Protocolo de prácticas hospitalarias 2021. Revisión final 19012021 PDF

Title Protocolo de prácticas hospitalarias 2021. Revisión final 19012021
Author Brayan Victor Sebast Conoz Toj
Course Administración
Institution Universidad de San Carlos de Guatemala
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PROTOCOLO DE RETORNO DE LOS ESTUDIANTES DE GRADO DE LA CARRERA DEMEDICINA A LAS PRÁCTICAS CLÍNICAS EN LA RED DE SERVICIOS DE SALUDEl Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de Guatemala y las Universidades del país, reconocen la importancia de las prácticas hospitalaria y rural de los estudi...


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PROTOCOLO DE RETORNO DE LOS ESTUDIANTES DE GRADO DE LA CARRERA DE MEDICINA A LAS PRÁCTICAS CLÍNICAS EN LA RED DE SERVICIOS DE SALUD El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de Guatemala y las Universidades del país, reconocen la importancia de las prácticas hospitalaria y rural de los estudiantes de la carrera de medicina en los servicios de salud, por lo que emitió una circular dirigida a los directores de los hospitales de la red de servicios para que se revisen los procedimientos de reincorporación de los estudiantes de 4to, 5to y 6to año de la carrera, a partir del 1 de febrero de 2021. A solicitud de los decanos de las Facultades de Ciencias Médicas y de Medicina y Ciencias de la Salud de las Universidades, San Carlos de Guatemala, Mariano Gálvez, Mesoamericana, Rafael Landívar, Da Vinci y Francisco Marroquín, de iniciar las actividades académicas presenciales en los servicios de Salud del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y Centro Médico Militar se elabora el presente protocolo de retorno seguro. Este documento incluye los procesos administrativos, académicos y de protección que deben cumplir los estudiantes para su regreso a los servicios de salud, señalando que todos estos pasos requieren de una supervisión directa de las Universidades y las instituciones que proporcionan los lugares de práctica correspondientes, siendo el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y Centro Médico Militar con sus Servicios. OBJETIVO Normar y regular el retorno de estudiantes de grado de forma segura a las prácticas clínicas hospitalaria y rural tomando las medidas necesarias para preservar la salud y la vida. Antecedentes Los Decanos de las Facultades de Medicina, Ciencias Médicas y de la Salud en consenso con las autoridades de las instituciones prestadoras de servicio, tomaron la decisión voluntaria de suspender las actividades clínicas del área hospitalaria y rural a partir de la segunda quincena de marzo como acción derivada de la emisión del Decreto Gubernativo 5-2020, considerando indispensable y necesario el retiro por razones de seguridad para la salud de los estudiantes. A partir de noviembre del año 2020, se iniciaron reuniones para normar y establecer la fecha y los parámetros para el retorno seguro de los estudiantes de medicina a sus prácticas clínicas. Para el efecto, fue necesario realizar la distribución de cupos disponibles, para lo que se estableció el siguiente proceso: 1. El total de estudiantes y los lugares donde realizarán las prácticas fue enviado por cada Universidad a la Coordinación Interinstitucional del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en el documento se incluyó el total de estudiantes por nivel o año de estudio, el hospital donde se solicita realizar la práctica, el servicio por el cual efectuarán su rotación y el tiempo que asistirán al servicio.

