CASO Practico DEC Ausencia, derecho notarial 3 PDF

Title CASO Practico DEC Ausencia, derecho notarial 3
Author suany de Leon
Course Derecho Notarial
Institution Universidad Mariano Gálvez de Guatemala
Pages 17
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Summary

ACTA NOTARIAL DE REQUERIMIENTOACTA NOTARIALEn la Ciudad de Guatemala, el cuatro de marzo de dos mil veintiuno, siendo las once horas con treinta minutos, SUANY DE LEON Notaria, constituido en mi oficina profesional ubicada en seis guión once, sexto nivel del Edificio El Centro, ubicada en la séptima...


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ACTA NOTARIAL DE REQUERIMIENTO ACTA NOTARIAL En la Ciudad de Guatemala, el cuatro de marzo de dos mil veintiuno, siendo las once horas con treinta minutos, SUANY DE LEON Notaria, constituido en mi oficina profesional ubicada en seis guión once, sexto nivel del Edificio El Centro, ubicada en la séptima avenida ocho guión cincuenta y seis, de la zona uno de esta Ciudad Capital, soy requerida por la señora MARIA CILDA ALVIZURES LORENZANA, de cuarenta y cinco años de edad, casada, secretaria, guatemalteca, de este domicilio, quien se identifica con el documento personal de identificación –DPIcon Código Único de Identificación –CUI- número cincuenta y dos mil seiscientos treinta y ocho, un mil setecientos cuatro (1000 52638 1704), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala –RENAP-,. La compareciente manifiesta que el objeto de su rogación es para que notarialmente y en jurisdicción voluntaria se tramiten las diligencias de DECLARATORIA DE AUSENCIA de su esposo el señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ, para lo cual procedo de la manera siguiente: PRIMERO: Declara la requirente que con fecha diecinueve de agosto de mil novecientos noventa y seis contrajo matrimonio civil con el señor TULIO FRACISCO LOPEZ HERNANDEZ acto que quedó inscrito en la partida respectiva al número quince (15) folio diez (-10) del libro veinte (20) de matrimonios del Registro Civil, del Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala –RENAP- de esta ciudad y que como producto de su unión no procrearon descendencia, ni adquirieron bienes, derechos o acciones. SEGUNDO: Expresa la requirente que su esposo partió con rumbo a la ciudad de Santa Mónica, estado de California, Estados Unidos de América, el veinte de noviembre de dos mil cinco, por la vía aérea en el vuelo número 115 de la Aerolinea Spirit, a efecto de visitar a unos amigos que se encontraban en esa ciudad, y que su estancia debía durar veinte días, es decir, su retorno debió ser el diez de diciembre de dos mil cinco, y de esa cuenta la reservación en la aerolínea para retornar a Guatemala era para esa fecha. Sin embargo, la cónyuge no volvió a tener noticia

alguna de su esposo desde esa fecha y desconoce su paradero. Continúa

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manifestando la promoviente que el hogar conyugal lo constituyeron en la ciudad de Guatemala, y que en virtud de la prolongada ausencia de su esposo, desea promover el divorcio. TERCERO: Para acreditar el hecho de la ausencia de su esposo; la circunstancia de que no tiene parientes ni mandatario con facultades suficientes y el tiempo de la ausencia, la promoviente ofrece los siguientes medios de prueba; I) DOCUMENTOS: Consistentes en: a) Certificacipon de la partida de matrimonio inscrita al número quince (15) folio diez (10) del libro veinte (20) de matrimonios, extendida por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala –RENAP- de esta ciudad de fecha diecinueve de agosto de mil novecientos noventa y seis; b) Certificación del movimiento migratorio de su esposo, extendida por extendida por el Secretario General DE LA Dirección General de Migración del Instituto Guatemalteco de Migración, de fecha cuatro de abril de dos mil veintiuno, en la que consta la fecha de salida del país de su cónyuge y que desde la misma no ha reingresado al territorio nacional; c) Certificación extendida por extendida por la Directora del Archivo General de Protocolo del Archivo General de Protocolos, dependencia adscrita a la Corte Suprema de Justicia, extendida con fecha diez de abril de dos mil veintiuno , en la que consta que su esposo no dejó constituido mandatario que le pueda representar legalmente. Todos estos documentos los presenta en este acto. II) DECLARACIÓN DE TESTIGOS: Ofrece la declaración testimonial de los señores CARLOS ALBERTO LOPEZ PEREZ y JUAN CARLOS PEREZ SOSA, quienes deberán responder oportunamente al siguiente interrogatorio: PRIMERA PREGUNTA: Diga el testigo cuáles son sus generales de ley; SEGUNDA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento que el señor TULIO FRANCISSCO LOPEZ HERNANDEZ abandonó el país con destino a Santa Mónica, estado de California, Estados Unidos de América ; TERCERA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento que el señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ abandonó el país desde veinte de noviembre de dos mil cinco; CUARTA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento que actualmente se ignora cuál es el paradero del señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ; QUINTA PREGUNTA: Diga el testigo ai es de su conocimiento que el señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ hasta la presente fecha no ha

