TEMA 3. DEMOCRACIA Y SOCIEDAD INDUSTRIAL PDF

Title TEMA 3. DEMOCRACIA Y SOCIEDAD INDUSTRIAL
Course Sociología Política
Institution UNED
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Arantxa Correas Cebrián 2016/2017 TEMA 3. DEMOCRACIA Y SOCIEDAD INDUSTRIAL Democracia y mercado: un paralelismo histórico. La democracia actual es una forma de gobierno muy nueva: se comienza a extender en el siglo pasado, y algunos de sus rasgos (el sufragio universal y los derechos sociales de ciudadanía) sólo se asientan tras la Segunda Guerra Mundial. Aunque la historia de las ideas democráticas sea mucho más larga, la experiencia actual de la democracia sólo tiene dos siglos. Prescindiendo de los precedentes de la Grecia clásica o de los cantones suizos, la democracia moderna es el resultado de un proceso que coincide en el tiempo con la formación de la sociedad industrial o, con el desarrollo del capitalismo. Esta coincidencia entre democracia y capitalismo se puede interpretar de formas diversas: ➔ Se puede pensar que la democracia es funcional para el capitalismo: la democracia (burguesa) sería en este sentido la forma de gobierno más adecuada para la dominación de la clase capitalista (marxismo). ➔ Que el desarrollo económico capitalista crea las condiciones sociales en las que es posible la aparición de la democracia. ➔ Entre mercado y democracia existe lo que podríamos llamar una afinidad electiva, es decir, que ambos responden a estructuras sociales de un determinado tipo. En todo caso, resulta evidente el paralelismo histórico de los procesos de formación del capitalismo industrial y de las democracias liberales de masas. Sin embargo, este paralelismo puede ser tan sugerente como impreciso. No es lo mismo hablar de sociedad industrial o de capitalismo industrial. Hasta 1989 los países de tipo soviético han sido un ejemplo de sociedades industriales sin capitalismo ni democracia. También tenemos ejemplos obvios de sociedades que han conocido un fuerte desarrollo capitalista en condiciones de autoritarismo, desde la España de los años 70 hasta la China de finales de los 80 principios de los 90. Se puede pensar que el crecimiento económico socaba las bases del autoritarismo, pero esta tesis exige alguna hipótesis causal, que la simple correlación entre democracia y crecimiento no nos ofrece. El problema más espinoso tal vez sea saber de qué hablamos cuando hablamos de democracia. La distinción más usual es la que se establece entre definiciones normativas y definiciones empíricas (descriptivas) de la democracia. Si, hablamos de la democracia como “el gobierno del pueblo por el pueblo y para el pueblo”, estamos dando una definción normativa (no muy precisa): estamos diciendo cómo debe ser un régimen político democrático. Si, por el contrario, tomamos varios regímenes aceptados como democráticos, y enumeramos sus rasgos comunes, damos una definición empírica de democracia (cómo es la democracia realmente existente). Ambos tipos de definición presentan problemas. Las definiciones normativas de democracia no se refieren a ninguna sociedad real, sino que describen una aspiración: cualquier valor de los que podemos asociar idealmente a la democracia se incumple en mayor o menor medida en las sociedades a las que normalmente reconocemos como democráticas. Siempre es posible formular una criica radical de cualquier democracia real, y consiguientemente denunciarla como una falsa _______________SOCIOLOGÍA POLÍTICA_______________ 1

