TP JurisdiccióN Internacional 2021 - 2 - 9502 PDF

Title TP JurisdiccióN Internacional 2021 - 2 - 9502
Course derecho internacional privado
Institution Universidad de Buenos Aires
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Derecho internacional privado – Comisión 9502 – Prof. Nieve Rubaja TRABAJO PRÁCTICO: JURISDICCIÓN INTERNACIONAL Modalidad: trabajo en grupos de hasta 4 integrantes. Formato word. Extensión máxima total 6 carillas. Fecha y modo de entrega: sábado 4 de septiembre. Subir el trabajo al Campus Virtual (solamente un trabajo por grupo con los nombres de todos sus integrantes en el trabajo y en el nombre del archivo ej. Gomez_Perez_ Lopez). Deben ingresar en la sección “documentos” de nuestra comisión y allí tendrán la opción para subirlos. Les sugerimos que los suban los integrantes del grupo que nunca hayan subido trabajos para que se familiaricen con el sitio. Ante cualquier duda pueden escribirnos y consultarnos por mail. Consigna: 1. Detectar el marco normativo correspondiente en cada caso y justificar su aplicación. Tener en cuenta lo estudiado en relación al tema de las fuentes, en cuanto a la prelación normativa y a los ámbitos de aplicación de las mismas. 2. Hallar la norma atributiva de jurisdicción en dicha fuente. Luego, justificar y razonar su aplicación en el caso. Recuerden que cuanto más detallado sea el razonamiento que efectúen, mejor podremos apreciar si han incorporado apropiadamente los institutos en estudio y hacerles las sugerencias correspondientes. I.

EL ARTE DE VIVIR EN FAMILIA

Solange, es una artista plástica argentina que en julio de 2012 viajó a México a participar en un prestigioso concurso de arte contemporáneo. Allí conoció a Marco, un joven crítico de arte mexicano, que asistió al evento en búsqueda de nuevos talentos. En diciembre de 2015, contrajeron matrimonio en Acapulco, México, donde vivieron por dos años, hasta que decidieron trasladar su domicilio a la Argentina por una propuesta laboral que había recibido Solange. A mediados del año 2018, compraron un departamento en el barrio de Belgrano al que se mudaron y a fin de año nació su hija, Frida. Sin embargo, al poco tiempo comenzaron a surgir algunas desavenencias matrimoniales que motivaron la decisión de Marco y Solange de separarse. Acordaron que Frida viviría con su mamá y que pasaría los fines de semana junto a su papá. Al comienzo las cosas funcionaron muy bien hasta que Marco decidió regresar a México para abrir su propia galería de arte. Solange les consulta a ustedes lo siguiente: a. Divorcio: ¿puede ella iniciar la acción de divorcio en la Argentina? ¿Por qué marco normativo deben razonar para responder esta consulta? Indiquen la norma de jurisdicción internacional que corresponde aplicar al caso. b. Alimentos: Solange quiere iniciar una acción de alimentos a favor de su hija Frida ya que, desde su viaje a México, Marco ha dejado de pagar el monto que venía pagando de modo mensual, ¿es competente el juez argentino para entender en el asunto? En caso afirmativo, ¿existen otras posibilidades donde podría plantear su demanda en las que ustedes pudieran presumir que el juez de ese lugar se declarará competente? Tengan en cuenta que al tratarse de otro conflicto deben volver a realizar el razonamiento de fuentes y fundarlo.

II.

DANDO LA NOTA

Instrumental Records S.A. es un reconocido sello discográfico que posee su establecimiento en la Ciudad de Buenos Aires y que tiene una gran trayectoria en la industria musical a nivel internacional. En el mes de octubre de 2019 celebró en la Argentina un contrato con Justin Rieber, un cantante ecuatoriano domiciliado en la ciudad de Guayaquil, Ecuador, para grabar tres discos de música Pop en el plazo de un año y medio en “Ultrasonido”, un estudio de grabación ubicado en la Ciudad de Buenos Aires a cambio de una remuneración equivalente al 20% del valor total de las ventas de los discos que fueran realizadas. En el contrato se pactó que el sello discográfico pagaría un adelanto del 15%, el 75% restante al culminar la grabación de los tres discos, y que el dinero sería abonado por depósito bancario a una cuenta perteneciente al artista en el Banco Pichincha, sucursal Quito. Además, se acordó que ante cualquier desavenencia derivada del contrato resultarían competentes los tribunales ecuatorianos. El sello abonó el adelanto que se había pactado, pero el cantante no cumplió con su parte del contrato, ya que grabó solamente dos discos. La empresa discográfica toma contacto con ustedes y los consulta puesto que busca interponer una demanda por incumplimiento contractual ante los tribunales de la Ciudad de Buenos Aires. a. ¿Creen ustedes que resultan competentes los tribunales argentinos para entender en la acción de incumplimiento contractual que pretende iniciar Instrumental Records S.A.? ¿Por qué marco normativo deberían razonar? Indiquen la norma de jurisdicción internacional que corresponde aplicar al caso. b. Escenario A: Supongan que la demanda se entabló ante los tribunales argentinos y que, luego de su traslado, el Sr. Rieber pese a haber sido notificado, no se presenta a contestar la demanda. En tal supuesto, ¿los tribunales argentinos deben declararse competentes? Expliquen el razonamiento y justifiquen su respuesta. c. Escenario B: Suponga que quien los consulta es el Sr. Rieber luego de haber sido notificado del traslado de la demanda interpuesta ante los tribunales argentinos por Instrumental Records S.A. y les comenta que, en realidad, él ya había iniciado un proceso judicial en Ecuador contra la agencia en virtud del mismo contrato y puesto a que aquella no se había desempeñado conforme lo pactado en relación a la venta de los primeros discos. Por ese motivo, él prefiere que la disputa se lleve a cabo en el extranjero. ¿Consideran ustedes que existe algún remedio procesal para atender a la inquietud del Sr. Rieber? Fundamenten normativamente su respuesta. Hipótesis: Respondan las preguntas a. y b. suponiendo que Justin Rieber se encuentra domiciliado en Porto Alegre, Brasil al momento de la firma del contrato y que las partes en el contrato pactaron la jurisdicción de los tribunales de Río de Janeiro. Tengan en cuenta cuál es el marco normativo aplicable a esta hipótesis.