2. El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social proporcionó el número de puestos que pueden ser ocupados por los estudiantes en cada uno de los hospitales de acuerdo a la información enviada por cada unidad hospitalaria donde las Universidades indicaron que rotan sus estudiantes. 3. Se solicitó información a los otros hospitales de la red de servicios del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social para evaluar la posibilidad de incrementar el número de puestos accesibles y de esa forma reducir la posibilidad que estudiantes se queden sin realizar la práctica. 4. El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y Centro Médico Militar coordinó con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social sus cupos, basado en sus normativas internas para realizar la distribución en la misma instancia, considerando que se contó con la participación de las entidades formativas interesadas y que algunos de sus estudiantes realizan prácticas en las tres instituciones. 5. El Ministerio de Salud Pública, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y el Centro Médico Militar, en coordinación con las Universidades realizaron procesos administrativos y reuniones virtuales para alcanzar el consenso sobre la distribución de los puestos de práctica, la cual se consensuó por las autoridades universitarias por el mecanismo que todas y cada una consideraron adecuado, este proceso fue realizado por los profesionales designados por cada institución y se consolidó en una reunión final con los representantes de la Coordinación Interinstitucional. Sección 1: Generalidades de las rotaciones: Externos Ningún estudiante rotará por áreas COVID. Para evitar el hacinamiento, los estudiantes se dividirán en grupos: 1. La primera opción aprobada (1er grupo) es una rotación dividida en 3 grupos con el 33% de estudiantes en cada uno de los grupos, los cuales realizarán 1/3 de su rotación en cada uno de los horarios establecidos, (grupo A Matutino: 33% de estudiantes, grupo B Vespertino 33% de estudiantes y grupo C Nocturno: 33% de estudiantes). Para tener las mismas experiencias de aprendizaje y alcanzar las competencias que requieren sus programas, estos estudiantes rotarán cada tercio de su práctica, pasando los de la mañana al período de la tarde, los de la tarde al período de la noche y los de la noche al período de la mañana, y luego volverán a rotar en el tercio final de tal forma que se realicen cada una de las rotaciones. 2. En los hospitales en los cuales no sea factible, por sus condiciones internas, podrán realizarse las rotaciones en 2 grupos (2do. Grupo) Grupo Matutino 50% y Grupo Nocturno 50% con el cambio de rotación a la mitad de su práctica.

3. La tercera opción será en aquellos hospitales donde solo se tendrá un grupo (3er. Grupo) en los servicios y turnos nocturnos. Los horarios que regirán las prácticas serán los siguientes: 1. Grupo con 3 rotaciones (1er. Grupo) será Horario Matutino de 6:30 a 12:30 horas, Horario Vespertino de 13:00 a 18:00 horas y Horario Nocturno de 18:30 a 6:00 horas cada 6ta. noche. 2. Grupo con 2 rotaciones (2do. Grupo) Matutino de 6:30 a 13:30 horas todos los días y grupo Nocturno de 18:00 a 6:00 horas del día siguiente cada 6ta. noche. 3. Tercer grupo, horario normal de 7:00 a 13:30 horas y turnos de 19:00 a 6:00 horas del día siguiente cada 6ta. noche, retirándose al día siguiente sin asistir al servicio. Se debe coordinar adecuadamente para no exceder el número de personas autorizadas en cada rotación. 4. En el caso específico del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, se realizarán las prácticas en horario normal de 7:00 a 13:30 horas y turnos de 16:00 a 22:00 horas, cada 4to día. 5. En el caso específico del Centro Médico Militar, se realizarán las prácticas en dos horarios, 6:30 a 12:30 horas y de 13:00 a 18:00, sin turnos. La distribución de alumnos para cada rotación y turno serán propuestas por los coordinadores académicos de las Universidades, en aquellos casos donde los alumnos sean de universidades diferentes serán en consenso y posteriormente avaladas por la Dirección o Jefatura del Departamento respectivo. El objetivo de la distribución horaria es para que los estudiantes no realicen períodos de alimentación dentro de las instalaciones hospitalarias. Deben llevar alimentos para una comida intermedia debiendo ser fruta o barras alimenticias y agua pura, para facilitar su manejo. Las Universidades deben tener un docente responsable como coordinador en cada uno de los hospitales o por servicio y por período de práctica (de 6:30 a 12:30 horas y de 12:30 a 18:30 horas) quien tendrá la responsabilidad de resolver cualquier situación que se presente en el desarrollo de la práctica, coordinando con las autoridades asistenciales o jefes de turno. Requisitos que deben cumplir los estudiantes para acceder a la rotación hospitalaria: Conocimientos básicos: •

