Demanda DE Pertenencia DE Vivienda DE Interes Social PDF

Title Demanda DE Pertenencia DE Vivienda DE Interes Social
Author JuanDa Ramirez
Course Introducción al derecho
Institution Universidad de Pamplona
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Señor: JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO DE PAMPLONA (REPARTO). E. S. D. IDANIS ALFONSO SIERRA OROZCO, mayor de edad, vecino de esta ciudad de Pamplona, identificado como aparece al pié de mi correspondiente firma, Abogado Titulado, Inscrito y en ejercicio, portador de tarjeta profesional Nº 91524 del C.S.J., en ejercicio del poder conferido por la señora ARAMINTA MAGOLA CABALLERO, mayor y de la misma vecindad, identificada con la cedula de ciudadanía número 27.793.548 de Pamplonita, N. de S.; por medio del presente, formulo ante usted DEMANDA DE PERTENENCIA DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL, en contra de BENEDICTO MEDINA CAMARGO y herederos indeterminados y demás personas que se crean con derecho sobre el bien inmueble objeto en este proceso, con fundamento en los siguientes: HECHOS. PRIMERO: Mi representada ARAMINTA MAGOLA CABALLERO, vive en el bien registrado en la Oficina de Instrumentos Públicos de la ciudad de Pamplona, bajo matricula inmobiliaria Nº 272-17798 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la ciudad de Pamplona, objeto de la presente pertenencia desde el año de 1989, fecha desde la cual lo ha poseído de manera continua, pacífica e ininterrumpida, sin reconocer otro dueño y ejerciendo el ánimo de propietaria sobre el mismo. SEGUNDO: Durante todo el tiempo, y desde el año 1989 mi representada a ejercido sobre el inmueble ubicado en la carrera 12A No 3BN-68 Barrio Cristo Rey parte alta de esta ciudad de Pamplona CUARTO: Como podemos observar en los hechos anteriores, mi poderdante ha poseído continuamente el inmueble objeto de la pertenencia, de manera pública, pacifica e ininterrumpida, y con justo titulo desde el mes de Octubre del año 1.989. QUINTO: El demandado nunca se han interesado por saber del bien, no ha ejercido los actos de señor y dueño; solo mi poderdante ha ejercido de manera libre y voluntaria todos los actos de señor y dueño; es así como ha realizado mejoras como la construcción de arreglos de adecuación que se podrán demostrar en la inspección, paredes, pisos y baños; así mismo ha efectuado el pago de servicios públicos, pago de impuestos municipales, ha realizado todas las labores requeridas para el mantenimiento y conservación del inmueble, y es contra el señor BENEDICTO MEDINA CAMARGO, contra quien se inicia este proceso por ser el titular del dominio del predio objeto de litigio, tal y como se demuestra con el certificado de Libertad y Tradición de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de esta ciudad de Pamplona y según lo dispuesto en el artículo 407, numeral 5 del C.P.C.

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SEXTO: El bien objeto de la presente pertenencia es “lote terreno ubicado en el área urbana de la ciudad de Pamplona en el Barrio Cristo Rey Parte Alta” cuya dirección es Carrera 12ª Nº 3BN-68, registrada en la oficina de Instrumentos Públicos de Pamplona, bajo la matricula inmobiliaria Nº 272-17798, determinada con los siguientes linderos NORTE: En quince (15) metros con la calle pública, SUR: En quince (15) metros con FRANCISCO BERMUDEZ, ORIENTE: En diez (10) metros con ELIAS PEREZ DIAZ Y OCCIDENTE: En diez (10) con la calle pública. SÉPTIMO: Mi poderdante cumple con el tiempo que señala la ley civil y demás normatividad concordante para adquirir con prescripción ordinaria adquisitiva de dominio, de vivienda de interés social, la propiedad del bien inmueble objeto del presente proceso. OCTAVO: El inmueble objeto del presente proceso tiene un valor inferior a 100 salarios mínimos mensuales y el municipio de Pamplona tiene una población inferior a los 100.000 habitantes. NOVENO. La señora ARAMINTA MAGOLA CABALLERO PABON, me ha otorgado poder especial, amplio y suficiente, para iniciar y llevar a su término este asunto. PRETENSIONES. PRIMERA: Que mediante sentencia que cause ejecutoria se declara que mi mandante judicial, señora ARAMINTA MAGOLA CABALLERO PABON, a adquirido por prescripción adquisitiva ordinaria de dominio de vivienda de interés social, el bien inmueble determinado y alinderado en los hechos de esta demanda, ya que ha poseído por más de 18 años el referido bien, reuniendo los requisitos necesarios para obtener la propiedad total del inmueble. SEGUNDO: Que como efecto de la anterior declaración se ordene la inscripción del fallo en la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la ciudad de Pamplona al folio de matricula inmobiliaria Nº 272-17798. TERCERO: Se condene en costas al demandado en caso oposición. CUARTO: Se me reconozca personería jurídica para adelantar el presente proceso en representación de la demandante ARAMINTA MAGOLA CABALLERO PABON. FUNDAMENTOS DE DERECHO. Fundo la presente demanda en los siguientes artículos. 673, 762, 981, 2512, 2518, 2522, 2527 y 2531 a 2534 de C.C., 407 del C.P.C, Reformado por el decreto 2282/89 Articulo 1, Modificado 210, 768 y s.s. del C.C. y demás normas concordantes y análogas al presente asunto....


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