DM 2 - Apuntes muy buenos de relaciones laborales corregidos por el profesor y suficientes PDF

Title DM 2 - Apuntes muy buenos de relaciones laborales corregidos por el profesor y suficientes
Course Derecho Mercantil
Institution Universidad de Salamanca
Pages 6
File Size 130.9 KB
File Type PDF
Total Downloads 508
Total Views 930

Summary

TEMA 2. LA EMPRESA, EL EMPRESARIO Y SUS COLABORADORES1. LA EMPRESA: CONCEPTO Y ELEMENTOS INTEGRANTES DE LA EMPRESACONCEPTO DE EMPRESALa empresa desde el punto de vista económico es una organización de capital y trabajo para producir bienes. Desde el punto jurídico, la empresa es para el derecho no e...


Description

TEMA 2. LA EMPRESA, EL EMPRESARIO Y SUS COLABORADORES 1. LA EMPRESA: CONCEPTO Y ELEMENTOS INTEGRANTES DE LA EMPRESA ! CONCEPTO DE EMPRESA! La empresa desde el punto de vista económico es una organización de capital y trabajo para producir bienes. Desde el punto jurídico, la empresa es para el derecho no es algo distinto que lo es para la economía, sin embargo, el derecho estudia la empresa desde otros puntos de vista por eso se dice que el derecho estudia ciertos aspectos o dimensiones de la empresa ! Aspectos: •

Aspecto Subjetivo de la empresa, identifica a la empresa con el sujeto titular de la mismo que es el empresario (el titular de la empresa es el empresario). Este aspecto es el que estudia el derecho mercantil "



Aspectos Objetivos o estático de la empresa, la empresa es un conjunto organizado de bienes, derechos y relaciones de hecho a través de los cuales el empresario ejercita su empresa "



Aspecto Personal, Institucional o Laboral, la empresa es una comunidad formada por una serie de personas: el empresario y sus trabajadores " ELEMENTOS INTEGRANTES DE LA EMPRESA (aspecto objetivo) " La empresa esta integrada por un conjunto de bienes, derechos y relaciones de hecho. La empresa esta integrada por: "

Elementos integrantes de la empresa: •

Bienes materiales, se pueden tocar. Se dividen en bienes muebles (maquinaria, mercancías, dinero, cheque, pagaré) y bienes inmuebles (locales, instalaciones) "



Bienes inmateriales, patente, marca. Son creaciones del hombre que para ser perceptibles es necesario un soporte físico donde se materialicen" -Propiedad industrial " a. Patentes y modelos" b. Signos distintivos de la actividad empresarial (marca, nombre comercial) " -Propiedad intelectual o derecho de autor -Propiedad comercial "

La empresa es un conjunto organizado que lleva a cabo el empresario. La empresa va a tener un plus de valor a la suma de valor de todos los bienes si los súmanos y esto dará lugar a la clientela o fondo de comercio!

2. EL EMPRESARIO, CONCEPTOS Y CLASES ! Concepto de empresario: aquella persona física o jurídica que de una forma organizada, profesional y en nombre propio lleva a cabo una actividad de producción o de intercambio de bienes servicios destinados al mercado y generalmente con animo de lucro ! Características del empresario: •

E # l empresario lleva a cabo una actividad organizada, es decir, el empresario va a ser la persona que va a organizar los diferentes elementos personales, materiales que integran a la empresa. Como consecuencia la empresa tiene un plusvalor. (fondo del comercio) "



E # jercita una actividad profesional, el empresario lleva una actividad permanente, cte, verdadera y habitual. Hace de su profesión su medio de vida "



$#Es una actividad en nombre propio, tanto las consecuencias económicas como jurídicas van a recaer en la persona de la del empresario que es quien ejercita la empresa en su nombre "



$Lleva a cabo una actividad con animo de lucro buscando un beneficio (esta característica puede faltar) "

Clase de empresarios. importante:" Distinguimos entre empresario persona jurídica y empresario persona física " Empresario persona física: es el empresario individual, cualquiera de nosotros puede ser empresario" Empresario persona jurídica: sociedades mercantiles, las fundaciones a veces actúan como empresario "

3. EL EMPRESARIO INDIVIDUAL: NOCIÓN LEGAL Y ASPECTOS BÁSICOS DE SU RÉGIMEN JURÍDICO " Podemos definir el empresario individual como aquella persona física que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio se dedica a el habitualmente en nombre propio " Requisitos legales. importante: ! 1. Tener capacidad legal, ser mayor de edad para ser empresario es necesario tener " 18 años. Ni si quiera el menos emancipado puede ser empresario " ¡¡EXCEPCIÓN!! En el articulo 5 del Código de Comercio dice que los menores de edad y los incapacitados podrán continuar el comercio que ejercían sus padres por causas mayores. Observaciones de esta ley:" #

-Los menores incapacitados solo pueden continuar la empresa NUNCA puede un #

#

menos crear una empresa !

#

-El principio de conservación de la empresa: muerte de los padres !

#

-Estos menores o incapacitados tienen que valerse o asistirse de un tutor hasta ##

#

conseguir la mayoría de edad o su recuperación !

#

-El empresario en estos casos NO es el tutor a pesar de que es él el que da la # #

#

cara. El empresario legalmente es el menor o el incapacitado !

2.Ejercer el comercio, tener una empresa" 3.Ejercer el comercio con habitualidad o profesionalidad ! 4.Ejercer el comercio con nombre propio: tanto las consecuencias económicas como jurídicas van a recaer sobre el empresario legal !

