Contratos PDF

Title Contratos
Author Camila Silva
Course International Human Rights
Institution Pace University
Pages 7
File Size 186.4 KB
File Type PDF
Total Downloads 22
Total Views 176

Summary

Contratos...


Description

731d6c2a3d121119c2d5f6c32d117621.doc, Página 1 de 7 1. Contrato de distribución: El distribuidor adquiere los productos de dos formas: la compra directa o la consignación para la venta. La ganancia del distribuidor varía en uno y otro caso. En el primero gana con el margen y en el segundo cobra una comisión. Las comisiones son de dos tipos: las activas y las pasivas. Las activas rondan el 5 o 6% de las ventas, se devengan durante la vigencia del contrato. Las pasivas en general alcanzan el 30% de las activas y son percibidas al finalizar el contrato, cuando el distribuidor concluye operaciones con locales. El objetivo de este contrato es separar dos ciclos distintos: el de fabricación y el de comercialización. Cada empresa se dedica a lo que más sabe hacer. Una a fabricar, la otra a vender. En este contrato, el fabricante tiene el predominio, dado que es quien impone la mayoría de las condiciones del acuerdo. Pero no implica que exista una relación de subordinación. El distribuidor tiene independencia comercial y jurídica. El contrato de distribución tiene las siguientes características: 1. es atípico (el ordenamiento positivo argentino no le da un nombre ni estatuye el régimen jurídico aplicable al mismo). 2. bilateral (existen obligaciones entre las partes); 3. oneroso; 4. consensual (el contrato queda realizado cuando las partes consienten); 5. de tracto sucesivo (no se agota con una prestación); 6. de adhesión (es común que las condiciones grales sean prefijadas por el distribuidor). Otro atributo propio de este contrato es que constituye un contrato de comercialización mediante terceros, en la medida en que el fabricante o productor no se vincula directamente con los consumidores finales del bien. Principales elementos y obligaciones de las partes: Los elementos que tipifican este contrato son: el territorio, la exclusividad (opcional), la duración y el control. El primero el contrato atribuye al distribuidor una zona territorial determinada de actuación, con derecho o no a la exclusividad sobre ella. La exclusividad puede pactarse o no. Puede ser unilateral o bilateral. El fabricante puede comprometerse a no efectuar ventas directas en zonas exclusivas, mientras que si el distribuidor pacta exclusividad se compromete a no vender marcas competidoras. Respecto de la duración del contrato, puede ser indeterminada, en cuyo caso su vigencia es hasta que una de las partes lo denuncie.. Puede pactarse a plazo, el cual por lo general es de un año. Cuando es por tiempo determinado, no puede resolverse ni denunciarse hasta su vencimiento, salvo incumplimiento de obligaciones. El modo de pacto usual es por tiempo indeterminado, lo que permite la denuncia en cualquier momento. Si es un contrato que no permite la rescisión unilateral, el perjudicado puede reclamar indemnización. Indemnizaciones que puede reclamar: a) Lucro cesante. b) Despido de personal, como consecuencia del fin de la relación comercial. c) gastos por retirar el nombre, emblemas y demás requisitos exigidos para ser distribuidor. d) gastos de publicidad. e) Valor llave. f) Daño Moral. Existe un control, pero que esta referido a una planificación comercial (precios unitarios, régimen de mercado, etc.) ya que el distribuidor sigue siendo un empresario independiente. Obligaciones del fabricante: 1. Remitir las mercaderías en cantidad, tiempo y modo previstos. 2. No podrá realizar operaciones directas con terceros en la zona de exclusividad de un distribuidor (si se hubiera pactado) o designar otro distribuidor en esa zona. Obligaciones del distribuidor: 1. Vender los productos enviados por el fabricante.

731d6c2a3d121119c2d5f6c32d117621.doc, Página 2 de 7 2. 3. 4. 5.

