Trabajo practico sobre Imparcialidad PDF

Title Trabajo practico sobre Imparcialidad
Author belén bustos
Course Juicio Oral
Institution Universidad de Morón
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Trabajo practico sobre IMPARCIALIDAD. 1) Ricardo Turpin resulta imputado del delito de robo agravado por el uso de arma y la causa tramita en el juzgado de garantías N°1 del departamento judicial X, cuyo titular dicta los autos de prisión preventiva y de elevación a juicio. Entre tales actos la defensa solicito la excarcelación de Turpin, la cual fue denegada por el juez Salomón Grundy, titular del juzgado de garantías N°2 del mismo departamento judicial, quien en ese momento subrogaba a su colega del juzgado de garantías N°1. Pese a los muchos planteos, la causa es elevado a juicio y radica en el tribunal en lo criminal N°6 del mismo departamento judicial, integrado ahora con el juez Salomón Grundy. ¿Qué planteo formularía usted Como defensor de Ricardo Turpin? ¿Qué planteo formularía Ud. ¿Como defensor de Ricardo Turpin?

Se plantea el recurso de recusación, por lo que indica el Artículo 59, inciso B del Código Procesal Penal de la Nación, ya que el juez no puede intervenir en la etapa de instrucción y en el juicio. Art. 59, inciso b del Código Procesal Penal de la Nación: El juez deberá apartarse del conocimiento del caso: (…) (…) b) Si intervino durante la investigación preparatoria o en el procedimiento de control de la acusación, no podrá intervenir en el juicio; si pronunció la decisión impugnada no podrá intervenir en el procedimiento que sustancia la impugnación, ni en su decisión; c) Si en el caso intervino o interviene su cónyuge, conviviente o algún pariente dentro del tercer grado de consanguinidad o por adopción, y segundo de afinidad, quien ha sido su tutor, curador o guardador o quien está o ha estado bajo su tutela, curatela o guarda.

2) Jacobo Ripper resulta imputado del delito de homicidio, presuntamente cometido el 4 de marzo de 2016. La causa es elevada a juicio y radicada en el tribunal en lo criminal N°3 del Departamento Judicial W. Para esa fecha el mencionado tribunal estaba integrado por los jueces Carlos Minos, Tomas Eaco y Julio Radamanto, pero al momento de realizarse el debate, el Juez Minos había renunciado y había sido designado en su lugar el juez Aníbal Hades. a) La defensa de Ripper plantea una violación al principio constitucional del juez natural. ¿Como resolvería el caso? El Artículo 7 del Código Procesal Penal de Nación Tipifica la garantía de Juez Natural, y menciona “tribunales designados de acuerdo con la Constitución Nacional e instituidos por ley con anterioridad al hecho objeto en proceso”, refiere al Tribunal en lo Criminal y a los cargos de jueces que en este cumplen sus funciones, y no a la persona física que desempeña dicho cargo.

b) El defensor de Ripper advierte que el juez hades era auxiliar letrado en el juzgado de garantías que elevo la causa seguida a Ripper. ¿Corresponde plantear alguna cuestión? ¿Cuál o cuáles, en su caso? El Articulo 59, inciso g del Código Procesal Penal de la Nación indica: “El juez deberá apartarse del conocimiento del caso” “Si mediaren circunstancias que, por su gravedad, afecten su independencia o imparcialidad”. Bajo esta perspectiva y probando que el auxiliar letrado mantuvo contacto con la causa en la etapa de investigación, podría plantearse el recurso de recusación, y dar lugar a la judicatura en cuestión si estima que la excusa tiene o no fundamento. Por otro lado, si el mismo Juez Hades advierte haber participado en la causa en cuestión cuando cumplía sus funciones en el Juzgado de garantías interviniente, deberá excusarse, ya que de lo contrario será considerado una falta grave profesional, la cual se comunicará de inmediato al superior jerárquico o al colegio de Abogados que correspondiere....


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