Empresas Industriales Y Comerciales DEL Estado PDF

Title Empresas Industriales Y Comerciales DEL Estado
Course Administrativo General
Institution Universidad La Gran Colombia
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Taller empresas...


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EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO (1) Artículo 85º. Ley 489/1998. (2) Empresas industriales y comerciales del Estado. Las empresas industriales y comerciales del Estado son organismos creados por la ley o autorizados por ésta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial y de gestión económica conforme a las reglas del Derecho Privado, salvo las excepciones que consagra la ley. Ejemplos: (3) (4) (5) (6) Características: (7) (8) (9) Creación o Autorización Legal: El artículo 150 de la Constitución Política, numeral 7mo, dice: (10) “ARTICULO 150. Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce las siguientes funciones: … 7. Determinar la estructura de la administración nacional y crear, suprimir o fusionar ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y otras entidades del orden nacional, señalando sus objetivos y estructura orgánica; reglamentar la creación y funcionamiento de las Corporaciones Autónomas Regionales dentro de un régimen de autonomía; así mismo, crear o autorizar la constitución de empresas industriales y comerciales del estado y sociedades de economía mixta. …” Atribución de Funciones Industriales o Comerciales: Las empresas desarrollan funciones que no son tradicionalmente propias del Estado, sino propias de los particulares. Estas actividades se ejercen con ánimo de lucro pero buscando un beneficio para la misma empresa e indirectamente para la comunidad. Estas actividades pueden ser un servicio público, como por ejemplo el transporte, y excepcionalmente, la ley puede conferir a estas empresas funciones de carácter administrativo. Personería Jurídica: Dado que son entidades descentralizadas, las empresas industriales y comerciales del estado poseen este atributo.

(11) Autonomía Administrativa: Es la facultad que tiene la entidad para manejarse por sí misma. Cabe enunciar que la autonomía que gozan las empresas industriales y comerciales del estado es mayor que la de los establecimientos públicos. Según estipulado en la Sentencia del 15 de Marzo de 1976 del Consejo de Estado. (12) (13) (14) (15) Capital Público y Autonomía Financiera: Cada empresa tiene su patrimonio diferente al patrimonio del estado, el cual, puede manejar directamente. Al estas empresas tener proporcionalmente mayores recursos propios que los establecimientos públicos, hace que dependan menos de los aportes del Estado por tanto tienen mayor autonomía. Capital independiente, constituido totalmente con bienes o fondos públicos comunes, los productos de ellos, o el rendimiento de tasas que perciban por las funciones o servicios, y contribuciones de destinación especial en los casos autorizados por la Constitución. Control de Poder Central: Puesto que son entidades descentralizadas, están sujetas al control de tutela por el poder central. Sin embargo, este control no es tan fuerte en comparación con el de los establecimientos públicos, dado que al tener mayor autonomía en varios aspectos, los controles sobre estos se hacen menores. Algunas empresas industriales y comerciales del Estado, están sujetas a un control administrativo especial por las Superintendencias Financiera de Salud y de Industria y Comercio, según sus funciones y actividades. Aplicación del Derecho Privado: Según los artículos 85 y 94 de la Ley 489 de 1998. (16) Se aplica el derecho privado, como regla general a las empresas industriales y comerciales del estado con actividades de carácter industrial, comercial o de gestión económica. Sin embargo puede haber excepciones, si las actividades son de carácter administrativo, lo dirimirá la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Excepciones: - Se aplica el Derecho Público a las actividades atinentes a su creación, organización, control fiscal, y en general a las que tienen que ver con sus relaciones con la administración central.

- Cuando la ley confiere a la empresa funciones de carácter administrativo. Funciones que normalmente le corresponderían al estado. En Materia Laboral: Todos los empleados tienen calidad de empleados oficiales, pero la mayoría de ellos, son trabajadores oficiales que se asemejan a trabajadores particulares, a los cuales se les aplica la normatividad vigente en el Código Sustantivo del Trabajo y los litigios serán atenidos en la jurisdicción laboral. La empresa precisará qué personal se desempeñará como empleado público para la realización de funciones de dirección o confianza, y es bajo esta condición, que se aplica el derecho administrativo, es decir, el régimen de derecho público. Artículo 93, Ley 489/1998: Dispone que los contratos que celebren estas empresas se sujetan a las disposiciones del estatuto general de contratación de las entidades estatales. (17) Excepto las empresas que desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado o público nacional o internacional, a las que se les aplicará las normas que rigen la actividad de gestión económica y comercial que desarrollen. Organización de las Empresas: La dirección y administración de las empresas industriales y comerciales del estado, estará a cargo de una junta directiva y de un gerente o presidente. (18) (19) Funciones de la Junta Directiva: - Formulación política general de la empresa, el plan de desarrollo administrativo y los planes y programas que deben proponerse para la integración a los planes sectoriales y plan nacional de desarrollo. - Proponer al gobierno nacional las modificaciones a la estructura orgánica que consideren pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca. - Las demás que establezca la ley y los estatutos internos. Funciones de las Empresas: Funciones de carácter industrial y comercial o gestión económica. Las funciones son propias de cada empresa y deben estar detalladas en sus respectivos estatutos.