Promocionarlos a fin de lograr penetración de mercado. No puede excederse de la zona delimitada. No puede promover ni vender productos que puedan competir con los que el fabricante le entrega. Cumplir con los recaudos de organización que le imponga el contrato.

2. Contrato de concesión: “La convención por la cual un comerciante denominado concesionario pone su empresa de distribución al servicio de un comerciante o industrial denominado concedente, para asegurar exclusivamente, sobre un territorio determinado y por un tiempo limitado y bajo la vigilancia del concedente, la distribución de productos de los que se ha concedido el monopolio de reventa.” Características y finalidad del contrato: Para el concedente tiene varias ventajas, como por ejemplo no arriesgar capital adicional, o no recurrir a mas personal de su propia empresa. Como contrapartida se enfrenta al trato que debe mantener con un comerciante autónomo, quien busca su provecho y su preocupación por el negocio del fabricante es indirecta. El concesionario goza de ciertas ventajas: limita su riesgo comercial (vende un producto conocido y es protegido por el respaldo técnico de del concedente), su ganancia es la diferencia entre el precio de compra y el de reventa. Estas ventajas, suponen una renuncia a su libertad individual, ya que debe cumplir con mecanismos y normas sujetos a las indicaciones del concedente. Derechos y obligaciones de las partes: Las principales obligaciones del concedente: 1. Proporcionar al concesionario información, tanto técnica como en capacitación para lograr una mejor atención al cliente. 2. Suministrar vehículos al concesionario según lo acordado. 3. No invadir la zona convenida respetando la exclusividad del territorio (si esta pactada). 4. Promover y publicitar los productos en general. 5. Proveer al concesionario de repuestos. Las obligaciones del concesionario: 1. No comercializar productos competitivos con los del comerciante. 2. Respetar el territorio de los otros concesionarios. 3. Adoptar sistemas administrativos, contables y financieros acordados con el concedente. 4. Mantener un capital de trabajo adecuado a su realidad económica. 5. Promover la venta de productos bajo concesión y participar en campañas publicitarias. 6. Aprovisionarse exclusivamente del concedente. 7. Comprar para revender una cantidad mínima de productos. 8. Tener instalaciones adecuadas para la venta y servicio. 9. Prestar un servicio de garantía y mantenimiento. 3. Contrato de Agencia: Es el acuerdo por el cual una de las partes (el agente) asume de manera estable frente a la otra parte (el principal) el compromiso de promover, por cuenta de esta ultima, la conclusión de contratos en una forma determinada, a cambio de una compensación proporcional a la importancia de los negocios llevados a cabo. Esta figura es conveniente por dos razones. Una de ellas es que tiene que ver con una justificación económica, la de representar en forma independiente los intereses de un fabricante o comerciante en un cierto territorio, permitiendo al principal intentar sin riesgo la penetración en un mercado donde no estaba presente, y donde una organización de ventas a través de los empleados directos sería muy costosa. El segundo punto, es que en negocios internacionales los fabricantes son reticentes a invertir capital y/o establecer sucursales o subsidiarias (radicación).

