Ley derecho romano PDF

Title Ley derecho romano
Author victoria cardona daza
Course Derecho Romano
Institution Universidad Complutense de Madrid
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La ley 33-35 , 39-41, 47,55! La lex es una declaración de potestad , que vincula tanto al que la da como a que la acepta , es esencialmente revocable por una nueva voluntad que revista la misma forma . La ley puede ser privada o pública ! La ley privada es aquella que declara el que dispone de lo suyo en un negocio privado ! La lex publica es la que declara el magistrado . El populus no hace la ley , no puede proponerla , ni alterarla , tan solo puede negarse su autorización .! La autorización popular de la ley se solicita para que la ley vinculase a todos los ciudadanos incluidos los futuros (los peregrini no quedaban vinculados , ya que no participaban en los comicio ) esta ley es pública pues se daba al pueblo , y luego se exponía su texto en publico , por ello todos debían conocerla , y era inexcusable la ignorancia de la ley, lo mismo ocurría con los Edictos , ya que también eran públicos . No ocurría lo mismo con el ius civiles ,ya que era excusable , la ignorancia del derecho tan solos inexcusable cuando hay negligencia para informarse acerca de el , es excusable por ejemplo en los menores de 25 años y en las mujeres . ! El texto de la ley hecho por el magistrado se llama también rogatio . Va precedido por una praescriptio , en la que figura entre otras cosas , el nombre del magistrado , de la primera persona que la voto , y la fecha . Al final se incluye una sanctio en la que se declara que no valga a rogatio en la media en que esté en contradicción con las leyes juradas a favor de la plebe o con el iuris anterior . La sanctio acaba por perder esta cláusula tradicional y se limita a imponer penas por la infracción de los preceptos legales o la nulidad de lo hecho en contra de aquellos (plebe )! Entre el ius , creado por la autoridad de los prudentes , y la lex , creada por la potestad del magistrado , hay una clara antítesis . En principio , la lex no modifica el ius , y si se dice que es fuente del ius , esto se debe a que los nuevos datos de la ley pueden se asimilados por la jurisprudencia . ! Las doce tablas son fuente del ius legitimum , así como otras leyes que de algún modo interesaban a los juicios privados . Pero la ley del magistrado se refiere casi siempre a asuntos políticos y criminales extraños al ius , solo en una mínima proporción las leyes interesaban a la jurisprudencia .! La función de legislar sobre materia jurídicas era mas propia de los concilios que de los comicios y muchas aparentes leyes fueron realmente plebiscitos .! Las leyes que prohibían hacer algo no tenían ,en principio , el efecto de que lo hecho en contra de la prohibición fuera invalido de propio derecho , sino que requería de la intervención del pretor para impedir prácticamente el efecto del acto prohibido estas leyes se llamaban leyes imperfectas , las leyes menos perfectas eran aquellas que se limitaban a imponer alguna pena por el acto prohibido, algunas veces el ius se consideraba directamente afectado por las leyes , , y lo hecho en contra de lo prohibido por las leyes , era invalido . Estas leyes se conocen como leyes perfectas ! Las doce tablas prohibieron a los magistrados dar leyes contra algún particular. Y esto se convirtió en un requisito esencial. !

El privilegium se entendió como una ley a favor de una persona , distinto del privilegio debe entenderse el ius singulare , que es un derecho especial , el beneficium no es un derecho especial , sino una ventaja que puede solicitar cualquiera que cumpla con con las condiciones objetivas previstas .! Augusto respetó la autoritas del Senado , y aun vino a concederle funciones que antes correspondían a los comicios , de hecho el progreso del derecho privado , desde mediados del siglo 1 d.c se debe en buena parte a la legislación senatorial .! Senadoconsultos relativos al procedimiento criminal se dan desde los últimos años de Augusto , pero los que interesan al derecho privado noaparecen hasta la época de Tiberio o incluso de Claudio . Los senadoconsultos desaparecen con la época clásica , el último senadoconsulto parece ser el oratio de Antonini.! El texto del senadoconsulto se iniciaba antiguamente con el nombre del magistrado que había hecho la consulta , pero en la práctica del Principado , el emperador se reservó ese derecho , y el texto empieza entonces con la fecha y los nombres de los senadores que se encargaron de vigilar la exacta transcripción del texto .! Desde la época de Adriano , el texto legal era ya el discurso (oratio) del emperador , que solía leer un representante . El papel de los senadores se redujo al de simples aclamadores de la voluntad del emperador . ! A partir de Adriano , los senadoconsultos valen ya como fuente del ius civile , lo mismo que las leyes , aunque algunas innovaciones introducidas por la voluntad imperial en esa forma fueron consideradas como contrarias al ius .! Unos registros especiales ofrecían resúmenes de estos rescriptos (respuestas de la cancillería imperial ) . Junto a otras formas de resoluciones del Príncipe , los rescriptos reciben el nombre de constituciones imperiales . Los emperadores a parte de los EPISTULAE , que tambien servían como forma mas ordinaria de comunicar las resoluciones de todo tipo , expedían DECRETA JUDICIALES y EDICTA , como hacían corrientemente los magistrados , tambien daban órdenes a sus administradores en forma de MANDATA .! Diocleciano (POST CLÁSICA) establece la nueva constitución política que llamamos Dominado , introdujo una reforma radical en el gobierno y en la administración pública . Constantino lleva hasta sus últimas consecuencias jurídicas la revolución constitucional de Diocleciano . La voluntad del emperador se rige abiertamente en única fuente del derecho , manifestada en forma de leyes generales , de tono autoritario . , ese estilo dominará en la Cancillería imperial de los emperadores cristianos. Los rescripta perduran en esta época como la forma adecuada de conceder beneficios e inmunidades . ! Esta legislación será el instrumento para formar un derecho cristiano .! Desde comienzos del siglo dos d,c los cristianos gozaron de cierta tolerancia . ! Los cristianos no formaban grupos legalmente reconocidos , esto les debió ser concedido en época de Aureliano , pues solo entonces aparecen los cementerios

en propiedad de la iglesia . Desde entonces el cristianismo era ya socialmente influyente. En el 311 Galerio da un edicto de tolerancia , y en el 313 Constantino acuerda con Licinio dar la libertad a la iglesia , tanto en oriente como en occidente. ! A la muerte de Constantino , el imperio se parte temporalmente entre sus hijos , esta división de oriente y occidente se consuma aa la muerte de Teodosio I , el cual implantó como religión oficial del imperio el catolicismo .! La división del imperio acentuará cada vez más la diferencia entre el derecho desoriente y el de occidente , a pesar de que a vences se extienden recíprocamente las leyes que promulgan los emperadores de cada parte ....


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