Constancia de haber asistido un curso sobre VIRUS SARS-CoV-2 haciendo énfasis en: Aspectos microbiológicos, inmunológicos, epidemiológicos y medidas preventivas. El curso debe ser tomado y aprobado para poder ser asignado a realizar prácticas hospitalarias, debiendo utilizar la metodología virtual en las plataformas de cada

Universidad, es de carácter obligatorio. La constancia debe ser presentada para su incorporación. Se pueden acceder al curso a través del Campus Virtual de la Salud Pública de la Organización Panamericana de la Salud en los siguientes enlaces: https://www.campusvirtualsp.org/es/curso/eprotect-infecciones-respiratoriassalud-y-seguridad-ocupacional-2020-covid-19 https://www.campusvirtualsp.org/es/curso/salud-y-seguridad-ocupacional-paraprofesionales-de-la-salud-en-el-contexto-de-la-covid-19 • • •

Prueba diagnóstica de conocimientos sobre la pandemia COVID-19. Inmunizaciones que el estudiante de medicina como personal de salud, deben poseer. En el caso específico del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, se requiere prueba de hisopado (PCR) 24 – 48 hrs. previo a ingresar a la práctica.

Sección 2: Aspectos Regulatorios Para su incorporación: De la asistencia de estudiantes a los hospitales. Estudiantes visitantes: 1. No se aceptarán estudiantes visitantes, los estudiantes electivos pueden o no aceptarse y será en base al semáforo epidemiológico y previa aprobación conjunta del responsable universitario en el Hospital (Coordinador) y el Director o Subdirector Médico, debiendo presentar una solicitud con 15 días de anticipación a la práctica. 2. Los estudiantes que realizan investigaciones como parte de sus trabajos de tesis podrán asistir, siempre y cuando llenen los requisitos solicitados para externos e internos y siempre bajo la supervisión de un tutor. Estudiantes Externos: 1. Cuestionario personal sobre exposición y/o padecimiento de la enfermedad y factores de riesgo relacionados a COVID 19. Esta información el estudiante la debe aportar previo al inicio de las prácticas hospitalarias, para que los profesores cuenten con conocimiento sobre la exposición que han tenido los estudiantes al virus SARS-CoV-2, así como de aquellos procesos de enfermedad concomitante que los coloque en riesgo de adquirir la enfermedad en el ambiente hospitalario, según sus características personales. 2. Todo estudiante que realizará prácticas hospitalarias deberá contar con las inmunizaciones o bien haber iniciado el esquema de inmunización, indicado en el Normativo de Inmunizaciones del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

3. Los estudiantes desarrollarán actividades académicas con el Equipo de Protección Personal adecuado al área donde realizan su práctica, el cual será financiado por cada uno y de acuerdo a las normas establecidas por el hospital para cada área. 4. Deben siempre respetar la individualidad del paciente, que está dentro de los derechos fundamentales de las personas. 5. Los estudiantes realizarán sus prácticas dentro de las normas hospitalarias y las normas de práctica de las Universidades, de tal forma que no están obligados a realizar actividades que estén asignadas a otro personal de salud, pudiendo acompañar a sus pacientes a evaluaciones internas y externas bajo supervisión. 6. Los estudiantes realizarán sus prácticas en los servicios hospitalarios no relacionados con áreas COVID, será responsabilidad de las Universidades si realizan rotaciones por servicios de riesgo de contagio moderado como Unidad de Cuidado Intensivo General, Anestesiología, Emergencias Hospitalarias y Servicios Quirúrgicos de Emergencia u otros en los cuales los pacientes pudiesen estar contaminados, estas rotaciones deben ser autorizadas por los Jefes de Departamento. 7. Los servicios básicos donde ellos pueden rotar son: área de encamamiento o consulta externa (cuando este servicio este aprobado para su actividad), en los servicios de Medicina Interna, Cirugía, Ginecología y Obstetricia, Pediatría, Traumatología y Ortopedia y otros donde el plan de estudios lo señala, pero que sean de riesgo mínimo o nulo, y con la aprobación de las autoridades hospitalarias. 8. El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social enviará a cada decano o autoridad superior de las Facultades de Medicina el aforo de cada hospital, el cual será con base en lo que los Directores de Hospital consideren que puede ser el número factible de recibir. 9. Todo estudiante que sea COVID-19 positivo, no podrá continuar con su práctica, debiendo cumplir con el protocolo que al respecto establece el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, siendo las Universidades las que determinarán según sus reglamentos y normativas, la evaluación y promoción académica del estudiante. 10. Todos los estudiantes estarán obligados a llenar una solicitud para realizar prácticas hospitalarias, las cuales, se indicará en el documento según modelo adjunto, son de forma voluntaria y debe entregarse a las autoridades ministeriales y universitarias antes del inicio de las mismas y exime a las autoridades universitarias y ministeriales de cualquier responsabilidad sobre enfermedades adquiridas en los servicios. Es responsabilidad de las universidades presentar todos los documentos en los departamentos o jefaturas respectivas.

