Modelo Demanda Juicio Ordinario PDF

Title Modelo Demanda Juicio Ordinario
Author Sara Bt
Course Derecho Procesal Civil
Institution Universidade de Vigo
Pages 11
File Size 208.2 KB
File Type PDF
Total Downloads 48
Total Views 121

Summary

modelo de demanda para asignatura derecho procesal civil...


Description

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA QUE POR TURNO CORRESPONDA DE VIGO

EVA ……… Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de DON JOSÉ T………, mayor de edad, con ———- según apoderamiento apud-acta que se efectuará ante el Juzgado, bajo la dirección letrada de ……, colegiada nº1…. del Ilustre Colegio de Abogados de Vigo, comparezco, y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que mediante el presente escrito y al amparo de lo establecido en los artículos 399 y ss de la LEC 1/2000 de 7 de enero, formulo DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO EN RECLAMACIÓN DE INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO, frente a don A………, mayor de edad, con DNInº3………. domicilio en Vigo, C/ B…….así como frente a la entidad aseguradora GENERALI ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, con domicilio en la C/Colón nº6 de Vigo, en base a los siguientes

HECHOS

PRIMERO.- El día 14 de abril de 2……. sobre las 13:30 horas mi representado circulaba en su bicicleta marca BMC por la carretera PO-325 cuando fue víctima de un accidente de circulación provocado por el 1

demandado, don A………, que conducía un vehículo PEUGEOT 206 matrícula ….., y no respetó la prioridad de paso que la bicicleta tenía en la rotonda existente a la altura de Canido, a la que el Sr. ……se incorporaba con su bicicleta.

Los hechos sucedieron exactamente como sigue:

- Don José ……se incorporó a la rotonda proveniente de la Avda. Cesáreo Vázquez y con la intención de bajar hacia Canido, siendo interceptado su paso por el vehículo Peugeot 206 que accedió a la rotonda en dirección a Baiona, golpeando violentamente al ciclista, que aunque efectuó un giro a la derecha para intentar esquivarlo no pudo, produciéndose finalmente el siniestro por el que los dos vehículos sufrieron daños materiales y mi representado lesiones personales de consideración.

- La descripción exacta del siniestro y sus consecuencias fue descrita por los agentes de la Guardia Civil del Destacamento de Porriño que llegaron al lugar y tras una inspección ocular del mismo, entrevista con ambos conductores y demás diligencias practicadas, levantaron el Atestado nº54……. que se acompaña como documento número 1 a esta demanda, y al que nos remitimos íntegramente en cuanto a las demás circunstancias y datos que es preciso conocer sobre la forma en que se produjo el siniestro.

De las cuestiones más relevantes expuestas en el Atestado hemos de destacar la Diligencia de Parecer e Informe contenida en el Folio 6 que literalmente dice lo siguiente:

……… SEGUNDO.- Mi representado fue trasladado en ambulancia de modo inmediato al Hospital Nuestra Señora de Fátima, donde se le diagnosticaron las siguientes lesiones: POLITRAUMATISMO, FRACTURAS COSTALES IZQUIERDAS CON HEMONEUMOTORAX, CONTUSIÓN-ESGUINCE AMBAS MUÑECAS, CONTUSIÓNESGUINCE RODILLA DERECHA, SD LATIGAZO CERVICAL, CONTUSIÓN HOMBRO

2

IZQUIERDO CON LUXACIÓN ACROMIOCLAVICULAR GRADO II-III, SD POSTRAUMÁTICO.

El Sr. ………permaneció un día en la UCI y 10 días hospitalizado, causando alta hospitalaria con fecha 24 de abril de 2017. Posteriormente fue sometido a tratamiento rehabilitador y farmacológico para la curación de las lesiones sufridas, llegando incluso a reforzarlo con tratamiento privado de tipo rehabilitador, causando alta finalmente con fecha 16 de octubre de ……, por la Unidad de Lesionados de Tráfico del Hospital de Fátima, que declaró estabilizado el cuadro lesional que presentaba, con las siguientes SECUELAS: SD POSTRAUMÁTICO, HOMBRO DOLOROSO IZQUIERDO, CERVICALGIA, DOLOR RESIDUAL EN HEMITÓRAX IZQUIERDO Y BULTOMA EN ARTICULACIÓN ACROMIO CLAVICULAR IZQUIERDA. Acompañamos como documento número 2 a 9 los siguientes informes médicos: -

