Derecho romano clases de propiedad PDF

Title Derecho romano clases de propiedad
Course Teoría del Derecho
Institution Universidad del País Vasco
Pages 2
File Size 86.1 KB
File Type PDF
Total Downloads 80
Total Views 140

Summary

Edorta corcoles Derecho romano Upv donostia...


Description

Clases de propiedad:

1. Dominium ex iure quiritium (prppiedad quiritaria o civil): ✔ Características formales: ∙ Dueño/titular de la propiedad debía ser ciudadano Romano. ∙ Cosa/objeto debía ser Romana (res mancipi). ∙ Modo de adquisición: ❖ Res mancipi (Cosas mancipables) ∙ Formalidades: o Mancipatio o In iure cesio ❖ Res nec mancipi (Cosas no mancipables) ∙ Sin formalidades. ∙ Traditio ✔ Época Justinianea se elimina la Res mancipi, se sustituye la palabra mancipatio por traditio. ✔ Limitaciones de la propiedad Romana: ∙ Relaciones de vecindad y de interés público. ∙ Dirigismo económico (gran influencia de la economía en la sociedad ฀ Dominado) 2. Propiedad pretoria/bonitaria (in bonis habere): ✔ Derecho de gentes (ius Gentium) ฀ influencia del ius civile se crea la propiedad pretoria/bonitaria. ∙ Adquisición de esta sin respetar alguna de las formalidades exigidas por la propiedad quiritaria/civil. ∙ El pretor protege por medios procesales a aquellos que no han respetado las formalidades civiles (mancipatio/ in iure cesio) estos serían meros poseedores. ∙ Protección de esta propiedad por el Pretor mediante actio publiciana ≈ reivindicatio. 3. Propiedad de los peregrinos (Propiedad de los extranjeros en Roma) ✔ Derecho de gentes (ius gentium)

∙ Los peregrinos no pueden ser titulares del dominium (mancipipum + titularidad D. subjetivos). ∙ Pretor peregrino y gobernadores provinciales les protegen mediante: ❖ Acciones ficticias (Aquellas en las que el pretor ordena que el juez juzgue teniendo como base un hecho inexistente para conseguir soluciones justas (de otro modo no sería así)). ❖ Análogas a las que tutelan (dirigen, amparan o tutelan) el Derecho Quiritario: reclaman cosas que pertenecen a Roma y/o fundos itálicos (Res mancipi, los bienes más importantes. La propiedad de los terrenos en Italia). ✔ Propiedad provincial: ∙ Ager publicus (territorio conquistado) ฀ Pertenece a Roma (Populus Romanus) ∙ Términos provinciales utilizados por los particulares (usus possessio) pagando un tributo (stipendium) al Estado. ∙ Aplicado en la península Itálica: o Concediéndoles señoría jurídica (Poder que tiene un sujeto sobre una cosa o bien). o Extensión de la ciudadanía Romana. ∙ Fuera de Italia: o Viejo sistema de posesiones. o Propiedad de hecho. o Protegido por gobernadores. 4. Derecho Postclásico: ✔ Confusión propiedad-posesión (Vulgarización del Derecho). ✔ Causas: ∙ Desaparece el dualismo entre acciones civiles-pretorias. ∙ Todas las provincias sometidas a tributo. No hay ≠ entre propiedad civil y provincial. ∙ No hay ≠ propiedad civil y propiedad peregrina (Concesión de la ciudadanía por Caracalla a todos los habitantes libres del Imperio)....


Similar Free PDFs