Requisitos PARA SER UN Auditor DE Estados Financieros PDF

Title Requisitos PARA SER UN Auditor DE Estados Financieros
Author LIZZY ACOSTA
Course Geología del petróleo
Institution Universidad Autónoma de Tamaulipas
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PARA APRENDER MEJOR SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS...


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FUNDAMENTOS DE AUDITORIA

LIZBETH AGUILAR HIDALGO. 19 DE ENERO DEL 2018 C.P. ALEJANDRO MUÑOZ QUINTANILLA

REQUISITOS PARA SER UN AUDITOR DE ESTADOS FINANCIEROS Requisitos para dictaminar estados financieros según el Código Fiscal de la Federación. Artículo 52 del CFF (SAT) Fracción I.- “Que el contador público que dictamine obtenga su inscripción ante las autoridades fiscales, para estos efectos, en los términos del Reglamento de este Código, Este registro lo podrán obtener únicamente…” 

Contadores públicos de nacionalidad mexicana, registrados ante la SEP, y pertenezcan a un colegio profesional reconocido, (también por la SEP), cuando menos en los tres años previos a la presentación de la solicitud de registro correspondiente, así mismo deberán contar con tres años de experiencia mínima en la elaboración de dictámenes fiscales.



Contadores públicos extranjeros siempre que se sujeten a los tratados internacionales donde se incluya a México.



Contadores que estén al corriente con sus obligaciones fiscales, comprobando con documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el que se emita la opinión del cumplimiento.

En estos casos se dará inmediatamente aviso por escrito al contador público, al colegio profesional y, en su caso, a la Federación de Colegios Profesionales a que pertenezca el contador público en cuestión. El contador público podrá solicitar que quede sin efectos la baja del padrón antes citado, siempre que lo solicite por escrito en un plazo de 30 días hábiles posteriores a la fecha en que reciba el aviso a que se refiere el presente párrafo. II. Que el dictamen, se formule de acuerdo con las disposiciones del Reglamento de este Código y las normas de auditoría que regulan la capacidad, independencia e imparcialidad profesionales del contador público, el trabajo que desempeña y la información que rinda como resultado de los mismos. III. Que el contador público emita, juntamente con su dictamen, un informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en el que consigne, bajo protesta de decir verdad, los datos que señale el Reglamento de este Código. Adicionalmente, en dicho informe el contador público deberá señalar si el contribuyente incorporó en el dictamen la información relacionada con la REQUISITOS PARA SER AUDITOR

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LIZBETH AGUILAR HIDALGO. 19 DE ENERO DEL 2018 C.P. ALEJANDRO MUÑOZ QUINTANILLA

aplicación de algunos de los criterios diversos a los que en su caso hubiera dado a conocer la autoridad fiscal conforme al inciso h) de la fracción I del artículo 33 de este Código. IV. Que el dictamen se presente a través de los medios electrónicos de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria. V. Que el contador público esté, en el mes de presentación del dictamen, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos del artículo 32-D de este Código, para lo cual deberán exhibir a los particulares el documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales. Las opiniones o interpretaciones contenidas en los dictámenes no obligan a las autoridades fiscales. La revisión de los dictámenes y demás documentos relativos a los mismos se podrá efectuar en forma previa o simultánea al ejercicio de las otras facultades de comprobación respecto de los contribuyentes o responsables solidarios. Los requisitos que se mencionan se pueden observar más a fondo en su reglamento: Artículo 52 del reglamento del CFF: Para que el contador público pueda solicitar al SAT el registro para dictaminar, deberá acreditar además de lo señalado en el artículo 52 del CFF, lo siguiente: 

Estar inscrito en el RFC



Estar en el RFC como localizado en su domicilio fiscal, sin avisos de suspensión de actividades.



Contar con la FIEL vigente



Contar con cédula profesional de contador público o equivalente emitida



por la SEP Ser miembro activo de un colegio profesional o asociación de contadores públicos reconocidos con una antigüedad de al menos tres años.



Contar con la certificación vigente por un colegio de profesionales (por ejemplo, el IMCP)



Manifestar, bajo protesta de decir verdad, que no ha participado en la comisión de un delito de carácter fiscal.

Además de todo lo mencionado también de se debe estar actualizando constantemente, y cada año el Contador Público Certificado deberá ratificarlo con sus respectivas constancias, así como con la constancia de recertificación si se da el caso.

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