material para estudiar preparatorio derecho penal universidad libre PDF

Title material para estudiar preparatorio derecho penal universidad libre
Author Jamith Damen
Course Penal especial
Institution Universidad de Pamplona
Pages 81
File Size 997.6 KB
File Type PDF
Total Downloads 32
Total Views 128

Summary

Material para el estudio de preparatorio de Derecho penal ...


Description

material para estudiar preparatorio derecho penal universidad libre Derecho Penal Universidad Libre de Colombia 80 pag.

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

TEORIA DEL DELITO Para que exista el delito debe cumplir con 3 elementos: Tipicidad • Antijuridicidad • Culpabilidad •

DELITO= Tipicidad + Antijuridicidad + Culpabilidad El delito es un fenómeno jurídico normativo y no naturalístico, porque no a todo el mundo se sanciona, sino que se hace según una referencia normativa. TIPICIDAD: Es una facultad, poder, atributo o derecho que tiene el Estado y que ejercita a través del legislador y le permite tres cosas: - hacer Tipos penales - modificar - extinguir TIPO PENAL: Es la norma en particular, es la descripción abstracta e impersonal que se hace de una conducta bajo la amenaza de una sanción. - ABSTRACTA: No se define la manera como se va a desarrollar la conducta. - IMPERSONAL: No va dirigida a una persona determinada. ADECUACION TIPICA: Trabajo que hace el aplicador de las normas que consiste en verificar si una conducta encaja en un tipo penal.

1

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

ESTRUCTURA DEL TIPO PENAL 1. Sujetos: - activo - pasivo 2. La conducta 3. Objeto 4. Bien jurídico 5. Ingredientes B. DISPOSITIVOS AMPLIFICADORES 1. Tentativa 2. Participación a. Determinante b. Cómplice c. Interviniente C. CONCURSO DE DELITOS 1. Delito continuado 2. Delito Masa 3. Concursos aparentes D. MODALIDADES O CIRCUNSTANCIAS DE LA CONDUCTA PUNIBLE 1. Personales Materiales 2. Genéricas Específicas 2

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

3. Modificadoras de los límites punitivos No modificadoras de los límites punitivos

ESTRUCTURA DEL TIPO PENAL 1. SUJETOS SUJETO ACTIVO Definición Art. 29 CP Autor o agente, persona natural que está llamada por la ley penal para desarrollar el comportamiento previsto en la norma, esta persona puede hacerlo directamente o a través de un instrumento que puede ser animal, mecánico, eléctrico o una persona. CLASES DE AUTORIA MATERIAL 1. 2. 3. 4. 5.

Autoría directa o inmediata Autoría indirecta, mediata o instrumental Coautoría propia Coautoría Impropia Actuar por otro

1. AUTORIA DIRECTA O INMEDIATA Autor inmediato es el que realiza la conducta directamente. 3

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

2. AUTORIA INDIRECTA O MEDIATA La conducta criminal se realiza a través de un medio, de otra persona, o a distancia. En la autoría mediata aparece en escena dos sujetos: a. AUTOR MEDIATO: “El hombre de atrás”. Es el que goza del delito y es responsable penalmente. Es quien – SABE - QUIERE El delito - CONTROLA b. EJECUTOR INSTRUMENTAL: No es responsable penalmente, porque está viciado su consentimiento. Es exonerado por el Art. 32 # 8 y 10 CP. Es quien – NO SABE - NO QUIERE El delito - NO CONTROLA 3. COAUTORIA PROPIA Varios sujetos actúan o participan como autores en la realización de un mismo hecho típico, realizando la conducta criminal al mismo tiempo, cumpliendo un acuerdo previo. Si uno de los coautores reproduce alguna conducta típica que no haya sido acordada sólo él responderá por esa conducta. “Los excesos no previstos o no acordados le pertenecen al propio autor.” 4. COAUTORIA IMPROPIA Un tipo penal es realizado por varias personas, pero entre ellas se dividen el trabajo habiendo un fin común.