11. La escogencia de rotaciones y áreas de práctica, se realizará de acuerdo a las normas de cada institución universitaria y se adjudicarán en consenso por los delegados asignados por cada Universidad y basado en el número de puestos existentes presentados por el Ministerio de Salud Pública a todas las Universidades, no se permitirá preferentemente un número mayor de lo establecido por razones de seguridad para los estudiantes, pacientes y personal de servicio, en casos especiales se consultará con las autoridades hospitalarias. 12. El equipo de protección personal (EPP): mascarilla de acuerdo a la normativa ministerial, pudiendo ser: modelo quirúrgico, KN95, FFP2 y FFP3 sin válvula, cuando así aplique; lentes protectores o careta, guantes desechables y alcohol gel; todo esto debe ser comprado por cada estudiante. Se deberá considerar que el equipo de protección personal a utilizar será de acuerdo al área hospitalaria donde se realiza la práctica, lo que determina el riesgo de contagio y según las indicaciones hospitalarias. 13. En la medida que sea posible, el hospital pondrá a disposición un área como vestidor y las universidades proporcionarán los lockers con llave para que los estudiantes se cambien la ropa de calle a ropa hospitalaria y viceversa antes de retirarse. Preferentemente deberán contar con duchas. 14. Los estudiantes deberán contar con guantes y mascarillas desechables. Al llegar al hospital se cambiarán la mascarilla que utilizan en la calle por una mascarilla mínimo diaria para su uso dentro de las instalaciones hospitalarias. 15. Tanto los guantes como las mascarillas utilizadas dentro del hospital serán descartados al terminar su jornada de práctica, de acuerdo a lo que indiquen las normas hospitalarias. 16. El estudiante que infrinja las normas, que incluyen retirarse del hospital con traje de práctica, al comprobarlo, se le retirará el permiso para realizar la práctica. 17. Todos los estudiantes deben tener un gafete de identificación que incluya fotografía, datos personales y será presentado al área que el hospital determine, para su registro local, no se permitirá el ingreso sin este gafete, en caso dentro de las áreas hospitalarias se observe que algún estudiante no lo lleve se le solicitará que lo porte y se le llamará la atención. En caso de reincidencia se le retirará de la práctica. 18. Las presentes normas se revisarán por el Viceministro de Hospitales o su delegado y los decanos de las Facultades para su adecuación al momento de ser necesaria, según la evolución de la pandemia.

