Juicio Ordinario Mercantil PDF

Title Juicio Ordinario Mercantil
Author The Cross
Course Derecho Mercantil
Institution Universidad Autónoma de Baja California
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Summary

Es un ensayo sobre El juicio ordinario mercantil, además del ordinario, suerte chavos
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Description

JUICIO ORDINARIO MERCANTIL

¿Qué es? El juicio ordinario mercantil es el acto jurídico procedente para gestionar todos los casos en que las disputas no tengan fijadas una tramitación especial. El juicio ordinario mercantil procede en todos aquellos casos en los que las contiendas no tengan señalada una tramitación especial. El juicio mercantil puede ser ordinario o ejecutivo. El origen del término juicio ordinario mercantil viene del latín iudicium, que se traduce como el conocimiento de un asunto en el que el magistrado debe dictar sentencia. El término mercantil se refiere a todo lo que tiene que ver con el comercio y las mercancías, cosas muebles objeto de compraventa. Es decir, que los juicios ordinarios mercantiles comprenden aquellos en los que el juez conoce una cuestión relativa a negocios comerciales entre dos partes sobre la que debe dirimir y dictar sentencia. Es elemento esencial en el derecho mercantil mexicano.

¿En qué consiste? Se presenta una demanda por parte de una de las partes, que tiene que cumplir los requerimientos establecidos en el artículo 255 del Código de Procedimientos Civiles. Juntamente con la demanda, tiene que mostrarse la documentación que avale a los litigantes como partes en el proceso, así como la facultad para actuar del procurador. En el caso de que la demanda sea admitida, el juez invoca al demandado a participar en el proceso. Se remite una cédula de oficial notificación al demandado; este dispone de al menos nueve días para emitir una contestación. Es el momento de rebatir los hechos declarados por el demandante y oponer excepciones. Durante el periodo probatorio fijado ambas partes tienen la facultad de rendir pruebas para después proceder a la publicación de probanzas, estableciendo claramente sus pruebas y concluyendo las diligencias probatorias necesarias. Después del proceso de pruebas con sus excepciones, se procede a presentar los alegatos mediante la entrega de documentos originales al demandante y al demandado con un plazo de 10 días, esto con la finalidad de que preparen su alegato.

Etapas El juicio ordinario mercantil comprende cuatro etapas: Etapa postularía o de fijación de la litis Se trata de que ambas partes establezcan sus pretensiones con el juicio ordinario mercantil. Las partes cuentan los hechos según su perspectiva y muestran lo que conviene hacer, ateniéndose a sus intereses. Cabe la posibilidad de contrademandar. Esta primera etapa se finaliza al fijar cuál es la materia de la litis; es decir, la materia de litigio, los elementos que van a ser objeto de prueba, alegato y sentencia. Esto se hace mediante los escritos de demanda y contestación. Los requerimientos de la demanda son: – Nombre del tribunal frente al que se presenta. – Nombre demandante y demandado. – Hechos objeto del litigio – Fundamentos del derecho. – Reclamación en detalle, especificando los términos.

Etapa probatoria El comienzo de esta etapa viene determinado por el auto del juez, que ordena que el juicio se abra a prueba. Es una facultad discrecional del juez, al igual que establecer los días que son necesarios para el periodo probatorio sin exceder los 40 días. Es un periodo reducido, sobre todo si valoramos que las pruebas se tienen que presentar con tiempo para admitirlas, prepararlas y desahogarlas, ya que, si no es así, el juez tiene la potestad para rechazarlas. Alegatos Después del periodo de pruebas viene el de alegatos, que son 10 días para cada parte. En los alegatos el juez tiene que poder examinar de forma organizada y resumida los hechos que avalan las demandas de las partes, las pruebas de sus derechos. Si no se presentan alegatos no existe sanción alguna, pero se pierde el derecho a poder hacerlo en el futuro.

Sentencia En esta última e importante etapa se determina la sentencia a aplicar, que es definitiva o interlocutoria según si se refiere al asunto principal o a un incidente accesorio. Según lo establecido por la ley, el juez fijará sentencia fundamentada en la interpretación de la ley y, si no encuentra ley competente, se ajustará a los principios generales del derecho. Esto viene avalado por el artículo 1324 del Código de Comercio, que dice lo siguiente: “Toda sentencia debe ser fundada en ley y, si ni por el sentido natural ni por el espíritu de esta se puede decidir la controversia, se atenderá a los principios generales del derecho, tomando en consideración todas las circunstancias del caso”.

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL Concepto Art. 1049. - Son juicios mercantiles los que tienen por objeto ventilar y decidir las controversias que, conforme a los artículos 4o., 75 y 76, se deriven de los actos comerciales. El juicio ejecutivo es un juicio de excepción que se basa en el establecimiento, por un título, de un derecho perfectamente reconocido por las partes; el documento mismo prohíja la existencia del derecho, define al acreedor y al deudor y determina la prestación cierta, líquida y exigible, de plazo y condiciones cumplidos como pruebas, todas ellas consignadas en el título. ¿Como procede el juicio mercantil? El artículo 1391 del C de comercio señala que: el procedimiento ejecutivo mercantil tiene lugar cuando la demanda se funda en documento que trae aparejada ejecución y agrega que traen aparejada ejecución los siguientes documentos: 1.- La sentencia ejecutoriada o pasada en autoridad de cosa juzgada y la arbitral que sea inapelable, conforme a lo dispuesto en los artículos 1348 y 1346 2.- Los instrumentos públicos. 3.- la confesión judicial del deudor, según el artículo 1288 4.- Los títulos de crédito. 5.- las pólizas de seguro conforme a la ley de la materia.

6.-La decisión de los peritos designados en los seguros para fijar el importe del siniestro, observándose lo prescrito en la ley de la materia. 7.- Las facturas, cuentas corrientes y cualesquiera otros contratos de comercio firmados y reconocidos judicialmente por el deudor. 8.- Los demás documentos que por disposición de la ley tienen el carácter de ejecutivos.

Por lo tanto, la procedencia del juicio ejecutivo mercantil tiene como fundamento el hecho de que el actor disponga de un documento que traiga aparejada ejecución. Los documentos que traen aparejada ejecución, además de la fuerza ejecutiva que poseen, tienen el carácter de prueba preconstituida de la acción. ¿Cómo se inicia? El juicio ejecutivo mercantil se inicia con la demanda que deberá satisfacer los mismos requisitos que la demanda en el juicio ordinario mercantil, y a la que el actor deberá de acompañar el título ejecutivo fundatorio de su acción. El carácter ejecutivo del título es presupuesto indispensable de procedencia de la vía ejecutiva. Para que un título traiga aparejada ejecución, es decir sea ejecutivo, el crédito en el consignado debe ser cierto, líquido y exigible.

¿Cuál es la diferencia entre el juicio ejecutivo mercantil y el juicio ordinario mercantil? El juicio ejecutivo mercantil es el que se funda en el documento que trae aparejada ejecución, como lo es el pagare, la letra de cambio, el cheque, etc. El juicio ordinario mercantil se funda en cualquier otro crédito, contrato mercantil, etc....


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