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vuelto a su domicilio en el que se encuentra su señora esposa; SEXTA PREGUNTA: Diga el testigo la fecha en que vio por última vez al señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ en Guatemala; SEPTIMA PREGUNTA: Diga el testigo la razón del conocimiento de los hechos sobre los cuales ha declarado. CUARTO: Con base en todo lo expuesto anteriormente la promoviente hace al notario las siguientes peticiones: a) Que con esta acta notarial y documentación que se acompaña se inicie la formación del expediente respectivo; b) Que se publiquen los edictos que ordena la ley, por medio de los cuales se cite al presunto ausente y se convoque a quienes se consideren con derecho a representarlo; c) Transcurrido el plazo de ley, tras las publicaciones, se remita el expediente al juzgado de primera instancia del ramo civil para los efectos del nombramiento de defensor judicial y continuación de la tramitación, de acuerdo a lo establecido en el código procesal civil y mercantil. Termino la presente acta notarial en el mismo lugar y fecha de su inicio siendo las doce horas, la que queda contenida en tres hojas de papel bond las cuales numero, sello y firmo, a la que se le adhieren los timbres de ley; leo lo escrito a la promoviente, quien enterada de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, la acepta, ratifica y firma. DOY FE.

ANTE MÍ: SUANY DE LEON ABOGADA Y NOTARIA

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RESOLUCIÓN OFICINA PROFESIONAL DE LA NOTARIA SUANY DE LEON, constituido en mi oficina profesional ubicada en seis guión once, sexto nivel del Edificio El Centro, ubicada en la séptima avenida ocho guión cincuenta y seis, de la zona uno de esta Ciudad Capital, Guatemala, cinco de marzo de dos mil veintiuno.

I) Con el acta notarial que antecede y documentos adjuntos, iníciese la formación del expediente respectivo de DECLARATORIA DE AUSENCIA del señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ, promovido por MARIA CILDA ALVIZURES LORENZANA. II) Se tienen por presentados los documentos relacionados, descritos en el acta notarial del requerimiento, y por ofrecidos los medios de prueba individualizados. III) Recíbase la prueba testimonial propuesta, conforme las preguntas formuladas en el acta inicial y notifíquese a la Procuraduría General de la Nación. IV) Publíquense los edictos que manda la ley en el Diario de Centro América y en otro de mayor circulación, por tres veces respectivamente, durante un mes; V) Remítase oportunamente el expediente al Juzgado de Primera Instancia del Ramo Civil, para su trámite y nombramiento de defensor judicial, y guardador de bienes en caso los tuviere. VI) Dése intervención judicial en su oportunidad a la Procuraduría General de la Nación. VII) concluido el tramite, díctese el auto judicial correspondiente, en el que se ordenará se certifique para los efectos registrales consiguientes. VIII) Remítase oportunamente al Archivo del Organismo Judicial, para efectos de su conservación y custodia. Artículos del 1 al 10 de la Ley Reguladora para la Tramitación de Asuntos de Jurisdicción Voluntaria, Decreto 54-77 del Congreso de la República, Artículos 66, 71, 128, 177, 178, 401, 402, 403, 404, 405, 411, 412, 413, 414, 415 del Código Procesal Civil y Mercantil, Decreto Ley 107. Notifíquese.

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NOTIFICACIÓN: En la ciudad de Guatemala, el diez de marzo de dos mil veintiuno, siendo las diez horas, en mi oficina profesional, ubicada en en seis guión once, sexto nivel del Edificio El Centro, ubicada en la séptima avenida ocho guión cincuenta y seis, de la zona uno de esta Ciudad Capital, notifiqué personalmente a MARIA CILDA LOPEZ ALVIZURES el contenido de la Resolución de fecha de hoy, quien, de enterada si firmó, entregándole copia de la misma. DOY FE.

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SUANY DE LEON ABOGADA Y NOTARIA

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EDICTO: La señora MARIA CILDA ALVIZURES LORENZANA, inició ante mis oficios notariales diligencias voluntarias de declaratoria de ausencia de su esposo TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ, con el objeto de solicitar posteriormente el divorcio del presunto ausente. Cito al presunto ausente y convoco a quienes se consideren con derecho a representarlo, a mi oficina profesional, situada en en seis guión once, sexto nivel del Edificio El Centro, ubicada en la séptima avenida ocho guión cincuenta y seis, de la zona uno de esta Ciudad Capital. Guatemala, quince de marzo de dos mil veintiuno. Lic. SUANY DE LEON, Abogado y Notario, Colegiado 19,817.