4

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

Jurídicamente todos son responsables, porque tienen un acuerdo criminal, es decir ha RECIPROCIDAD EN LA IMPUTACION. Es posible que la conducta de alguno de los sujetos individualmente considerada no está tipificada como delito en el CP. La coautoría puede ser: a. NECESARIA: Necesita varias personas como sujeto activo Delitos PLURISUJETIVOS b. EVENTUAL: Necesita una persona como sujeto activo Delitos MONOSUJETIVOS Requisitos del concurso de persona o coautoría 1. Pluralidad de sujetos 2. Concurso de Acciones u Omisiones 3. Identidad o acuerdo de Tipo penal 5. ACTUAR POR OTRO La responsabilidad delictual recae sobre un representante de persona jurídica o una persona natural cuando éste ha trasladado su responsabilidad, por lo tanto también hay un traslado de la responsabilidad del delito. Ejemplo: INASISTENCIA ALIMENTARIA cuando el padre ha viajado al extranjero y deja a cargo de otra persona o su representante la responsabilidad de dar la cuota alimentaria, y dicha persona no cumple con la obligación, entonces el responsable del delito de inasistencia alimentaria no será el padre sino el representante.

SUJETO PASIVO

5

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

Definición Es el titular del bien jurídico protegido por la norma y quien resulta afectado por la conducta del autor. Pueden ser sujetos pasivos tanto la persona natural como la persona jurídica ya sea de derecho privado o de derecho público. Los bienes jurídicos tutelados pueden pertenecer a: a. LOS INDIVIDUOS: Delitos que atentan contra: 1. 2. 3. 4. 5.

La vida e integridad_ _ _ _ _ _ _ART. 101 a 134 CP La libertad individual_ _ _ _ _ _ ART. 165 a 204 CP Libertad y formación sexuales _ ART. 205 a 219 CP Patrimonio o integridad moral _ ART 220 a 228 CP Patrimonio económico_ _ _ _ _ _ART 229 a 272 CP

b. EL ESTADO: Delitos que atentan contra: 1. 2. 3. 4.

La administración pública_ _ _ _ _ _ART 397 a 434 CP La impartición de justicia _ _ _ _ _ _ART 435 a 454 CP Existencia y seguridad del Estado_ _ ART 455 a 456 CP El orden constitucional_ _ _ _ _ _ _ _ART 467 CP

c. LA SOCIEDAD: Son los demás delitos. Ejemplo: Terrorismo

2. LA CONDUCTA Definición Es el esquema de la actividad humana descrita por el legislador. Art. 25 CP: Las conductas que regula el derecho pueden ser: 6

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

a. DE ACCION…. Normas prohibitivas Algunos delitos de acción también se pueden cometer por omisión. b. DE OMISION….Normas perceptivas o conminatorias A estos delitos la doctrina los llama delitos de INFRACCION DEL DEBER JURIDICO. Ese deber jurídico debe estar consagrado en la Ley o en la Constitución. El fundamento de la conducta de omisión está en el PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD SOCIAL.

3. EL OBJETO Definición Es un elemento obligatorio en el tipo penal. Es la persona o cosa material o inmaterial sobre la cual recae la conducta. El objeto generalmente aparece explícito en la norma y casi siempre va después de el o los verbos rectores.

Clasificación del Objeto 1. PERSONAL: El objeto es una persona, que puede ser: - Ser humano vivo - Ser humano muerto 7

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

- El que está por nacer - Genoma Humano - Grupos o comunidades Algunos delitos con objeto personal son: - 101, 103, 111, 125, 127, 131, 132, 133, 134, 165, 168, 174, 178, 208, 429 CP 2. REAL: El objeto es una cosa material Algunos delitos que tienen como objeto cosa material son: - Hurto - Peculado - Daño en bien ajeno - Falsedad en documentos - Sabotaje - Porte ilegal de armas 3. FENOMENOLOGICO: El objeto es una cosa inmaterial Algunos delitos que tienen como objeto cosa inmaterial son: - Injuria - Calumnia - Rebelión - Fuga de presos - Falsa denuncia

4. EL BIEN JURIDICO

8

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

Definición Los bienes jurídicos son garantías individuales y colectivas básicas para vivir en comunidad; es la garantía fundamental que se busca proteger en cada delito. El derecho penal es TELEOLOGICO, es decir que persigue un fin que es la PROTECCION DE BIENES JURIDICOS.

