Demanda Responsabilidad Civil Extracontractual PDF

Title Demanda Responsabilidad Civil Extracontractual
Author Miiguel Sanchez Tovar
Course Responsabilidad Civil
Institution Universidad Libre de Colombia
Pages 12
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Summary

Modelo de Una Demanda Responsabilidad Civil Extracontractual...


Description

Señor JUEZ CIVIL MUNICIP MUNICIPAL AL DE CALI (RE (REPAR PAR PARTO) TO) E. S. D. PROCESO: ORDINARIO RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL DEMANDADO: METRO CALI, BLANCO Y NEGRO MASIVO S.A., BRAYAN CUENCA POVEDA, JEFERSO VALENCIA. DEMANDANTE: LUISA DANIELA CALERO BAHAMON. MIGUEL ALFONSO SANCHEZ TO TOVAR VAR mayor de edad identificado con cedula de ciudadanía No. 1.113.531.961 de Cali (Valle), abogado en ejercicio, con la tarjeta profesional No. 219.258 del Consejo Superior de la Judicatura con domicilio en la ciudad de Cali, actuando en mi condición de apoderado especial de la señora LUISA DANIEL DANIELA A CALERO BAHAMON identificada con la cedula de ciudadanía No. 1.114.542.981 de Cali (Valle) quien para el presente proceso fungirá como demandante, comparezco ante Usted con el fin de instaurar la siguiente demanda: HECHOS: 1. El día 02 de febrero de 2018 a las 11:00 a.m. la señora LUISA DANIELA CALERO BAHAMON de 26 años de edad se movilizaba junto con el señor JOSE ALBER ALBERTO TO MEJIA OSORIO (QEDP) identificado con la cedula de ciudadanía No. 20.908.2935 de Cali por la carrera 39 con calle 5 de en el vehículo tipo moto de placas TRA-45D de propiedad de este último. 2. El vehículo de servicio público de placas VBX VBX-345 -345 conducido por el señor BRA BRAYA YA YAN N CUENCA POVEDA identificado con la cedula de ciudadanía No. 1.114.538.960 de Cali y de propiedad del señor JEFERSON VALENCIA identificado con la cedula de ciudadanía No. 1.035.319.830 de Cali adscrito a la empresa METRO CALI con Nit 890.031.454 – 1, por medio del operador BL BLANCO ANCO Y NEGRO MASIVO S.A. con Nit 890.678.676 – 0 , presento una falla en el sistema de frenos impactando de manera violenta a varios vehículos entre ellos la moto la cual era conducida por el señor JOSE ALBER ALBERTO TO MEJIA OSORIO (QEDP) y en el cual iba como pasajera la señora LUISA DANIELA CALERO BAHAMON BAHAMON.

3. El accidente dejo como saldo el lamentable fallecimiento del señor JOSE ALBER ALBERTO TO MEJIA OSORIO (QEDP) y dejando gravemente herida a la señora LUISA DANIEL DANIELA A CALERO BAHAMON quien es trasladada en ambulancia a la clínica Imbanaco donde ingresó con pronóstico reservado. 4. La señora LUISA DANIEL DANIELA A CALERO BAHAMON ingreso al centro médico Imbanaco con diagnóstico de trauma craneoencefálico moderado con perdida momentánea de sentido, trauma a nivel de toras, desplazamiento de hueso superior izquierdo y múltiples fractura en miembros inferiores, tuvo que ser intervenida quirúrgicamente debido a las múltiples heridas.

5. La señora LUISA DANIELA CALERO BAHAMON quien para el momento del accidente tenía 24 años de edad, un hijo menor de edad, trabajaba en la empresa ERMITA S.A. contando con un salario mensual de UN MILLÓN DOSCIENT DOSCIENTOS OS MIL PESOS ($1’ 200.000), tuvo 3 meses de incapacitada y 4 meses de terapias. 6. La señora LUIS LUISA A DANIEL DANIELA A CALERO BAHAMON debido al desafortunado accidente tuvo que dejar de trabajar durante 3 meses lo que le género un lucro cesante de TRE TRES S MILL MILLONES ONES SEIS CIENTOS MIL PESOS ($ 3.600.000), esto no solo la afecto a ella, si no a su hijo menor de edad. 7. La señora LUISA DANIEL DANIELA A CALERO BAHAMON debido a las heridas sufridas en el accidente tuvo que ser sometida a tres secciones de terapia para recuperación del movimiento de los miembros inferiores a la semana durante 4 meses las cuales no fueron cubiertas por la EPS y tuvieron que ser pagadas por la señora CALERO BAHAMON las cuales tuvieron un valor de DOCIENT DOCIENTOS OS MIL PESOS ($200.000) por sección, para un daño emergente de NUEVE MILLONES SEIS CIENT CIENTOS OS MIL PESOS ($9.600.000).