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ACTA NOTARIALES DE DECLARACIÓN DE TESTIGO: En la Ciudad de Guatemala, el quince de marzo de dos mil veintiuno, siendo las once horas con treinta minutos, SUANY DE LEON Notaria, constituido en mi oficina profesional ubicada en seis guión once, sexto nivel del Edificio El Centro, ubicada en la séptima avenida ocho guión cincuenta y seis, de la zona uno de esta Ciudad Capital, soy requerido por el señor CARLOS ALBERTO LOPEZ PEREZ, de cuarenta años de edad, casado, contador, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con el documento personal de identificación –DPI- con Código Único de Identificación –CUI- número un mil novecientos noventa y nueve espacio ochenta y tres mil novecientos sesenta y ocho espacio cero uno cero uno (1999 83968 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala –RENAP-, quien comparece con el propósito de prestar DECLARACIÓN TESTIMONIAL, en las diligencias de DECLARATORIA DE AUSENCIA del señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ, para lo cual procedo de la manera siguiente: PRIMERO: Procedo a juramentar al señor CARLOS ALBERTO LOPEZ PEREZ bajo la siguiente fórmula: “¿Prometeis bajo juramento decir la verdad en lo que fuereis preguntado?, a lo que responde: “Si, bajo juramento prometo decir la verdad”; y le advierto lo relativo

al delito de falso

testimonio, tras lo cual procedo a formularle las preguntas contenida en el acta notarial de requerimiento. PRIMERA PREGUNTA: Sobre sus generales de ley: Respuesta: Manifiesta ser de los datos personales consignados anteriormente, que no es pariente de la promoviente de estas diligencias ni del presunto ausente, que no tiene interés directo en el asunto que se tramita, no es amigo íntimo o enemigo de ninguno de ellos y que tampoco es trabajador doméstico, ni dependiente, acreedor o deudor de la señora MARIA CILDA ALVIZUREZ LORENZANA o del presunto ausente. SEGUNDA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento que el señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ abandonó el país con destino a la ciudad de Santa Mónica, estado de California, Estados Unidos de América; Respuesta: SI. TERCERA PREGUNTA: Diga el testigo

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si es de su conocimiento que el señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ abandonó el país desde veinte de de dos mil cinco; Respuesta: si. CUARTA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento que actualmente se ignora cuál es el paradero del señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ ; Respuesta:si. QUINTA PREGUNTA: Diga el testigo ai es de su conocimiento que el señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ hasta la presente fecha no ha vuelto a su domicilio en el que se encuentra su señora esposa; Respuesta: si SEXTA PREGUNTA: Diga el testigo la fecha en que vio por última vez al señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ en Guatemala; Respuesta: si. SEPTIMA PREGUNTA: Diga el testigo la razón del conocimiento de los hechos sobre los cuales ha declarado. Respuesta: Por constarme personalmente, porque . SEGUNDO: Termino la presente acta notarial, en el mismo lugar y fecha antes consignados, treinta minutos después de su inicio, la cual está contenida en dos hojas de papel bond impresas, las cuales numero, sello y firmo, a la que se le adhieren los timbres de ley; leo lo escrito al requirente, quien, enterado de su contenido, objeto, valor y demás efectos legales, la acepta, ratifica y firma con el infrascrito Notario, quien de todo lo expuesto DA FE.

f.

ANTE MI SUANY DE LEON ABOGADA Y NOTARIA

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En la Ciudad de Guatemala, el quince de marzo de dos mil veintiuno, siendo las once horas con treinta minutos, SUANY DE LEON Notaria, constituido en mi oficina profesional ubicada en seis guión once, sexto nivel del Edificio El Centro, ubicada en la séptima avenida ocho guión cincuenta y seis, de la zona uno de esta Ciudad Capital, soy requerido por el señor JUAN CARLOS PEREZ SOSA, de cincuenta años de edad, casado , guatemalteco, ingeniero, de este domicilio, quien se identifica con el documento personal de identificación –DPI- con Código Único de Identificación –CUI- número nueve mil novecientos noventa y ocho, tres mil novecientos sesenta y ocho, cero ciento uno (9998 3968 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala –RENAP-, quien comparece con el propósito de prestar DECLARACIÓN TESTIMONIAL, en las diligencias de DECLARATORIA DE AUSENCIA del señor TULIO FRANCISO LOPEZ HERNANDEZ, para lo cual procedo de la manera siguiente: PRIMERO: Procedo a juramentar al señor JUAN CARLOS PEREZ SOSA bajo la siguiente fórmula: “¿Prometeis bajo juramento decir la verdad en lo que fuereis preguntado?, a lo que responde: “Si, bajo juramento prometo decir la verdad”; y le advierto lo relativo al delito de falso testimonio, tras lo cual procedo a formularle las preguntas contenida en el acta notarial de requerimiento. PRIMERA PREGUNTA: Sobre sus generales de ley: Respuesta: Manifiesta ser de los datos personales consignados anteriormente, que no es pariente de la promoviente de estas diligencias ni del presunto ausente, que no tiene interés directo en el asunto que se tramita, no es amigo íntimo o enemigo de ninguno de ellos y que tampoco es trabajador doméstico, ni dependiente, acreedor o deudor de la señora MARIA CILDA LOPEZ HERNANDEZ o del presunto ausente. SEGUNDA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento que el señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ abandonó el país con destino a la ciudad de Santa Mónica, estado de California, Estados Unidos de América ; Respuesta: si. TERCERA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento que el señor TULIO FRANCISCO LOPEZ HERNANDEZ abandonó el país desde veinte de noviembre de dos mil cinco; Respuesta: si. CUARTA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento que actualmente...


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