CONCEPTOS BÁSICOS DEL DERECHO LABORAL PDF

Title CONCEPTOS BÁSICOS DEL DERECHO LABORAL
Course Administración III
Institution Universidad Autónoma de Guerrero
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temas:
-DEFINICIÓN DE DERECHO LABORAL
-UBICACIÓN DEL DERECHO LABORAL EN LAS RAMAS DEL DERECHO
-PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL
-LEYES DEL TRABAJO...


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EVIDENCIA I UNIDAD II “CONCEPTOS BÁSICOS DEL DERECHO LABORAL” Trabajo elaborado por la alumna XXXX XXXXde la carrera Lic. Administración en la materia “Derecho laboral y seguridad social”.

2.1 DEFINICIÓN DE DERECHO LABORAL 



El derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleador(es), trabajador(es), las asociaciones sindicales y el Estado. Se conoce con el nombre de derecho laboral a todo el conjunto de leyes y reglas que tienen por objetivo regular y ordenar los diferentes sistemas laborales que caracterizan al ser humano.

2.2 IMPORTANCIA DEL ARTÍCULO 123 COSTITUCIONAL Y SUS APARTADOS Es importante porque el artículo 123 Constitucional contiene las normas que regulan el procedimiento laboral ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje y Los Tribunales Burocráticos, las normas sustantivas contienen los derechos en materia de estabilidad en el empleo, vacaciones, salario mínimo, aguinaldo y las condiciones laborales en general. Tiene un apartado para el procedimiento de huelga y una de sus principales características es que todo mundo lo viola. El apartado A de dicho artículo se refiere a los derechos y obligaciones del capital y el trabajo; el B de tal precepto regula el trabajo de los empleados al servicio del Estado.

2.3 UBICACIÓN DEL DERECHO LABORAL EN LAS RAMAS DEL DERECHO. Entre los Tratadistas aun se discute si la Naturaleza Jurídica del Derecho del Trabajo o Derecho Laboral, es de orden Público o Privado. Unos opinan que para saber si la norma es de Derecho Público hay que analizar la Relación Jurídica existente, por ello será pública si la norma que lo rige es de carácter público. Otros, para determinar su Naturaleza, se refieren a los sujetos intervinientes en esta relación, determinando que si los sujetos antedichos son de Derecho Privado, la relación lógicamente es de Derecho Privado o viceversa. Se debe señalar, que el Derecho del Trabajo, no puede ser calificado en ninguna de las dos ramas tradicionales del Derecho, Público o Privado, ya que está 1

constituido por reglas convergentes de ambas categorías, y no siempre aparecen normas netamente diferenciadas de carácter Público o Privado. Doctrinariamente, se lo considera como Derecho Público, Derecho Privado e inclusive como un “Derecho Mixto”. En materia de Derecho Individual prevalece el orden público, se trata de un Derecho Privado limitado por el Orden Público Laboral. El derecho del trabajo esta íntimamente ligado con todas las demás ramas del derecho.  Del derecho constitucional, el derecho del trabajo adquiere la garantí máxima de su cumplimiento. En las constituciones políticas que regulan los principios del derecho laboral, como el derecho del trabajo a la libertad sindical, el derecho de huelga, etc...  Derecho administrativo Pérez Pavon el régimen de trabajo y la fiel observancia de las leyes sociales se hallan bajo el control de organismos especiales de la administración pública, como ministerios, expectoráis, oficinas y departamentos, tribunales conciliatorios, etc.  Con el derecho penal también existen fronteras de contacto. Los delitos laborales pueden tipificarse en huelga o paros ilícitos, ataques contra libertad de trabajo violación al pago de salario mínimo, etc.  El derecho internacional público repercute constantemente en el derecho laboral al prescribir, por conducto de la OIT, convenciones de carácter general. A su vez, el derecho internacional privado influye en cuanto a la regulación de los contratos alebrados por las nacionales para trabajos que deban efectuarse en el extranjero o por extranjeros que deban elaborar en el país.  Con el derecho mercantil existen incluso puntos de constante invasión. Las figuras jurídicas de” agentes de comercio” o comisionistas están siendo abarcadas por el derecho laboral, que considera trabajador, en muchos casos sin mayor distinción, a la persona que presta a otra un servicio personal, en virtud del principio de que entre quien presta tal servicio y quien lo recibe se presume la existencia de la relación de trabajo

