Esquema alta y baja edad media PDF

Title Esquema alta y baja edad media
Course Fundamentos históricos del derecho
Institution Universitat Oberta de Catalunya
Pages 2
File Size 101.6 KB
File Type PDF
Total Downloads 4
Total Views 154

Summary

Resumen Fundamentos Alta/Baja Edad Media 20/21...


Description

ALTA EDAD MEDIA (s. VI-X) Derecho/Ord. Jco./ Fuentes Evoluciona la herencia romana y visigoda y cómo se organiza el mundo altomedieval a partir de la consolidación de los poderes políticos. Hablar del orden - Economia: agricola‐ganadera de divino natural, de la fuerza de la costumbre (o del derecho consuetudinario), de la subsistencia, con colaboracion de contraposición con el período de creación precedente para evidenciar el manufacturas caseras. descubrimiento y la identificación del derecho en el mundo altomedieval, sería un - Sociedad: Feudalismo como organizacion buen punto de partida. Aludir a corrientes ideológicas y a conceptos del momento de la sociedad basada en el predominio de la (agustinismo político, respublica christiana, etc.) completaría la respuesta. nobleza y en la division estamental. Se identificó Justicia (voluntad divina) y derecho. Los hombres, incluyendo el rey, - Politica: Poder de la monarquia limitado no creaban derecho, sino que lo descubren del orden divino. por la nobleza y el alto clero. Debilitado Consideran que el dcho era antiguo y bueno, no hay creación Cultura: Ciencia estancada por ideas El derecho es mayoritariamente consuetudinario filosoficas y creencias religiosas. Declive de La noción de Derecho en la Alta Edad Media (feudal) era muy diferente a la noción la cultura grecorromana, heredada del mundo romano, de la antigüedad. - En definitiva: Ruralización y feudalismo, El derecho aplicable es el derecho loca consuetudinario - (costumbres locales) atomización de los poderes públicos (centros El derecho estaba al servicio del TRIVIUM / CUADRIVIUM, no era una enseñanza de decisión) fragmentación: social, en si misma sino instrumental. Se enseñaban fracciones del dcho. romano económica y política (el poder) justinianeo, pero no todo Contexto Social

Contexto Social

BAJA EDAD MEDIA (S. XI-XV) Derecho/Ord. Jco./ Fuentes

Explicitar la evolución del derecho altomedieval (la costumbre, el derecho municipal, el privilegio, p.ej.) en el derecho bajomedieval (con la entrada en escena del derecho del rey y del derecho del reino, con la legislación de las -A partir de la segunda mitad s. IX desarrollo asambleas parlamentarias práctitas vasalláticas, debilitamiento del poder central, fotarlecimiento poder Pluralidad ordenamientos jurídicos: costumbres, derechos locales, intermedio. estatutos corporativos, dcho mercanti, dcho del rey y dcho reino - El mundo medieval, a partir de la concepción altomedieval del mundo, los distintos territorios en la baja edad media se Tanto en la baja edad media como en la época moderna, lo que se aplicará será más la literatura jurídica alrededor de los textos legales que los propis textos fueron organizando como reinos legales independientes, estructura monárquica cristiana y sobre una sociedad estamental - El IUS COMMUNE forma una amalgama entre Corpus Iuris Civilis (derecho romano justinianeo) y Corpus Iuris Canonici (Derecho canónico) y literatura de - Renacimiento comercial, económico los juristas, hay que entenderlo como una cultura juridica resultante del estudio a partir del año 1.000 del dcho justinianeo, el canónico y el feudal, son estudiados siguiendo una misma - Resurgen las ciudades - desplazamiento técnica. del campo a ciudad - El derecho altomedieval no sirve para esta - Recepción Ius Commune: este drcho común es recibido en toda Europa (menor medida reino unido), y va a combinarse con los derecho propios que exitían en los nueva sociedad urbana, el derecho que mejor territorios se adapta el dereho romano, los - Depuración del método jurídico en dos esculelas Mos Italicus y Mos Gallicus comerciantes están interesados, pero es (aproximación histórica y filologica a las instituciones del Dcho Romano) necesario adaptarlo a la época El derecho común tenía un carácter subsidiario, primero había que aplicar el derecho estatutario (el derecho particular del lugar) éste tenía limitaciones muy significativas: había que probar su uso, que no siempre resultaba fácil

Personajes / Conceptos/comentarios La actividad legislativa de los monarcas era discreta y de alcance particular y concreto Aislamiento, vida social en pequeñas comunidades locales Sin juristas (no tiene sentido), sin poder político fuerte El legislador (emperador, rey, otra autoridad civil o eclesiás tica), interviene para ordenar aquellas cuestiones urgentes, imprescindibles, prioritarias para el mantenimiento de la vida en común, relaciones comerciales han decaído y se ha simplificado la actividad jurídica. Esas áreas son por excelencia el derecho de familia y el derecho penal.

Personajes / Conceptos/comentarios

Acontecimientos

711 - Invasión musulmana Península (AlAndalus) 800 - Nombramiento Carlomagno emperador IR Occidental (Sagrado imperio romano germánico

Acontecimientos

Triunfo ideas teocráticas: poder terrenal está Desde finales del siglo XII, esta difusión se por debajo del poder espiritual papa Lucha extenderá por toda Europa, gracias a los investiduras Gregorio VII -Enrique IV estudiantes —tanto clérigos como laicos Ius Commune: redescubrimiento del dcho. —que tras sus estudios en Bolonia, romano justinianeo, el derecho común, que se regresaban a sus países de origen con crea a partir del siglo XI, en Bolonia, con el unos conocimientos técnicos y trabajo fundamentalmente de Irnerio y sus especializados, directamente aplicables a discípulos. Glosadores y comentaristas las nuevas circunstancias sociales, (Dcho Civil) económicas y políticas, a las que el Decretistas (Dcho. Canónico), contribuyeron derecho medieval no era capaz de dar a consolidación, tecnificación y evolución del respuesta. Los estudiantes, a la vuelta de conocimiento jurídico Bolonia, se convierten en difusores del Ius De esta forma, con el descubrimiento del Commune, algunos como profesores de derecho romano justinianeo, junto al derecho esta nueva “ciencia jurídica” en las canónico y el derecho feudal, así como el universidades. trabajo de los glosadores y, posteriormente, Otros estudiantes, siendo o no profesores, de los comentaristas, se formaría un corpus también contribuyen a la difusión del Ius de textos jurídicos que sería objeto de Commune, ejerciendo como juristas difusión por toda Europa. profesionales: notarios, abogados, jueces y en la administración del estado, sobre Difusión /recepción utrumque dcho por toda todo a partir del siglo XIII, participando en la elaboración de la leyes e Europa implantando este Ius Commune en los Los derechos propio se combinaron de derechos propios.” En Inglaterra se distinta manera con el IUS COMMUNE prohibió la enseñanza del derecho común (Castilla Las Partidas) (Vacarius - cierre escuela). Recopilación y codificación

FHD 2020 J. Delgado E.

Contexto Social

ÉPOCA MODERNA (S. V-XVIII) Derecho/Ord. Jco./ Fuentes

Personajes / Conceptos

Acontecimientos

ÉPOCA CONTEMPORÁNEA (S.XIX-)

FHD 2020 J. Delgado E....


Similar Free PDFs