Clasificación de los bienes jurídicos 1. INDIVIDUALES - La vida - la libertad - El patrimonio económico - El patrimonio moral, entre otros. 2. COLECTIVOS - Salud pública - Fe pública - Seguridad Pública - Orden económico y social, entre otros.

5. LOS INGREDIENTES Definición Son elementos adicionales o complementarios del tipo penal que lo acompañan algunas veces para procesarlo y hacerlo más comprensible.

9

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

Funciones 1. Calificar o determinar a los sujetos activo y pasivo. Ejemplo: En el peculado el sujeto activo es un SERVIDOR PUBLICO Art. 20 CP: Definición de servidor público 2. Precisar la conducta. Ejemplo: En el acceso carnal violento, el ingrediente sería la violencia con la que se debe realizar la conducta o la falta de consentimiento moral o físico del sujeto pasivo. 3. Describir el objeto material. Ejemplo: En el Hurto encontramos dos ingredientes: - Apropiarse de BIEN MUBLE - El Bien debe ser AJENO 4. Determinar la intencionalidad, el propósito o un estado afectivo o intelectivo del autor. Ejemplo: En el Homicidio por piedad, el ingrediente sería poner fin a intensos sufrimientos.

Clasificación de los ingredientes

10

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

1. SUBJETIVOS: Surgen cuando la norma utiliza elementos comportamentales subjetivos, anímicos o psicológicos del autor para Otra clasificación describir la conducta . Ejemplo: El ANIMO DE LUCRO en el hurto. 2. NORMATIVOS: Aparecen definidos en normas. Esas normas pueden corresponder al ordenamiento jurídico o a conceptos extrajurídicos de la vida social, culturales o académicos. Todo tipo penal que tiene ingredientes normativos jurídicos es una norma en blanco, porque tiene vacíos conceptuales. Ejemplo: En el delito de Especulación el Artículo debe ser de PRIMERA NECESIDAD. Art. 298 CP. 3. DESCRIPTIVOS: Pretenden fijar características del objeto o de la conducta, generalmente hablan de circunstancias de modo, tiempo o lugar.

CLASIFICACIONES DEL TIPO PENAL Los tipos penales pueden clasificarse con fundamento en cuatro criterios: 1. 2. 3. 4.

De acuerdo con el Sujeto De acuerdo con la Conducta De acuerdo con el Bien jurídico De acuerdo con su estructura

1. DE ACUERDO CON EL SUJETO a. Monosujetivos 11

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

La conducta criminal puede ser realizada por una sola persona o recae sobre una sola persona. b. Plurisujetivos La conducta criminal puede ser realizada por varias personas o recae sobre varias personas. c. Delitos de sujeto activo o pasivo indeterminados

SUJETO ACTIVO: Cualquier persona puede cometer el delito. SUJETO PASIVO: Cualquier persona puede ser sujeto pasivo del tipo penal d. Delitos de sujeto activo o pasivo determinados

SUJETO ACTIVO: La persona que comete el delito debe cumplir con la calificación que determina la norma. Ejemplos: - Delitos contra personas y bienes protegidos por el derecho internacional humanitario: Son delitos de sujeto activo determinado o calificado porque solo el combatiente puede desarrollar la conducta. - Delitos de omisión impropia: También son llamados delitos de comisión por omisión y son de sujeto activo calificado porque la persona debe tener la posición de garante.