Doc 2 : informe de urgencias,

-

Doc 3: infor me de radiología ( Tac cerebral y cervicotoracoabdominopélvico);

-

Doc 4: informe de radiología ( tac muñeca izquierda);

-

Doc 5: informe de radiología ( rm rodilla izquierda);

-

Doc 6: informe de alta en cuidados intensivos;

-

Doc 7: página 2 de informe de alta en cuidados intensivos;

-

Doc 8: informe clínico de alta hospitalaria;

-

Doc.9 : informe consulta de cirugía torácica

Además se acompañan como documentos número 10 y 11 los informes del Doctor Quirós de fechas 25 de mayo de 2017 y 16 de octubre de 2017, este último el que determina el alta médica por estabilización de las lesiones del demandante, con secuelas. TERCERO.- Ante la gravedad de las lesiones sufridas, y la existencia de múltiples patologías que tras el alta médica seguían generando al demandante una importante limitación de su vida diaria, el Sr. ……decidió consultar a un profesional médico privado a fin de ser examinado en su centro, el Doctor ……….., especialista en Reumatología. 3

Este practicó nuevas pruebas a mi representado, además de examinar la totalidad de las realizadas en el centro médico Clínica de Fátima ( VITHAS) de Vigo, procediendo este facultativo a una evaluación médica y conforme al Baremo de la Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de las secuelas que realmente presenta el Señor Teixeira tras el grave accidente sufrido.

Así, el…… determina en el informe que acompañamos como documento nº12 las siguientes conclusiones, que cuantifica y valora con arreglo al citado Baremo: A) Como LESIONES TEMPORALES: -185 días de periodo de estabilización lesional desde el 14 de abril de 2017 hasta el 16 de octubre de 2017, de los que 1 día se fija como perjuicio personal particular en grado muy grave ( UCI), 10 días en grado grave ( ingreso hospitalario artículo 138.3) y el resto, 174 días hay que considerarlos como perjuicio personal particular por pérdida de calidad de vida en grado moderado. Esto arroja la siguiente suma económica: Muy grave ( UCI) 1 día = 100 € Grave (ingreso hospitalario) 10 días a 75 € día = 750 € Moderado ( 174 días a 52 € día) = 9.048 € El total de este primer apartado asciende a la suma de 9.898 € s.e.u.o. Según el Dr. ……..habría que considerar un perjuicio personal particular adicional en este primer apartado por intervención quirúrgica ( colocación de catéter de aspiración pulmonar y retirada de puntos posterior) conforme a esta Tabla 3. El mínimo que fija este apartado de la Tabla es de 400 € que se añaden a esta reclamación, siguiendo el criterio del Doctor. Total 9.898 € más 400 € =10.298 € B) Como SECUELAS, y siguiendo con el criterio médico expresado en el informe adjunto revestido de mayor rigor que el que pueda tener esta letrada, se determinan las siguientes: CODIGO 01159 4

Trastornos neuríticos secuelas derivadas del estrés postraumático de carácte r mode rado con fe nóme nos de e vitación, e vocación e hiperactivación frecuentes…..Valoración de 3 a 5 puntos. En opinión del informante debería ser valorado en 5 puntos. CÓDIGO 03005 Algias postraumáticas cronificadas y permanentes y/o síndrome cervical asociado y/o agravación de artrosis previa…..valoración de 1 a 5 puntos. En opinión del informante debería ser valorado en 5 puntos. CODIGO 03056 Secuelas de luxación acromioclavicular y posible osteilitis (fractura) del extremo clavicular…..Valoración de 1 a 5 puntos. En opinión del informante debería valorarse en 3 puntos ( síntomas intensos y marcada limitación funcional). CÓDIGO 03075 Artrosis postraumática y/o hombro doloroso….Valoración de 1 a 5 puntos. En opinión del informante debería valorarse en 5 puntos ( síntomas persistentes y marcada limitación funcional) CODIGO 03115 Artrosis postraumática y/o antebrazo muñeca dolorosa…..Valoración de 1 a 5 puntos. En opinión del informante debería valorarse en 4 puntos ( síntomas moderados y moderada limitación funcional). CÓDIGO 03195 Agravación de artrosis previa de rodilla…Valoración de 1 a 5 puntos. En opinión del informante debería valorarse en 3 puntos ( síntomas moderados y moderada limitación funcional). CÓDIGO 11001 Perjuicio estético en grado ligero….Valoración de 1 a 6 puntos. En opinión del informante debería valorarse en 5 puntos. TOTAL VALORACIÓN DE SECUELAS 30 PUNTOS.

