. Evolución histórica PDF

Title Tema 2 - EL Estado Constitucional. Evolución histórica
Course Derecho Constitucional I
Institution Universidad Rey Juan Carlos
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Manuel Álvarez Torres...


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DERECHO CONSTITUCIONAL I

TEMA 2

TEMA 2

1. El Estado liberal como Estado de Derecho. 2. Las respuestas ante la crisis del Estado liberal y sus alternativas. 3. El Estado social y democrático de Derecho.

1. EL ES ESTADO TADO LIBE LIBERAL RAL COMO ESTA ESTADO DO DE DERECH DERECHO. O. El estado medieval se ha ido transformando, llegando a las monarquías absolutistas llegando a este Estado liberal, entre sus características se parte de la existencia de la burguesía como una clase social en aumento y que este ascenso de la burguesía nos decía que esta clase social poseía el dominio sobre sectores de gran influencia como el sector económico, comercial y financiero. Además, en esta época empieza a ocupar el aparato del Estado, tenemos que mencionar que los orígenes del liberalismo están ligados a: el proceso revolucionario inglés que sucede a lo largo del s. XVII, conjunto con los procesos norteamericanos y el francés que se producen en el siglo dieciocho, estos tienen similitudes pero cada uno tiene sus propias características que aportan para la formación de este estado liberal. 1.1. -

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CARACTERES COMUNES AL ESTADO LIBERAL. Es un Estado individualista, decimos esto porque el Estado liberal implica que el Estado se configura como una organización que está al servicio del individuo, se caracteriza por un fuerte relativismo que no tolera que exista ninguna organización intermedia entre el Estado y el ser humano. Por lo tanto, el Estado liberal desciende la separación entre la sociedad civil y el Estado, considerando al Estado como un mal menor que tiene que existir. Es un Estado abstencionista, porque no está legitimado para poder alterar el orden natural de las cosas, se considera que tanto la sociedad como la propia economía tiene su propia dinámica y que las leyes del mercado es un mecanismo suficientemente corrector para producir los reajustes necesarios por lo tanto el Estado no tiene que intervenir. De esta forma se evita la maldad de las estructuras del Estado por lo que tendrá la menor interferencia social y limitará menormente al individuo. Es un Estado Nacional, ya que frente a estas tesis absolutistas donde el estado se personifica en la figura del Soberano, ahora en este Estado liberal el mismo se personifica en la Nación. Esta categoría conceptual de la Nación ocupa el lugar del Soberano, pero aquí la nación no es el conjunto de la ciudadanía, se entiende como una entidad abstracta que se identifica con una clase social determinada. Y en concreto con la burguesía, de la burguesía se identifica con el hombre blanco propietario, por lo tanto, se hacía abstracción del sexo y las mujeres quedaban relegadas del espacio público y de la condición de ciudadanas (tampoco eran considerados ciudadanos los niños, o cualquier persona que no cumpliera con esta característica). Es un Estado Constitucional, debe ser un estado débil, en el cual el principio de limitación de los poderes públicos es una regla esencial. Aparece en esta época el concepto de Constitución y aparece como límite del poder político, limita las acciones del poder político Estado. Y esta idea de limitación se verá luego reflejada en el artículo 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, en el cual dice qu en todo país donde no estén garantizados los derechos y libertades y reconocidas los poderes, no hay Constitución.

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Es un Estado representativo, se considera que el propio concepto de representación es una auténtica ficción ya que estos representantes no representaban a nadie sino, a ellos mismos. Además, en esta época surgirán frente a las tesis de democracia representativa los defensores de las instituciones de democracia directa. Que empezará a plantear una polémica doctrinal del siglo XIX que se verá plasmada hasta la consagración del sufragio universal.

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1.2.

CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO LIBERAL DE DERECHO

IMPERIO DE LA LEY No tiene en nuestro ordenamiento jurídico actual el mismo significado que le atribuye el Estado liberal, el estado de derecho surge como una necesidad de la burguesía de encontrar una alternativa al antiguo régimen, y por lo tanto no podemos afirmar que tenga el mismo significado en nuestro ordenamiento jurídico que en el liberal. 3 razones: •





El origen parlamentario de la ley ha ido detrimento del origen gubernamental de la misma, queriendo decir que aunque el titular legitimado para crear leyes en nuestros días es el parlamento, el poder ejecutivo (gobierno)es el que realmente puede crear leyes a través de una serie de mecanismos como son la legislación de urgencia, la técnica de la legislación delegada o es el que tiene casi un absoluto monopolio del proceso de iniciativa legislativa. Multiplicado los centros de producción legislativa, significando que existen otros centros de producción legislativa, se multiplican los centros de producción legislativa, propia característica de los estados descentralizados, o sea que el estado no es el único órgano legitimado para la producción legislativa. La ley no tiene ese carácter abstracto y liberal propio del Estado liberal, la ley en la actualidad está sujeta a varios controles y el más importante de todos estos es el control de constitucionalidad de las leyes que se le atribuye al Tribunal constitucional y que implica que se puede declarar nula cualquier norma o cualquier ley/disposición que atente contra la Constitución y por lo tanto contra el propio sistema de jerarquía normativa que establece la propia Constitución.

