Codigo teodosiano y breviario de alarico PDF

Title Codigo teodosiano y breviario de alarico
Author Elsa garcia ortiz
Course Historia Del Derecho
Institution Universidad de Granada
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Código Teodosiano 1.4.3. COMENTARO EXTERNO El texto presente es un fragmento de una ley del Código Teodosiano, enmarcado en la época postclásica del Imperio Romano (Dominado), de carácter jurídico y naturaleza legal. Podemos situar la procedencia del siguiente código en el antiguo Imperio Romano de Oriente. Tras algunas compilaciones de los códigos Gregoriano y Hermogeniano, el emperador Teodosio II mandó compilar en el año 429 todas las leges o constituciones imperiales e iuras desde la época de Constantino, compilados en un manual para evitar confusiones jurídicas, agrupando, todas las leges et iura incluyendo las derogadas, en función de la materia tratada, materia ordenada a su vez, en orden cronológico. Tarea prevista para una comisión formada por ocho funcionarios y un profesor, debiendo reunir todos los documentos, edictos o leges desde Diocleciano. No se admitían modificaciones en el Código Teodosiano, y al no estar actualizado se pueden divisar algunas contradicciones entre algunas normas. Pese a todo el esfuerzo por codificar este derecho, el proyecto teodosiano fracasó debido a la vulgarización del derecho y al escaso conocimiento jurídico de los juristas de la época. Posteriormente, una nueva comisión en el 435 formada por 16 miembros, elaborará la primera parte de lo que fue el código, pero actualizándolo a la época y sin la compilación de los iura, agrupando, a su vez, las constituciones generales. Aunque lo que realmente busca el código Teodosiano es compilar todas las leges et iura, también persigue a su vez fines docentes, es decir, instruir a los próximos juristas, y a la población para que tengan más conocimiento sobre el derecho de la época. El código consta de 16 libros, con más de 3.000 constituciones recogidas, divididos en títulos siguiendo el modelo del edictum perpetuum. No tenemos que olvidar las constituciones posteriores al código, dictadas por el emperador, y la realización de colecciones privadas en Occidente, las llamadas novelas teodosianas. Finalmente, el Código Teodosiano fue publicado en el 438 en el Imperio de Oriente.

COMENTARIO INTERNO En este fragmento en concreto, se refiere a la última ley de citas, refiriéndose solamente a la constitución imperial en la que se citan las obras de los juristas. En primer lugar nos encontramos con los principales autores del código, Teodosio y Valentiniano, y al público al que va dirigido, que en este caso es el Senado romano. A continuación podemos ver cómo se hace referencia a importantes juristas de la época, como Papiniano, Gayo, Paulo, Ulpiano y Modestino, que dan por válidas sus obras mostrando las diversas opiniones de éstos juristas. La aparición de esta ley llevó a una valorización de la labor jurídica de los juristas clásicos, sin embargo, se muestra la poca cultura de los jueces de la época. Aunque, a pesar de esto, el derecho fue madurando en su exposición jurídica y en su instrucción, teniendo exposiciones de tendencias filosóficas. También debemos destacar que gracias a esta ley se le otorgó el “ius publicae” al jurista Gayo.

BREVIARIO DE ALARICO

Comentario externo En el siguiente fragmento del Breviario de Alarico, es compilado el derecho romano del reino visigodo de Tolosa. De carácter jurídico y de naturaleza legislativa vulgar. Se ubica dentro de la época postclásica, hacia el año 500 d.c., en el reinado de Alarico II, quién eligió a una comisión de juristas a quienes encomendó la tarea de realizar un cuerpo jurídico que recogiese determinadas leges et iura del Código Teodosiano y del derecho romano. El cuerpo legal fue presentado en Aduris (Francia), donde fue aprobado, y su publicación se dató del año 506 en Tolosa. Este breviario está escrito en Latín y consta de cinco partes o secciones, contiene solamente normas de derecho privado. Las dos primeras partes contienen leges, las cuales incluyen constituciones imperiales sacadas del Código Teodosiano y de novelas teodosianas dictadas posteriormente del código, y las tres últimas partes contienen iura, compuestas por el Liber Gai, algunos textos de las sentencias de Paulo, partes de la Responsa de Papiniano, y constituciones imperiales del Código Gregoriano y Hermogeniano, aunque las partes no están refundidas sistemáticamente, dicho también, por el rey visigodo Alarico. El contenido del texto viene a ser una ley, que prohíbe el casamiento de los ciudadanos romanos con los bárbaros, y que en su incumplimiento, se verían expuestos a pena capital. Este proyecto fracasará y se volverá al derecho romano vulgar (Código de Eurico). La finalidad del breviario era corregir el Código Teodosiano y posteriores obras, conforme la Ley de citas. Buscando a su vez, la uniformidad en todo el territorio. Alarico II es quién promulga este código; Aniano, autentica la conformación de este breviario. Goiarico: es mandado por el rey, para elaborar la obra, y que se sirve de ayuda de otros juristas y numerosos eclesiásticos

Comentario interno En primer lugar, se nos hace referencia al contexto histórico de la época, añadiendo a su vez, que mandó la tarea a Goiano de elaborar un cuerpo jurídico que contuviese las leges et iura del derecho romano y Código Teodosiano, con el fin de corregir el Código Teodosiano y posteriores obras jurídicas. Aparecen la figura de Aniano, uno de los principales compiladores del breviario, y la figura de Dios en el fragmento. Realizar una norma que se opusiera a este código, podía ser castigado con la pérdida de bienes o, incluso, la muerte. En mi opinión, el Breviario de Alarico está basado en el Código Teodosiano, pero cambiando algunas partes y suprimiendo las derogadas, también compila el derecho romano vulgar. Aunque este breviario, está compuesto únicamente por derecho privado romano, era más práctico que teórico, ya que el derecho público ya no estaba vigente desde la caída del imperio....


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