Demanda Comercial 14H PDF

Title Demanda Comercial 14H
Author MOISES ASIS
Course Responsabilidad social
Institution Corporación Universitaria Minuto de Dios
Pages 5
File Size 116.2 KB
File Type PDF
Total Downloads 24
Total Views 133

Summary

MODELO DE DEMANDA COMERCIAL...


Description

Colectivo de Abogados Justicia y Equidad NIT. 900800900-9 Barranquilla, septiembre 4 de 2018

Señores SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES Ciudad.

Ref.: Acción declarativa y de condena por Competencia Desleal, de que trata el Artículo 20 de la Ley 296 que se ventila a través de del Proceso Verbal.

JUAN ALFONSO LOZANO DAVILA, mayor de edad, abogado en ejercicio, y vecino de esta ciudad, identificado como aparece al pie de mi correspondiente firma, obrando en nombre y representación de la sociedad TECNOFUEGO S.A., domiciliada

en

la ciudad

de

Barranquilla, representada

por

CARMELO

RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, mayor y vecino de Barranquilla, por medio del presente escrito me permito impetrar acción declarativa y de condena, de mayor cuantía, en contra del señor VICTOR CONSUEGRA MERCADO, por los actos de competencia desleal descritos en los artículos 10, 11, 15 y 18 de la Ley 256 de 1996, con fundamento en los siguientes. .I.- IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES 1.- IDENTIFICACIÓN DEL DEMANDANTE. 1.1.- Nombre o razón social: TECNOFUEGO S.A. 1.2.- Domicilio: Carrera 38 N°. 4-44 1.3.- Representante Legal: CARMELO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ 1.4.- Domicilio del Representante Legal: Calle 100 N°. 53-08 Barranquilla

2.- IDENTIFICACIÓN DEL APODERADO JUDICIAL DEL DEMANDANTE: 2.1.- Nombre del apoderado: JUAN ALFONSO LOZANO DAVILA 2.2.- Domicilio: Calle 72 N°. 41 B 200

Barranquilla – Edificio Cosmos: Calle 72, Cra 72 esquina – Tel 3003003000 Correo: [email protected]

Colectivo de Abogados Justicia y Equidad NIT. 900800900-9

3.- IDENTIFICACIÓN DEL DEMANDADO: 3.1.- Nombre: VÍCTOR CONSUEGRA MERCADO 3.2.- Domicilio: Calle 20 N°. 20-20 Campeche Atlántico

II.- HECHOS: 1. FIRE CORPORATION S.A. es una sociedad domiciliada en Londres, Inglaterra que fabrica y exporta “extintores bajo la marca FIRE”, sobre la cual tiene registro por más de once (11) años ante esta Superintendencia, de conformidad con el Resolución No. 47720 del 29 de noviembre de 2006. 2. FIRE PANAMA S.A. es una subsidiaria de FIRE CORPORATION S.A. y tiene registrada las marcas FIRE y FIRE BBQ en los siguientes países: Panamá, Perú, Chile, Paraguay, Curazao, Nicaragua y Ecuador. 3. TECNOFUEGO S.A., es una sociedad domiciliada en Barranquilla, Colombia, constituida según escritura pública número 004040, otorgada en la Notaría 10 del Círculo de Barranquilla. 4. TECNOFUEGO S.A. tiene como objeto la importación, comercialización, distribución, exportación de extintores, mangueras, boquillas, válvulas y demás enseres relacionados con sistemas contraincendios. Goza de reconocimiento dentro del comercio y la industria colombiana, siendo una empresa seria y de buen actuar dentro de la actividad económica y comercial. 5. TECNOFUEGO S.A. tiene, en el mercado colombiano, los derechos de importación y de distribución sobre los extintores FIRE, de acuerdo con el contrato celebrado con la sociedad FIRE PANAMA S.A. 6. COMERCIALIZADORA PATICO S.A. sociedad registrada en la Cámara de Comercio de Barranquilla, desde el año 1998 hasta el año 2000, se dedicaba

a

la

importación,

comercialización,

y

distribución

como

“representante de FIRE”, de los extintores de esa marca. 7. COMERCIALIZADORA PATICO S.A. cedió en el mercado colombiano, todos los derechos económicos a la sociedad TECNOFUEGO S.A., ”por los daños ocasionados con las conductas de competencia desleal derivadas de la usurpación de la marca FIRE”. 8. El señor VICTOR CONSUEGRA MERCADO, desde enero de 2016, importa y comercializa en el territorio colombiano, especialmente en las ciudades de

Barranquilla, Medellín, Pereira, Armenia y Bogotá, D.C., extintores que

Barranquilla – Edificio Cosmos: Calle 72, Cra 72 esquina – Tel 3003003000 Correo: [email protected]

Colectivo de Abogados Justicia y Equidad NIT. 900800900-9 reproducen la marca FIRE, desde los puntos de vista gráfico, fonético, conceptual y gramatical. 9. Con la anterior conducta, el señor VICTOR CONSUEGRA MERCADO, percibe por ella, beneficios económicos “indebidos” que desequilibran el mercado de este producto y causan “graves daños económicos a TECNOFUEGO S.A. 10. El valor que figura en la declaración de importación de los extintores que usurpan la marca FIRE, es inferior al declarado para los extintores originales, lo cual le genera un beneficio en materia tributaria que se refleja en el mercado interno, desplazando al extintor original, que importa, distribuye y comercializa TECNOFUEGO S.A. 11. La comercialización interna de los extintores que “usurpan” la marca FIRE, le causa graves perjuicios económicos a TECNOFUEGO S.A. 12. El señor VÍCTOR CONSUEGRA MERCADO, desconoce en la declaración de importación de los extintores, los “precios mínimos” que fija la Resolución No. 00980 del 13 de febrero de 2003 de la DIAN, en cuanto declara los bienes importados por debajo de los precios mínimos estimados. 13. Los extintores del señor VÍCTOR CONSUEGRA MERCADO, inducen en error y confusión a los consumidores respecto del origen empresarial, es decir, del fabricante y los expone a daños. 14. Los consumidores asocian la marca FIRE con bienes de alta calidad y seguridad técnica, por lo que se da un aprovechamiento indebido del buen nombre y posicionamiento de TECNOFUEGO S.A., y por el contrario, las imperfecciones de los extintores del señor VÍCTOR CONSUEGRA MERCADO le generan una imagen negativa a TECNOFUEGO S.A.

III.- PRETENSIONES En concreto las pretensiones de mi Poderdante son las siguientes: 1. PRETENSIÓN GENERAL: Con fundamento en los hechos narrados y normas aplicables solicito se realicen las siguientes declaraciones y condenas en contra del señor VÍCTOR CONSUEGRA MERCADO....


Similar Free PDFs