Excedentes Financieros y Utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado: El Estatuto Orgánico del Presupuesto, Decreto 111 de 1996 (20), en el Artículo 97 establece que “Los excedentes financieros de las empresas industriales y comerciales del Estado del orden nacional no societarias, son de propiedad de la Nación. El Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, determinará la cuantía que hará parte de los recursos de capital del presupuesto nacional, fijará la fecha de su consignación en la Dirección Del Tesoro Nacional y asignará, por lo menos, el 20% a la empresa que haya generado dicho excedente. Las utilidades de las empresas industriales y comerciales societarias del Estado y de las sociedades de economía mixta del orden nacional, son de propiedad de la Nación en la cuantía que corresponda a las entidades estatales nacionales por su participación en el capital de la empresa. El CONPES impartirá las instrucciones a los representantes de la Nación y sus entidades en las juntas de socios o asambleas de accionistas sobre las utilidades que se capitalizarán o reservarán y las que se repartirán a los accionistas como dividendos. El Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, al adoptar las determinaciones previstas en este artículo, tendrá en cuenta el concepto del representante legal acerca de las implicaciones de la asignación de los excedentes financieros y de las utilidades, según sea el caso, sobre los programas y proyectos de la entidad. Este concepto no tiene carácter obligatorio para el CONPES, organismo que podrá adoptar las decisiones previstas en este artículo aun en ausencia del mismo (L. 38/89, art. 26; L. 179/94, art. 55, incs. 9º y 11; L. 225/95, art. 6º)”. En igual forma el Decreto 4730 de 2005, en el Artículo 39 determinó la metodología de cálculo de los excedentes financieros para las Empresas Industriales y Comerciales del Estado No Societarias así: “Los excedentes financieros de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado no societarias serán el resultado de descontar de las utilidades del ejercicio, la reserva legal y las reservas estatuarias”. Empresas Industriales y Comerciales del Estado No Societarias De acuerdo con la normatividad enunciada para el caso de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado No societarias del Orden Nacional, se consideran los siguientes apartes: Los excedentes financieros son propiedad de la Nación. El CONPES asignará, por lo menos, el 20% a la empresa que haya generado dicho excedente. Las excedentes financieras de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado no societarias serán el resultado de descontar de las utilidades del ejercicio, la reserva legal y las reservas estatuarias. Así mismo, el CONPES es el órgano encargado de determinar la cuantía de los excedentes financieros que harán parte de los recursos de capital del Presupuesto General de la Nación y fijar la fecha de su consignación en la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Empresas Industriales y Comerciales del Estado Societarias del Estado.

Para el caso de las Empresa Industriales y Comerciales del Estado Societarias, se establece lo siguiente: “Las utilidades..., son de propiedad de la Nación en la cuantía que corresponda a las entidades estatales nacionales por su participación en el capital de la empresa”. En igual forma, el CONPES impartirá las instrucciones a las juntas de socios o asambleas de accionistas sobre las utilidades que se capitalizarán o reservarán y las que se repartirán a los accionistas como dividendos. Excedentes Financieros A las Empresas Industriales y Comerciales del Estado No Societarias se les calculan los excedentes financieros de acuerdo con lo definido para estos efectos en el Artículo 39 del Decreto 4730 de 2005. (21) (22) (23) Adicionalmente, para las Empresas Industriales, se analizan un conjunto de indicadores financieros con el objeto de no afectar la capacidad financiera de las empresas, y facilitar sus programas de expansión, modernización y desarrollo en el mediano plazo y largo plazo. Utilidades Para el caso de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado Societarias, el cálculo de las utilidades se sigue lo previsto en el Artículo 97 del Decreto 111 de 1996 y se realizará en la siguiente forma. (24) (25) Dado que las utilidades así liquidadas incorporan cuentas que no significan una erogación de efectivo como las depreciaciones y provisiones, además de cuentas de ingresos y gastos no operacionales que en ciertos casos determinan el resultado neto de la empresa, es prudente incluir un análisis de la situación financiera de cada una de las entidades para determinar la disponibilidad de recursos que se transferirían a la Nación. Los resultados obtenidos con todos los análisis realizados tanto para los excedentes financieros como para las utilidades, permiten obtener un diagnóstico de la situación de las empresas en términos operativos, de financiamiento y de rentabilidad. Con base en este diagnóstico se evalúa la viabilidad de efectuar el pago de dividendos a la Nación en el monto calculado. Análisis de la Situación Financiera En el Análisis de la Situación Financiera de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado No Societarias, de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado Societarias y de las Sociedades de Economía Mixta, se tendrán en cuenta indicadores utilizados para evaluar el desempeño financiero y las perspectivas empresariales en cuanto a la rentabilidad, la liquidez y el endeudamiento del negocio, que sirven como parámetro para