4. LA RESPONSABILIDAD DEL EMPRESARIO. IMPORTANTE ! A. ¿Con qué bienes va a responder el empresario? ! El empresario cómo cualquier otra persona responde con TODOS sus bienes presentes y futuros. Esta responsabilidad universal se aplica tanto al empresario individual como al empresario social o sociedades ! -Con relación al empresario individual, este responde con TODOS sus bienes (presentes y futuros y no se hace distinción entre sus bienes personales y empresariales ! -Con relación al empresario social, las sociedades responden con todos lo bienes que tengan, con todo su patrimonio hasta que se agote. Una vez que se agote entraría a responder los bienes personales de cada uno de los socios. En las llamadas sociedades personalistas no ocurre lo mismo y en las sociedades capitalistas mixtas solo responde con el patrimonio de la sociedad no con el personal. !

B. ¿De qué deudas u obligaciones va a responder el empresario? El empresario responde tanto de aquellos hecho o deudas que se contraigan por vía contractual (contracto) como también de aquellos hechos que surjan al margen de un contracto (obligaciones extracontractuales, como las normas de trafico) ! Esta responsabilidad se basa en la idea de culpa, para que un empresario responda es necesario una culpa contractual extracontractual. ! Ej: Los suministradores de ciertos productos, esta recogido en la ley de consumidores y usuarios de 2007. En esta ley se regula una serie de productos: juguetes, cosméticos que solo por el hecho de que puedan producir un daño ese empresario va a responder ! C. ¿De qué personas va a responder el empresario? El empresario va a responder no solo de sus actos propios sino de aquellos daños que puede causar sus dependientes en el ejercicio de sus funciones (trabajadores) !

5.COLABORADORES DEL EMPRESARIO ! El empresario para llevar a cabo su actividad necesita una serie de personas que le ayudan, que colaboren con el y estas personas se denominan colaboradores del empresario ! A. Colaboradores pendientes Se caracterizan por que son personas que ayudan al empresario, pero se encuentran en una situación de subordinación o dependencia con relación al empresario para que trabajan ! Son personas que están ligados al empresario de una forma estable, permanente a través de un documento laboral ! -Colaboradores dependientes sin poder de representación No pueden realizar contractos para su empresa, son personas que realizan funciones meramente internas de la empresa, se denominan técnicos ! -Colaboradores dependientes con poder de representación El empresario le ha otorgado el poder de firmar contractos. Los colaboradores dependientes con poder de representación son: ! • Factor o Gerente, el código de comercio lo denomina factor, pero en realidad se conoce como director general de una empresa. Este es aquella persona que tiene un poder general para realizar todo tipo de acto y contratos relativos al trafico de la empresa. Puede realizar todo tipo de actor que podría realizar un empresario menos los actos personalistas. CARACTERISTICAS: !

-La relación jurídica que une al factor con el empresario es un contracto de carácter laboral, es un contrato de alta dirección de empresa, no se rige por el Estatuto de los Trabajadores si no que se rige por el Real Decreto de 1985 ! - (no muy importante) En relación con la amplitud del poder del factor, podemos decir que el factor goza de un poder muy amplio, un poder general que le ha otorgado el empresario. Este poder se puede inscribir en el Registro Mercantil para que todas aquellas personas interesadas puedan conocer la amplitud de ese poder con sus posibles limitaciones ! -Limitaciones a este poder, que el factor tenga poder general no significa que tenga poder ilimitado, sin embargo, el empresario no puede establecer limitaciones de tal envergadura que desnaturalicen la Figuera del gerente ! -Deberes del factor, debe comportarse de forma leal y no puede dedicarse a la misma actividad que su empresario ! - Revocación o extinción del poder factor, al igual que el empresario le ha otorgado el poder general, en cualquier momento el empresario puede revocarle ese poder que antes había otorgado. Tendrá que comunicarlo inmediatamente y a efectos de terceros si antes se inscribió en el Registro Mercantil la revocación también debe hacerse a través de la cancelación en el Registro Mercantil !

• Dependientes, según el Código de Comercio es el colaborador que se encarga de un determinada sector o rama de la empresa. Tiene un poder mas limitada que el factor. No se puede inscribir en el Registro Mercantil y su función se sabe por anuncios dentro de la empresa ej: jefe de personal, jefe de almacén !

• Mancebo, son los colaboradores dependientes que tienen un poder muy limitado, un poder casi mínimo, son los que están detrás del mostrador y se encargan por ejemplo de recibir mercancías !

• Viajantes, no están regulados por el Código de Comercio si no por el Real Decreto, el viajante colabora con el empresario fuera del establecimiento físico de la empresa. Tiene un poder para promocionar los productos de un empresario y a veces pueden celebrar eventos " B. Colaboradores independientes " Los colaboradores independientes son empresarios y colaboran con otro empresario ponen su empresa al servicio de otro empresario. La relación jurídica que les une es un contracto de carácter mercantil como puede ser un contracto de comisión" Se puede agrupar en dos grupos: "



Los Agentes Comerciales, son aquellos colaboradores independientes que están unidos o se relacionan con el empresario mediante un contracto de agencia. Ej: agente de seguros, publicidad, transportes..." Cada uno de estos agentes se les aplica la ley de contrato de agencia de 1992 !



Los Agentes Mediadores Eran tres, ya que actualmente ya no existen...


Similar Free PDFs