SUJETO PASIVO: La persona sobre la que recae la conducta criminal debe cumplir con las cualidades que la norma exige. Esas condiciones especiales tanto para el sujeto pasivo como el activo pueden emanar de: -

Condición natural Condición biológica Sexo Profesión, arte u oficio

12

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

2. DE ACUERDO CON LA CONDUCTA a.1 Tipos Penales De Acción a.2 Tipos penales de Omisión - Omisión propia: Delitos de mera conducta que se cometen por omisión. - Omisión impropia: Delitos de resultado que se comenten por omisión. b.1 Tipos penales simples o elementales Son tipos penales que describen un solo comportamiento b.2 Tipos penales compuestos Tipos penales que describen varios comportamientos Los tipos penales compuestos pueden ser a su vez: - Alternativos: Si se comete cualquiera de las conductas que él describe hay sanción penal. Ejemplo: Art. 376 CP NARCOTRAFICO: tiene 12 verbos rectores pero con solo incurrir en uno de ellos hay sanción penal. - Acumulativos: Se debe cumplir con todos los comportamientos que describe la norma. Ejemplo: Art. 289 CP FALSEDAD EN DOCUMENTO PRIVADO: Se deben cometer las dos conductas requeridas: Falsificar + Usar para que haya delito.

13

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

c.1 Tipos penales instantáneos La ejecución de la conducta y el daño que esta provoca se dan en un mismo momento. Ejemplos: -Acceso carnal violento - Homicidio c.2 Tipos penales permanentes Son aquellos cuya ejecución se prolonga en el tiempo, se están cometiendo en todo momento, a menos que sean suspendidos. Ejemplos: - Secuestro - Sedición d.1 Tipos penales de mera conducta Hace referencia a delitos en los cuales no se exige un resultado de daño al bien jurídico sino que la ley presume que con esa conducta se genera un riesgo o una amenaza al derecho protegido. Se les conoce como DELITOS DE DAÑO PRESUNTO. Regularmente en estos delitos NO HAY TENTATIVA. Ejemplos: - Porte Ilegal de Armas - Narcotráfico d.2 Tipos penales de resultado Se exige que haya un daño o un resultado concreto de la conducta. Regularmente en esta clase de delitos SI HAY TENTATIVA. 14

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

Ejemplos: - Homicidio - Hurto E. Según la modalidad de la conducta e.1 Tipos penales dolosos -

Art. 103 CP…Homicidio Art. 168 CP…Secuestro simple

e.2 Tipos penales culposos -

Art. 120 CP… Lesiones Culposas Art. 126 CP…Lesiones culposas al feto

e.3 Tipos penales preterintencionales -

Art. 105 CP…Homicidio preterintencional Art. 118 CP… Parto o aborto preterintencional

3. DE ACUERDO CON EL BIEN JURIDICO a. Tipos penales mono-ofensivos Son aquellos que protegen u ofenden un solo bien jurídico. Ejemplo: - homicidio - Aborto

15

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

b. Tipos penales pluri-ofensivos Son aquellos tipos penales que protegen varios bienes jurídicos. Ejemplo: incendio

4. DE ACUERDO CON LA ESTRUCTURA a. Tipos penales básicos o fundamentales Aquellos que describen de manera independiente o autónoma unos modelos de comportamiento, lo importante es que se aplican sin sujeción a otros. Estos tipos penales se encuentran encabezando los títulos o capítulos. Ejemplos: - Hurto - Homicidio b. Tipos penales especiales Se presentan cuando además de los elementos propios del tipo penal básico, la norma contiene otros nuevos elementos que modifican los requisitos previstos en el tipo fundamental. Estos también se aplican con independencia. Ejemplos: - Homicidio por piedad - Hurto calificado c. Tipos penales subordinados o complementados Son normas referidas a un tipo penal básico o especial, señalan circunstancias que cualifican la conducta, los sujetos o el objeto. 16