fijar el valor económico de las empresas. Del resultado del análisis de los indicadores se obtiene el retrato de la situación financiera y operativa en la que se encuentran las empresas evaluadas. Este análisis es la fuente para la toma de decisiones tanto a nivel directivo como para establecer la disponibilidad de los recursos a transferir a la nación, ya sean excedentes o utilidades. Los indicadores financieros propuestos para el análisis del desempeño empresarial son los siguientes. - Indicadores de Rentabilidad A través de los indicadores de rentabilidad se podrá evaluar la utilidad como resultado de la gestión empresarial. Rentabilidad sobre la inversión – RSI: Es la relación entre la utilidad Neta (UN) que genera la empresa y la inversión efectuada. Esta relación clasifica la inversión, en la realizada por los accionistas y las obligaciones que requieran pago de intereses. Este indicador representa la eficiencia en el uso de los recursos (AF) para obtener un margen neto de utilidades (UN), y al mismo tiempo muestra la rentabilidad lograda con esa inversión (RSI). Indicadores altos expresan un mayor rendimiento en las ventas y del dinero invertido. (26) Rentabilidad sobre los Activos – RSA o Ecuación Dupont: Es la relación entre la utilidad operacional (UO) y el total de los activos de la empresa. Interpretación. Este indicador muestra la capacidad del activo para producir utilidades, independientemente de cómo haya sido financiado. (27) Rentabilidad sobre el Patrimonio – RSPt: El indicador buscar medir la utilización efectiva de los aportes de los accionistas en la empresa. Interpretación. Indica el rendimiento que los socios ó dueños de la empresa obtuvieron sobre la inversión realizada por ellos. (28) Margen Operacional: Este indicador permite evaluar si el esfuerzo hecho en la operación durante el período de análisis, está produciendo una adecuada retribución para los socios. Interpretación. Indica si el negocio es o no lucrativo, en sí mismo, independientemente de la forma como ha sido financiado. (29)

- Indicadores de Endeudamiento o Solvencia A través de los indicadores de endeudamiento se mide la capacidad y el respaldo que tiene la empresa para endeudarse. Nivel de Endeudamiento: Este indicador establece el porcentaje de participación de los acreedores dentro de la empresa. (30) Endeudamiento Financiero: Este indicador establece el porcentaje que representan las obligaciones financieras de corto y largo plazo con respecto a las ventas del periodo. (31) Concentración del Endeudamiento de Corto Plazo: Este indicador establece qué porcentaje del pasivo total con terceros tiene vencimiento corriente, es decir, a menos de un año. (32) - Indicadores de Liquidez A través de los indicadores de liquidez se determina la capacidad que tiene la empresa para enfrentar las obligaciones contraídas a corto plazo. En consecuencia, entre más alto es el cociente mayores serán las posibilidades de cancelar las deudas en el corto plazo. Razón Corriente: Es la relación que mide las disponibilidades de la empresa, para afrontar los compromisos del corto plazo. Interpretación. Es el análisis de la capacidad que tiene la empresa para cubrir sus obligaciones corrientes, guardando un cierto margen de seguridad en previsión de alguna disminución o pérdida en el valor de los activos corrientes. (33) Capital de Trabajo Neto Operativo – KTNO: Indicador de eficiencia que mide la actividad operativa de la empresa. El indicador se puede interpretar como la cantidad de flujo de caja que la empresa se apropia con el fin de reponer el capital de trabajo. (34) Capital de Trabajo Neto – KNT: Indica el valor que le quedaría a la empresa, representando en efectivo u otros activos corrientes, después de pagar todos sus pasivos de corto plazo, en el caso en que tuvieran que ser cancelados de inmediato. (35)...


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