5

QUINTO.- El último concepto que se reclama es el relativo a los GASTOS soportados a consecuencia de este siniestro sufrido por el Sr. …..…

En este apartado englobamos los gastos médicos por una parte, dado que se afrontó el pago de algunos medicamentos, tratamiento rehabilitador complementario y por otra parte existen gastos de desplazamiento a rehabilitación. También ha de indemnizarse por la pérdida de los elementos (fundamentalmente la bicicleta) que portaba el Señor T….. en el momento del accidente. El total a que ascienden es a la suma de 5.851,18 €, y acompañamos un archivo en pdf comprensivo de las facturas y justificantes de los mismos (documento nº17). SEXTO.- El total de la indemnización que se reclama por tanto es la siguiente: LESIONES TEMPORALES …………10.298 € SECUELAS………………………….45.349,45 € GASTOS ……………………………5.851,18 € TOTAL

A esta cantidad hay que añadirle el interés previsto en el artículo 20 de la Ley 50/80 de Contrato de Seguro hasta que por la entidad GENERALI SEGUROS S.A. se indemnice al perjudicado. SÉPTIMO.- La entidad GENERALI SEGUROS S.A. ha seguido desde el principio el tratamiento médico administrado al paciente, y ha efectuado una OFERTA MOTIVADA a requerimiento de mi representado cuya copia se acompaña a esta demanda como documento nº18.

Esta oferta resulta insuficiente para la reparación e indemnización de todos los daños y perjuicios sufridos por el Sr. T……..a consecuencia del siniestro, pues ni recoge todas las secuelas existentes en el informe médico de alta, ni contempla los gastos soportados por el lesionado hasta su curación, que mi representado puede acreditar en este momento. 6

La enorme divergencia entre la indemnización que consideramos que debe de abonarse al demandante y la propuesta de adverso es lo que ha motivado la necesidad de interponer esta demanda.

OCTAVO.- Esta parte ha agotado todas las vías extrajudiciales a su alcance para llegar a un acuerdo con la compañía aseguradora demandada. Así, incluso con carácter previo a la presentación de esta demanda, concretamente en el mes de enero de 2018, se formuló papeleta de conciliación para la reclamación de la indemnización correspondiente por la totalidad de los daños y perjuicios sufridos, habiéndose celebrado el 2 de octubre de 2018 a las 11 horas acto de conciliación ante el Juzgado de 1ª Instancia nº10 que finalizó sin avenencia de las partes. Se acompaña como documento número 19 testimonio de la demanda y decreto de celebración.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Se le atribuye al Juzgado al que se dirige el presente escrito, según lo dispuesto en el artículo 85 L.O.P.J., y en los artículos 45 y 50 L.E.C. II.- LEGITIMACIÓN: Le corresponde la activa a mi representada por ser titular de la relación jurídica derivada del accidente, siendo la pasiva de la demandada. Está 7