Arantxa Correas Cebrián 2016/2017 democracia. Sin embargo, quienes han vivido bajo regímenes autoritarios rara vez aceptan estas críticas radicales. Las definiciones empíricas conducen finalmente a decir que democracia es lo que la opinión pública acepta como tal. Introduciendo de esta forma un cierto relativismo. La enumeración de los rasgos comunes de los regímenes aceptados como democráticos permite en todo caso, a un cierto nivel de abstracción, formular los criterios objetivos mínimos que debe cumplir una democracia. La mejor forma de resolver el dilema puede ser aceptar el valor de las definiciones normativas como ideas reguladoras, que orientan la acción política en función de ideales, pero partir en el análisis políticos de esos rasgos mínimos que debe cumplir una forma de gobierno para ser considerada como democrática, aun cuando la sociedad correspondiente esté muy alejada de las aspiraciones ideales de la definición normativa: Definición minimalista de la democracia. Schumpeter ofreció la más extrema definición minimalista de la democracia: el método democrático sería el sistema institucional, para la toma de decisiones políticas, en el que las personas adquieren el poder de decidir a través de una lucha competitiva por el voto del pueblo. Esta formulación deja fuera las condiciones bajo las que se debe desarrollar esa lucha competitiva por el voto del pueblo. Salta a la vista, en todo caso, la analogía estructural entre capitalismo y democracia en la concepción minimalista de Schumpeter: en ambos casos existe un mercado, en el que empresas o candidaturas a gobernar compiten por una clientela potencial → la combinación de unidad, fragmentación y competición que caracteriza al sistema de Estados nacionales nacido en Europa al menos dese el siglo XVI. La cuestión es saber si entre las concepciones normativas y las concepciones empíricas de la democracia se abre o no un abismo insalvable. Es evidente que cuanto más exigente y ambiciosa sea una concepción normativa de la democracia menos serán los regímenes que puedan reconocerse como democráticos. Es muy frecuente contraponer la democracia formal (política) a la democracia social, que incluiría la existencia de derechos sociales para toda la población y la reducción de las desigualdades sociales. Pero esto significa descalificar toda democracia nacida en condiciones de fuerte desigualdad social, dado que semejante situación sólo puede modificarse en un período de tiempo prolongado. La cuestión entonces debe plantearse de otra forma: el problema es saber si una definición minimalista de democracia guarda o no relación con alguna definición normativa de democracia. Se puede decir que sí, que un régimen que cumpla los requisitos mínimos de una definición empírica de democracia se ajustará tendencialmente a una razonable definición normativa de democracia. No hay ningún sistema de voto que garantice que, existiendo varias opciones para el electorado, el resultado de la votación sea óptimo respecto a las preferencias de éstos. Esto significa que los resultados de un proceso electivo pueden estar paradójicamente alejados de las preferencias mayoritarias.

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Arantxa Correas Cebrián 2016/2017 Aun así, si se define la democracia política por la norma de que la política pública esté regida por la voluntad libremente expresada del pueblo, se puede pensar que una definición minimalista de la democracia representativa como método, tal y como la conocemos, permite tendencialmente la selección de gobernantes y representantes en función de su mayor o menor proximidad a las orientaciones generales del electorado, aunque las medidas detalladas con las que se desarrollen estas políticas estén más allá de los niveles de interés e información de la mayor parte del electorado. Dicho de otra forma, la escéptica definición de Shumpeter conlleva un efecto de ajsute de las políticas generales a la voluntad popular. Ahora bien: en el mundo real las democracias no han nacido desde el primer momento en la forma en que hoy las conocemos. Por ejemplo, el derecho de las mujeres al sufragio es un hecho bastante tardío en la historia de las democracias que consideramos más consolidadas. Por tanto, el problema no sólo es saber de qué hablamos hoy cuando hablamos de democracia, sino comprender que las democracias actuales son el resultado de un proceso, a la vez conflictivo y evolutivo, en el que hay que distinguir dos dimensiones: ➔ La competitiva. Se refiere a la posibilidad de debates libres y a la existencia de asociaciones políticas que compiten para la designación de los gobernantes y legisladores. ➔ La representativa. Se refiere a la participación en el sistema político de sectores sociales más o menos extensos, es decir, a la existencia o no de limitaciones en el derecho al sufragio. Dahl denomina a estas dimensiones liberalización e inclusividad del sistema político. De los derechos liberales a los derechos sociales. Lo que hoy llamamos normalmente democracia es una variante específica de las concepciones ideales de autogobierno del pueblo: la democracia liberal. En efecto, entendemos que los gobernantes democráticamente elegidos están sometidos a una limitación drástica: no pueden violar una serie de derechos individuales, que catalogamos como derechos humanos, y, por extensión, las mayorías deben reconocer igualmente una serie de derechos inviolables a las minorías. La combinación de liberalismo y democracia es, en rigor, la forma de gobierno que, en la teoría y en la práctica, conoce un auge histórico paralelo al del capitalismo industrial, al menos hasta el período de entreguerras, en el que rivaliza con las concepciones totalitarias del fascismo y del estalinismo. Es fácil atribuir al liberalismo una afinidad electiva con el naciente capitalismo, ya que históricamente sus reivindicaciones son la integridad económica y personal del súbdito frente al soberano. Pero las cosas son más complejas: los Parlamentos feudales ya pretendían limitar la arbitrariedad del monarca para recaudar impuestos o tributos. El ascenso del liberalismo, en su forma de iusnaturalismo, de afirmación de unos derechos naturales del individuo que el soberano no puede violar, es paralelo antes a la formación del Estado absolutista que al ascenso del capitalismo. El Estado absolutista, en su pretensión de concentrar e individualizar en el soberano el poder antes colectivo de la clase feudal, exaspera la reivindicación nobiliaria de que los poderes del monarca estén limitados por reglas y órganos que representen su poder colectivo: éste es el origen premoderno de las monarquías constitucionales. Las historias nacionales difieren a partir de este _______________SOCIOLOGÍA POLÍTICA_______________ 3