2.4 PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL 2

Dentro de los principios del Derecho del Trabajo, caben distinguir los siguientes: 1. Principio protectorio, para impedir abusos de la parte “fuerte” o superior, representada por el empleador, sobre el trabajador. Se concreta en tres fórmulas: “in dubio pro operario” por la cual si las circunstancias son dudosas, la resolución judicial debe beneficiar al empleado; la de la norma más favorable, que consiste en aplicar cuando haya más de una norma jurídica que regule el asunto, la que sea más propicia al trabajador; y la de la condición más beneficiosa, que importa permitir pactar en los contratos mejores condiciones laborales que las que la ley contempla, pero no más perjudiciales. 2. Principio de irrenunciabilidad: Todo contrato individual que menoscabe los derechos otorgados al trabajador, por las leyes laborales, los estatutos especiales o los convenios colectivos de trabajo, será nulo en cuanto a las cláusulas que nieguen esos derechos. 3. Principio de continuidad de la relación laboral : Si existieran dudas sobre la continuación o extinción del contrato de trabajo, se optará por la continuidad. Una aplicación de este principio está dado en los contratos a plazo fijo, cuando el empleador omite la notificación del vencimiento, y se convierte en un contrato por tiempo indeterminado. 4. Principio de primacía de la realidad: Se debe tratar de desentrañar la verdadera relación entre las partes, independientemente de las formas o nombres con que traten de hacerla aparecer. Por ejemplo, un profesional independiente que presta servicios a la orden de un empresario, cumpliendo horarios, y disponiendo para él habitualmente su fuerza de trabajo será considerado trabajador dependiente, a pesar de que no perciba salario, ni haya celebrado contrato de trabajo, sino que cobre a través de facturación de honorarios, como trabajador independiente. 5. Principio de la buena fe: La buena fe en la celebración del contrato laboral y en su ejecución, es requerida a ambas partes. Esto implica deber de colaboración, respeto, solidaridad, fidelidad, honestidad y confianza. 6. Principio de justicia social: Imponiendo a cada parte, derechos y deberes para que cada uno obtenga lo que le corresponda. 7. Principio de equidad: Por este principio, el Juez puede decidir una situación de acuerdo a lo que considera justo de acuerdo al caso, si las normas no lo prevén. 8. Principio de prohibición de hacer discriminaciones: ninguna causal justifica discriminar entre los empleados, ya sea por sexo, edad, estado civil, de salud, raza, religión, ideas políticas, etcétera. 3

9. Principio de gratuidad de los procedimientos : Los procesos laborales son gratuitos para el trabajador, para no obstar su defensa por imposibilidad económica.

2.5 LEYES DEL TRABAJO En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se encuentran plasmadas las principales leyes que protegen a los trabajadores del país. De ellas derivan otras como la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado. El artículo 5 constitucional, como garantía individual y como protección a los derechos humanos, establece que a nadie se le puede prohibir ejercer la profesión o trabajo que decida desarrollar, siempre y cuando se trate de una actividad legal. Asimismo, menciona que a ninguna. Persona se le puede obligar a trabajar sin un previo acuerdo y sin recibir una justa retribución. Además, que todo contrato de trabajo no debe afectar la libertad de quien presta el servicio. El artículo 123 constitucional garantiza el derecho al trabajo. En el primer párrafo señala: "Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverá la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley." Por lo anterior, el derecho al trabajo incluye la posibilidad de ejercerlo en las mejores condiciones sociales y laborales. Este artículo brinda protección al bienestar, salud y vida de los trabajadores y su familia. Se divide en los apartados A y B; el primero, se refiere a obreros, jornaleros, empleados, domésticos y, en general, a todo contrato de trabajo. El apartado B se refiere a la situación laboral entre los Poderes de la Unión, el gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores. Estos artículos constitucionales son fundamentales para otras leyes especiales en materia laboral. En términos generales, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 123, pretende lograr el equilibrio entre los derechos y las obligaciones del trabajador y del patrón o empresario. Entre sus principales aspectos están los siguientes:         

Jornada máxima de ocho horas diarias. Jornada máxima de siete horas para el trabajo nocturno. Prohibición de labores insalubres o peligrosas. Prohibición para emplear a menores de 14 años. La jornada máxima de trabajo ser� de seis horas diarias para los jóvenes que rebasan los 14 años y sean menores de 16. El goce de, por lo menos, un día de descanso por seis de trabajo. Protección especial para la trabajadora embarazada. A trabajo igual debe corresponder salario igual, sin considerar sexo ni nacionalidad. El establecimiento de una comisión nacional integrada por representantes de los trabajadores, del gobierno para fijar los salarios mínimos.

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       

Los salarios mínimos deben ser suficientes para satisfacer la necesidades básicas de un jefe de familia en lo material, social y cultural. El salario mínimo debe quedar libre de embargo, compensaciones o descuentos. Los trabajadores tienen derecho a un reparto de utilidades de la empresa. El trabajo extraordinario, fuera del horario establecido, debe pagarse a doble sueldo. Las empresas tienen la obligación de capacitar a sus trabajadores. Las instalaciones del centro de trabajo deben ser higiénicas, seguras y preventivas. Derecho de huelga de los trabajadores. Trabajadores y empresarios tienen derecho a agruparse en defensa de sus intereses, es decir, a formar sindicatos. Esta legislación laboral considera además; La facultad de las juntas de conciliación y arbitraje locales o federales para mediar los conflictos que surjan entre el patrón y el trabajador; dichos organismos deben estar formados por igual número de representantes de los obreros, los patrones y uno del gobierno. Las partes en conflicto deben sujetarse a las decisiones de la junta.  La ley del Seguro Social ofrece la protección de la salud del trabajador y su familia por medio de seguros de invalidez, vejez, enfermedades profesionales, (causadas por el trabajo desempeñado), accidentes de trabajo, servicio de guardería, etc  A partir de las aportaciones de los trabajadores a un fondo nacional de la vivienda se crearon organismos como el Instituto Nacional del Fondo para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT) y el Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (FOVISSSTE), los cuales otorgan parte del crédito a los trabajadores para adquirir en propiedad una vivienda digna 

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