8. La señora LUISA DANIEL DANIELA A CALERO BAHAMON sufrió un daño moral tasado en la suma de TREINT TREINTA A UN MILL MILLONES ONES DOSCIENTOS CUARENT CUARENTA A Y NUEVE MIL SEISCIENT SEISCIENTOS OS OCHENT OCHENTA A PESOS ($31.249.680) por concepto de DAÑOS MORALES ya que la gravedad de la lesiones sufridas por la señora LUISA DANIEL DANIELA A CALERO BAHAMON es de un 25% lo cual teniendo en cuenta la tabla de relación del daño moral en caso de lesiones del concejo de estado nos da una suma de 40 S S.M.L.M.V .M.L.M.V .M.L.M.V.

PRETENSIONES: Previos los trámites de un proceso verbal, reglamentado en los Artículos 368 al 373 del CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO (LEY 1564 DE 2012), sírvase hacer en sentencia haga, las siguientes declaraciones y condenas: PRIMERA PRIMERA-- DECLÁRESE CIVILMENTE RESPONSABLES a los señores METRO CALI, BLANCO Y NEGRO MASIVO S.A., BRAYAN CUENCA POVEDA y JEFERSO VALENCIA, por los daños causados a la señora LUISA DANIEL DANIELA A CALERO BAHAMON. SEGUNDA- CONDENAR a los Demandados Señores METRO CALI, BLANCO BLANCO Y NEGRO MASIVO S.A. .A.,, JULIO JA JARAMILLO RAMILLO y JEFERSO VALENCIA a pagar a la LUISA DANIEL DANIELA A CALERO BAHAMON la suma de CUARENT CUARENTA A Y CUA CUATRO TRO MILLONES CUA CUATROCIENT TROCIENT TROCIENTOS OS CUARENT CUARENTA A Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENT OCHENTA A PESOS ($.44.449.680), los valores descritos en el acápite de JURAMENTO

ESTIMATORIO, de acuerdo a lo ordenado por el Artículo 206 del CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO (LEY 1564 DE 2012). TERCERA TERCERA-COST -COST -COSTAS AS PROCESALES estarán a cargo de la parte vencida en juicio.

PRUEBAS:

Documentales 1. Copia simple de la Historia Clínica de la Señora LUISA DANIEL DANIELA A CALERO BAHAMON. 2. Copia simple de la tarjeta de propiedad del vehículo tipo moto de placas TRA45D 45D.. 3. Copia simple de la tarjeta de propiedad del vehículo de servicio público de placas VBX VBX-345. -345. 4. Copia Simple del informe de transito No No.. 00000 00000000783. 000783. Interrogatorio D De e Parte Solicito a ese Despacho se sirva CITAR en la forma establecida en el artículo 205 (Modificado Decreto 2282 de 1989, Art. 1º, Num. 97) del C. de P. C., al señor BRA BRAYA YA YAN N CUENCA POVEDA como conductor y el señor JEFERSON VALENCIA como propietario del vehículo de palcas VBX VBX-345 -345 para que en audiencia pública que tendrá lugar en la fecha y hora que el señor juez del conocimiento señale, absuelva el interrogatorio de parte que acompaño en pliego cerrado, sobre los hechos relacionados con este proceso.

COMPETENCIA: Es usted competente para conocer del presente proceso en razón de la cuantía de las pretensiones, estimado en treinta y tres millones doscientos mil pesos ( 33.200.000,=) de la naturaleza del asunto y el domicilio de las partes.

FUNDAMENT FUNDAMENTOS OS EN DERECHO: 1. EN EL ORDEN SUSTANCIAL: Es fundamento de esta demanda el artículo 2356 del C. C., que regula la responsabilidad extracontractual por actividades peligrosas, como es considerada la conducción de vehículos automotores. Adicionalmente invoco los artículos 1613 y 1614 del C. C., en lo tocante al daño en general y al daño emergente o material en lo particular. ANEXOS: 1. Todos los documentos anunciados como pruebas aportadas con el presente libelo. 2. Copia de la demanda con todos sus anexos para el traslado. 3. Copia de la demanda para el archivo del juzgado. 4. Copia de la demanda con todos sus anexos en medio magnético 5. Poder especial para actuar. PETICIONES ESPECIALES: 1. MEDIDA CAUTEL CAUTELAR: AR: 1. Al tenor de la regla sexta del art. 690 del Código de Procedimiento Civil, solicito que en el mismo auto admisorio de este libelo, se ordene el embarco para ser anotado en el folio de matrícula del automotor de placas.VBX VBX VBX--345 para lo cual deberá oficiarse a la secretaria de tránsito y transporte de Cali en debida forma. 2. Verificada la inscripción anterior, la oficina de tránsito correspondiente, deberá dar respuesta a su oficio y remitir al juzgado la constancia respectiva. NO NOTIFICACIONES: TIFICACIONES: 1. PARTE DEMANDA: La señora LUISA DANIEL DANIELA A CALERO BAHAMON recibirá notificaciones en la carrera 3 No. 54-38 barrio salomia y el celular 318-822-3480. Notificacion electrónica: [email protected]