III.

CIBERCONFLICTO

Max Zucker, programador y diseñador de páginas web, se encuentra domiciliado desde el año 2015 en la ciudad de Lima, Perú. En el mes de agosto de 2017 fue contratado por “Emarketing”, una agencia de marketing digital de la Ciudad de Buenos Aires para brindar una capacitación a los empleados de la agencia. La capacitación se debía llevar a cabo en tres de clases a realizarse en tres días consecutivos en la sede central de la empresa ubicada en un edificio de Puerto Madero. A cambio, el Sr. Zucker recibiría una remuneración que sería abonada por depósito bancario en el Banco Azteca sucursal Lima del siguiente modo: el 50% abonado como anticipo y el otro 50% al concluir el trabajo. “E-marketing” abonó el anticipo pactado, sin embargo, el Sr. Zucker sólo concurrió a la primera clase programada. Por ello, la

agencia se contacta con ustedes para consultarles sobre la posibilidad de iniciar en la Argentina una demanda por los daños y perjuicios derivados del incumplimiento del contrato. a. ¿Son competentes los tribunales argentinos para entender en el juicio de incumplimiento contractual que quiere iniciar la agencia? Identifiquen la fuente normativa aplicable teniendo en cuenta los Estados involucrados en el caso, los criterios atributivos de jurisdicción de la correspondiente norma e indiquen cómo se efectúa el análisis respecto a cada uno de ellos en este supuesto. b. En caso de resultar competentes los tribunales argentinos, ¿existe además la posibilidad de interponer la demanda ante los tribunales de otro/s Estado/s? Justifiquen normativamente.

IV.

LOVE IS IN THE AIR

Cielo Azul es azafata y trabaja hace varios años para la aerolínea “Aves argentinas”. A principios del año 2012, conoció a Orión Castelar, un ingeniero aeronáutico panameño que había viajado a la Ciudad de Buenos Aires para trabajar como piloto de la aerolínea. Un año después, Orión le propuso matrimonio a Cielo quien aceptó felizmente la propuesta. El matrimonio se celebró en el mes de diciembre del año 2014 y la boda se realizó en un Registro civil de la ciudad de San Miguel. Los cónyuges se instalaron en un departamento que alquilaban en la localidad de Bellavista y al cabo de dos años, por una propuesta laboral que recibió Orión, decidieron trasladar su domicilio a Berlín, Alemania. Unos pocos meses después, Cielo comenzó a sentirse insatisfecha debido a que extrañaba volar y se sentía muy sola porque Orión pasaba muchas horas trabajando. Ello causó desavenencias matrimoniales que motivaron la decisión de Cielo y Orión de separarse en diciembre de 2016. En consecuencia, ella decidió regresar a la Argentina. Por su parte, Orión continuó viviendo en Berlín hasta julio de 2017, cuando regresó a la casa de sus padres en su Panamá natal. Recientemente, Cielo se contacta con ustedes puesto que en este tiempo se reencontró con su amor de la secundaria con quien planea casarse en Buenos Aires y, en consecuencia, les plantea las siguientes inquietudes: a. ¿Podría iniciarse el juicio de divorcio ante los tribunales argentinos? Indiquen la fuente normativa que resulta aplicable y la norma de jurisdicción internacional que corresponde aplicar al caso. b. En caso de que los tribunales argentinos no resulten competentes para entender en el juicio de divorcio: 1. ¿Existe algún remedio excepcional previsto en el ordenamiento jurídico argentino que permita que los tribunales de nuestro país se arroguen jurisdicción pese a ello? 2. En su caso, ¿cuáles son los recaudos que deben reunirse? Expliquen tales requisitos sin limitarse a transcribirlos y cómo se deberían analizar en este caso....


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