731d6c2a3d121119c2d5f6c32d117621.doc, Página 3 de 7 La responsabilidad del titular de la agencia es total, ya que es responsable ante este de las ventas que realice de sus productos. La comisión o remuneración pactada corresponde al agente, aun cuando los negocios hubieran sido emprendidos y terminados por el principal dentro de su zona de influencia. Principales Características: Innominatividad o atipicidad, bilateralidad, onerosidad y consensualidad, siendo también de tracto sucesivo y, por lo general de adhesión. Es también un contrato de comercialización a través de terceros, y de colaboración en el que media una función de cooperación, a fin de alcanzar los objetivos que han determinado el nacimiento del contrato. Alcance de las obligaciones asumidas por las partes: Para el agente: 1. La cooperación. El agente debe dar preeminencia a los intereses del principal frente a los suyos, aun cuando exista conflicto. 2. Lealtad y buena fe. 3. Acatar las instrucciones que recibe del principal, debiendo rendir cuentas de todos los actos. 4. No debe competir de forma desleal. 5. Si esta pactada la exclusividad, no debe promover o concluir negocios por cuenta de varios comerciantes respecto de mercaderías de igual calidad y características. Para el principal: 1. No podrá celebrar negocios en la zona atribuida a su agente, salvo que este ultimo intervenga. 2. No puede autorizar a otros agentes en esa zona. Elementos esenciales y ocasionales de este contrato: Entre los elementos esenciales: 1. La promoción de negocios: el agente es quien promueve la realización de negocios en un territorio determinado, siempre por cuenta y orden del principal. 2. Independencia: el agente es independiente, ya que soporta el riesgo de su negocio debiendo afrontar sus propios costos y mantener su propia estructura. 3. Unilateralidad: el accionar es unilateral, dado que se realiza a favor de una de las partes que intervienen en la operación y no a favor de ambas. 4. Estabilidad y asignación geográfica: no hay una relación esporádica, sino que a través del contrato se establece un plazo. Y tiene asignado un territorio, por lo general con exclusividad, en el que promueve los productos del principal. Elementos ocasionales: 1. Exclusividad: puede estar contenido en el contrato o no. Si se promueve, es de parte de ambos. El agente no promueve otros productos, el principal no pone otros agentes. 2. Representación: el agente puede o no estar investido de la prerrogativa de representar al principal, teniendo la facultad, de concluir las operaciones que el mismo promueve. 3. Indemnización: el contrato puede preverla o negarla expresamente. Las causas de terminación de contrato son las generales y comunes a todos los contratos. Se pueden distinguir según sean por tiempo determinado o indeterminado. En el primero de los casos si las partes cumplen con sus obligaciones, ninguna puede resolverlo por propia voluntad, antes de su finalización. Si es por tiempo indeterminado, y si no se hubiese pactado la posibilidad de rescisión, la misma no puede ser intempestiva ni tampoco ir en contra de los deberes derivados de la buena fé. 4. Contrato de Franchising: Es un acuerdo mediante el cual una de las partes, denominada franquiciante o franquiciador, cede a otra parte, llamada franquiciado, el derecho a la explotación de dicha franquicia (lo que implica que el franquiciado

731d6c2a3d121119c2d5f6c32d117621.doc, Página 4 de 7 fabrica y expende el producto y/o servicios de titularidad del franquiciante, conforme a las instrucciones y exigencias de este), por un lapso determinado y a cambio de una contraprestación económica. Contraprestación a cargo del franquiciado: 2 variantes. 1. Fee de ingreso: a los efectos de acceder a franquicias exitosas, de las que cabe esperar ganancias inmediatas o que garantizan ingresos mínimos. Encierra el derecho de acceder a la cadena de franquicias, derecho al uso de la marca, exclusividad territorial, transmisión de know how y la asistencia en el lanzamiento. 2. Royalties, fijos o variables: el primero esta fijado en el contrato y es un compromiso a ser respetado por el franquiciado. El segundo, su determinación varia conforme a las ventas que registre el franquiciado. Características y finalidades del franchising: Es un contrato innominado o atípico, bilateral, oneroso, consensual, de tracto sucesivo y generalmente, de adhesión.. El franquiciado logra beneficios, tales como contar con productos, experiencia, estabilidad y solvencia economica, no asumir riesgos propios de una empresa propia, obtiene conocimientos técnicos y asistencia necesaria, aprovechando la publicidad y los servicios comunes. En el caso del franquiciante, puede expandir su negocio, llegando a consumidor final con un producto uniforme, pero sin incrementar los costos empresarios. Distintas modalidades de franchising: 2 variantes dentro de la franquicia comercial: 1. Franquicia comercial de productos: permite distribución continua de la producción de un fabricante, el comerciante adquiere productos los que revende a un precio mas alto. 2. Business format franchisig (conocido como franchising llave en mano): importa la transferencia de técnicas para administrar y manejar un negocio por parte del franquiciante, el cual realiza un estricto control sobre el franquiciado y le suministra asistencia técnica permanente. Elementos del contrato: Elementos esenciales:  Otorgamiento de la facultad de operar un negocio, asociado con el uso de una marca, símbolo o logotipo.  El control por parte del franquiciante de las operaciones.  Pago de una regalia a cargo del franquiciado.  Transmisión del franquiciante al franquiciado el nou jau, cuyo conocimiento y seguimiento resultan necesarios para el éxito del negocio.  La determinación de las condiciones del contrato, tendientes a garantizar los beneficios perseguidos. Es frecuente que las partes convengan ciertas cuestiones: A) exclusividad territorial, para ambas partes. B) facultad o prohibición de otorgar sub-franquicias; C) duración del contrato; D) minimo de ventas a cargo del franquiciado en el plazo establecido; E) determinación de los precios de los productos a suministrar por parte del franquiciante; F) derechos cedidos al franquiciado (licencia de marca, prestaciones de nou jau, suministro de productos, instrucciones técnicas, sistema de comercializacion, asistencia técnica); G) facultad y obligación del franquiciado para utilizar nombres, emblemas, etc.; H) contraprestación economica a cargo del franquiciado; I) provisión de manuales de procedimiento y especificaciones respecto de la publicidad y promocion, diseño y construcción del local, muebles, útiles, equipamiento, controles contables; J) condiciones para renovación o extinción de contrato. Obligaciones de las Partes: Obligaciones del franquiciado:

731d6c2a3d121119c2d5f6c32d117621.doc, Página 5 de 7 1. aceptar y seguir los procedimientos establecidos para la operatoria, debiendo demostrar aptitud para desarrollar el negocio; 2. poner en marcha la estructura empresaria; 3. desembolsar la contraprestación económica pactada; 4. correr el riesgo de la empresa, dado que actúa en nombre propia. Obligaciones del franquiciante: 1. ceder los derechos de reventa y uso de los productos o servicios de que se trate, proveer la marca y el Know How; 2. proveer la debida asistencia en la organización, la gerencia y la administración del negocio y el entrenamiento de adecuado; 3. mantener actualizada la franquicia con las novedades técnicas, comerciales o económicas. 4. en muchos casos diseñar y costear la publicidad dirigida al lanzamiento en el mercado del franquiciado, con participación en acciones posteriores. 5. Contrato de Leasing: La financiación destinada a ofrecer a los industriales y a los comerciantes un medio flexible y nuevo de disponer un bien de equipo alquilándolo en lugar de comprarlo. Un contrato por el cual una de las partes, denominada sociedad de leasing, se obliga a adquirir de un tercero determinados bienes para ceder a la otra parte el uso y disfrute de los mismos, mediante un precio fijado en ese contrato que debe responder al valor residual presumible de dicho bien. Características Principales: Es un contrato bilateral, oneroso, consensual, de tracto sucesivo y, generalmente, de adhesión. Modalidades de Leasing: A) Operacional o de explotación: entrega en locación de un bien, queda en general a cargo del dueño (fabricante, importador o distribuidor) la conservación o mantenimiento del mismo, existe la posibilidad de revocación del contrato. La diferencia con la locación es que el futuro usuario elige libremente del proveedor los elementos objeto de la negociación. B) Financiero: entrega de un bien adquirido por la empresa de leasing, siguiendo expresamente las indicadciones del futuro usuario (o tomador), quien lo elige previamente de un proveedor, paga un canon convenido y se reserva la posibilidad de comprarlo al termino del contrato, pagando su valor residual. C) Modalidades Especiales:  Lease Back (o retroleasing): la empresa propietaria de determinado bien, frente a la necesidad de financiacion, vende el bien a una compañía de leasing, quien paga su precio a la vendedora. Al mismo tiempo, la sociedad de leasing cede a la vendedora en leasing ese mismo bien. La empresa convierte en dinero liquido activos fijos a cambio de pago de canones con la posibilidad de adquirirlos de nuevo a fin de contrato.  Leasing enfitéutico: el propietario de un terreno lo da en usufructo a la compañía de leasing y esta se encarga de construir un edificio en el, para entregarlo en leasing al primero. Al cabo de este plazo, adquiere la propiedad del mismo.  Lease Purchase: una compañía de leasing compra determinado o determinados bienes al fabricante y los entrega para su uso al cliente, al tiempo que emite certificados por una suma equivalente a su valor. Con los pagos del canon, el cliente adquiere certificados y una vez que los compro a todos es propietario del bien. Ventajas y desventajas del leasing: Ventajas: 1. Continuo reequipamiento de la empresa frente a los vertiginosos avances tecnológicos, lo que trae mejor posicionamiento de mercado. 2. Se financia el 100% de la operación, no se quitan capitales al proceso productivo. 3. El tomador se puede convertir en propietario si así lo desea.