Estudiantes Internos: 1. Para la realización de las prácticas 2021 se regirán por el presente protocolo debiendo cumplir con los requerimientos previamente indicados. 2. Las rotaciones se realizarán de acuerdo a lo establecido por cada Universidad y según el cupo indicado por cada hospital. 3. La firma del contrato de bolsas de estudio se realizará según lo establecido en el reglamento respectivo del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y el Acuerdo Gubernativo 175-2015, los casos de estudiantes que iniciaron la práctica el año 2020 se revisarán con el SIAS y Tesorería. 4. Todos los aspectos académicos sobre sus procesos de tesis o trabajos de investigación que exige el pensum de cada universidad, si se tuvieran, serán regulados por las autoridades universitarias y autorizados por las autoridades hospitalarias. 5. En caso de contagiarse por SARS CoV2 el tratamiento será realizado según lo establecido en el Protocolo del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en consenso con las Universidades y seguirá los mecanismos de cuarentena establecidos, siempre se solicitará el apoyo familiar en aquellos casos que el estudiante lo solicite o en casos de gravedad extrema que requiera procedimientos especiales. En el caso específico del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, la primera atención será brindada por esa institución. 6. Su práctica se realizará en grupos, para evitar el hacinamiento, se dividirán así: A. Primer grupo: es una rotación dividida en 3 grupos con el 33% de estudiantes en cada uno de los grupos, los cuales realizarán un 1/3 de su rotación en cada uno de los horarios establecidos, (grupo A Matutino: 33% de estudiantes grupo B Vespertino 33% de estudiantes y grupo C Nocturno: 33% de estudiantes). Estos estudiantes para tener las mismas experiencias de aprendizaje y alcanzar las competencias que requieren sus programas rotarán cada tercio de su práctica, realizarán la rotación pasando los de la mañana al período de la tarde, los de la tarde al período de la noche y los de la noche al período de la mañana, y luego volverán a rotar de tal forma que se tenganlas mismas experiencias de aprendizaje en cada una de las rotaciones. B. En los hospitales en los cuales no sea factible, por sus condiciones internas, podrán realizarse las rotaciones en 2 grupos (2do. Grupo) Grupo Matutino 50% y Grupo Nocturno 50% con el cambio de rotación a la mitad de su práctica. C. La tercera opción será en aquellos hospitales donde solo se tendrá un grupo (3er. Grupo) en los servicios y turnos nocturnos. 7. Los horarios que regirán las prácticas serán los siguientes:

A. Grupo con 3 rotaciones (1er. Grupo) será Horario Matutino de 6:30 a 12:30 horas, Horario Vespertino de 13:00 a 18:00 horas y Grupo Nocturno de 18:30 a 6:00 horas del día siguiente, cada 6ta noche. B. Grupo con 2 rotaciones (2do. Grupo) Matutino de 6:30 a 13:30 horas todos los días y grupo Nocturno de 18:00 a 6:00 horas del día siguiente, cada 6ta noche. C. Tercer grupo: horario normal de 7:00 a 13:30 horas y turnos de 19:00 a 6:00 horas del día siguiente, cada 4ta noche, retirándose al día siguiente sin asistir al servicio. D. En el caso específico del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, se realizarán las prácticas de acuerdo al rol establecido por la institución. 8. Los estudiantes realizarán sus turnos en la emergencia o servicios, de común acuerdo con las autoridades hospitalarias, de lunes a viernes y los sábados y domingos con horario de 8:00 a 7:00 horas del día siguiente, estas rotaciones serán implementadas por la Dirección o Jefe del Departamento respectivo. 9. Deben llevar alimentos para una comida intermedia debiendo ser fruta o barras alimenticias y agua pura, para un manejo poco complicado. 10. Cada estudiante interno firmará la solicitud de realización de práctica de EPS hospitalario voluntario y el documento que exime a las autoridades, según modelo anexo, entregándolo antes de iniciar su rotación. Es responsabilidad de las universidades presentar todos los documentos en los departamentos o jefaturas respectivas. 11. La escogencia de rotaciones y áreas de práctica, se realizará de acuerdo a las normas de cada institución universitaria y el número de puestos entregados por el Ministerio de Salud Pública a todas las Universidades, según el consenso alcanzado. No se permitirá un número mayor de lo establecido por razones de seguridad para los estudiantes, pacientes y personal de servicio. 12. La duración de cada rotación será según lo que establezca cada Universidad. 13. Para la distribución de los puestos de práctica se realizará una reunión de las personas nombradas para el efecto por las Universida...


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