Arantxa Correas Cebrián 2016/2017 enfrentamiento. Es la combinación de las reclamaciones de la libertad de pensamiento y el derecho a la propiedad, lo que proporciona su fuerza histórica al liberalismo naciente, y lo que podemos considerar medular a la Ilustración en el siglo XVIII: una misma racionalidad justifica la libertad económica y de pensamiento frente al Estado. En un artículo clárico, el sociólogo T.H. Marshall sugirió una secuencia secular de extensión de los derechos de ciudadanía: ➔ El siglo XVIII habría sido el de la afirmación de los derechos civiles. ➔ El XIX el de la extensión de los derechos políticos. ➔ El XX el siglo de los derechos sociales. Se trata de un esquema simplificador, per es un esquema atractivo, porque ofrece un hilo conductor para comprender el ascenso de la democracia liberal. Marshall entiende por derechos civiles los necesarios para garantizar la libertad individual: libertad de la persona (supresión de la servidumbre), libertades de expresión, de pensamiento y de fe religiosa, derechos de propiedad y a cerrar contratos válidos, derecho a la justicia. Es fácil ver que este conjunto de derechos es funcional para el desarrollo de una economía capitalista: algunas autorías hacen hincapié en los cambios institucionales que conlleva la afirmación de tales derechos como origen del desarrollo capitalista en la Europa atlántica y Estados Unidos. En efecto, “los derechos civiles eran indispensables para una economía de mercado competitiva”. La afirmación de los derechos civiles, sin embargo, no implica la participación de la ciudadanía en la elección de los gobernantes. Teóricamente es pensable un régimen autoritario con los rasgos de un Estado de derecho (despotismo ilustrado). Lo que Dahl denomina liberalización implica, por tanto, algo más que el reconocimiento de los derechos civiles: la existencia de elecciones competitivas para elegir representantes, para legislar o gobernar. Son las revoluciones americana y francesa las que introducen la idea de que el pueblo elige de forma directa a sus gobernantes, en vez de limitarse a ponerles límites a través de su participación en la acción legislativa. Por otro lado, el reconocimiento de los derechos a la participación política sólo afecta inicialmente a una minoría de la sociedad, cualificada según criterios de propiedad. En este doble sentido la democracia nace como democracia burguesa: y sólo la burguesía alcanza el derecho al voto, junto con la clase terrateniente. Las primeras democracias poseen una inclusividad muy baja. Sin embargo, Dahl y otras autorías sostienen que éste es el camino más favorable para la consolidación de la democracia: que la liberalización preceda a la inclusividad. La Revolución francesa proclama en 1793 el sufragio universal masculino, pero tal derecho nunca llega a ser efectivo, y desaparece con el ascenso de Napoleón. En otros países la generalización del dereho al sufragio pasa por fases sucesivas en las que se van superando barreras de propiedad, de pago de impuestos, de nivel cultural, étnicas o de género. Este proceso de creciente inclusión política tiene dos motores fundamentales, el conflicto interno y la competición interestatal, pero ambos se traducen en una sola dimensión: la legitimidad de los gobiernos.