legitimada pasivamente la compañía aseguradora mediante el ejercicio de la acción directa del perjudicado, establecido en el artículo 75 de la Ley 50/80, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro. III.- PROCEDIMIENTO: Por razón de la cuantía reclamada, y según lo establecido en el artículo 249.2 L.E.C., debe seguirse los trámites del procedimiento ordinario. IV.- FONDO: En el presente pleito son de aplicación los artículos 1902 y siguientes del C.C., de los cuales de deriva la responsabilidad civil extracontractual, de manera que quien cause daño a otro por negligencia o culpa está obligado a reparar el daño causado. En este sentido son de aplicación los artículos 73 a 75 de la Ley, 50/80, de 8 de octubre, del contrato de seguro. En relación con las circunstancias en las que se produjo el accidente, y a la hora de apreciar la culpa, o negligencia, de la que se deriva el siniestro objeto de este pleito, deben tenerse presente las normas generales de circulación, así como las normas de preferencia aplicables a los supuestos de incorporaciones a otras vías. En este sentido, en primer lugar, es de aplicación el artículo 13, del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que dispones: “El conductor debe estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo. Al aproximarse a otros usuarios de la vía, debe adoptar las precauciones necesarias para su seguridad”. Sobre las normas generales de circulación en las intersecciones, es de aplicación el artículo 23 de la Ley de tráfico, y el artículo 57.1 de su Reglamento de desarrollo, que dispone “La preferencia de paso en las intersecciones se ajustará a la señalización que la regule. 2. En defecto de señal, el conductor está obligado a ceder el paso a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo en los siguientes supuestos: a) Los vehículos que circulen por una vía pavimentada sobre los que procedan de otra sin pavimentar. 8

b) Los vehículos que circulen por raíles sobre los demás usuarios. c) Los que se hallen dentro de las glorietas sobre los que pretendan acceder a ellas”. En definitiva, teniendo presente las normas de circulación, y no encontrándonos en ninguno de los supuestos de excepción, habiéndose producido el siniestro en una intersección de vías, y debido a que es mi representado quien ostenta la preferencia de paso, el demandado nunca debió realizar la maniobra de incorporación por no tratarse de una maniobra segura. Maniobra que realiza sin la debida diligencia, y como acaba de manifestarse sin respetar las normas de circulación. Fue mi representado quien, con su actuación evito que los resultados del siniestro fuesen todavía de mayor magnitud, pues al percatarse de la imprudente maniobra que realizaba la demandante, trató de esquivar al vehículo con el objeto de evitar la colisión, finalidad que no alcanzó pues la demandada continuó con la maniobra hasta que finalmente los vehículos impactaron. V.- COSTAS: Es de aplicación la teoría del vencimiento, recogidas en los artículos 394 y ss L.E.C.. Deben imponérsele a la parte demandada, aún en caso de estimación parcial, por haber sido requerida previamente vía conciliación judicial.

Por lo expuesto, al Juzgado SUPLICO: Que teniendo por presentada la anterior demanda, con sus documentos y copias, se tenga por parte a la procuradora que suscribe en la representación que ostento, y por formulada DEMANDA DE RECLAMACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS SUFRIDOS EN ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN frente a don

9

A…………., y la Compañía Aseguradora GENERALI ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, y seguido el proceso por todos sus trámites, incluido el recibimiento del pleito a prueba, se dicte finalmente sentencia por la que se condene al demandado, con responsabilidad civil directa de su compañía aseguradora, a indemnizar al demandante en la suma total de ……. €, con el devengo del interés previsto en el artículo 20 de la Ley 50/80 de Contrato de Seguro desde la fecha del siniestro y hasta el completo pago de la indemnización, y con imposición de las costas procesales causadas, de oponerse a la legítima pretensión de mi mandante.

Es Justicia que se pide en

Vigo, 14 de febrero de 2019.

Proc. Eva ………….

Lda. María J. Sarabia García.

OTROSÍ DIGO PRIMERO: Que a los efectos previstos en la vigente LEC se señala como CUANTÍA DEL PRESENTE PROCESO la cantidad fijada en el suplico de esta demanda, en la que se fija el importe total de los daños y perjuicios causados al Sr. Teixeira por el accidente de circulación sufrido, esto es, la suma de ………..€. SUPLICO: Se tenga por hecha la anterior manifestación. Reitero Justicia, Lugar y Fecha.

Proc. Eva…….

Lda. María J. Sarabia García.

OTROSÍ DIGO SEGUNDO: Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 336 de la LEC 1/2000 de 7 de enero, se adjunta al presente escrito INFORME PERICIAL DE PARTE emitido por el perito médico y especialista en Reumatología doctor C…… interesando su admisión a los efectos legales oportunos. SUPLICO: Se tenga por hecha la anterior manifestación.

10

Justicia Lugar y Fecha ut-supra.

Proc. Eva …….

Lda. María J. Sarabia García.

11...


Similar Free PDFs