Derechos de enseñar y aprender PDF

Title Derechos de enseñar y aprender
Course Derecho Internacional Público
Institution Universidad de Belgrano
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Resumen sobre los derechos de enseñar y aprender...


Description

Derechos de enseñar y aprender   









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Este derecho está reconocido en el artículo 14. Es considerado un derecho humano universal Lo importante es el efecto jurídicamente relevante que surte de la enseñanza, es decir, que el estado reconozca los títulos, certificados, diplomas o constancias de los estudios cursados. Se apela a o El derecho a la educación o El derecho a la cultura o El derecho a informarse e investigar o El derecho a difundir (conocimientos, informaciones o investigaciones) Art. 75 inc. 19 o Investigación y desarrollo científico y tecnológico o Aspectos a tener en cuenta para la sanción de leyes de organización y de base de la educación o Educación bilingüe e intercultural para los pueblos indígenas argentinos El estado no puede coartar la iniciativa privada para crear y hacer funcionar establecimientos de enseñanza, ni negarles el reconocimiento, ni imponer un único tipo de enseñanza obligatoria (ni religiosa ni laica), ni crear privilegios lesivos de la igualdad a favor de los establecimientos oficiales. El estado debe: o Diseñar el lineamiento de los planes de enseñanza y estudio con carácter obligatorio o Controlar que no se viole la moral, el orden y la seguridad públicos, y que se respeten los valores democráticos o La educación pública debe cumplir con los principios de gratuidad y equidad o Debe subsidiar o subvenir la enseñanza que se imparte en establecimientos privados mediante un reparto proporcional de los fondos destinados a la educación Igualdad de oportunidades: pluralismo educativo. El estado debe crear establecimientos oficiales gratuitos. Libertad de enseñanza: opción posible por un tipo de enseñanza preferido. o Debe respetarse la objeción de conciencia para no obligar ni a docentes ni estudiantes a participar en actos o ceremonias que su conciencia religiosa o moral reprueba. Libertad de cátedra: el derecho a impartir y recibir enseñanza no ha de quedar sujeto a directivas que impongan un contenido ideológico determinado o una orientación obligatoria. Art. 75 inc. 18 o Una ley marco de organización y de base en materia educativa  Consolidar la unidad nacional  Respetar la particularidades provinciales y locales

Aseguren la responsabilidad indelegable del estado, la participación de la familia y de la sociedad, la promoción de los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna  Respecto que la enseñanza pública estatal, garantizar la gratuidad y la equidad, y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales Art. 75 inc. 17: las leyes federales de educación deben garantizar a favor de los pueblos indígenas el respeto a su identidad y una educación bilingüe e intercultural El derecho a la cultura (art. 75 inc. 19) o La identidad y pluralidad cultural o La libre creación y circulación de las obras de autor o El patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales 

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https://www.cij.gov.ar/nota-28821--La-Corte-Suprema-resolvi--que-en-Salta-no-podr--darse-educacin-religiosa-en-las-escuelas-p-blicas-en-el-horario-escolar-y-como-parte-del-plan-de-estudios.html...


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