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Arantxa Correas Cebrián 2016/2017 Es fácil pensar que la carencia de derechos políticos por parte de una mayoría de la población debe restar legitimidad a un gobierno. Sin embargo, esto no tiene por qué ser así: el ejemplo más evidente es el de las mujeres. La exclusión sólo socava la legitimidad de un gobierno cuando los excluidos se movilizan y presionan para obtener el reconocimiento de sus derechos políticos. En Gran Bretaña, la extensión del derecho al sufragio de las clases trabajadoras sólo se produce cuando éstas adquieren la dinámica, numérica y reivindicativa, que la negación de sus derechos políticos supone una continua fuente de conflictos o amenaza simbólicamente la autoridad de los gobiernos. De hecho, la secuencia liberalización primero, inclusividad después, que Dahl presupone como más convenientes para la aparición de democracias estables, refleja la experiencia histórica del siglo XIX: la creciente organización y presión de sectores sociales que han quedado al margen del proceso inicial de liberalización. Es difícil imaginar secuencias igualmente prolongadas de extensión del derecho a la participación política en el contexto actual. Sobre todo en creaciones de nuevas democracias, donde vienen de un pasado autoritario y violento con la población civil, en las que la inclusión debe ser rápida y completa. Diz ha mostrado que, mientras un 60% de los procesos de democratización anteriores a la Segunda Guerra Mundial siguieron el camino más favorable según Dahl, no lo ha hecho ninguno de los posteriores a 1973. Las razones podrían ser muy obvias: el efecto de demostración que suponen las democracias de sufragio universal, ampliamente difundido por los medios de comunicación e incorporado a la cultura de las élites políticas en todos los países, priva de antemano de legitimidad ( y por tanto de viabilidad) a las democracias excluyentes. Pero tampoco históricamente se puede decir que el proceso hay sido estrictamente evolutivo: las barreras a la participación se han derrumbado con frecuencia de forma abrupta ante situaciones de emergencia en las que se ha hecho imprescindible ampliar la base de legitimidad de un régimen. El conflicto externo, y expecialmente la guerra, o la necesidad de unidad nacional ante la guerra, han sido históricamente una de las cuasas fundamentales de la extensión de los derechos políticos. Un ejemplo son las democracias por derrota, países que se convierten en democracias tras la derrota militar de sus gobiernos autoritarios. Se puede decir que en general las democracias por derrota comparten un rasgo con los países vencedores: la movilización nacional y el esfuerzo colectivo para la guerra crean, tras la terminación de ésta, un profundo vacío de legitimidad. En la Alemania derrotada en 1918 se hunde la legitimidad de la clase dirigente y de su régimen, que ha mantenido notables rasgos absolutistas: se produce un vacío de poder que conduce a la proclamación de la infortunada república de Weimar. También, la movilización y los sacrificios masivos dejan al Estado en fuerte deuda moral con la sociedad. Tras la Segunda Guerra Mundial esta deuda se tradujo en la generalización de los derechos políticos, en un proceso que casi triplicó el número de democracias. Un proceso análogo llevaría en Europa, después de la segunda Guerra Mundial, a la generalización de los derechos sociales como un elemento más de los derechos de ciudadanía. Es cierto que un factor decisivo en la construcción del estado de bienestar era el deseo de evitar que se reprodujeran situaciones de desastre social como las que había producido la crisis del 29, así como la experiencia positiva del esfuerzo de guerra, en el sentido de que una cierta dirección pública de la industria _______________SOCIOLOGÍA POLÍTICA_______________ 5

Arantxa Correas Cebrián 2016/2017 había potenciado la producción y el empleo. Pero estas políticas desde arriba sólo se comprenden en el marco de una fuerte demanda social desde abajo. Se puede formular entonces una hipótesis general: mientras los derechos civiles surgen de la reacción de los súbditos, y especialmente de las clases domianntes, frente a los intentos del monarca por extender sus poderes, los derechos políticos y sociales se extienden como conseucneica de la necesidad de los gobiernos de ampliar su legitimidad. De hecho, es la desaparición de la legitimidad tradicional de los gobernantes (Weber) lo que motiva la inclusión de nuevos grupos sociales, y la introducción de derechos sociales (económicos) de ciudadanía. Inclusión política y legitimidad. Esta hipótesis general sobre la relación entre inclusión política y legitimidad debe matizarse para distinguir entre legitimidad ex ante ( en función de los orígenes del régimen o de su carácter más o menos representativo) y legitimación ex post en función de la eficacia percibida del régimen para satisfacer las demandas sociales. En esta formulación se confunden dos procesos distintos: lo que podríamos llamar cambios estrictamente políticos y los procesos de cambio a una estructura social nueva. En el segundo caso, las instituciones conservadoras no están enc uestión, y el problema se reduce a la capacidad del sistema político para abrirse a los nuevos grupos sociales surgidos de ese proceso de cambio socioeconómico. Éste es el proceso histórico de extensión de los derechos políticos en paralelo ald esarrollo dapitalista que se produce hasta el periodo de entreguerras, una vez que se han formado regímenes liberales competitivos pero excluyente en el plano de la participación política. Lipset subraya que postergar el acceso de los nuevos grupos al sistema político favorece las ideologías más extremistas; además, la exclusión fomenta un exceso de expectativas de los excluidos sobre las posibilidades que les otorgaría la participación política. Esto puede conducir a que, tras una inclusión tardía, los nuevos grupos sociales experimenten un desencanto de la partipación democrática, que puede hacerse explosivo si se combina con el rechazo de las instituciones democráticas de los sectores del antiguo régimen que se sienten traicionados. Este desencanto afecta, evidentemente, a la percepción de la eficacia de las instituciones democráticas. En el caso en que los actores sociales surgen de un proceso rápido de cambio social, estas expectativas van unidas a la aparición de nuevas necesidades. Esto es lo que Deutsch describe como movilización social. Conjunto de cambios que se traducen de forma casi inmediata en expectativas y presiones sobre el sistema político. Un campesino, sumergido en una sociedad distinta, buscará solución a sus problemas en el sistema político. La legitimidad tradicional del gobernante ya no es válida: ahora depende de su eficacia en responder a las nuevas necesidades de la ciudadanía. Deutsch deduce de este razonamiento que es previsible, como consecuencia de la movilización social, una demanda de servicios públicos y de políticas gubernamentales para satisf...


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