LA DIVISIÓN DE PODERES. La división de poderes tiene su primer origen en John Locke, este hace una distinción entre el poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder federativo. Entiende el poder legislativo como el poder supremo y al federativo como el encargado de las relaciones internacionales, posteriormente este principio recibe una nueva elaboración por Montesquiau que se verá plasmado en el art 16 de la declaración de derechos de 1789, esta división de poderes se va a definir como una técnica constitucional cuya finalidad es impedir que se concentre el poder de forma absoluta, en un mismo individuo, y por tanto garantizar la libertad de la ciudadanía. Lo que tiene esta división es que las tres funciones principales del estado no recaigan sobre la misma persona y que esta tenga el poder absoluto, de esta forma lo que se hace es que estos poderes se controlen mutuamente, actúen de forma independiente y se controlen unos a otros. Al igual que con el imperio de la ley, hoy en día esta concepción no se entiende de la misma forma y por lo tanto no sigue respondiendo a estos esquemas que elabora Montesquiau, así pues, la función estatal la debe ejercer un órgano en nuestros días ha dado paso a consagrar la separación de nuestros poderes y a controlar la noción de interdependencia. DERECHOS Y LIBERTADES La principal característica de todo estado de derecho es garantizar los derechos fundamentales de la persona, por lo tanto, es imprescindible que se cumplan dos aspectos básicos: • •

Que los derechos cuenten con una verdadera garantía jurisdiccional. Que también se cumpla esa garantía jurisdiccional para poder responder a esta exigencia de la dignidad humana más allá de las condiciones económicas, desde su origen las libertades públicas son consideradas como derechos naturales innatos sobre los cuales el Estado se funda y la finalidad que tienen estos estados es la garantía del cumplimiento de estos derechos, por lo tanto, esto constituye un ámbito de libre determinación individual que debe estar exento de los poderes del estado.

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2. LAS RESPUESTAS ANT ANTE E LA CRISIS DEL ESTA ESTADO DO LIBERAL Y S SUS US ALTERNATIV ALTERNATIVAS. AS. Las transformaciones que se van produciendo a lo largo del siglo XVIII tienen una gran influencia sobre el sistema político de la sociedad burguesa, en el estado liberal había una antigua separación del estado y sociedad, esta conseguía y garantizaba que la burguesía tuviera la consecución de sus privilegios e intereses económicos frente al poder político del absolutismo. Esta separación se va a convertir en un problema político porque la masa proletaria va en aumento y además no solo no tiene influencia o representación política, sino que tiene una total dependencia económica de la burguesía. Por eso, tras esta armónica teórica liberal que llega hasta este siglo después se va a transformar en la llamada cuestión social. Los regímenes constitucionales del liberalismo se basaban en los principios de consignas de libertad e igualdad y sirvieron para mantener una alianza de clases y derrocar el antiguo régimen absolutista. Una vez que pasa esta euforia revolucionaria y se consolida el estado burgués, se ven de forma más notable las restricciones de la práctica de las libertades, y esto se refuerza mediante la separación del Estado y la sociedad (voluntad pública y esfera económica) La esfera económica permanece en manos de la burguesía, el poder decisorio pertenece a los mismos, mientras que la esfera de la voluntad pública gracias a las clases trabajadoras va admitiendo de forma paulatina más elementos de clase no burguesa y se van integrando en los procesos de elección colectiva. A esta situación empiezan a plantearse una serie de soluciones, que son esencialmente tres: La sociedad burguesa podría intentar manteniendo la separación en el ámbito poder político y el poder económico y por lo tanto, conservando los principios de la política y la economía privada. Pero para esto es necesario que el Estado limitase y controlase la actividad económica. La segunda solución es que los principios de la democracia burguesa se extendieran a todas las clases sociales, tres formas: ✓ Modelo reformista: que actuaría como un agente reductor de las diferencias entre clases. ✓ Modelo revolucionario: implica la apropiación colectiva de los principales medios de producción. Conlleva a quitar el poder decisorio privado y por lo tanto eliminar todos aquellos elementos que otorguen el predominio de una clase sobre otra. El peligro ante el deterioro de esta sociedad burguesa no siendo factible llevar un Estado estable o un modelo social existía el último recurso de suprimir la democracia misma y esencialmente en aquellas áreas relacionadas a los procesos de formación de voluntad pública. ✓ Modelo autoritario fascista: se aplica cuando surja el peligro inminente de que el orden social basado en la propiedad privada se vea amenazado, y por lo tanto la propiedad privada pierda su hegemonía política y privilegios sociales que tiene.