731d6c2a3d121119c2d5f6c32d117621.doc, Página 6 de 7 4. Tiene beneficios fiscales e impositivos. 5. Tiene una ventaja adicional: rapidez y flexibilidad de la operación. Desventajas: 1. Elevada onerosidad de los canones respecto de un alquiler por ejemplo. 2. Asunción por el tomador de los riesgos, daños o perdidas que puede sufrir el bien durante el contrato. 3. Dificultad con procesos inflacionarios para el calculo de las cuotas. 6. Contrato de Factoring: “El contrato mediante el cual una empresa especializada, denominada factor, presta un servicio de colaboración (asistencia técnica y financiera) a otra empresa comercial o industrial, obligándose la primera, mediante un precio en el que se computa el costo (lato sensu) de prestación del servicio, a adquirir una determinada masa de créditos que tuvieran la otra por su actividad empresaria en relación con terceros y durante un lapso determinado.” Mas simple: una de las partes (factoreado, que vende bienes o servicios a plazo en el mercado), transfiere a la otra parte (el factor, que presta servicio de factoring, en gral entidades financieras), todos, una porción o una categoría de los créditos de plazo no vencido que tiene frente a sus clientes. Estos son ventas realizadas por el factoreado que todavía no han sido cobrados. Fin económico del Factoring: Permite a la empresa factoreada cobrar al contado gran parte (a veces todo) de las ventas a plazo permitiendole continuar con su política de creditos, posibilitándole aumentar las ventas. Tambien se desentiende del cobro de los creditos, obtiene un sistema alternativo de financiacion y mejora la presentación de los balances al traspasar deuda al otro (factor). Facilita la exportación a empresas que no tienen estructura apropiada o que no desarrollan un eficiente departamento de exportación. Principales Características: Contrato bilateral, oneroso, consensual, de tracto sucesivo y en general de adhesión. Características propias:  De financiación: compromete los aspectos financieros de la empresa factoreada que contrata con el factor.  Atípico: se hace referencia al mismo en la legislación argentina, pero no alcanza a conferirle tipicidad.  Mixto: combina elementos obligacionales propios de tipos contractuales diversos. Para que la operatoria resulte eficiente:  Principio de la globalidad: el factoreado transfiere todas o parte de las facturas emitidas, sin que el factor considere cada una en particular, aun cuando pueda reservarse la atribución de seleccionar esos créditos.  Contratos en masa: el factor debe celebrar contratos con numero indeterminado de clientes para diversificar sus riesgos.  Contrato de duración: puede ser preestablecido o indeterminado (con posibilidad de rescisión, previo avisto). Modalidades en el comercio internacional: A) En relación con el servicio financiero: “ Factoring con financiación” y “factoring sin financiación”. En el primer caso, el factor paga de forma inmediata a el factor...


Similar Free PDFs