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

No pueden aplicarse de manera autónoma o independiente porque su vida jurídica depende de un tipo básico o especial, sus efectos se observan en el momento de imponer la pena, bien sea porque la agrava o porque la atenúa. Ejemplos: - Art. 211 CP. Circunstancias de agravación punitiva para actos sexuales. - Art. 241 CP. Circunstancias de agravación punitiva para el hurto. d. Tipos penales privilegiados Art. 32 # 10 inc. Final. También son llamados delitos de sanción más benigna. Ejemplo: Art. 108 CP. Infanticidio e. Tipos penales autónomos Cuando describe un modelo de comportamiento al cual puede adecuarse directa o inmediatamente la conducta del autor sin que el interprete deba acudir a otras normas para complementar su significado. f. Tipos penales en blanco Son NORMAS COMPLETAS, en la medida que tienen precepto y sanción. Su problema está en que no se puede entender porque tiene vicios conceptuales, espacios en blanco o zonas ininteligibles, es decir que no se entienden con su sola lectura, por lo cual el legislador implícitamente remite al mismo o a otro ordenamiento jurídico para precisar su contenido. Ejemplo: Art. 297 CP. Acaparamiento.

DISPOSITIVOS AMPLIFICADORES DEL TIPO PENAL 17

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

1. LA TENTATIVA Definición Es un delito imperfecto porque se llega a la ejecución, pero no hay consumación. Es un acto por el cual el hombre por efecto del pensamiento preconcebido (dolo) procura realizar un fin determinado que después no logra por causas totalmente ajenas a su voluntad. La tentativa solo opera para DELITOS DOLOSOS. La sanción penal inicia con la tentativa, pero EXCEPCIONALMENTE algunos actos preparatorios tienen sanción penal. Ejemplo: La Rebelión.

Clases de Tentativa El Código Penal Colombiano no clasifica la tentativa, ésta se clasifica de acuerdo con criterios doctrinales y jurisprudenciales. De acuerdo con esto, la tentativa puede ser: 1. TENTATIVA ACABADA: Cuando el autor agota todo su plan criminal y a pesar de eso no consigue el resultado por causas ajenas a su voluntad. 2. TENTATIVA INACABADA: El autor comienza a ejecutar su plan criminal pero no alcanza a desarrollarlo en su totalidad. Hay iniciación de la conducta pero no se culmina y por lo tanto no hay resultado. 3. TENTATIVA INIDONEA: Se presenta cuando hay ausencia momentánea o total del objeto o inidoneidad de los medios para realizar la conducta. También se conoce como TENTATIVA IMPOSIBLE.

18

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

4. TENTATIVA ABANDONADA O DESISTIDA: Se da cuando el mismo autor es quien desactiva el riesgo que produce su conducta. Respecto a esta clase de tentativa, la doctrina ha dicho que no se sanciona por tentativa, sino por el delito remanente. Para que se configure esta clase de tentativa, el desistimiento debe ser EFICAZ y VOLUNTARIO. Puede darse el caso en que el autor hace todos los esfuerzos necesarios para impedir la consumación de la conducta pero es otra persona quien realmente desactiva el peligro al bien jurídico, esto se conoce como DESISTIMIENTO FRUTRADO y tiene rebaja de pena.

Requisitos de la tentativa 1. Debe haber un comienzo en la ejecución de un hecho punible. 2. Existencia de un acto IDONEO e INEQUIVOCO para la producción de un resultado típico. 3. Falta involuntaria de consumación.

Delitos que no admiten tentativa REGLA GENERAL: Todos los delitos admiten tentativa. EXCEPCIÓN: Algunos delitos no admiten tentativa como: 1. Delitos culposos 2. Delitos unisubsistentes: Son aquellos en los que el injusto penal se agota con el primer acto ejecutivo. Ejemplo: - Injuria - Calumnia - Falso testimonio 19

Document shared on www.docsity.com Downloaded by: jamith.granados29 ([email protected])

b. Tipos penales especiales Se presentan cuando además de los elementos propios del tipo penal básico, la norma contiene otros nuevos elementos que modifican los requisitos previstos en el tipo fundamental. Estos también se aplican con independencia. Ejemplos: - Homicidio por piedad - Hurto calificado c. Tipos penales subordinados o complementados Son normas referidas a un tipo penal básico o especial, señalan circunstancias que cualifica...


Similar Free PDFs