2.1.

LA REACCIÓN MARXISTA AL ESTADO LIBERAL

El marxismo no se considera una simple doctrina económica, política, un método científico, sino que es una filosofía cuyo objetivo trata de dar una explicación del individuo y del mundo. La base filosófica del marxismo que se caracteriza por su materialismo se basa en tres premisas fundamentales: •





Marxismo humanista: el marxismo tiene al ser humano como centro de su análisis y además lo diviniza. Intenta representar un nuevo renacimiento. Materialismo dialéctico: el marxismo se encuadra en lo que se denomina filosofía histórica. Para Marx la filosofía, al entender que ningún fenómeno puede ser considerado aislado, no solo proporciona una explicación del mundo, sino que también determina su evolución. Materialismo historicista: el marxismo entiende la historia como una serie de fuerzas que luchan entre sí. Es decir, trata de aplicar las premisas y dialécticas al mundo social y señala que la historia son los hechos de orden económico los que pueden dar una verdadera explicación a todas las relaciones sociales.

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El marxismo se convertirá en una teoría crítica del Estado liberal, haciendo una gran crítica al Estado liberal burgués, poniendo o destacando las contradicciones internas que poseen. Esto mismo pasará al analizar otros temas importantes como, por ejemplo; el concepto de Derecho, el concepto de Nación, el concepto de Constitución, etc. El Estado es el instrumento de dominación de una clase. Este respecto y aunque ciertos autores marxistas admiten la posibilidad de que de forma excepcional el Estado pueda representar un equilibrio entre clases sociales, también establecen la existencia de diferentes tipos de Estado en función de los diferentes modos de producción que han existido a lo largo de la historia. Por lo tanto, nos encontramos con la existencia de un Estado esclavista, un Estado feudal, un Estado burgués y un Estado socialista, ya que a cada sistema de producción le corresponde un tipo de estado. Asimismo, dentro de cada tipo de Estado existen diferentes formas de Estado como, por ejemplo, dentro del tipo de Estado esclavista hay formas despóticas como en el caso de Egipto o Persia, formas tiránicas como Grecia o formas imperiales como Roma. Dentro del tipo de Estado feudal coexisten formas centralizadas y descentralizadas. Y dentro del Estado burgués coexisten democracias liberales y regímenes autoritarios. El paso del Estado burgués al Estado socialista ha de producirse de una forma revolucionaria a través de la dictadura del proletariado, cuya finalidad es acabar con el Estado burgués y transformarlo en un Estado socialista. En este tránsito de una fase a otra es donde los planteamientos marxistas se han tenido que ir acomodando a la propia realidad de la evolución del Estado Soviético, ya que tras el fracaso de la experiencia comunista de la Unión Soviética (URSS) y de las llamadas Democracias Populares todo este planteamiento pierde gran parte de su significado. En conclusión, lo importante de la experiencia marxista es destacar su significado por la crítica que realiza del Estado liberal burgués ya que algunos de sus postulados teóricos serán asumidos ya sea de forma negativa o positiva por el Estado Constitucional de nuestros días.

2.2.