Yo como apoderado de la señora LUISA DANIELA CA CALERO LERO BAHAMON recibiere notificaciones en la carrera 5 No. 45-65 barrio centenario y el celular 311-342-7367. Notificación electrónica: [email protected] 2. PARTE DEMANDADA: Los señores METRO CALI, BLANCO Y NEGRO MASIVO S.A., JULIO JARAMILLO, JEFERSO VALENCIA en la carrera 4 Norte No. 34-67 barrio centralia y al número de teléfono 4466255. notificacion electronica: [email protected] Señor juez, atentamente,

MIGUEL ALFONSO SANCHEZ TOVAR T. P P.. No. 219.258 del C. S S.. J. C.C. No. 1.1 1.113 13 13..531.961 .de Cali

HISTORIA CLÍNICA Fecha: 02/02/2018 11:25 a.m. Sede: CENTRO MEDICO IMBANACO EPS: MEDIMAS Ubicación: UNIDAD DE CUIDADOS INTESIVOS Nombre del paciente: LUISA DANIEAL CALERO BAHAMON Doc. Identidad: 1.1 14.542.981

Ingresa paciente de 24 años de edad a urgencias por accidente de tránsito en moto que se presentó en la carrera 39 con calle 5, se remite a la unidad de cuidados intensivos. Paciente de 24 años, género femenino, estado reservado. Diagnóstico: paciente femenino de 24 años de edad ingresa a la unidad de cuidados intensivos con trauma craneoencefálico moderado con pérdida momentánea de sentido, trauma leve a nivel de toras, desplazamiento de hueso izquierdo y múltiple fracturas en miembros inferiores.

Procedimiento: Se estabiliza y se miembros superiores e inferiores

remite a radiología para obtener palcas de los

Fecha: 02/05/2018 07:00 a.m. Sede: CENTRO MEDICO IMBANACO Ubicación: UNIDAD DE CUIDADOS INTESIVOS

Evolución: Ronda –CIRUGIA GENERAL Paciente de 24 años, género femenino, 03 días hospitalizados, 03 días cuidado crítico. Diagnósticos: activos antes de la nota: desplazamiento de hueso de miembro superior izquierdo (diagnóstico de radiología), desplazamiento de los huesos de los miembros inferiores (diagnóstico de radiología), preparar en las próximas horas para intervención quirúrgica reconstructiva de miembro superior izquierdo y miembros inferiores.

Fecha: 02/05/2018 07:00 p.m. Sede: CENTRO MEDICO IMBANACO Ubicación: Unidad de Cuidado Intermedios

Indicador de Rol. Ronda Paciente de 24 años, género femenino, 03 días hospitalizados, 03 días cuidado crítico. Subjetivo, Objetivo, Análisis: DESPLAZAMIENTO DE MIEMBRO SUPERIOR IZQUIERDO Y MIEMBROS INFERIORES. PACIENTE POS-QUIRÚRGICO EN CONDICIÓN ESTABLES SIN NECESIDAD DE APOYO VENTILATORIO. SEDADA TÓRAX: RSCSRS BIEN ABDOMEN: BLANDO, SIN DOLOR.

Fecha: 02/10/2018 12:30 a.m. Sede: CENTRO MEDICO IMBANACO

Ubicación: Unidad de Observación

Indicador de Rol. Orden de salida.

Paciente de 24 años, género femenino, 08 días hospitalizados, 05 días cuidado crítico.

Diagnóstico: PACIENTE POS-QUIRÚRGICA CON EVOLUCIÓN POSITIVA, SE EXPIDE ORDEN DE SALIDA PARA CONTINUAR SUS CUIDADOS EN CASA, SE REMITE A LA EPS MEDIMAS, ÁREA DE FISIOTERAPIA PARA QUE SE REALICEN LAS RESPECTIVAS TERAPIAS POR 120 SECCIONES Y 120 DÍAS DE INCAPACIDAD.

Señor JUEZ CIVIL MUNICIPAL DE CALI (REPARTO) E.S.D

PODER ESPECIAL LUISA DANIELA CALERO BAHAMON, mayor de edad, domiciliado y residente en Santiago de Cali (Valle del Cauca) e identificado con cédula de ciudadania Nº 1.114.542.981 de Cali (Valle del Cauca), y en mi calidad de demandante dentro del proceso ordinario de reponsabilidad civil extracontractual contra BLANCO Y NEGRO MASIVO S.A, RAMIRO JURADO Y JEFERSON VALENCIA, confiero PODER

ESPECIAL, AMPLIO Y SUFICIENTE a MIGUEL ALFONSO SANCHEZ TOVAR, mayor de edad, domiciliado y residente en Ca li (Valle del Cauca), identifica do con cédula de ciudadania Nº 1.113.531.961 (Valle del Cauca), para que en mi nombre y

representación, el cual tendra todas las facultades conferidad en el Codigo General del Proceso, asi como las de recibir, conciliar, transigir, sustituir y reasumir el presente proceso.

Sin otro particular,

PODERDANTE

____________________________________ LUISA DANIELA CALERO BAHAMON C.C. 1.114.542.981 de Cali (Valle del Cauca)

ACEPTO, APODERADO

_______________________________________ MIGUEL ALFONO SANCHEZ TOVAR C.C. 1.113.531.961 de Cali (Valle del Cauca)...


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