LA REACCIÓN AUTORITARIA AL SISTEMA LIBERAL

El surgimiento de los regímenes autoritarios en el periodo de entreguerras (años 20/30) debe ser considerado también como una respuesta histórica al Estado liberal, pero esta vez realizada por ciertos sectores de la burguesía, aunque su importancia es menor que la del marxismo. La existencia de regímenes autoritarios termina en el mundo Occidental, con el triunfo de los Aliados en la Segunda Guerra Mundial. Los textos constitucionales posteriores a 1945 reflejan de forma clara esta idea y debiéndose considerar como excepcional su prolongación en países como Portugal o España. El sistema autoritario surge de una concepción sustantiva del poder la cual lo hace residir no en una clase social como en el caso del liberalismo y el marxismo, sino en una élite como consecuencia lógica de la superioridad del individuo sobre la masa, así como también, como consecuencia de los principios de personalidad, autoridad y exclusividad que lo caracteriza. Este sistema parte de una concepción pesimista del ser humano, la cual exige la necesidad de una autoridad que posea el poder político, es decir, el principio de la legitimidad carismática del líder (furer, duque, caudillo) se impone necesariamente y a este planteamiento contribuyen tanto causas psicológicas, como históricas y causas sociales que obligaran a la burguesía durante un determinado período de tiempo, a situarse en una posición defensiva frente al triunfo de los planteamientos marxistas y también frente a la impotencia del Estado liberal clásico por conseguir dar una solución a los problemas que se plantean. Por todo lo anterior, no se puede hablar de que exista una teoría del Estado Autoritario, sino de la existencia de una versión autoritaria del Estado libera y que se ve plasmado en las siguientes características: • • • •

La existencia de una ideología oficial que se concibe como un dogma. El fomento de la apatía política que es consecuencia de la superioridad de las élites sobre las masas. La configuración de los derechos y libertades como una concesión por parte del Estado La existencia de un líder, siendo este líder el titular del poder constituyente, y el intérprete supremo de los intereses de la oligarquía dominante. La existencia de un partido único.

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La creación de un aparato policial que está al servicio de la ideología dominante. La organización del Estado de una forma piramidal.

3. EL ES ESTADO TADO SOCIA SOCIAL L Y DEMOC DEMOCRÁTICO RÁTICO DE DERECH DERECHO O Lo que caracteriza a la idea de Estado Social es ser una realidad que surge en pleno s. XX en el contexto de las fuerzas políticas, como una forma de Estado con objetivos de redistribución e igualación y que además tiene una compleja construcción doctrinal que está lejos de haber acabado. La aparición del Estado social surge como el resultado del colapso del Estado liberal burgués, para transformarse en un ente al que se le ha de atribuir una serie de competencias que son superiores a las que ejercía el Estado anterior. El Estado y la sociedad dejan de ser sistemas autónomos autorregulados, para transformarse en dos sistemas fuertemente vinculados a través de relaciones complejas, con factores reguladores que están fuera de los respectivos sistemas y que implica que tanto el sistema estatal como el sistema social tengan que ser considerados como parte de un metasistema, es decir, deben ser considerados desde una perspectiva de un sistema más amplío en el que cada uno de los términos sirve a finalidades complementarias y que también poseen cualidades y principios complementarios

3.1.

LA DICOTOMÍA ESTADO SOCIAL/ESTADO DEMOCRÁTICO

El paso del Estado liberal al Estado social de Derecho plantea una problemática en la que se enfrentan las tesis conciliadoras de ambas expresiones y las tesis que defienden su distinta fundamentación y configuración. Si bien el Estado liberal de Derecho responde a unas connotaciones políticas determinadas, no sucede lo mismo con la expresión Estado social de Derecho y que además es reivindicada desde posiciones ideológicas muy distintas. Así pues, por un lado, los primeros planteamientos socialistas lo conciben como un posible tránsito hacia una sociedad sin clases. Mientras que por otro lado desde posiciones capitalistas se considera como una simple transformación del sistema que supone la consagración del paso del Estado abstencionista al Estado intervencionista. Más adelante en el periodo de entreguerras la expresión Estado social de Derecho será reivindicada desde otra posición ideológica, con el surgimiento de los fascismos, como forma política dentro del Estado capitalista, va a asumir como propio el carácter social del Estado y de esta manera intentar justificar sus planteamientos totalitarios. El Estado liberal supuso la consagración tanto de la libertad personal y económica, como de la propiedad y la seguridad, relegando al principio de igualdad a una simple declaración formal. Al producirse el tránsito hacia el Estado social de Derecho también se producen un cambio sustancial en sus características. Así, por ejemplo, la concepción original de la separación de poderes solo parecía tener sentido cuando cada poder estaba en manos de una fuerza social distinta, lo que producía una especie de equilibrio entre sus distintas influencias. Cuando esto cambia, es decir, cuando el ejecutivo pasa a depender del parlamento, la doctrina de la separación de poderes pierde su sentido inicial. Si además a todo ello añadimos la presencia cada vez mayor de los partidos políticos, la extensión paulatina del sufragio, etc, se puede concluir que la teoría de la división de poderes no puede cumplir ya el objetivo para la que fue creada. Por otra parte, se produce una gran alteración en el sistema de relaciones entre el Estado y el Individuo. El Estado viene obligado a prestar unos servicios mínimos que cada vez adquieren un mayor alcance y significado, ejerciendo una función subsidiaria para q...


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